Ley 8400
REPÚBLICA DE COSTA RICA
PLENARIO
AUTORIZACIÓN AL INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICA PARA QUE
SEGREGUE TERRENOS DE SU PROPIEDAD Y LOS DONE A LA JUNTA
ADMINISTRATIVA DEL COLEGIO CIENTÍFICO DE CARTAGO Y
A LA JUNTA ADMINISTRATIVA DEL COLEGIO
CIENTÍFICO DE SAN CARLOS
DECRETO LEGISLATIVO Nº 8400
EXPEDIENTE Nº 15.284
SAN JOSÉ - COSTA RICA
8400
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
DECRETA:
AUTORIZACIÓN AL INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICA PARA QUE
SEGREGUE TERRENOS DE SU PROPIEDAD Y LOS DONE A LA JUNTA
ADMINISTRATIVA DEL COLEGIO CIENTÍFICO DE CARTAGO Y
A LA JUNTA ADMINISTRATIVA DEL COLEGIO
CIENTÍFICO DE SAN CARLOS
ARTÍCULO 1.- Autorización de segregación y donación de un inmueble a la
Junta Administrativa del Colegio Científico de Cartago
Autorízase al Instituto Tecnológico de Costa Rica (ITCR), cédula de
persona jurídica Nº 4-000-042145, para que segregue un lote donde se
construirán mil tres metros cuadrados con setenta y dos decímetros
cuadrados; la segregación se efectuará de la finca inscrita en el Registro
Público, Sección Propiedad, partido de Cartago, bajo el Sistema de Folio
Real Nº 3-015517-000, que es terreno de potrero marcado con el número
tercero, situada en el distrito 9º, Dulce Nombre, cantón I, Cartago,
provincia de Cartago; linda al norte con camino en medio lote primero; al
sur, con la línea de tranvía de Cartago; al este, con lote cuatro, y al
oeste, con lote segundo; mide veintidós mil doscientos seis metros
cuadrados.
Además, se autoriza al ITCR para que done este lote a la Junta
Administrativa del Colegio Científico de Cartago, cédula de persona
jurídica Nº 3-008-110387, con los gravámenes que soporta el inmueble en la
actualidad, según registro. Una vez formalizada la donación respectiva, el
lote segregado quedará afecto a uso público, ya que deberá ser utilizado,
exclusivamente, para albergar la sede, las aulas, las oficinas
administrativas y demás instalaciones físicas del Colegio Científico de
Cartago.
ARTÍCULO 2.- Autorización de segregación y donación de un inmueble a la
Junta Administrativa del Colegio Científico de San Carlos
Autorízase al ITCR, cédula de persona jurídica Nº 4-000-042145, para
que segregue un lote, cuyo plano catastrado es el Nº A842045-2003, donde se
construirán cuatro mil doscientos cincuenta y tres metros cuadrados con
cuatro centímetros cuadrados; dicha segregación se efectuará de la finca
del partido de Alajuela, inscrita bajo el Sistema de Folio Real matrícula
Nº 2-129202-000, que es terreno de repastos y potrero, situada en el
distrito 2º, Florencia; cantón X, San Carlos; provincia de Alajuela. Linda
al norte con la Sociedad Madrigal Matamoros Limitada; al sur, con quebrada
en medio, José Reynolds Reynolds, Gonzalo Badilla y Francisco Morales; al
este, con Francisco Morales, y al oeste, con quebrada en medio y José
Reynolds Reynolds; mide ciento ochenta y ocho mil ciento treinta y seis
metros cuadrados.
Además, se autoriza al ITCR para que done este lote a la Junta
Administrativa del Colegio Científico de San Carlos, cédula de persona
jurídica Nº 3-008-134995, con los gravámenes y las limitaciones que soporta
el inmueble en la actualidad, según registro. Una vez formalizada la
donación respectiva, este lote segregado quedará afecto a uso público, ya
que deberá ser utilizado, exclusivamente, para albergar la sede, las aulas,
las oficinas administrativas y demás instalaciones físicas del Colegio
Científico de San Carlos.
ARTÍCULO 3.- Elaboración de escrituras
La Notaría del Estado tendrá a su cargo la elaboración de las
escrituras correspondientes, las cuales quedarán exoneradas del pago del
impuesto y los timbres de traspaso, así como de los derechos de registro e
inscripción.
Rige a partir de su publicación.
ASAMBLEA LEGISLATIVA.- San José, a los once días del mes de diciembre de
dos mil tres.
COMUNÍCASE AL PODER EJECUTIVO
Mario Redondo Poveda
PRESIDENTE
Gloria Valerín Rodríguez Rocío
Ulloa Solano
PRIMERA SECRETARIA SEGUNDA PROSECRETARIA
daa.-
Dado en la Presidencia de la República.- San José, a los diecinueve
días del mes de diciembre del dos mil tres.
Ejecútese y publíquese
LINETH SABORÍO CHAVERRI
Marlen Gómez Calderón
MINISTRA DE EDUCACIÓN PÚBLICA A.I.
Sanción: 19-12-2003
Publicación: 28-01-2004 Gaceta: 19