Ley 8414
REPÚBLICA DE COSTA RICA
PLENARIO
AUTORIZACIÓN AL ESTADO PARA QUE CATASTRE E INSCRIBA UN LOTE
PARA LA CONSTRUCCIÓN DE UNA LONJA PESQUERA Y LO DONE AL
PROGRAMA INTEGRAL DE MERCADEO AGROPECUARIO
DECRETO LEGISLATIVO Nº 8414
EXPEDIENTE Nº 15.267
SAN JOSÉ - COSTA RICA
8414
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
DECRETA:
autorizaCIÓN al Estado PARA QUE CATASTRE E INSCRIBA un lote
para la construcción de una Lonja Pesquera Y LO DONE AL
PROGRAMA INTEGRAL DE MERCADEO AGROPECUARIO
ARTÍCULO 1.- Autorízase al Estado para que, a título de donación,
traspase al Programa Integral de Mercadeo Agropecuario (PIMA), cédula de
persona jurídica 3-007-045942, el terreno sin inscribir de su propiedad,
el cual se describe así: su naturaleza es de terreno para construir, sito
en el barrio El Carmen, distrito 1°, cantón Central, provincia de
Puntarenas; mide seis mil cuatrocientos dieciséis metros con veintidós
decímetros cuadrados y colinda al norte con calle pública, con treinta y
cinco metros con ochenta centímetros, con INCOPESCA y COOPEIMPESA, con
cincuenta y siete metros con cincuenta y siete centímetros; al sur, con
una proyección de avenida, por parte de la Municipalidad de Puntarenas, de
noventa metros con setenta y tres centímetros, y con la Capitanía de
Puerto, con dieciocho metros con treinta y cinco centímetros; al este, con
calle diecinueve y la Capitanía de Puerto, y al oeste, con la calle
veintiuno, con noventa y ocho metros sesenta y cuatro centímetros. El
terreno indicado se destinará a la construcción de la lonja pesquera y
actividades conexas.
ARTÍCULO 2.- Autorízase al Catastro Nacional para que levante,
confeccione y catastre, a nombre del Estado, el plano correspondiente a la
finca descrita en el artículo primero. Una vez catastrado y visado el plano
a que se refiere este artículo, la Notaría del Estado procederá a
confeccionar la escritura de traspaso, a título de donación, al PIMA.
Rige a partir de su publicación.
ASAMBLEA LEGISLATIVA.- San José, a los trece días del mes de abril de dos
mil cuatro.
COMUNÍCASE AL PODER EJECUTIVO
Mario Redondo Poveda
PRESIDENTE
Gloria Valerín Rodríguez Francisco Sanchún Morán
PRIMERA SECRETARIA SEGUNDO SECRETARIO
Lrr
Dado en la Presidencia de la República.- San José, a los veintinueve
días del mes de abril del dos mil cuatro.
Ejecútese y publíquese
ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA
Walter Ruiz Valverde
MINISTRO A.I DE AGRICULTURA
Y GANADERÍA
Sanción: 29-04-04
Publicación:13-05-04 a la Gaceta: 93