Ley 8329

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8329<br /> LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA<br /> DECRETA:<br /> AUTORIZACIÓN A LA MUNICIPALIDAD DE UPALA PARA<br /> QUE TRASPASE UN INMUEBLE DE SU PROPIEDAD AL<br /> INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS<br /> ARTÍCULO 1.- Autorízase a la Municipalidad de Upala para que traspase<br /> al Instituto Nacional de Seguros (INS), a título gratuito, el inmueble de<br /> su propiedad inscrito en el Registro Público de la Propiedad Inmueble,<br /> partido de Alajuela, bajo el Sistema de Folio Real matrícula N° 183.877-<br /> 000; es terreno para construir; está situado en el distrito 1º, Upala,<br /> cantón XIII, Upala, provincia de Alajuela; mide doscientos treinta y tres<br /> metros noventa y cinco decímetros cuadrados. La adquisición del inmueble<br /> por parte del INS tendrá como condición que se destine a instalar y equipar<br /> la Estación de Bomberos del cantón de Upala.<br /> ARTÍCULO 2.- La escritura correspondiente estará exenta de toda clase<br /> de impuestos, timbres, derechos de registro y honorarios profesionales. Se<br /> comisiona a la Notaría del Estado para que realice su respectivo<br /> otorgamiento.<br /> Rige a partir de su publicación.<br /> ASAMBLEA LEGISLATIVA.- San José, a los veintinueve días del mes de octubre<br /> del año dos mil dos.<br /> COMUNÍCASE AL PODER EJECUTIVO<br /> Rolando Laclé Castro<br /> PRESIDENTE<br /> Ronaldo Alfaro García Lilliana Salas Salazar<br /> PRIMER SECRETARIO SEGUNDA SECRETARIA<br /> daa.-<br /> Dado en la Presidencia de la República.- San José, a los siete días<br /> del mes de noviembre del dos mil dos.<br /> Ejecútese y publíquese<br /> ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA<br /> Rogelio Ramos Martínez<br /> MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA<br /> Sanción: 07-11-2002<br /> Publicación: 02-12-2002 Gaceta: 232