Ley 8334
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
DECRETA:
AUTORIZACIÓN A LA MUNICIPALIDAD DE PÉREZ ZELEDÓN PARA QUE DONE UN TERRENO
DE SU PROPIEDAD A LAS TEMPORALIDADES
DE LA DIÓCESIS DE SAN ISIDRO DE EL GENERAL
ARTÍCULO ÚNICO.- Autorízase a la Municipalidad de Pérez Zeledón, cédula
jurídica Nº 3-014-042056, para que done un terreno de su propiedad a las
Temporalidades de la Diócesis de San Isidro de El General, cédula
jurídica Nº 3-010-045279-10. El terreno se ubica en barrio Morazán y está
inscrito el distrito 1º, San Isidro de El General, cantón XIX, Pérez
Zeledón, provincia de San José, bajo el Sistema de Folio Real matrícula Nº
01-495919-000; con el plano, debidamente visado por la Municipalidad de
Pérez Zeledón, Nº SJ-374455-96; mide 1.414,94 m2; es terreno de potrero, y
linda al norte con propiedad de Xinia Fernández Segura; al sur, con
propiedad de Nuria Solís Robles; al este, con propiedad de Daniel Solís
Robles, y al oeste, con calle pública. Este terreno será utilizado por la
Diócesis de San Isidro de El General para edificar el templo católico de
barrio Morazán.
Rige a partir de su publicación.
ASAMBLEA LEGISLATIVA.- San José, a los treinta y un días del mes de
octubre del año dos mil dos.
COMUNÍCASE AL PODER EJECUTIVO
Rolando Laclé Castro
PRESIDENTE
Ronaldo Alfaro García Lilliana Salas Salazar
PRIMER SECRETARIO SEGUNDA SECRETARIA
daa.-
Dado en la Presidencia de la República.- San José, a los doce días
del mes de noviembre del dos mil dos.
Ejecútese y publíquese
ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA
Rogelio Ramos Martínez
MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA Y SEGURIDAD PÚBLICA
Sanción: 12-11-2002
Publicación: 02-12-2002 Gaceta: 232