Ley 8374
REPÚBLICA DE COSTA RICA
PLENARIO
PRIMER PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO DE LA REPÚBLICA PARA
EL EJERCICIO ECONÓMICO DEL 2003, Y MODIFICACIÓN DE LA LEY
DE PRESUPUESTO ORDINARIO Y EXTRAORDINARIO DE LA
REPÚBLICA PARA EL EJERCICIO ECONÓMICO
DEL 2003, Nº 8341
DECRETO LEGISLATIVO Nº 8374
EXPEDIENTE Nº 15.241
SAN JOSÉ - COSTA RICA
NORMAS PRESUPUESTARIAS
Artículo duodécimo.- Autorízanse las siguientes modificaciones
presupuestarias:
1.- Autorízase a Municipalidad de Siquirres para que varíe el destino de
la partida aprobada mediante la Ley N° 7216, código presupuestario 130 918
663 385 27 132 31 55 por un monto de ciento cincuenta mil colones
¢150.000,00, o el saldo que haya, destinada a Club de Leones de Siquirres,
a fin de que se utilice para la Asociación pro centro diurno de atención al
anciano, hogar de esparcimiento para la tercera edad, para construir la
malla del centro diurno.
2.- Autorízase a Municipalidad de Siquirres para que varíe el destino de
la partida aprobada mediante la Ley N° 7328, código presupuestario artículo
13 inciso 75 por un monto de diecinueve millones de colones ¢19.000.000.00,
o el saldo que haya, destinada para la compra de la maquinaria y equipo,
para la instalación de teléfono público Indiana II y III, para la
construcción de un puente colgante sobre el Río Pacuare, para la
construcción de los acueductos de Indiana II y III, construcción delegación
Indiana II, a fin de que se utilice para concluir el salón comunal de
Indiana II y construir el salón comunal de Indiana III.
3.- Autorízase a la Asociación de Desarrollo Integral de San Lorenzo de
Flores para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley No.
7449, código presupuestario 130 916 702 982 1 241 27 42, por un monto de
ochocientos mil colones (¢800.000) o el saldo que haya, destinada para
compra materiales construcción salón multiuso, a fin de que se utilice para
construir aceras en el distrito de Barrantes de Flores de Heredia.
4.- Autorízase a la Asociación de Desarrollo Integral de San Lorenzo de
Flores para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley No.
7465, código presupuestario 130 910 702 419 1 241 27 42 por un monto de
setecientos veinticinco mil colones (¢725.000) o el saldo que haya,
destinada a construcción salón comunal, a fin de que se utilice para
construir aceras en el distrito de Barrantes de Flores de Heredia.
5.- Autorízase a la Municipalidad de Siquirres para que cambie el destino
de la partida específica según Ley No. 7465 del Ordinario de 1995, para
compra de terreno para plaza de deportes de Betania, código presupuestario
130 916 730 289 1 242 30 55 por un monto de ¢1.000.000, para que diga:
compra de materiales (¢700.000) y mano de obra (¢300.000) para la
construcción del salón comunal de barrio Betania.
6.- Autorízase a la Municipalidad de Siquirres para que varíe el destino
de la partida aprobada mediante la Ley N° 7563, código presupuestario 911
730 369 1 242 30 55 por un monto de un millón quinientos mil colones
¢1.500.000.00 o el saldo que haya, destinada a compra terreno para plaza
Monteverde, a fin de que se utilice para la Asociación pro centro diurno de
atención al anciano, hogar de esparcimiento para la tercera edad, para
construir la malla del centro diurno.
7.- Autorízase a Municipalidad de Siquirres para que varíe el destino de
la partida aprobada mediante la Ley Nº 7563, código presupuestario 911 730
363 1 242 26 55 por un monto de ciento cincuenta mil colones ¢150.000.00 o
el saldo que haya, destinada a acueducto rural de Islona-Hamburgo y
Bambusal, a fin de que se utilice para mejoras en el EBAIS de Maryland
diurno.
8.- Autorízase a: Municipalidad de Flores, cédula jurídica No. 3-014-
042091-11, para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley
No. 7652, código presupuestario 130 906 702 519 1 241 27 42, por un monto
de un millón setecientos cincuenta mil colones (¢1.750.000) o el saldo que
haya, destinada a la Asociación de Desarrollo Integral de San Lorenzo de
Flores para mejoras salón multiuso, a fin de que se utilice para construir
aceras en el distrito Barrantes.
9.- Autorízase a la Asociación de Desarrollo Integral de Cañas Centro,
cédula jurídica Nº 3-002-045886 para que varíe el destino de la partida
aprobada mediante Ley Nº 7652, código presupuestario 130-907-00-702-458-1-
241-31-47 por un monto de cinco millones de colones (¢5.000.000) o el saldo
que haya destinado para construcción primera etapa Casa de la Juventud de
Cañas, a fin de que se utilice para concluir el edificio administrativo de
la Asociación de Desarrollo Integral de Cañas y su segunda planta sea
utilizada como Casa de la Juventud de Cañas y sede de los grupos
folclóricos del cantón.
10.- Autorízase a la Municipalidad de El Guarco para que varíe el destino
de la partida aprobada mediante Ley 7755, código presupuestario 730 027 27
042 02, por el saldo que haya de la partida "compra de terreno", a fin de
que se utilice para mejoras en la escuela de La Esperanza.
11.- Autorízase a la Municipalidad de Oreamuno para que varíe el destino
de la partida aprobada mediante la Ley No. 7853, código presupuestario 130-
902-730-402-27-242-30, por un monto de ¢1.000.000.00 (un millón de colones)
o el saldo que haya, destinada a compra terreno para plaza de deportes San
Martín, a fin de que se utilice para mejoras de caminos del caserío de San
Martín de Santa Rosa de Oreamuno.
12.- Autorízase a la Municipalidad de Esparza para que varíe el destino de
la partida aprobada mediante la Ley No. 7853 del 29 de noviembre de 1998,
código presupuestario 106 045 00 730 01 242 30 330, por un monto de tres
millones de colones (¢3.000.000,00) o el saldo que haya destinado para la
construcción del salón multiuso de Peñas Blancas, a fin de que se utilicen
para contrato de maquinaria, adquisición de tubería y mano de obra para el
acueducto rural de Peñas Blancas de Esparza, setecientos mil colones
(¢700.000,00); para adquisición de mobiliario y pintura de la iglesia
católica de Peñas Blancas de Esparza, quinientos mil colones (¢500.000,00);
para mejoras de pisos, cielo rasos y mano de obra de la escuela de Peñas
Blancas de Esparza, quinientos mil colones (¢500.000,00); para cerrar con
malla el frente de la plaza de deportes de Peñas Blancas de Esparza,
quinientos mil colones (¢500.000,00); para adquisición de mobiliario,
equipo y utensilios de cocina para el salón comunal de Peñas Blancas de
Esparza, quinientos cincuenta mil colones (¢550.000,00); para mejoras en
los caminos, cabezales de alcantarillas, arreglo de puentes y mano de obra
en Peñas Blancas de Esparza, doscientos cincuenta mil colones
(¢250.000,00).
13.- Autorízase a la Municipalidad de Esparza para que varíe el destino de
las partidas aprobadas mediante las leyes número 7853 del 29 de noviembre
de 1998, código presupuestario 130 905 00 730 291 27 242 27, por un monto
de un millón de colones (¢1.000.000,00) o el saldo que haya, destinada a la
construcción de Salón multiuso de Peñas Blancas, y Ley 7952 del 7 de
diciembre de 1999, código presupuestario 130 906 00 730 326 1 242 27, por
un monto de un millón treinta y cuatro mil ochocientos veinte colones
(¢1.034.820,00) o el saldo que haya, destinada para la construcción del
Salón comunal de Peñas Blancas, distrito San Jerónimo, a fin de que se
utilicen para efectuar mejoras en los caminos, cabezales de alcantarillas,
arreglo de puentes y mano de obra en Peñas Blancas de Esparza.
14.- Autorízase a la Municipalidad de San Carlos para que varíe el destino
de las partidas específicas aprobadas mediante Ley No. 7853, códigos
presupuestarios: 130 901 730 595 27 242 20 Construcción de un aula Escuela
el Tanque ¢500.000,00. 130 901 730 598 27 242 20 Construcción dos aulas
Escuela Central ¢804.600,00. 130 901 730 599 27 242 20 Reconstrucción
Escuela de Zona Fluca ¢500.000,00. 130 901 730 596 27 242 20 Construcción
de un aula Escuela San Isidro ¢500.000,00. 130 901 730 601 27 242 20
Instalación malla Escuela Santa Lucia ¢225.000,00. 130 901 730 607 27 242
20 Construcción Dirección Escuela Tres Esquinas ¢496.842,00. 130 901 730
606 27 242 20 Reparación Escuela de Los Ángeles ¢500.000,00, o el saldo que
exista, a fin de que sean utilizadas en la construcción de la Escuela de
Los Ángeles de la Fortuna.
15.- Autorízase a la Municipalidad de San Carlos para que varíe el destino
de las partidas específicas aprobadas mediante Ley No. 7853, códigos
presupuestarios: 130 901 730 603 27 242 27 Reparación Salón Multiuso de
San Jorge ¢500.000,00. 130 901 730 604 27 242 27 Techado del Salón Multiuso
de Zeta Trece ¢500.000,00, o el saldo que exista, a fin de que sean
utilizadas en la reparación del salón comunal de Zeta Trece.
16.- Autorízase a la Municipalidad de San Carlos para que varíe el destino
de la partida específica aprobada mediante Ley No. 7853, código
presupuestario 130 901 730 605 27 242 47 destinada a la construcción del
Puente Río Habana por un monto de ¢450.000,00 (cuatrocientos cincuenta mil
colones) o el saldo que exista, a fin de que sea utilizada para efectuar
mejoras en el puente sobre la quebrada Arena.
17.- Autorízase a la Municipalidad de Turrialba en Cartago, para que varíe
el destino de la partida aprobada mediante la Ley No. 7867, código
presupuestario 130 902 730 518 27 242 45, por un monto de ¢380.000.00
(trescientos ochenta mil colones) o el saldo que haya, destinada a
explotación del tajo donado a la comunidad de Peralta por Germán Vargas
Guillén, a fin de que se utilice para realizar mejoras en el lastreo y los
caminos.
18.- Autorízase a la Municipalidad de Turrialba, para que varíe el destino
de las siguientes partidas: Ley No. 7867, código presupuestario 130 902
730 473 27 242 30 por un monto de ¢210.000.00 (doscientos diez mil colones)
o el saldo que haya, destinada a camerinos plaza de deportes El Sol de
Tres Equis, y Ley No. 7952, código presupuestario 130 903 730 445 1 241
47 por un monto de ¢325.000.00 (trescientos veinticinco mil colones) o el
saldo que haya, destinada a asentamiento La Flor (caminos), distrito Tres
Equis, a fin de que se utilicen para la reparación del alcantarillado del
camino Pilón de Tres Equis.
19.- Autorízase a la Municipalidad de Turrialba en Cartago para que varíe
el destino de la partida aprobada mediante la Ley No. 7867, código
presupuestario 130 902 730 495 27 242 45, por un monto de ¢10.000.000.00
(diez millones de colones) o el saldo que haya, destinada a compra del Tajo
Las Quebradas, Tayutic, a fin de que se utilice para comprar la finca en el
distrito de Tayutic y aplicar gastos para formalizar la concesión de
extracción de material y mejoramiento de los caminos de Tayutic.
20.- Autorízase a la Municipalidad de Puriscal para que varíe el destino
de la partida aprobada mediante la Ley Nº 7867, Código presupuestario 130
900 730 820 27 242 47, por un monto de tres millones cuatrocientos cuarenta
y cinco mil quinientos veinte colones exactos, ¢3.445.520, o el saldo que
haya destinada a asfaltado de la vía Pedernal, Polka, Candelarita, a fin de
que se utilice para cancelar las deudas contraídas por la reparación de la
vía Pedernal, Polka, Candelarita.
21.- Autorízase a la Municipalidad de Alvarado para que varíe el destino
de la partida aprobada mediante la Ley No. 7952, código presupuestario 130
903 730 449 1 242 23, por un monto de ¢200.000.00 (doscientos mil colones)
o el saldo que haya, destinada a compra de ambulancia Cruz Roja Pacayas, a
fin de que se utilice para gastos de operación de la Cruz Roja de Pacayas.
22.- Autorízase a la Municipalidad de Turrialba para que varíe el destino
de la partida aprobada mediante la Ley No. 7952, código presupuestario 130
903 730 430 1 242 47 por un monto de ¢500.000.00 (quinientos mil colones) o
el saldo que haya, destinada a construcción puente peatonal La Dominica,
distrito de Turrialba, a fin de que se utilice para arreglar el salón
comunal de barrio La Margot, por un monto de cien mil colones
(¢100.000,00); arreglar el alcantarillado de barrio La Margot, por un monto
de doscientos veinte mil colones (¢220.000,00) y arreglar la biblioteca
pública, por un monto de cien mil colones (¢100.000,00).
23.- Autorízase a la Municipalidad de Sarapiquí, cédula jurídica No. 3-014-
042098, para que varíe el destino de la partida aprobada mediante Ley No.
7952, código presupuestario 130 904 730 422 1 242 20 por un monto de un
millón quinientos mil colones (¢1.500.000) o el saldo que haya, destinada a
construcción aula Escuela de Puerto Viejo, a fin de que se utilice para
efectuar mejoras en las aulas de la Escuela de Puerto Viejo.
24.- Autorízase a la Municipalidad de Buenos Aires, Puntarenas, para que
varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley No. 7952, código
presupuestario 130-906-730-342-01-242-30 por un monto de un millón de
colones ¢1,000,000,00 o el saldo que haya, destinada a construcción de
cancha multiuso y malla Barrio San Martín, a fin de que se utilice para
mejoramiento de la infraestructura escolar de la Escuela San Martín,
distrito Buenos Aires, Puntarenas.
25.- Autorízase al Comité Olímpico Nacional para que utilice los saldos
disponibles, incluyendo los intereses, de los recursos aprobados mediante
la Ley No. 7952 del 29 de noviembre de 1999, código presupuestario artículo
12, inciso 10, en la compra de equipo médico, equipo científico, equipo y
mobiliario de oficina y otros.
26.- Autorízase a la Municipalidad de Siquirres para que cambie el destino
de la partida específica por ¢1.500.000 incluida en la Ley de Presupuesto
7952, bajo el código 130-907-730-307-1-242-20, para que se destine a cerrar
con malla el predio escolar, setecientos cincuenta mil colones
(¢750.000,00) y cambiar el techo de aula en la Escuela de Llano de Florida,
setecientos cincuenta mil colones (¢750.000,00).
27.- Autorízase a la Municipalidad de Guácimo para que cambie los destinos
de las siguientes partidas específicas del período 2000, Ley 7952, "compra
de materiales play de Carambola", código presupuestario 130 907 730 530 01
242 30, por un monto de ¢300.000, para que diga "para alcantarillado
pluvial de Carambola "mano de obra" y "compra de terreno de cementerio de
Carambola", código presupuestario 130 907 730 534 01 242 31, por un monto
de ¢1.000.000, para que diga, "compra de alcantarillas pluviales de
Carambola."
28.- Autorízase a Municipalidad de Guácimo, para que varíe el destino de
la partida aprobada mediante la Ley No. 7952 código presupuestario 130 907
730 513 1 242 47, por un monto de un millón de colones ¢1.000.000.00, o el
saldo que haya, destinada a camino Iglesia Tierra Grande, a fin de que se
utilice para reparar la cuesta del camino La Isleta Tierra Grande.
29.- Autorízase a la Municipalidad de Guácimo, para que varíe el destino
de la partida aprobada mediante la Ley No. 7952 código presupuestario 130
907 730 509 1 242 30 por un monto de novecientos noventa y nueve mil
novecientos cuarenta y cinco colones ¢999.945.00, o el saldo que haya,
destinada a compra de terreno cancha de fútbol barrio Sector Sur de Pocora,
distrito de Pocora, a fin de que se utilice para la compra de lámparas para
la plaza de deportes de Pocora centro.
30.- Autorízase a la Municipalidad de Guácimo, para que varíe el destino
de la partida aprobada mediante la Ley No. 7952 código presupuestario 130
907 730 520 1 242 20, por un monto de cinco millones de colones
¢5.000.000.00, o el saldo que haya, destinada a construcción de aulas del
colegio de Río Jiménez, a fin de que se utilice para reparación de caminos
del distrito Río Jiménez.
31.- Autorízase a la Municipalidad de Siquirres para que cambie los
destinos de las siguientes partidas específicas del período 2000,
"conclusión salón comunal de Siquirres", código presupuestario 130 907 730
298 01 242 27, por un monto de ¢1.094.256, para que diga "para construcción
de salón comunal de Santo Domingo" y "compra de terreno para acueductos
Santo Domingo", código presupuestario 130 907 730 297 01 242 26, por un
monto de ¢2.000.000.00, para que diga, "compra de medidores para acueductos
de Santo Domingo."
32.- Autorízase a la Municipalidad de Matina para que varíe el destino de
la partida aprobada mediante la Ley No. 8050, código presupuestario 130 907
730 521 1 242 25, por un monto de tres millones quinientos mil colones
(¢3.500.000.00), o el saldo que haya, destinada para compra de terreno para
lotificación de Zent, distrito Carrandí", con el fin de que se utilice para
construir una aula de cómputo en la Escuela de Zent.
33.- Autorízase a la Municipalidad de Turrialba, para que varíe el destino
de la partida aprobada mediante la Ley No. 8050, código presupuestario 130
903 730 409 1 242 20 por un monto de ¢700.000.00 (setecientos mil colones)
o el saldo que haya, destinada a mejoras cunetas escuela Jicotea Tayutic, a
fin de que se utilice para construir el salón comunal Jicotea.
34.- Autorízase a la Municipalidad de Paraíso, para que varíe el destino
de la partida aprobada mediante la Ley No. 8050, código presupuestario 113
573 2 730 27 242 20 20, por un monto de ¢15.000.000.00 (quince millones de
colones) o el saldo que haya, destinada a construcción de piscina académica
para alto rendimiento en terrenos del Turul del Liceo de Paraíso, a fin de
que se utilice para la construcción, iluminación y colocación de la malla
de la cancha El Turul en los terrenos del Liceo de Paraíso.
35.- Autorízase a Municipalidad de Santo Domingo, cédula jurídica No. 3-
014-042097-36, para que varíe el destino de la partida aprobada mediante
Ley No. 8050, código presupuestario 130 904 730 272 1 242 27 por un monto
de un millón doscientos cincuenta y siete mil quinientos cuarenta y ocho
colones (¢1.257.548) o el saldo que haya, destinada a construcción e
instalación de canoas y bajantes del salón comunal de barrio Lourdes y
pintura de techo, cajas de registro para evacuación de aguas (obras por
contrato) distrito de Tures, a fin de que se utilice para ampliar y mejorar
el salón comunal de barrio Lourdes.
36.- Autorízase a la Municipalidad de Santo Domingo, cédula jurídica 3-014-
042097-36 para que varíe el destino de la partida aprobada mediante Ley No.
8050, código presupuestario 130 904 730 271 1 242 31 por un monto de un
millón de colones (¢1.000.000) o el saldo que haya, destinada a
construcción de capilla de velación del distrito de Tures (obras por
contrato), a fin de que se utilice para realizar mejoras en la Escuela
Cristóbal Colón.
37.- Autorízase a la Municipalidad de Sarapiquí, cédula jurídica No. 3-014-
042098, para que varíe el destino de la partida aprobada mediante Ley No.
8050, código presupuestario 130 904 730 357 1 242 21 por un monto de tres
millones de colones (¢3.000.000) o el saldo que haya, destinada a
construcción EBAIS comunidad La Gata, distrito Puerto Viejo, a fin de que
se utilice para la continuación de la construcción del acueducto de La
Gata.
38.- Autorízase a la Municipalidad de Poás para que varíe el destino de la
partida aprobada mediante Ley No. 8050 del 28 de diciembre de 2000,
registro contable 105-034-00, partida presupuestaria No. 730-01-242-27-210
por un monto de ¢10.000.000 (diez millones de colones), destinado a: ¢1
millón para preparación de terrenos para asfaltado Calle La Mónica, ¢800
mil para mejoras en El Zanjón de Guillerma, ¢600 mil para construcción
puente calle al Colegio de Carrillos, ¢600 mil para conclusión dos aulas
Colegio de Carrillos, ¢200 mil para conclusión puente Calle Chaves, ¢500
mil conclusión aulas Escuela de Imas, ¢500 mil remodelación parque de San
Pedro, ¢300 mil iluminación cancha de fútbol de San Juan, ¢500 mil
remodelación iglesia de San Rafael, ¢500 mil ampliación Escuela de Sabana
Redonda, ¢300 mil construcción caseta parada de buses San Juan Sur, ¢300
mil construcción malla plaza de deportes San Rafael, ¢500 mil construcción
cancha basquetbol Sabana Redonda, ¢300 mil conclusión Escuela de Guatusa,
¢450 mil conclusión Escuela de Santa Rosa, ¢450 mil Escuela de San Rafael,
¢300 mil compra de instrumento banda instrumental Escuela Pedro A., ¢300
mil conclusión cocina salón comunal barrio Santa Cecilia, ¢200 mil mejoras
en la escuela de Chilamate, ¢500 mil reparación bóvedas municipales, ¢900
mil construcción de aceras costado sur escuela de San Juan casa de Alfredo
Herrera, Hermanos Quesada, a fin de que el saldo disponible por cuatro
millones trescientos mil colones (¢4.300.000,00) se distribuya de la
siguiente forma: ochocientos mil colones (¢800.000,00), para remodelar el
parque de San Pedro; trescientos mil colones (¢300.000,00), a realizar
mejoras en la Escuela San Juan Norte; novecientos mil colones
(¢900.000,00), a efectuar mejoras y acabados en el salón multiuso de San
Juan Norte; quinientos mil colones (¢500.000,00), a ampliar la iglesia
católica de Carrillos Alto; quinientos mil colones (¢500.000,00), para
ampliar la iglesia católica de Carrillos Bajo; seiscientos mil colones
(¢600.000,00), para asfaltar la calle La Cruz; doscientos mil colones
(¢200.000,00), para construir aceras en La Cuesta de Pavo Real hacia el
cementerio de Carrillos, y quinientos mil colones (¢500.000,00), para
ampliar la Escuela de Sabana Redonda.
39.- Autorízase a la Municipalidad de Siquirres para que cambie el destino
de la partida específica del período 2001, para la comunidad La Perlita,
construcción acueducto rural, código presupuestario 130 907 730 380 01 242
26, por un monto de ¢1.500.000, para que diga "Para mejoras del salón
comunal del Perlita".
40.- Autorízase a la Municipalidad de El Guarco para que varíe el destino
de la partida aprobada mediante Ley 8050, Código presupuestario 730 27 242
30 248, por el saldo que haya de la partida "enzacatado cancha de fútbol de
Higuito", a fin de que se utilice para "mejoras cancha deporte de Higuito".
41.- Autorízase a la Municipalidad de El Guarco para que varíe el destino
de la partida aprobada mediante Ley 8050, Código presupuestario 730 01 242
47 256, por dos millones setecientos mil colones (¢2.700.000), o el saldo
que haya destinado a "lastreado camino Chiquizá - La Estrella", a fin de
que se utilice para "reparación camino La Estrella - La Cangreja".
42.- Autorízase a la Municipalidad del Cantón Central de la provincia de
Limón para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley No.
8050, código presupuestario 130 907 730 256 1 242 27, por un monto de un
millón setecientos treinta y cinco mil cuatrocientos colones
(¢1.735.400,00) o el saldo que haya, destinada para construcción de salón
comunal Las Brisas de Kent, distrito Matama, con el fin de que se utilice
para compra y construcción del salón comunal de Las Brisas de Matama.
43.- Autorízase a la Municipalidad de San Carlos para que varíe el destino
de las partidas específicas aprobadas mediante Ley No. 8050, códigos
presupuestarios: 130 902 730 561 1 242 20 Construcción del comedor escolar
de Coope San Juan de Aguas Zarcas ¢800.000,00. 130 902 730 562 1 242 47
Mejoras camino principal de Garabito ¢500.000,00, o el saldo que exista, a
fin de que sean utilizadas en lo siguiente: quinientos cincuenta mil
colones (¢550.000,00) para construir el salón multiuso de Concepción de
Aguas Zarcas; doscientos cincuenta mil colones (¢250.000,00) en la
reparación del salón comunal de Esquipulas de Aguas Zarcas, y quinientos
mil colones (¢500.000,00) para compra de materiales de construcción del
puente de Garabito.
44.- Autorízase a la Municipalidad de Limón para que varíe el destino de
la partida aprobada mediante la Ley No. 8180, código presupuestario 130 907
730 236 27 242 20, por un monto de quinientos mil colones (¢500.000.00), o
el saldo que haya, destinada "para reparación en comedor escolar Beverly,
Distrito Matama, con el fin de que se utilice "para construcción aula de
cómputo de escuela Beverly distrito Matama.
45.- Autorízase a la Municipalidad de El Guarco para que varíe el destino
de la partida aprobada mediante Ley 8180, Código presupuestario 730 505 27
242 27, por un monto de ochocientos mil colones (¢800.000) o el saldo que
haya, destinado a "salón comunal de la Damita, distrito San Isidro", a fin
de que se utilice para "salón comunal de la Damita de San Isidro".
46.- Autorízase a la Municipalidad de Siquirres para que varíe el destino
de la partida aprobada en el presupuesto nacional del período 2001, código
presupuestario 130-907-730-397-01-242-20, por un monto de ¢1,000,000, o el
saldo que haya, destinada a "Construcción comedor escolar Escuela La
Francia" con el fin de que se utilice para "Mejoras Edificio Escuela La
Francia".
47.- Autorízase a la Municipalidad de Guácimo para que varíe el destino de
la partida aprobada mediante la Ley No. 8180, código presupuestario 130-907-
730-545-27-242-31, por un monto de ¢800,000, o el saldo que haya, destinada
a "Compra de zinc para Iglesia Católica de Carambola" con el fin de que se
utilice "Para reparación Iglesia Católica de Carambola."
48.- Autorízase a Municipalidad de Desamparados para que varíe el destino
de la partida aprobada mediante la Ley Nº 8050 código presupuestario 730
241 1 242 27, por un monto de un millón de colones ¢1.000.000 o el saldo
que haya, destinada a construcción del Salón Comunal de Urb. El Futuro,
distrito Desamparados, a fin de que se utilice para la reparación de la
calle principal de la urbanización El Futuro, distrito de Desamparados.
49.- Autorízase a la Municipalidad de Corredores, para que varíe el
destino de la partida aprobada mediante la Ley Nº 7867, código
presupuestario 130 905 730 730 27 242 30, por un monto de Dos millones de
colones (¢2.000.000) o el saldo que haya, destinada a "Para compra de lote
plaza de Deportes, Pueblo Nuevo de la Cuesta" a fin de que se utilice para
"Construcción de cancha multiuso de Pueblo Nuevo de la Cuesta.
50.- Autorízase a la Municipalidad de Corredores, para que varíe el
destino de la partida aprobada mediante la Ley Nº 7952, código
presupuestario 130 906 730 767 1 242 30, por un monto de un millón de
colones (¢1.000.000) o el saldo que haya, destinada a "Construcción parque
infantil de finca Naranjo, Distrito de Laurel", a fin de que se utilice
para "Compra de materiales para la Iglesia Católica de Naranjo.
51.- Autorízase a la Municipalidad de Corredores, para que varíe el
destino de la partida aprobada mediante la Ley Nº 7867, código
presupuestario 130 905 730 733 27 242 31, por un monto de dos millones
setenta y siete mil seiscientos veintidós colones (¢2.077.622) o el saldo
que haya, destinada a "Compra de lote Casa Cural, Iglesia Católica La
Cuesta", a fin de que se utilice para "Construcción de Sacristía y pintura
total de la Iglesia Católica de La Cuesta.
52.- Autorízase a la Municipalidad de Coto Brus, para que varíe el destino
de la partida aprobada mediante el presupuesto ordinario del año 2001, Ley
Nº 8050 del 28 de diciembre del 2000, registro contable Nº 112-332-00,
partida presupuestaria Nº 730-27-242-47-230 por un monto de ¢10.000.000
(Diez millones de colones) o el saldo que haya, destinada para lastreo y
conformación del camino San Ramón - Llano Bonito - Linda Vista, en
coordinación con la Municipalidad de Golfito, a fin de que se utilice para
el mejoramiento del camino Cerro Paraguas - Concepción de Agua Buena,
entronque Ruta 237.
53.- Autorízase a la Municipalidad de Coto Brus, para que varíe el destino
de la partida aprobada mediante el presupuesto ordinario del año 2000, Ley
Nº 7952 del 28 de diciembre de 1999, partida presupuestaria Nº 130-906-00-
730-700-1-242-30 por un monto de ¢700.000 (Setecientos mil colones) o el
saldo que haya, destinada para tractoreo plaza de deportes de San Miguel de
Agua Buena, a fin de que se utilice para mejoras en la plaza de fútbol de
Cañas Gordas de Agua Buena.
54.- Autorízase a la Junta de Educación Escuela Las Brisas, San Vito de
Coto Brus, para que varíe destino de la partida aprobada mediante el
presupuesto ordinario del año 2001, Ley Nº 8050 del 28 de diciembre del
2000, partida presupuestaria Nº 130-906-00-731-668-1-242-20 por un monto de
¢1.000.000 (Un millón de colones) o el saldo que haya, destinada como
aporte para la construcción aula de kinder Escuela Las Brisas de San Vito,
a fin de que se utilice para la construcción de un cercado de un lote
escolar de la Escuela Las Brisas de San Vito.
55.- Autorízase a la Municipalidad de Coto Brus, para que varíe el destino
de la partida aprobada mediante el presupuesto ordinario del año 2001, Ley
Nº 8050 del 28 de diciembre de 2000, partida presupuestaria Nº 130-906-00-
730-649-1-242-27 por un monto de ¢800.000 (Ochocientos mil colones) o el
saldo que haya, destinada como aporte construcción Salón Comunal Metaponto
de Agua Buena, a fin de que se utilice para mejoras en la plaza de deportes
de Metaponto de Agua Buena.
56.- Autorízase a la Municipalidad de Coto Brus, para que varíe el destino
de la partida aprobada mediante el presupuesto ordinario del año 2001, Ley
Nº 8050 del 28 de diciembre del 2000, partida presupuestaria Nº 130-906-00-
730-636-1-242-30 por un monto de ¢750.000 (Setecientos cincuenta mil
colones) o el saldo que haya, destinada para la Construcción Plaza de
Fútbol San Rosa de Sabalito, a fin de que se utilice para la construcción
del predio escolar, lote Escuela de Santa Rosa de Sabalito.
57.- Autorízase a la Municipalidad de Coto Brus, para que varíe el destino
de la partida aprobada mediante el presupuesto ordinario del año 2000, Ley
Nº 7952 del 28 de diciembre del 1999, partida presupuestaria Nº 130-906-00-
730-677-1-242-27 por un monto de ¢500.000 (Quinientos mil colones) o el
saldo que haya, destinada para compra de lote para Bomba de Combustible en
la Administración Gutiérrez Brown, a fin de que se utilice para la
construcción de la primera etapa del salón multiuso de la Administración
Gutiérrez Brown.
58.- Autorízase a la Municipalidad de Puriscal para que varíe el destino
de la partida aprobada mediante la Ley Nº 8050, código presupuestario 130-
900-730-348-1-242-47, por un monto de setecientos cincuenta y cuatro mil
doscientos veinte colones, (¢754.220.oo), o el saldo que haya, destinada a
Reparación camino Bajo la Legua, a fin de que se utilice para la
cancelación de deudas contraídas en la reparación del camino Bajo La Legua.
59.- Autorízase a la Municipalidad de Upala para que varíe el destino de
la partida específica aprobada mediante Ley No. 7952, código presupuestario
130 902 730 591 1 242 26 Ampliación y reconstrucción acueducto de Buenos
Aires, Distrito Aguas Claras por un monto de ¢4.500.000,00 (cuatro millones
quinientos mil colones) o el saldo que exista, a fin de que ochocientos
once mil quinientos sesenta y siete colones (¢811.567,00) sean utilizados
en el proyecto de aseo y ornato de Upala Centro; un millón de colones
(¢1.000.000,00) sea utilizado para el arreglo de la calle de Buenos Aires
de Dos Ríos; un millón de colones (¢1.000.000,00) sea utilizado en la
construcción de la cocina comunal de Buenos Aires de Dos Ríos y
¢1.000.000,00 para finalizar la construcción de salón comunal El Gavilán
Dos Ríos.
60.- Autorízase a la Municipalidad de Upala para que varíe el destino de
la partida específica aprobada mediante Ley No. 7952, código presupuestario
130 902 730 623 1 242 44 tendido red eléctrica entre Fátima y Brasilia,
Distrito Dos Ríos ¢10.000.000,00 o el saldo que exista, a fin de que
quinientos mil colones (¢500.000,00) sean utilizados en el proyecto de aseo
y ornato de Upala Centro; tres millones quinientos cuarenta y tres mil
novecientos sesenta y nueve colones (¢3.543.969,00) sean utilizados en la
reparación de caminos de Brasilia de Dos Ríos.
61.- Autorízase a la Municipalidad de Upala para que varíe el destino de
la partida específica aprobada mediante Ley No. 8050, código presupuestario
130 902 730 703 1 242 20 Compra de terreno para Junta de Educación de
Delicias, para construcción de telesecundaria, Distrito Delicias
¢1.700.000,00 o el saldo que exista, a fin de que sean utilizados en
mejoras de terreno de telesecundaria de Delicias.
62.- Autorízase a la Municipalidad de Upala para que varíe el destino de
la partida específica aprobada mediante Ley No. 7952, código presupuestario
130 902 730 581 1 242 23 Construcción Centro de Capacitación y albergue en
Upala por un monto de ¢2.000.000,00 o el saldo que exista; y la partida
aprobada mediante Ley No. 7853, código presupuestario 130 901 730 662 27
242 27 Comité Desarrollo y bienestar en Upala Centro ¢950.000,00 o el saldo
que exista, a fin de que sean utilizadas en el proyecto de aseo y ornato en
Upala Centro.
63.- Autorízase a la Municipalidad de Upala para que varíe el destino de
la partida específica aprobada mediante Ley No. 7952, código presupuestario
130 902 730 592 1 242 47 Construcción Puente sobre el Río Las Delicias en
San Isidro, Distrito Aguas Claras ¢3.750.000,00 o el saldo que exista; las
partidas aprobadas mediante Ley No. 7853, códigos presupuestarios 130 901
730 718 27 242 20 Construcción un aula Escuela San Ramón ¢950.000,00, o el
saldo que exista; 130 901 730 672 27 242 31 Asociación Cristiana Miravalles
de Armenia ¢949.668,00, o el saldo que exista y el artículo 9 inc. 9 de la
Ley No. 8288 Compra Terreno plaza de deportes La Gloria de Aguas Claras
¢2.720.000,00 o el saldo que exista, a fin de que sean utilizadas en la
construcción de la sala de sesiones de la Municipalidad de Upala.
64.- Autorízase a la Municipalidad de Siquirres para que varíe el destino
de la transferencia aprobada en el presupuesto nacional del período 2002,
código presupuestario 113-573-01-730-20-242-27-205, por un monto de
¢3,750,000, o el saldo que haya, destinada a "Para la Escuela Espabel Madre
de Dios, Siquirres, para la construcción de aula y compra de batería
sanitaria" con el fin de que se utilice para la Escuela Las Vegas del Río
Madre de Dios, Siquirres, para la construcción de aula y compra de batería
sanitaria.
65.- Autorízase al Instituto Mixto de Ayuda Social para que varíe el
destino de la partida aprobada mediante la Ley Nº 8050, código
presupuestario 123-815-00-731-27-242-25-202 por un monto de cincuenta y
cuatro millones de colones (54.000.000,00) o el saldo que haya, destinada
"a la compra y trámites legales de lotes que serán donados a familias de
escasos recursos económicos del Cantón de Desamparados" a fin de que se
gire a la Municipalidad de Desamparados para "la compra de terreno para la
construcción del Colegio de San Juan de Dios de Desamparados."
66.- Autorízase a la Municipalidad de Tibás, cédula jurídica # 3-014-
042061-20, para que varíe el destino de la transferencia o partida aprobada
mediante Ley # 7952, código presupuestario # 130 900 730-716-1-242-27, por
un monto de ocho millones (¢8.000.000.00) o el saldo que haya, destinada
para: la construcción del salón comunal, materiales y mano de obra en el
distrito San Juan, a fin de que se utilice en mejoras en el alcantarillado
pluvial en barrio González Truque de Tibás.
67.- Autorízase a la Municipalidad de Tibás, cédula jurídica # 3-014-
042061-20, para que varíe el destino de la transferencia o partida aprobada
mediante Ley # 7952, código presupuestario # 130 900 730-717-1-242-30, por
un monto de dos millones ciento cincuenta mil trescientos colones
(¢2.150.300.00) o el saldo que haya, destinada para: la construcción de
una cancha multiusos y recreación en Cinco Esquinas, a fin de que se
utilice en la construcción de una cancha multiusos y recreación en Cuatro
Reinas de Tibás.
68.- Autorízase a la Municipalidad de Tibás, cédula jurídica # 3-014-
042061-20, para que varíe el destino de la transferencia o partida aprobada
mediante Ley # 7853, código presupuestario # 130 900 730-518-27-242-22, por
un monto de dos millones de colones (¢2.000.000.00) o el saldo que haya,
destinada para: entubado de aguas negras en la Isabelita, a fin de que se
utilice en el bacheo de las calles desde la Iglesia de San Agustín en Cinco
Esquinas hasta el Museo del Niño y las calles adyacentes.
69.- Autorízase a la Municipalidad de Tibás, cédula jurídica # 3-014-
042061-20, para que varíe el destino de la transferencia o partida aprobada
mediante Ley # 7853, código presupuestario # 130 900 730-519-27-242-27, por
un monto de cuatro millones cuatrocientos mil colones (¢4.400.000.00) o el
saldo que haya, destinada para: la construcción del salón comunal La
Trinidad, a fin de que se utilice en la construcción de muro de gaviones en
las Dalias de Tibás.
70.- Autorízase a la Municipalidad de Santa Ana, cédula jurídica # 3-014-
042059-07, para que varíe el destino de la transferencia o partida
específica aprobada mediante Ley # 7853, código presupuestario # 112-300-00-
730-01-242-27-455, por un monto de Cuatro millones de colones
(¢4.000.000.00) o el saldo que haya, destinada para la construcción de
obras varias municipales y la construcción del Parque el Cebollero, a fin
de que se utilice en la construcción de la Casa de la Cultura.
71.- Autorízase a la Municipalidad de Santa Ana, cédula jurídica # 3-014-
042059-07, para que varíe el destino de la transferencia o partida
específica aprobada mediante Ley # 7952, código presupuestario # 130 900
730-649-01-242-27, por un monto de cuatro millones trescientos cincuenta y
cinco mil setecientos cincuenta y siete colones exactos (¢4.355.757.00) o
el saldo que haya, destinada para la construcción de Salón Multiusos en
Piedades, a fin de que se utilice en el proyecto de construcción de
polideportivo de Piedades.
72.- Autorízase a la Municipalidad de Santa Ana, cédula jurídica # 3-014-
042059-07, para que varíe el destino de la transferencia o partida
específica aprobada mediante Ley # 8050, código presupuestario # 130 900
730-596-1-242-30, por un monto de Cuatro millones quinientos ochenta y
cinco mil quinientos veintisiete colones (¢4.585.527.00) o el saldo que
haya, destinada para la construcción de graderías para la cancha de
deportes de Río Oro, distrito La Uruca, a fin de que se utilice en arreglos
en Calle Solís.
73.- Autorízase a la Municipalidad de Vázquez de Coronado, cédula jurídica
# 3-014-045149-28, para que varíe el destino de la transferencia o partida
aprobada mediante Ley # 7952, código presupuestario # 130-900-730-659-01-
242-20, por un monto de un millón de colones (¢1.000.000.00) o el saldo que
haya, destinada para: Construcción muro de retención Escuela San Rafael, a
fin de que se utilice en obras varias de infraestructura de la Escuela de
San Rafael de Coronado.
74.- Autorízase a la Municipalidad de Liberia para que varíe el destino de
la partida específica aprobada en la Ley de Presupuesto Nº 7952, código
presupuestario 130905 730-203-1-242-27, por un monto de dos millones de
colones (¢2.000.000) o el saldo que exista, destinada para reconstrucción
del salón comunal de Curubandé, a fin de que sea utilizada en la
construcción del salón comunal de Curubandé (primera etapa).
75.- Autorízase a la Municipalidad de Abangares para que varíe el destino
de la partida específica aprobada en la Ley de Presupuesto Nº 8182, código
presupuestario 106-54-03-730-27-242-30-618, por un monto de seiscientos mil
colones (¢600.000,00) o el saldo que exista, destinada para compra de bomba
sumergible en pozo del parque infantil Rosita Aragón, a fin de que sea
utilizada en la construcción de aceras barrio Taiwán - Valle del Río.
76. Autorízase a la Municipalidad de Abangares para que varíe el destino
de la partida específica aprobada en la Ley de Presupuesto Nº 8050, código
presupuestario 130 905 730-590-1-242-44, por un monto de un millón de
colones (¢1.000.000) o el saldo que exista, destinada para ampliación
electrificación San Rafael-Parcelas, distrito La Sierra, a fin de que sea
utilizada en la compra de lastre para el arreglo de camino Candelaria -
Cañitas.
77.- Autorízase a la Municipalidad de La Cruz para que varíe el destino de
la partida específica aprobada en la Ley de Presupuesto Nº 7853, código
presupuestario 130 904 730-735-27-242-26, por un monto de un millón de
colones (¢1.000.000) o el saldo que exista, destinada para perforación de
un pozo en La Garita, La Cruz, a fin de que sea utilizada en
reestructuración del redondel de La Garita.
78.- Autorízase a la Municipalidad de Liberia para que varíe el destino de
la partida específica aprobada en la Ley de Presupuesto Nº 8050, código
presupuestario 130 905 730-213-1-242-27, por un monto de dos millones
quinientos mil colones (¢2.500.000) o el saldo que exista, destinada para
reconstrucción última etapa del salón comunal de Curubandé, a fin de que
sea utilizada en la construcción del salón comunal de Curubandé (segunda
etapa).
79.- Autorízase a la Municipalidad de San José, para que varíe el destino
de las partidas aprobadas mediante la Ley Nº 7563:
a) Código presupuestario 130 900 730 214 1 242 26 4, por un monto
de quinientos mil colones (¢500.000) o el saldo que haya, destinada a
"Entubamiento de aguas negras en Barrio Zurquí, de San Francisco de
Dos Ríos".
b) Código presupuestario 130 900 730 215 1 242 30 4, por un monto
de un millón quinientos mil colones (¢1.500.000) o el saldo que haya,
destinada a "construcción del Parque Residencial Las Palmas".
c) Código presupuestario 130 900 730 218 1 242 27 4, por un monto
de cinco millones de colones (¢5.000.000) o el saldo que haya,
destinada a "Para construcción muro de contención del Río Tiribí en
Cabañas, en San Francisco de Dos Ríos" a fin de que se utilicen para
"Construcción del cordón, caño y alcantarillado pluvial en el
Distrito de San Francisco de Dos Ríos".
80.- Autorízase a la Asociación de Desarrollo Integral San Antonio de
Coronado, cédula jurídica # 3-002-084121, para que varíe el destino de la
partida específica aprobada mediante Ley # 7563, código presupuestario #
130-901-702-477-01-241-44-9, por un monto de seiscientos mil colones
(¢600.000.00) o el saldo que haya, destinada para la relocalización de
posteado eléctrico en calle La Pía Pía, a fin de que se utilice en obras
varias de infraestructura pública en el distrito de Patalillo (San Antonio
de Coronado)".
81.- Autorízase a la Municipalidad de Aguirre para que varíe el destino de
la partida específica aprobada mediante la Ley No. 8050, código
presupuestario 130-906-730-530-1-242-20, por un monto de ¢860.000,00
(ochocientos sesenta mil colones) o el saldo que exista, destinada a la
compra de cuarenta juegos de pupitres, cuatro pizarras, una fotocopiadora,
tres bibliotecas, dos cubetas de pintura para la Escuela Portón de Naranjo,
Distrito de Naranjito; a fin de que sea utilizada en la compra de una
computadora y pintura para la Escuela Portón de Naranjo de Aguirre."
82.- Autorízase a la Municipalidad de Buenos Aires para que varíe el
destino de la partida específica desembolsada por medio del Giro No.
50405000590104 por un monto de ¢1.023.072,35 (Un millón veintitrés mil
setenta y dos colones con treinta y cinco céntimos) o el saldo que exista,
destinada a la compra de lote Escuela Santa Cruz, a fin de que sea
utilizada en la compra de materiales para cancha multiuso."
83.- Autorízase a la Municipalidad de Aguirre para que varíe el destino de
la partida aprobada mediante la Ley No. 7952, código presupuestario 106 054
03 730 27 242 27 202 Proyecto Electrificación Plaza Finca Llorona, por un
monto de ¢2.000.000,00 (Dos millones de colones) o el saldo que exista, a
fin de que sea utilizada en la reconstrucción general y pintura del
edificio del EBAIS en Llorona.
84.- Autorízase a la Municipalidad de Buenos Aires para que varíe el
destino de la partida específica aprobada mediante Ley No. 8050, código
presupuestario 130 906 730 344 1 242 20 Compra terreno para construir
Telesecundaria Santa Eduviges, Distrito Buenos Aires por un monto de
¢1.000.000,00 (Un millón de colones) o el saldo que exista, a fin de que
sea utilizada en la compra de materiales para infraestructura estudiantil
Telesecundaria Santa Eduviges.
85.- Autorízase a la Municipalidad de Aguirre para que varíe el destino de
la partida específica aprobada mediante Ley No. 7952, código presupuestario
130 906 730 523 1 242 44 iluminación de la Plaza de Deportes de Hatillo,
Savegre por un monto de ¢2.000.000,00 (Dos millones de colones) o el saldo
que exista, a fin de que sea utilizada para cerrar con malla y construir un
vestidor en la misma plaza.
86.- Autorízase a la Municipalidad de Golfito para que varíe el destino de
la partida específica aprobada mediante la Ley Nº 8050, código
presupuestario 130 906 730 595 1 242 20 para Girar a la Junta de Educación
de la Escuela Cuervito de Pavones, para reparación en el comedor escolar,
por un monto de ¢400.000,00 (cuatrocientos mil colones) o el saldo que
exista, a fin de que sea utilizada en el mantenimiento del centro
educativo.
87.- Autorízase a la Municipalidad de Golfito para que varíe el destino de
la partida específica aprobada mediante la Ley Nº 8050, código
presupuestario 130 906 730 604 1 242 47 para mantenimiento del Salón
Comunal de la Esperanza de Sábalo, por un monto de ¢500.000,00 (quinientos
mil colones) o el saldo que exista, a fin de que sea utilizada en la compra
de mobiliario para el salón comunal.
88.- Autorízase a la Municipalidad de Golfito para que varíe el destino de
la partida específica aprobada mediante la Ley Nº 8050, código
presupuestario 130 906 663 603 1 132 20 para compra de implementos
deportivos para el Distrito de Pavones, para fomentar la recreación sana en
jóvenes y adultos, por un monto de ¢1.043.194,00 (un millón cuarenta y tres
mil ciento noventa y cuatro colones) o el saldo que exista, a fin de que
sea utilizada en la compra de implementos deportivos para el distrito para
fomentar la recreación sana en jóvenes y adultos.
89.- Autorízase a la Municipalidad de Buenos Aries para que varíe el
destino de la partida aprobada mediante la Ley Nº 8180, código
presupuestario 130 906 730 423 27 242 44, por un monto de Seis millones
ochocientos noventa y siete mil novecientos ochenta y ocho colones
(¢6.897.988) o el saldo que haya, destinada a "Electrificación Chánguena,
Distrito Sétimo-Chánguena", a fin de que se utilice para la construcción de
aula San Luis Chánguena dos millones ochocientos noventa y siete mil
novecientos ochenta y ocho colones (¢2.897.988,00) y cuatro millones de
colones (¢4.000.000,00) para la compra de materiales de construcción para
el templo católico Chánguena.
90.- Autorízase a la Municipalidad de San Carlos para que varíe el destino
de la partida presupuestaria aprobada mediante Ley Nº 8288, códigos
presupuestarios 106 054 03 730 27 242 30 490 Municipalidad de San Carlos
(Para el pago de servicios profesionales de la Zona Económica Especial) por
un monto de ¢500.000,00 (quinientos mil colones) o el saldo que exista, a
fin de que sea utilizada en la compra de materiales y suministros para la
Asociación Agencia para el Desarrollo de la Región Huetar Norte.
91.- Autorízase a la Municipalidad de Alajuela para que varíe el destino
de la partida aprobada mediante la Ley Nº 7952, código presupuestario 130
902 730 280 01 242 26, por un monto de Cuatrocientos un mil quinientos
ochenta y siete colones (¢401.587) o el saldo que haya, destinada a "Compra
de un tanque de hierro para almacenar agua potable en la Urbanización María
Auxiliadora, San Rafael", a fin de que se utilice para la construcción del
salón multiuso en urbanización María Auxiliadora, San Rafael de Alajuela.
92.- Autorízase a la Municipalidad de Alajuela para que varíe el destino
de la partida aprobada mediante la Ley Nº 7952, código presupuestario 130
902 730 296 1 242 20, por un monto de cuatrocientos once mil quinientos
veintidós colones (¢411.522) o el saldo que haya, destinada a "Construcción
de malla entre el límite del Colegio de Tuetal Norte y la cancha de fútbol,
Tambor", a fin de que se utilice para el arreglo de aceras en Tuetal Norte.
93.- Autorízase a la Municipalidad de Alajuela para que varíe el destino
de la partida aprobada mediante la Ley Nº 7952, código presupuestario 130
902 730 309 1 242 20, por un monto de Setecientos dos mil ochocientos
setenta y nueve colones (¢702.879) o el saldo que haya, destinada a "Compra
de lote para construcción de Patronato Escolar, Ujarrás, San Miguel de
Sarapiquí", a fin de que se utilice para la construcción de comedor
escolar, Ujarrás, San Miguel de Sarapiquí.
94.- Autorízase a la Municipalidad de Alajuela para que varíe el destino
de la partida aprobada mediante la Ley Nº 7853, código presupuestario 130
901 730 270 27 242 26, por un monto de Un millón doscientos veintiocho mil
ciento cinco colones (¢1.228.105) o el saldo que haya, destinada a
"Instalación de tubería para captación agua potable, Tambor", a fin de que
se utilice para mejoras agua potable, Tambor.
95.- Autorízase a la Municipalidad de Osa para que varíe el destino de la
partida aprobada mediante la Ley No. 7867, código presupuestario 130 905
730 493 27 242 40 Compra de terreno para Feria del Agricultor en Palmar,
por un monto de ¢702.377,00 (Setecientos dos mil trescientos setenta y
siete colones) o el saldo que exista, a fin de que sea utilizada en la
compra de equipo y mobiliario de cómputo y gastos administrativos para el
Concejo de Distrito de Palmar de Osa.
96.- Autorízase al Instituto Costarricense del Deporte y la Recreación
para que varíe el destino de la partida aprobada mediante Ley Nº 8288,
Código Presupuestario 117-760-00-664-01-132-30-480 por la suma de
125.000.000,00 colones (Ciento veinticinco millones de colones exactos), o
el saldo que hubiese destinado a "para Juegos Deportivos Esparza 2003", a
fin de que se giren a la Municipalidad de Esparza, para la construcción de
obras deportivas en el cantón de Esparza, en Finca Nº 118666.
97.- Autorízase al Concejo Municipal del Distrito de Lepanto para que
varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley número 8180 del 28
de diciembre del 2001, código presupuestario 129 066 730 27 242 44 202, por
un monto de cuatro millones (¢4.000.000,00) o el saldo que haya destinado
para electrificación comunidad la Esperanza, a fin de que se utilice para
electrificación de la comunidad de La Esperanza de Cabo Blanco y sea girada
a Coopeguanacaste R.L.
98.- Autorízase a la Municipalidad de Liberia para que varíe el destino de
la partida específica aprobada en la Ley Nº 7952, código presupuestario 130
905 730 223 1 242 27, por un monto de dos millones de colones (¢2.000.000)
o el saldo que exista, destinada para construcción salón multiuso con
puesto de salud incluido en Irigaray de Cañas Dulces, a fin de que sea
utilizada en la ampliación del salón de actos Escuela Irigaray de Cañas
Dulces.
99.- Autorízase a la Municipalidad de Liberia para que varíe el destino de
la partida específica aprobada en la Ley Nº 7853, código presupuestario 130
904 730 201 27 242 20, por un monto de cuatro millones cuatrocientos
sesenta y dos mil colones (¢4.462.000,00) o el saldo que exista, destinada
para construcción de Colegio Artístico Prof. Felipe Pérez Pérez, a fin de
que sea utilizada en la construcción de puente peatonal ubicado 100 metros
al este de Escuela de Moravia, y de puente vehicular en la comunidad de La
Carreta, así como en lastreado de la calle que da acceso al lugar donde se
construirá el Colegio Profesional Felipe Pérez Pérez.
100.- Autorízase a la Municipalidad de Bagaces para que varíe el destino de
la partida específica aprobada en la Ley Nº 7952, código presupuestario 130
905 730 487 1 242 21, por un monto de un millón de colones (¢1.000.000,00)
o el saldo que exista, destinada para compra de terreno construcción
clínica en Río Naranjo, a fin de que sea utilizada en la cancelación de
deuda de ASODES Río Naranjo, por la compra de terreno para construcción de
viviendas de interés social.
101.- Autorízase a la Municipalidad de Bagaces para que varíe el destino de
la partida específica aprobada en la Ley Nº 7952, código presupuestario 130
905 730 445 1 242 27, por un monto de un millón ciento sesenta y tres mil
novecientos noventa y cinco colones (¢1.163.995,00) o el saldo que exista,
destinada para ayuda a Llanos de Cortés para salón multiuso, a fin de que
sea utilizada para mejoras de la Escuela de Llanos de Cortés.
102.- Autorízase a la Municipalidad de Bagaces para que varíe el destino de
la partida específica aprobada en la Ley de Presupuesto Nº 8050, código
presupuestario 130 905 730 454 1 242 21, por un monto de dos millones de
colones (¢2.000.000,00) o el saldo que exista, destinada para clínica de
Río Naranjo, a fin de que sea utilizada en la cancelación de deuda (ASODES)
de Río Naranjo, por la compra de terreno para sede de EBAIS Río Naranjo.
103.- Autorízase a la Municipalidad de Bagaces para que varíe el destino de
las siguientes partidas específicas aprobadas en las leyes de Presupuesto
que se detallan: Ley Nº 7853, Código de la partida 130 904 730 529 2 7242
47, (reparación de caminos en el distrito de fortuna), monto ¢1.161.607,00.
Ley Nº 7952, código de la partida 130 905 730 469 1 242 47 (arreglo caminos
vecinales distrito de Fortuna) ¢2.425.812,00,
Ley Nº 7952, código de la partida 130 905 730 467 1 242 47, (cordón y caños
Bº Miravalles de Fortuna, distrito Fortuna) monto ¢2.000.000,00.
Ley Nº 7853, código de la partida 130 904 730 518 27 242 27 (construcción
de salón comunal en Cuipilapa) ¢700.000,00.
Ley Nº 7952, código de la partida 130 905 730 460 1 242 20 (reparación
Escuela Santa Fe, distrito Fortuna), monto ¢500.000,00.
Ley Nº 7952, código de la partida 130 905 730 465 1 242 26 (compra de
moldes de alcantarillas distrito Fortuna, monto ¢250.000,00.
Ley Nº 7853, código de la partida 130 904 730 514 27 242 26
acondicionamiento de toma de agua (proyecto de riego Miravalles), monto
¢500.000,00.
Ley Nº 7853, código de la partida 130 904 730 515 27 242 44 (reparación de
iluminado eléctrico de cancha fútbol Fortuna) ¢400.000,00.
Ley Nº 7952, código de la partida 130 905 730 462 1 242 44 (iluminación
cancha de fútbol San Bernardo, distrito Fortuna) monto ¢1.500.000,00.
Ley Nº 7952, código de la partida 130 905 730 468 1 242 20, (reparación
eléctrica Colegio Fortuna), monto ¢1.000.000,00.
Ley Nº 7853, código de la partida 130 904 730 516 27 242 30 (construcción
de malla parque infantil, distrito Fortuna), monto ¢300.000,00.
Ley Nº 7853, código de la partida 130 904 730 520 27 242 30 (construcción
de piso para cancha de voleibol, distrito de Fortuna), monto ¢500.000,00.
Ley Nº 7952, código de partida 130 905 730 463 1 242 20 (compra de libros
Biblioteca Pública de Fortuna, distrito La fortuna), monto ¢500.000,00.
Ley Nº 7952, código de la partida 130 905 663 46 61 132 31 (ayudas de
interés social, distrito La Fortuna), monto ¢1.000.000,00.
Ley Nº 7952, código de partida 130 905 730 464 1 242 30 ( mejoras e cancha
de fútbol Fortuna, distrito La Fortuna) ¢1.000.000,00.
Ley Nº 7853, código de partida 130 904 730 517 27 242 47 (construcción de
espaldones en calles de Fortuna), monto ¢499.760,00.
Ley Nº 7853, código de partida 130 904 730 510 27 242 27 (obras varias en
salón comunal de Santa Fe), monto ¢1.000.000,00.
Ley Nº 7853, código de partida 130 904 730 512 27 242 20 (remodelación y
material didáctico para sala de informática y biblioteca distrito de
Fortuna), monto ¢1.000.000,00.
Ley Nº 7853, código de partida 130 904 730 515 27 242 44 (reparación de
iluminado eléctrico cancha de fútbol de Fortuna), monto ¢400.000,00.
Total: ¢16.637.179,00.
El monto total de estas partidas por dieciséis millones seiscientos treinta
y siete mil ciento setenta y nueve colones (¢16.637.179,00) o el saldo que
exista, será destinado para la construcción de gimnasio multiuso en el
distrito de Fortuna.
104.- Autorízase a la Municipalidad de Bagaces para que varíe el destino de
las siguientes partidas específicas aprobadas en las Leyes de Presupuesto
que se detallan:
Ley Nº 7952, código 130 905 730 440 1 242 26 (compra de moldes de
alcantarillas, municipalidad de Bagaces), monto ¢750.000,00.
Ley Nº 7952, código 130 905 730 454 1 242 27 (compra mobiliario salón del
redondel, Asociación de Desarrollo Integral de Bagaces, distrito Bagaces),
monto ¢500.000,00.
Ley Nº 7952, código 130 905 663 452 1 132 50 (rotulación turística,
distrito Bagaces), monto ¢1.000.000,00.
Ley Nº 7852, código 130 904 730 527 27 242 10 (adquisición de equipo de
cómputo a la Municipalidad de Bagaces), ¢700.000,00.
Ley Nº 7952, código 130 905 730 442 1 242 31 (ayuda a construcción capilla
de velación, Club de Leones, distrito Bagaces), monto ¢1.000.000,00.
Ley Nº 7853, código 130 904 730 525 27 242 20 (reparación sistema eléctrico
Escuela Tomás Guardia Gutiérrez), monto ¢639.737,00.
Ley Nº 7853, código 130 904 730 490 27 242 31 (construcción de salón, soda
y comedor parroquial, distrito de Bagaces), monto ¢3.000.000,00.
Total ¢7.589.737,00.
El monto total de estas partidas por siete millones quinientos ochenta y
nueve mil setecientos treinta y siete colones (¢7.589.737,00) o el saldo
que exista, será destinado para mejoras en la Escuela Tomás Guardia.
105.- Autorízase a la Municipalidad de Bagaces para que varíe el destino de
la partida específica aprobada en la Ley de Presupuesto Nº 8182, artículo
11 inciso 39, código presupuestario 130 904 730 486 27 242 21, por un monto
de diez millones de colones (¢10.000.000,00) o el saldo que exista,
destinados de la siguiente manera: dos millones de colones (¢2.000.000,00)
en la compra de terreno para la Caja Costarricense de Seguro Social para la
construcción de la clínica de Bagaces, cuatro millones de colones
(¢4.000.000,00) en la construcción de cuatro aulas para la catequesis en la
parroquia de fortuna, dos millones de colones (¢2.000.000,00) en el
alcantarillado y otras obras de infraestructura en el terreno de la Caja
Costarricense de Seguro Social en el que se construirá la clínica de
Bagaces, un millón de colones (¢1.000.000,00) en la iluminación y otras
obras de infraestructura en el Parque Central de Bagaces y un millón de
colones (¢1.000.000,00) en el mantenimiento y mejoras en el parque infantil
Rosita Aragón, a fin de que sea utilizada para servicios básicos al terreno
de la futura sede del área de salud Bagaces.
106.- Autorízase a la Municipalidad de Bagaces para que varíe el destino de
la partida específica aprobada en la Ley de Presupuesto Nº 8050, código
presupuestario 106 054 03 730 27 242 41 436, por un monto de cuatro
millones de colones (¢4.000.000,00) o el saldo que exista, destinada para
Parroquia de Bagaces, construcción de salón multiuso para actividades
parroquiales y comunales, a fin de que sea utilizada para mejoras en el
kínder de la Escuela General Tomás Guardia Gutiérrez.
107.- Para que se autorice a la Municipalidad de Bagaces a variar el
destino de las siguientes partidas específicas aprobadas en las Leyes de
Presupuesto que se detallan:
Ley Nº 7853, código 130 904 730 493 27 242 47, (construcción de puente en
Salitral de Bagaces), monto ¢1.000.000,00.
Ley Nº 7853, código 130 904 730 492 27 242 49, (rotulación de vía de
entrada principal a Bagaces), monto ¢669.000,00.
Ley Nº 7952, código 130 905 730 449 1 242 47 (construcción cordón de caño,
distrito Bagaces), monto ¢1.500.000,00).
Ley Nº 7853, código 130 904 730 522 27 242 31 (salón soda y comedor
parroquial), monto ¢955.601,00.
Ley Nº 7853, código 130 904 730 488 27 242 31 (ampliación de Iglesia
Católica de Montenegro), monto ¢3.000.000,00.
Ley Nº 7952, código 130 905 730 444 1 242 27 (construcción salón multiuso
Bagatzí, distrito Bagaces), monto ¢750.000,00.
Ley Nº 8050, código 130 905 730 445 1 242 21 (mantenimiento y mejoras de
centros de salud del distrito primero), monto ¢1.000.000,00.
Total ¢8.874.601,00.
El monto total de estas partidas por ocho millones ochocientos setenta mil
seiscientos un colones (¢8.870.601,00) o el saldo que exista, será
destinado para mejoras en Colegio de Bagaces." (Moción 17-024 (62-137)
Diputada Zúñiga Clachar)
108.- Para que se autorice a la Municipalidad de Bagaces a variar el
destino de las siguientes partidas específicas aprobadas en las Leyes de
Presupuesto que se detallan:
Ley Nº, 7853, código 130 904 730 501 27 242 47(obras en calles de Guayabo),
monto ¢1.200.000,00.
Ley Nº 7853, código 130 904 730 505 27 242 23 (obras varias en Cruz Roja de
Guayabo), monto ¢160.000,00.
Ley Nº 7853, código 130 904 730 495 27 242 20 (obras varias en escuelas del
distrito de Guayabo), ¢ 1.040.000,00.
Ley Nº 7853, código 130 904 730 499 27 242 27 (obras varias en salón
comunal, distrito de Guayabo) monto ¢800.000,00.
Ley Nº 7952, código 130 905 730 471 1 242 30 (continuación de obras en el
gimnasio, distrito Mogote), monto ¢2.000.000,00.
Ley Nº 7853, código 130 904 730 498 27 242 47 (obras en caminos vecinales,
distrito de Guayabo), monto ¢1.600.000,00.
Ley Nº 7952, código 130 905 730 472 1 242 47 (caminos vecinales, distrito
Mogote) monto ¢2.000.000,00).
Ley Nº 7952, código 130 905 730 475 1 242 47 (recarpeteo calles, distrito
Mogote), monto ¢3.000.000,00.
Ley Nº 7952, código 130 905 730 474 1 242 47, (reparación del camino a
Guachipelín, distrito Mogote) monto ¢600.000,00.
Ley Nº 7853, código 130 904 730 504 27 242 27, (obras varias en salón
multiuso San Jorge) monto ¢640.000,00.
Ley Nº 7952, código 130 905 730 473 1 242 20, (en centros educativos
distrito Mogote), monto ¢700.000,00.
Ley Nº 7952, código 130 905 730 477 1 242 26 (reparación de alcantarillado
distrito Mogote) monto ¢800.000,00.
Ley Nº 7952, código 130 905 730 478 1 242 21, (mejoras a Cruz Roja distrito
Mogote) monto ¢296.302,00.
Ley Nº 7952, código 130 905 730 479 1 242 31, (mejoras a Cementerio,
distrito Mogote), monto ¢200.000,00.
Ley Nº 7952, código 130 905 730 470 1 242 25, (compra de terreno programa
vivienda, distrito Mogote) monto ¢1.400.000,00.
Ley Nº 8050, código 130 905 730 461 1 242 20 (construcción Colegio de
Guayabo) monto ¢6.000.000,00.
Ley Nº 8050, código 130 905 730 466 1 242 21, (centro de nutrición de
Guayabo) monto ¢100.000,00.
Ley Nº 7853, código 130 904 730 501 27 242 47, (obras en calles de Guayabo)
monto ¢1.200.000,00.
Ley Nº 7853, código 130 904 730 500 27 242 27 (proyecto cordón y caño,
distrito de Guayabo) monto ¢400.000,00.
Ley Nº 7853, código 130 904 730 528 27 242 25, proyecto de interés social
(vivienda, y ayudas a personas de escasos recursos económicos), monto
¢1.201.259,00.
Total ¢25.337.561,00.
El monto total de estas partidas por veinticinco millones trescientos
treinta y siete mil quinientos sesenta y un colones (¢25.337.561,00) o el
saldo que exista , será destinado de la siguiente manera:
56% para la compra de terreno para vivienda
2% para la compra de zinc para techo de biblioteca pública
9% para centros educativos de Mogote
2% para ayudas a viviendas de familias de escasos recursos
9% para la construcción de cordón y caño en El Roble, Guayabo
8% para la construcción de cordón y caño en barrio Miravalles, Guayabo
14% para la construcción del colegio de Guayabo.
109.- Autorízase a la Municipalidad de Abangares para que varíe el destino
de la transferencia aprobada en la Ley de Presupuesto Nº 8182, código
presupuestario N° 106-54-03-730-27-242-30-618, por un monto de seiscientos
mil colones ¢600.000,00 o el saldo que exista, destinada para compra de
bomba sumergible en pozo del parque infantil Rosita Aragón, a fin de que
sea utilizada en la construcción de aceras del barrio Taiwán-Valle del Río.
Artículo decimotercero: Modifícase el párrafo segundo del inciso D),
apartado de Disposiciones Varias de la Contraloría General de la República,
contenido en el artículo 4 de la Ley Nº 8341, de 9 de diciembre de 2002, en
la forma que se indica a continuación:
En la página PP-102-042
Donde dice:
"Los gastos destinados a cubrir servicios personales, podrán ser
rebajados, cuando se utilicen para cubrir faltantes en los mismos, producto
de traslados internos de puestos, reclasificaciones, reasignaciones de
puestos y revaloraciones generales; además para atender otras necesidades
institucionales sin detrimento de las restricciones al efecto establecidas
en el inciso a) del artículo 45 de la Ley de Administración Financiera de
la República y de Presupuestos Públicos."
Debe decir:
"Los gastos destinados a cubrir servicios personales podrán ser
rebajados cuando se utilicen para cubrir faltantes en ellos, producto de
traslados internos de puestos, reclasificaciones, reasignaciones de puestos
y revaloraciones generales sin detrimento de las restricciones,
establecidas al efecto en el inciso a) del artículo 45 de la Ley de
Administración Financiera de la República y de Presupuestos Públicos."
Artículo decimocuarto.- Modifícase el artículo tercero de la Ley Nº
8363, de 15 de julio de 2003, cuyo texto dirá:
"Artículo 3.- Modifícase la Ley de Presupuesto Ordinario y
Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2003, Nº
8341, de 9 de diciembre de 2002, de la siguiente manera:
Inciso 1.- En el Título 106, programa 054-03, página 106-057,
Donde dice:
"664 01 132 27 500 Dirección Nacional Desarrollo de la Comunidad
(DINADECO) (Para programas y proyectos de desarrollo comunal)."
Debe decir:
"664 01 132 27 500 Consejo Nacional de Desarrollo de la Comunidad
(CONADECO) (Para programas y proyectos de desarrollo comunal a
distribuir mediante decreto ejecutivo)."
Inciso 2.- Normas de ejecución.
2.1.- Para la ejecución del registro contable 106-054-03-664-01-132-27-
500, se seguirán las siguientes normas:
a) Para efectos de lograr una adecuada planificación, no se
realizará ningún desembolso con cargo a esos programas, antes de
agosto de 2003.
b) Solo podrán ser girados recursos a asociaciones de
desarrollo integral, asociaciones de desarrollo específicas,
uniones cantonales de asociaciones de desarrollo y federaciones
de asociaciones de desarrollo, debidamente inscritas en DINADECO
y en el Registro Público de Asociaciones de Desarrollo de la
Comunidad.
c) Serán girados a partir, de agosto de 2003, los recursos a
asociaciones de desarrollo comunal y/o específicas, solo si los
proyectos presentados cuentan con la aprobación de la asamblea
general de la asociación de desarrollo comunal. Se dará
prioridad a los proyectos que cuenten con el aval del concejo de
distrito correspondiente.
d) Únicamente se aprobarán proyectos directamente relacionados
con el desarrollo comunal, de acuerdo con las prioridades que la
asociación defina y los parámetros establecidos por DINADECO
establece.
e) DINADECO deberá presentar, a más tardar el 14 de agosto de
2003, un programa integral de ejecución de recursos con
indicación clara de los requisitos para la recepción de proyectos
comunales, metas, parámetros de medición y procedimientos para
rendición de cuentas a la Asamblea Legislativa, por medio de la
Comisión Permanente Especial para el Control del Ingreso y del
Gasto Públicos.
f) DINADECO no podrá contratar a servidores adicionales, por
planilla ni por servicios especiales, para el desarrollo de los
programas establecidos en esta regulación. El Poder Ejecutivo,
por asignación temporal, proveerá el personal adicional
necesario, según disponibilidad en otras dependencias públicas.
2.2.- Para la ejecución de los registros contables 112-329-00-252-27-
211-20; 112-329-00-254-27-211-20, 112-329-00-258-27-211-20 y 112-329-
00-259-27-211-20, se seguirán las siguientes normas:
a) Para lograr una adecuada planificación, no se realizará
ningún desembolso con cargo a esos programas, antes de agosto de
2003.
b) Solo podrán ser girados recursos a municipalidades,
concejos municipales de distrito, asociaciones de desarrollo
integral, asociaciones de desarrollo específicas, juntas de
educación, juntas administrativas de educación, comités de
acueductos, comités cantonales de emergencias para atención de
emergencias declaradas por la Comisión Nacional de Emergencias,
juntas de caminos, comités de deportes y uniones cantonales,
debidamente inscritos.
c) A fin de prevenir gestiones de intermediarios, todas las
obras por ejecutar deberán cumplir los requisitos de trámite
estipulados por el Departamento de Ayudas Comunales del
Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT). Los
materiales solicitados se adjudicarán de acuerdo con las
prioridades establecidas por este Departamento.
d) Se aprobarán proyectos relacionados directamente con el
desarrollo comunal, y se les dará prioridad a los que cuenten con
el aval del concejo de distrito correspondiente.
e) El departamento de Ayudas Comunales del MOPT deberá
presentar, a más tardar el 14 de agosto de 2003, un programa
integral de ejecución de recursos con clara indicación de los
requisitos para la recepción de proyectos comunales, metas,
parámetros de medición y procedimientos para la rendición de
cuentas a la Comisión Permanente Especial para el Control del
ingreso y del Gasto Públicos de la Asamblea Legislativa."
Rige a partir de su publicación.
ASAMBLEA LEGISLATIVA.- San José, a los treinta y un días del mes de julio
de dos mil tres.
COMUNÍCASE AL PODER EJECUTIVO
Mario Redondo Poveda
PRESIDENTE
Gloria Valerín Rodríguez Francisco Sanchún Morán
PRIMERA SECRETARIA SEGUNDO SECRETARIO
dr.-
Dado en la Presidencia de la República.- San José, a los trece días
del mes de agosto de dos mil tres.
Ejecútese y publíquese
ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA
Alberto Dent Zeledón
MINISTRO DE HACIENDA
Sanción: 13-08-2003
Publicación: 22-08-2003 Gaceta: 161
Alcance: 43