Ley 8327
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
DECRETA:
DESAFECTACIÓN DEL USO PÚBLICO DE UN LOTE Y AUTORIZACIÓN A LA
MUNICIPALIDAD DE ESCAZÚ PARA QUE LO SEGREGUE Y LO TRASPASE A LA ASOCIACIÓN
DE PROFESORES PENSIONADOS
PARA LA CONSTRUCCIÓN DE SU SEDE EN ESCAZÚ
ARTÍCULO 1.- Desafectación
Desaféctase del uso público de parque, un lote del inmueble propiedad
de la Municipalidad de Escazú, inscrito bajo el Sistema de Folio Real
matrícula N° 437948-000; está situado en el distrito 3º, San Rafael, cantón
II, Escazú, provincia de San José; mide 400,15 m2, según el plano
catastrado N° SJ-607729-2000, y colinda al norte con el resto reservado y
el Condominio San Rafael Country Club; al sur, con propiedades de Joaquín
Quesada Carboni y Patricia Navas Carro; al este, con calle pública y el
resto reservado, y al oeste, con el Condominio San Rafael Country Club. El
lote se ajusta en todas sus características al referido plano catastrado.
El resto reservado es para uso público de parque, sito en el distrito 3°,
San Rafael, cantón II, Escazú, provincia de San José; mide 52,80 m2 y sus
linderos son los siguientes: al norte, la Municipalidad de Escazú; al sur,
el lote segregado; al este, calle pública, y al oeste, el lote segregado
y el Condominio San Rafael Country Club.
ARTÍCULO 2.- Segregación y traspaso
Autorízase a la Municipalidad de Escazú para que segregue el lote
descrito en el artículo 1 de esta Ley y lo traspase, a título gratuito, a
la Asociación de Educadores Pensionados de Escazú, cédula jurídica N° 3-002-
045539-03, para la construcción de su sede en Escazú.
ARTÍCULO 3.- Escritura de traspaso
La Notaría del Estado confeccionará la escritura de traspaso del
terreno referido en el artículo 1 de esta Ley. El pago del trámite de
traspaso y los gastos de inscripción del documento ante el Registro Público
de la Propiedad, estará a cargo de la Asociación de Educadores Pensionados
de Escazú.
Rige a partir de su publicación.
ASAMBLEA LEGISLATIVA.- San José, a los veintinueve días del mes de octubre
del año dos mil dos.
COMUNÍCASE AL PODER EJECUTIVO
Rolando Laclé Castro
PRESIDENTE
Ronaldo Alfaro García Lilliana Salas Salazar
PRIMER SECRETARIO SEGUNDA SECRETARIA
04 de noviembre 2002.-lrr
Dado en la Presidencia de la República.- San José, a los siete días
del mes de noviembre del dos mil dos.
Ejecútese y publíquese
ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA
Rogelio Ramos Martínez
MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y SEGURIDAD PÚBLICA
Sanción: 07-11-02
Publicación: 3-12-02 a la Gaceta: 233