Ley 8497
REPÚBLICA DE COSTA RICA
PLENARIO
AUTORIZACIÓN A LA MUNICIPALIDAD DE NARANJO DE ALAJUELA PARA
QUE SEGREGUE UN LOTE DE SU PROPIEDAD Y LO DONE A LA
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL LICEO EXPERIMENTAL
BILINGÜE DE NARANJO
DECRETO LEGISLATIVO N.º 8497
EXPEDIENTE N.º 15.528
SAN JOSÉ - COSTA RICA
8497
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
DECRETA:
AUTORIZACIÓN A LA MUNICIPALIDAD DE NARANJO DE ALAJUELA PARA
QUE SEGREGUE UN LOTE DE SU PROPIEDAD Y LO DONE A LA
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL LICEO EXPERIMENTAL
BILINGÜE DE NARANJO
ARTÍCULO ÚNICO.-
Autorízase a la Municipalidad de Naranjo, Alajuela, cédula de persona
jurídica N.º 3-014-042069, para que, de su propiedad inscrita en el
Registro Público, provincia de Alajuela, bajo el Sistema de Folio Real
matrícula N.º 2-370-820-000, la cual es terreno para posible construcción
de un estadio, situada en San Jerónimo, distrito 5º, San Jerónimo, cantón
VI, Naranjo y mide 36.611.48 metros cuadrados, según el plano catastrado
N.A 388194-80, segregue un terreno y lo done a la Junta Administrativa del
Liceo Experimental Bilingüe de Naranjo, cédula de persona jurídica N.º 3-
008-266760.
El lote por segregar se describe de la siguiente manera: mide
12.472.89 m2, según plano catastrado N.º A-776551-2002; es terreno con
aulas, patio y espacio para construir una soda; está situado en el cantón
VI, Naranjo, distrito 5º, San Jerónimo, provincia de Alajuela. Linda al
norte con el resto de propiedad municipal; al sur, con calle pública y
calle de entrada; al este, con propiedad de Hermanos Barrantes Rodríguez,
en parte, el resto reservado por la Municipalidad y una servidumbre de uso
agrícola con un ancho de 7 metros lineales, y al oeste, con calle pública.
La Municipalidad de Naranjo se reserva el resto, cuya área es de 24.138.59
m2.
El beneficiario de la donación es la Junta Administrativa del Liceo
Experimental Bilingüe de Naranjo, que la destinará a la construcción de la
planta física del Liceo Experimental Bilingüe de Naranjo.
La donación deberá realizarse libre de anotaciones y gravámenes.
La inscripción en el Registro Público estará a cargo de la Notaría del
Estado.
Rige a partir de su publicación.
ASAMBLEA LEGISLATIVA.- San José, a los tres días del mes de abril de dos
mil seis.
COMUNÍCASE AL PODER EJECUTIVO
Gerardo Alberto González Esquivel
PRESIDENTE
Daisy Serrano Vargas Luis Paulino Rodríguez
Mena
PRIMERA SECRETARIA SEGUNDO SECRETARIO
mrr.
Dado en la Presidencia de la República.- San José, a los veintiocho
días del mes de abril del dos mil seis.
Ejecútese y publíquese
ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA
Rogelio Ramos Martínez
MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA
Sanción: 28-04-2006
Publicación: 16-05-2006 Gaceta: 93