Ley 8307
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
DECRETA:
AUTORIZACIÓN A LA MUNICIPALIDAD DE PÉREZ ZELEDÓN PARA QUE ENTREGUE, A LA
ASOCIACIÓN ESCUELA DE MÚSICA SINFÓNICA DE PÉREZ ZELEDÓN UN 1% DE SU
PRESUPUESTO DE INGRESOS
LIBRES DEL PRESUPUESTO ORDINARIO
ARTÍCULO 1.- Autorízase a la Municipalidad de Pérez Zeledón para que,
en el marco de la cláusula quinta del Convenio entre el Ministerio de
Cultura, Juventud y Deportes, la Universidad Nacional, la Municipalidad de
Pérez Zeledón y la Asociación de Desarrollo Cultural de Pérez Zeledón,
suscrito por estas entidades el 10 de mayo de 1997, conceda un uno por
ciento (1%) del presupuesto ordinario municipal a la Asociación Escuela de
Música Sinfónica de Pérez Zeledón, cédula jurídica Nº 3-002-188499, como
proyecto de interés municipal y cantonal.
ARTÍCULO 2.- Autorízase a la Municipalidad de Pérez Zeledón a fin de
que otorgue, a la Asociación Escuela de Música Sinfónica de Pérez Zeledón,
la suma de dos millones de colones ((2.000.000,00) para el desarrollo de
programas y la promoción de la cultura y el arte musical en el cantón de
Pérez Zeledón.
Rige a partir de su publicación.
ASAMBLEA LEGISLATIVA.- San José, a los cinco días del mes de setiembre del
año dos mil dos.
COMUNÍCASE AL PODER EJECUTIVO
Rolando Laclé Castro
PRESIDENTE
Ronaldo Alfaro García Lilliana Salas Salazar
PRIMER SECRETARIO SEGUNDA SECRETARIA
Lrr.-
Dado en la Presidencia de la República.- San José, a los doce días
del mes de setiembre del dos mil dos.
Ejecútese y publíquese
ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA
Rogelio Ramos Martínez
MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA
Y SEGURIDAD PÚBLICA
Sanción: 12-09-02
Publicación: 27-09-02 Alcance Nº 70 a la Gaceta: 186