Ley 8433

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ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA<br /> REPÚBLICA DE COSTA RICA<br /> PLENARIO<br /> MODIFICACIÓN DE LA LEY N.º 8398 LEY DE PRESUPUESTO ORDINARIO Y<br /> EXTRAORDINARIO DE LA REPÚBLICA, FISCAL Y POR PROGRAMAS<br /> PARA EL EJERCICIO ECONÓMICO 2004 Y SEGUNDO<br /> PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO DE LA REPÚBLICA<br /> PARA EL EJERCICIO ECONÓMICO DEL 2004<br /> NORMAS PRESUPUESTARIAS<br /> DECRETO LEGISLATIVO N.º 8433<br /> EXPEDIENTE N.º 15.709<br /> SAN JOSÉ - COSTA RICA<br /> NORMAS DE EJECUCIÓN<br /> ARTÍCULO 10.-<br /> 1.- Autorízase a la Municipalidad de Buenos Aires para que varíe el<br /> destino de la partida aprobada mediante la Ley N.º 7952, código<br /> presupuestario 130 906 730 347 1 242 47, por un monto de un millón de<br /> colones (¢1.000.000,00) o el saldo que exista, destinada a "Lastreo<br /> de camino San Rafael Zapotal, Distrito Volcán", a fin de que se<br /> utilice para la reparación del camino de Zapotal a quebrada Dubondy.<br /> 2.- Autorízase a la Municipalidad de Buenos Aires para que varíe el<br /> destino de la partida aprobada mediante la Ley N.º 7952, código<br /> presupuestario 130 906 730 390 1 242 4, por un monto de un millón de<br /> colones (¢1.000.000,00) o el saldo que exista, destinada a "Proyecto<br /> de electrificación Montelimar, Distrito Potrero Grande", a fin de que<br /> se utilice para el mantenimiento del camino Montelimar de Potrero<br /> Grande.<br /> 3.- Autorízase a la Municipalidad de Buenos Aires para que varíe el<br /> destino de la partida aprobada mediante la Ley N.º 7952, código<br /> presupuestario 130 906 730 389 1 242 44, por un monto de un millón de<br /> colones (¢1.000.000,00) o el saldo que exista, destinada a "Proyecto<br /> de electrificación San Carlos, Distrito Potrero Grande", a fin de que<br /> se utilice para el mantenimiento del camino San Carlos de Potrero<br /> Grande.<br /> 4.- Autorízase a la Municipalidad de Pococí para que varíe el<br /> destino de la partida aprobada mediante la Ley N.º 8050, código<br /> presupuestario 106-054-03 730 27 242 23 308, por un monto de dos<br /> millones quinientos mil colones (¢2.500.000,00) o el saldo que<br /> exista, destinada a la "Compra de vehículos Asociación de bomberos<br /> voluntarios de Bataán", a fin de que se utilice en la compra de<br /> equipo de rescate para el Cuerpo de Bomberos del cantón de Matina.<br /> 5.- Autorízase a la Municipalidad de Abangares para que varíe el<br /> destino de la partida específica aprobada en la Ley de Presupuesto<br /> N.º 8050, código presupuestario 123 815 00 730 27 242 25 207, por un<br /> monto de cinco millones de colones (¢5.000.000,00) o el saldo que<br /> exista, destinados para Compra de terreno para proyecto de vivienda<br /> de interés social en Colorado de Abangares, a fin de que sea<br /> utilizada para obras de urbanización de terreno para proyecto de<br /> vivienda de interés social en Colorado de Abangares (apertura de<br /> calle, construcción de acera, cordón y caño).<br /> 6.- Autorízase a la Asociación Juegos Deportivos Nacionales Cartago<br /> 98, cédula de persona jurídica N.º 3-002-204261-37, para que varíe el<br /> destino de la partida aprobada mediante la Ley N.º 7652, código<br /> presupuestario 117 -750-00-637-01-131-236-30, por el saldo de<br /> cuarenta y cinco millones cuatrocientos cuarenta y ocho mil ciento<br /> cuarenta y cinco colones con noventa y tres céntimos<br /> ((45.448.145,93), a fin de que se giren al Comité Cantonal de<br /> Deportes y Recreación del cantón Central de Cartago, cédula de<br /> persona jurídica N.º 3-007-087562; estos dineros serán utilizados<br /> para las instalaciones deportivas del Centro de Formación Cultural y<br /> Deportivo - Polideportivo del cantón Central de la provincia de<br /> Cartago, de la siguiente manera:<br /> FINIQUITOS<br /> -Productos de Concreto ( 5.940.963,32<br /> (devolución de retención)<br /> -MECO ( 1.400.000,00<br /> (devolución de retención)<br /> GARANTÍAS<br /> -Consejo Nacional de Producción ( 300.000,00<br /> AMPLIACIONES<br /> -Construcción techo de cancha de tenis (18.307.182,61<br /> -Construcción graderías áreas canchas de tenis (<br /> 5.000.000,00<br /> -Construcción cancha sintética fútbol 5<br /> (10.000.000,00<br /> ADICIONES<br /> -Iluminación general del polideportivo (<br /> 2.000.000,00<br /> MEJORAS<br /> -Piso de piscina olímpica ( 2.000.000,00<br /> -Marcación canchas de gimnasio ( 500.000,00<br /> TOTAL (45.448.145,93<br /> Igualmente, los intereses ganados a la fecha serán repartidos en<br /> forma proporcional al anterior desglose.<br /> 7.- Autorízase a la Municipalidad de Esparza para que varíe el<br /> destino de la partida aprobada mediante la Ley N.º 8050, código<br /> presupuestario 112-332-00-730-27-242-47-201, por un monto de un<br /> millón de colones (¢1.000.000,00) o el saldo que exista, destinada<br /> "Para cementado del camino al Centro de Nutrición de Esparza C.A.I.",<br /> a fin de que se utilice para la reparación de calles en ciudadela Los<br /> Laureles.<br /> 8.- Autorízase a la Municipalidad de Esparza para que varíe el<br /> destino de la partida aprobada mediante la Ley N.º 8180, código<br /> presupuestario 106-054-03-730-27-242-27-227, por un monto de un<br /> millón de colones (¢1.000.000,00) o el saldo que exista, destinada<br /> "Para acondicionar el salón comunal de Sabana Bonita", a fin de que<br /> se utilice para la construcción del salón comunal en Sabana Bonita.<br /> 9.- Autorízase a la Municipalidad de Esparza para que varíe el<br /> destino de la partida aprobada mediante la Ley N.º 8180, código<br /> presupuestario 106-054-03-730-27-242-27-236, por un monto de<br /> trescientos setenta y cinco mil colones (¢375.000,00) o el saldo que<br /> exista, destinada "Para la Asociación de Desarrollo Integral de Mojón<br /> y Mojoncito de Esparza, construcción y reparación de aceras<br /> peatonales de Mojón y Mojoncillo", a fin de que se utilice para la<br /> construcción de la acera peatonal en Mojón-Mojoncito.<br /> 10.- Autorízase a la Municipalidad de Esparza para que varíe el<br /> destino de la partida aprobada mediante la Ley N.º 8180, código<br /> presupuestario 106-054-03-730-27-242-27-235, por un monto de<br /> trescientos mil colones (¢300.000,00) o el saldo que exista,<br /> destinada "Para la Asociación de Desarrollo Integral de Mojón y<br /> Mojoncito de Esparza, reparación del salón comunal de Mojón", a fin<br /> de que se utilice en el acondicionamiento de la Calle Humo-Artieda<br /> (Chumical).<br /> 11.- Autorízase a la Municipalidad de Esparza para que varíe el<br /> destino de la partida aprobada mediante la Ley N.º 8050, código<br /> presupuestario 130-906-00-730-304-1-242-27, por un monto de dos<br /> millones de colones (¢2.000.000,00) o el saldo que exista, destinada<br /> al "Acondicionamiento Salón Comunal de Artieda, Distrito Espíritu<br /> Santo", a fin de que se utilice en el acondicionamiento de la calle<br /> Humo-Artieda (Chumical).<br /> 12.- Autorízase a la Municipalidad de Turrialba para que varíe el<br /> destino de la partida aprobada mediante la Ley N.º 7867, código<br /> presupuestario 130 902 730 495 27 242 45, por un monto de diez<br /> millones de colones (¢10.000.000,00), destinada a "Compra de tajo las<br /> Quebradas, Tayutic", a fin de que del saldo disponible se utilicen<br /> doce millones de colones (¢12.000.000,00) para la compra del salón<br /> comunal Tayutic, y la diferencia se utilice para el arreglo de<br /> caminos vecinales del distrito de Tayutic.<br /> Rige a partir de su publicación.<br /> ASAMBLEA LEGISLATIVA.- San José, a los dos días del mes de diciembre de<br /> dos mil cuatro.<br /> COMUNÍCASE AL PODER EJECUTIVO<br /> Gerardo González Esquivel<br /> PRESIDENTE<br /> Carlos Herrera Calvo Mario Calderón<br /> Castillo<br /> PRIMER SECRETARIO SEGUNDO SECRETARIO<br /> dr.-<br /> Dado en la Presidencia de la República.- San José, a los diez días<br /> del mes de diciembre del dos mil cuatro.<br /> Ejecútese y publíquese<br /> ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA<br /> Federico Carrillo Zürcher<br /> MINISTRO DE HACIENDA<br /> Sanción: 10-12-2004<br /> Publicación: 15-12-2004 Gaceta: 245 Alcance: 64