Ley 8484
REPÚBLICA DE COSTA RICA
PLENARIO
AUTORIZACIÓN A LA MUNICIPALIDAD DE LIMÓN PARA QUE
DONE UN TERRENO A LA ASOCIACIÓN PRO-BIENESTAR
CENTRO INFANTIL CERRO MOCHO DE LIMÓN
DECRETO LEGISLATIVO N.º 8484
EXPEDIENTE N.º 15.619
SAN JOSÉ - COSTA RICA
8484
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
DECRETA:
AUTORIZACIÓN A LA MUNICIPALIDAD DE LIMÓN PARA QUE DONE
UN TERRENO A LA ASOCIACIÓN PRO-BIENESTAR CENTRO
INFANTIL CERRO MOCHO DE LIMÓN
ARTÍCULO ÚNICO.- Autorización
Autorízase a la Municipalidad de Limón para que done, a la Asociación
Pro-Bienestar Centro Infantil Cerro Mocho de Limón, cédula de
persona jurídica N.º 3-002-186003, un terreno de su propiedad inscrito en
el Registro Público, Sección Propiedad, partido de Limón, bajo el
Sistema de Folio Real matrícula N.º 023214-000; situado en el distrito 1º,
Limón; cantón I, Limón; provincia de Limón. Los linderos son: al norte, el
sur y el este, calle pública, y al oeste, el Instituto Nacional de Vivienda
y Urbanismo (INVU). Mide 1864 metros cuadrados con 72 decímetros; todo de
conformidad con el plano catastrado N.º L-363345-79. Este terreno está
destinado a ubicar el Centro Infantil de Cerro Mocho de Limón, con el fin
de brindarles atención integral a niños de escasos recursos económicos de
la provincia de Limón. Este terreno continuará siendo de uso comunal y
albergará el Centro Infantil de Cerro Mocho de Limón.
El beneficiario no podrá traspasar, vender, arrendar ni gravar, en
ninguna forma, el terreno recibido, por un período de diez años, excepto
darlo en garantía ante instituciones del Estado, con el fin de financiar la
construcción de edificaciones que cumplan los fines de la entidad
beneficiaria.
En caso de disolución de la entidad beneficiaria, la propiedad del
inmueble, incluidas las mejoras practicadas, revertirá a la institución
transpasante sin costo alguno para ella.
Rige a partir de su publicación.
ASAMBLEA LEGISLATIVA.- San José, a los veinte días del mes de octubre de
dos mil cinco.
COMUNÍCASE AL PODER EJECUTIVO
Gerardo González Esquivel
PRESIDENTE
Daisy Serrano Vargas Luis Paulino Rodríguez Mena
PRIMERA SECRETARIA SEGUNDO SECRETARIO
dr.
Dado en la Presidencia de la República.- San José, a los catorce
días del mes de noviembre del dos mil cinco.
Ejecútese y publíquese
ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA
Rogelio Ramos Martínez
MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA
Y SEGURIDAD PÚBLICA
Sanción: 14-11-2005
Publicación: 14-12-2005 Gaceta: 241