Ley 8396
REPÚBLICA DE COSTA RICA
PLENARIO
AUTORIZACIÓN A LA JUNTA DE EDUCACIÓN DE LA ESCUELA VILLA
LIGIA, DE PÉREZ ZELEDÓN, Y A LA EMPRESA MADERAS
DEL SUR, S.A., PARA QUE PERMUTEN
UNA PROPIEDAD
DECRETO LEGISLATIVO Nº 8396
EXPEDIENTE Nº 15.403
SAN JOSÉ - COSTA RICA
8396
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
DECRETA:
AUTORIZACIÓN A LA JUNTA DE EDUCACIÓN DE LA ESCUELA VILLA LIGIA, DE PÉREZ
ZELEDÓN, Y A LA EMPRESA MADERAS DEL SUR, S.A.,
PARA QUE PERMUTEN UNA PROPIEDAD
ARTÍCULO 1.- Autorización
Autorízase a la Junta de Educación de la Escuela Villa Ligia, de Pérez
Zeledón, cédula de persona jurídica Nº 3-008-117629, para que permute un
terreno de su propiedad, ubicado en el distrito 3º, Daniel Flores; cantón
XIX, Pérez Zeledón; provincia 1, San José. Dicho terreno está destinado a
la Escuela Villa Ligia, de Pérez Zeledón; mide tres mil doscientos ochenta
metros cuadrados con noventa y tres decímetros cuadrados (3.280,93 m2),
según el plano catastrado Nº SJ-493690-1998. Está inscrito en el Registro
Nacional de la Propiedad bajo el Sistema de Folio Real del partido de San
José, matrícula Nº 499.424-000, y sus linderos son los siguientes: al
norte, la carretera Interamericana; al sur, calle pública, Óscar Zúñiga
Marín, Ólger Elizondo Mora, Nicolaza Villalta Rodríguez y Germán Valverde
Chavarría; al este, calle pública, y al oeste, Carlos Alvarado Castañeda,
Leana Barquero Villalobos, Ana Cecilia Beita Villanueva y Dora María
Fonseca Rivera.
El terreno descrito será permutado por el inmueble propiedad de la
Empresa Maderas del Sur S.A., cédula de persona jurídica Nº 3-101-030687,
ubicado en el distrito 3º, Daniel Flores; cantón XIX, Pérez Zeledón;
provincia 1, San José; es terreno de patio de maderas con un galerón; posee
una superficie total de seis mil novecientos ochenta y ocho metros
cuadrados con noventa y seis decímetros cuadrados (6.988,96 m2), según el
informe registral inscrito en el Registro Nacional de la Propiedad, bajo el
Sistema de Folio Real del partido de San José, matrícula Nº 264248-000 y,
según el plano catastrado Nº SJ-496.260-98, mide seis mil novecientos cinco
metros con treinta y nueve decímetros cuadrados (6905,39 m2) y sus linderos
son los siguientes: al norte, al sur, al este y al oeste, calle pública.
ARTÍCULO 2.- Destino del inmueble
El terreno que la Junta de Educación de la Escuela Villa Ligia, de
Pérez Zeledón, adquirirá por esta permuta, se destinará exclusivamente a la
construcción de la nueva Escuela de Villa Ligia, de Pérez Zeledón.
ARTÍCULO 3.- Exoneraciones
Exonérase del pago de derechos registrales y del impuesto de traspasos
y timbres, la inscripción de las propiedades objeto de esta permuta.
Rige a partir de su publicación.
ASAMBLEA LEGISLATIVA.- San José, a los treinta días del mes de octubre de
dos mil tres.
COMUNÍCASE AL PODER EJECUTIVO
Mario Redondo Poveda
PRESIDENTE
Gloria Valerín Rodríguez Francisco Sanchún Morán
PRIMERA SECRETARIA SEGUNDO SECRETARIO
Lrr
Dado en la Presidencia de la República.- San José, a los diecisiete
días del mes de noviembre del dos mil tres.
Ejecútese y publíquese
ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA
Manuel Antonio Bolaños Salas
MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Sanción:17-11-03
Publicación: 2-12-03 a la Gaceta: 232