Ley 8288
MODIFICACIÓN DE LA LEY N° 8180, LEY DE PRESUPUESTO
ORDINARIO Y EXTRAORDINARIO DE LA REPÚBLICA,
FISCAL Y POR PROGRAMAS PARA EL EJERCICIO
ECONÓMICO DE 2002 Y PRIMER PRESUPUESTO
EXTRAORDINARIO DE LA REPÚBLICA
PARA EL EJERCICIO ECONÓMICO
DE 2002
NORMAS PRESUPUESTARIAS
ARTÍCULO 9.- Apruébanse las siguientes autorizaciones presupuestarias:
1) Autorízase a la Municipalidad de Oreamuno para que varíe el destino
de la partida aprobada mediante la Ley N° 8050, código presupuestario 106
054 03 730 27 242 31 441, por un monto de dos millones de colones
(¢2.000.000,00) o el saldo que haya, destinada a finalización de obras de
infraestructura de capilla de velación a fin de que se utilice para
finalización de obras de infraestructura de capilla de velación de San
Rafael de Oreamuno.
2) Autorízase a la Municipalidad de El Guarco para que varíe el destino
de la partida aprobada mediante la Ley N° 8050, código presupuestario
130 903 730 474 1 242 47, por un monto de un millón de colones
(¢1.000.000,00) o el saldo que haya, destinada a reparación camino La
Dinamita, distrito San Isidro, a fin de que se utilice para reparación
camino La Damita, distrito San Isidro.
3) Autorízase a la Municipalidad de Los Chiles para que varíe el destino
de la partida aprobada mediante la Ley N° 7952, código presupuestario 130-
902-730-637-1-242-47, por un monto de dos millones de colones
(¢2.000.000,00) o el saldo que haya, destinada a construcción cabezales en
camino Coquital-Las Delicias, a fin de que se utilice para mejoramiento
camino Coquital-Las Delicias.
4) Autorízase a la Municipalidad de Los Chiles para que varíe el destino
de la partida aprobada mediante la Ley N° 7952, código presupuestario
130-902-730-635-1-242-20, por un monto de dos millones de colones
(¢2.000.000,00) o el saldo que haya, destinada a construcción de dos aulas
en la Escuela Isla Chica, a fin de que se utilice para compra de
materiales, equipo y mobiliario para la Escuela de Isla Chica.
5) Autorízase a la Municipalidad de Montes de Oro para variar el destino
de la partida aprobada mediante la Ley N° 8050, de 7 de diciembre de
2000, código presupuestario 117 760-00 663 01 132 30 200, por un monto de
un millón de colones (¢1.000.000,00) o el saldo que haya, destinada para la
compra de uniformes, implementos deportivos y gastos de transporte para el
equipo de voleibol de Primera División de Montes de Oro, a fin de que se
utilice para continuar la construcción de la cancha multiusos de San Isidro
de Montes de Oro.
6) Autorízase a la Municipalidad de Puntarenas para variar el destino de
la partida aprobada mediante la Ley N° 8050, de 7 de diciembre de 2000,
código presupuestario 730 293 1 242 21, por un monto de un millón de
colones (¢1.000.000,00) o el saldo que haya, destinada a la construcción
del puesto de salud, Asociación de Desarrollo Pro salud y Saneamiento de
Santa Rosa, distrito de Guacimal, a fin de que se gire para la construcción
de puesto de salud de Santa Rosa a la Asociación de Desarrollo Integral de
Guacimal de Puntarenas, cédula jurídica N° 3-002-075663.
7) Autorízase a la Municipalidad de Parrita para variar el destino de la
partida específica aprobada en la Ley de Presupuesto N° 7853, código
presupuestario 130-905-730-433-27-242-25, por un monto de tres millones de
colones (¢3.000.000,00) o el saldo que exista, destinada a la compra de
terreno programa vivienda Esterillos Oeste, a fin de que sea utilizada en
la conclusión de la iluminación de cancha de deportes de Esterillos Oeste.
8) Autorízase a la Municipalidad de Upala para que varíe el destino de
la partida aprobada mediante la Ley N° 7952, código presupuestario 130-902-
730-599-1-242-30, por un monto de un millón doscientos mil colones
(¢1.200.000,00) o el saldo que haya, destinada a compra de terreno plaza de
fútbol de Río Negro en el distrito de Aguas Claras, a fin de que se utilice
para compra de terreno para plaza de deportes La Gloria, Aguas Claras.
9) Autorízase a la Municipalidad de Upala para que varíe el destino de
la partida aprobada mediante la Ley N° 8050, código presupuestario 130-902-
730-657-1-242-47, por un monto de dos millones setecientos veinte mil
colones (¢2.720.000,00) o el saldo que haya, destinada a cunetas en Upala,
distrito Upala, a fin de que se utilice para construcción de kiosco en el
parque de Upala.
10) Autorízase a la Municipalidad de Upala para que varíe el destino de
la partida aprobada mediante la Ley N° 7853, código presupuestario 130-901-
730-743-27-242-30, por un monto de novecientos mil colones (¢900.000,00) o
el saldo que haya, destinada a compra de terreno para parque San Isidro
Yolillal, a fin de que se utilice para rehabilitación del camino cruce de
San Isidro hacia San Antonio.
11) Autorízase a la Municipalidad de Upala para que varíe el destino de
la partida aprobada mediante la Ley N° 7853, código presupuestario 130-901-
730-674-27-242-30, por un monto de un millón trescientos sesenta y cinco
mil colones (¢1.365.000,00) o el saldo que haya, destinada a construcción
de cancha multiuso en Upala centro, a fin de que se utilice para
construcción de kiosco en el parque de Upala.
12) Autorízase a la Municipalidad de Upala para que varíe el destino de
la partida aprobada mediante la Ley N° 7853, código presupuestario 130-901-
730-677-27-242-27, por un monto de dos millones de colones (¢2.000.000,00)
o el saldo que haya, destinada a construcción de salón comunal de Valle
Verde, a fin de que se utilice para construcción de Centro de Salud en
Colonia Blanca.
13) Autorízase a la Municipalidad de Puntarenas para variar el destino de
la partida aprobada mediante la Ley N° 8050, código presupuestario 130 906
730 291 1 242 26, por un monto de tres millones trescientos doce mil
novecientos veintidós colones (¢3.312.922,00) o el saldo que exista,
destinada a la reparación y los alcantarillados de caminos de San Antonio,
Veracruz y otros, distrito Guacimal, a fin de que se gire a la Asociación
de Desarrollo Integral de Guacimal de Puntarenas, cédula jurídica N° 3-002-
075663, para arreglo de caminos vecinales del distrito de Guacimal y de
Veracruz a la Escuela de San Antonio.
14) Autorízase a la Asociación de Desarrollo Integral de Zaragoza de
Nicoya, Guanacaste, cédula jurídica N° 3-002-084193, para que varíe el
destino de la partida aprobada mediante la Ley N° 7719, código
presupuestario 130-923-00-702-611-1-241-44-44-, por un monto de dos
millones de colones (¢2.000.000,00) o el saldo que haya, destinada a
electrificación de las comunidades de Naranjal y Zaragoza, a fin de que se
utilice para reparación de camino Cuesta Grande de Zaragoza.
15) Autorízase a la Municipalidad de Nandayure para que varíe el destino
de la partida aprobada mediante la Ley N° 7952, código presupuestario
130-905-730-714-1-242-47, por un monto de quinientos sesenta y un mil
setecientos cincuenta colones (¢561.750,00) o el saldo que haya, destinada
a puente entre la Soledad y Bejuco, distrito Zapotal, a fin de que se
utilice para construcción de puente La soledad- Río de Ora.
16) Autorízase a la Municipalidad de Nicoya para que varíe el destino de
la partida aprobada mediante la Ley N° 7952, código presupuestario 106-054-
03-730-01-242-27-321, por un monto de quinientos mil colones (¢500.000,00)
o el saldo que haya, destinada a la Municipalidad de Nicoya (para Junta de
vecinos de Loma Bonita: compra de terreno para salón y plaza), a fin de que
se utilice para compra de materiales para construcción de alcantarillas y
tubería para arreglo de caminos vecinales del distrito 4°, Quebrada Honda.
17) Autorízase a la Municipalidad de Nandayure para que varíe el destino
de la partida aprobada mediante la Ley N° 7952, código presupuestario 106-
054-03-730-27-242-27-241, por un monto de un millón de colones
(¢1.000.000,00) o el saldo que haya, destinada a la Municipalidad de
Nandayure (para construcción de acera peatonal, hasta las vueltas de San
Pablo), a fin de que se utilice para construcción de drenaje en plaza de
deportes de San Pablo.
18) Autorízase al Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo para que
varíe el destino de la partida aprobada mediante Ley N° 7931, código
presupuestario 115 730-00 731 27 242 25 212, por un monto de veinticinco
millones de colones (¢25.000.000,00) o el saldo que haya, destinada a
compra de terreno para desarrollo de proyecto de vivienda, a fin de que se
utilice para compra de lotes urbanizados cuyos precios se tendrán a título
de subsidio no reembolsable a favor de las familias beneficiadas
debidamente calificadas por el Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo.
19) Autorízase a la Municipalidad de Upala para que varíe el destino de
la partida aprobada mediante la Ley N° 7952, código presupuestario 130-902-
00-730-579-1-242-30, por un monto de dos millones seiscientos cuarenta mil
cuatrocientos sesenta colones (¢2.640.460,00) o el saldo que haya,
destinada a construcción de Casa del Deporte en Upala; a fin de que se
utilice para construcción de plaza de deportes en el centro de Upala.
20) Autorízase a la Junta de Educación, Escuela San Blas de Moravia,
cédula jurídica N° 3-008-108381, para que varíe el destino de la partida
aprobada mediante la Ley N° 8050, código presupuestario 113.573-01.731-27-
242-20-256, por un monto de dos millones de colones exactos ((2.000.000,00)
o el saldo que haya, destinada a la construcción de aula de informática, a
fin de que se utilice para concluir la construcción del gimnasio multiuso
de la Escuela San Blas de Moravia.
21) Modifícase el presupuesto de 2001, Ley N° 8182, de 5 de diciembre de
2001, en la siguiente forma:
Páginas 215-216.
Artículo 11, inciso 269.
Donde dice:
"Se autoriza a la Municipalidad de Puntarenas para visitar el destino de la
partida aprobada mediante Ley número 7853 del 4 de diciembre de 1998,
código presupuestario 130 905 730 208 27 242 47 por un monto de un millón
novecientos nueve mil doscientos colones (¢1.909.200), o el saldo que
exista, destinada a la Municipalidad de Puntarenas, Asociación de
Desarrollo Integral Barrio Veinte de Noviembre, construcción del cordón y
caño en acceso a Clínica de Chacarita, a fin de que se lea: Municipalidad
de Puntarenas para construcción de cordón y caño Barrio Veinte de
Noviembre."
Debe decir:
"Autorízase a la Municipalidad de Puntarenas para variar el destino de la
partida aprobada mediante la Ley N° 7853, de 4 de diciembre de 1998, código
presupuestario 130 905 730 208 27 242 47, por un monto de un millón
novecientos nueve mil doscientos colones (¢1.909.200,00) o el saldo que
exista, destinada a la Municipalidad de Puntarenas, Asociación de
Desarrollo Integral Barrio Veinte de Noviembre, para construcción de cordón
y caño en acceso a Clínica de Chacarita, a fin de que se lea:
Municipalidad de Puntarenas para la compra de materiales para la
pavimentación de la Calle El Huerto y el Veinte de Noviembre.
22) Modifícase el presupuesto de 2001, Ley N° 8182, de 5 de diciembre de
2001, en la siguiente forma:
Página 116.
Registro Contable: 117-760-00
Donde dice:
"Unión cantonal de Asociaciones de Desarrollo Integral de San Carlos
702 27 241 30 311 Para la iluminación de la cancha de Terrón Colorado
1.800.000,00"
Debe decir:
Municipalidad de San Carlos 702 27 241 30 311. Para la iluminación de la
cancha de Terrón Colorado, un millón ochocientos mil colones
((1.800.000,00).
23) Modifícase el presupuesto de 2001, Ley N° 8182, de 5 de diciembre de
2001, en la siguiente forma:
Página 116.
Registro Contable: 117-760-00
"Unión Cantonal de Asociaciones de Desarrollo Integral de San Carlos
702 27 241 30 312 Para la iluminación de la Plaza de Deportes de San Jorge
de Cutris 2.000.000,00."
Debe decir:
Municipalidad de San Carlos 702 27 241 30 312 Para la iluminación de la
Plaza de Deportes de San Jorge de Cutris, dos millones de colones
((2.000.000,00).
24) Modifícase el presupuesto de 2001, Ley N° 8182, de 5 de diciembre de
2001, en la siguiente forma:
Página 085.
Registro contable: 106-054-03
Donde dice:
"Unión cantonal e asociaciones de desarrollo integral de San Carlos
702 27 241 27 421 Para la construcción del Salón Multiuso de Pénjamo de
Florencia 600.000,00"
Debe decir:
Municipalidad de San Carlos 702 27 241 27 421 Para la construcción del
salón multiuso de Pénjamo de Florencia, seiscientos mil colones
((600.000,00).
25) Modifícase el presupuesto de 2001, Ley N° 8050, de 7 de diciembre de
2000, en la siguiente forma:
Página PP-106-051.
Registro Contable 106 054 03
Donde dice:
"702 27 241 31 259 Unión Cantonal de Asociaciones de Desarrollo Integral
de San Carlos (Para cancelación de la deuda de Barrio Lourdes)
1.750.000.00"
Debe decir:
702 27 241 31 259 Municipalidad de San Carlos (para cancelación de deuda
con el Banco Popular de Desarrollo Comunal por construcción de complejo
deportivo), cédula jurídica N° 3-014-042108, un millón setecientos
cincuenta mil colones ((1.750.000,00).
26) Modifícase el presupuesto de 2001, Ley N° 8050, de 7 de diciembre de
2000, en la siguiente forma:
Página PP-117-065.
Registro Contable 117 760 00
Donde dice:
"702 27 241 30 244 Unión Cantonal de Asociaciones de Desarrollo Integral de
San Carlos (Plaza de Deportes de Viento Fresco) 250.000,00"
Debe decir:
702 27 241 30 244 Municipalidad de San Carlos (Plaza de Deportes de Viento
Fresco), cédula jurídica N° 3-014-042108, doscientos cincuenta mil colones
((250.000,00).
27) Modifícase el presupuesto de 2001, Ley N° 8050, de 7 de diciembre de
2000, en la siguiente forma:
Página PP-113-050.
Registro Contable 113 573 01
Donde dice:
"702 27 241 20 212 Unión Cantonal de Asociaciones de Desarrollo Integral
de San Carlos (Para Taller de artes Industriales de la Escuela Juan Chaves)
400.000.00"
Debe decir:
702 27 241 20 212 Municipalidad de San Carlos (para Taller de Artes
Industriales de la Escuela Juan Chaves), cédula jurídica N° 3-014-042108,
cuatrocientos mil colones ((400.000,00).
28) Modifícase el presupuesto de 2001, Ley N° 8050, de 7 de diciembre de
2000, en la siguiente forma:
Página PP-106-055.
Registro Contable 106 054 03
Donde dice:
"702 27 241 27 320 Unión Cantonal de Asociaciones de Desarrollo Integral
de San Carlos (Para construcción del Salón comunal de Kopper) 750.000.00"
Debe decir:
702 27 241 27 320 Municipalidad de San Carlos (para construcción del Salón
comunal de Kooper), cédula jurídica N° 3-014-042108, setecientos cincuenta
mil colones ((750.000.00).
29) Modifícase el presupuesto de 2001, Ley N° 8050, de 7 de diciembre de
2000, en la siguiente forma:
Página PP-106-055.
Registro Contable: 106 054 03
Donde dice:
"702 27 241 27 321 Unión Cantonal de Asociaciones de Desarrollo Integral de
San Carlos (Para aceras de la Escuela Las Mercedes a la Escuela Porvenir,
Ciudad Quesada) 500.000,00"
Debe decir:
702 27 241 27 321 Municipalidad de San Carlos (para aceras de la Escuela
Las Mercedes a la Escuela Porvenir, Ciudad Quesada), cédula jurídica N° 3-
014-042108, quinientos mil colones ((500.000,00).
30. Modifícase el presupuesto de 2001, Ley N° 8182, de 5 de diciembre de
2001, en la siguiente forma:
Página 100.
Registro contable: 112-332-00.
Donde dice:
"Unión cantonal de asociaciones de desarrollo integral de San Carlos.
702 27 241 47 229 Para cancelación de asfaltado en Sucre-Ciudad Quesada. ¢
2.000.000.00"
Debe decir:
Municipalidad de San Carlos 702 27 241 47 229 para cancelación de asfaltado
en Sucre-Ciudad Quesada, dos millones de colones (¢2.000.000,00).
31) Modifícase el presupuesto de 2001, Ley N° 8182, de 5 de diciembre de
2001, en la siguiente forma:
Registro contable: 117-760-00
Donde dice:
"Unión cantonal de Asociaciones de Desarrollo Integral de San Carlos
702 27 241 30 313 Para una pista de acrobacias en bicicleta en el campo de
deportes de la asociación del Barrio Lourdes ¢2.000.000,00"
Debe decir:
Municipalidad de San Carlos 702 27 241 30 313 Para actividades sociales,
culturales, compra de materiales y suministros, pago de servicios
profesionales para la zona económica especial, dos millones de colones
(¢2.000.000,00).
32) Modifícase el presupuesto de 2001, Ley N° 8050, de 7 de diciembre de
2000, en la siguiente forma:
Página PP-117-065.
Registro contable 117 760 00
Donde dice:
"702 27 241 30 245 Unión Cantonal de Asociaciones de Desarrollo Integral de
San Carlos (Para equipo de ciclismo de Muelle de Florencia) ¢400.000."
Debe decir:
702 27 241 30 245 Municipalidad de San Carlos (para compra de mobiliario y
equipo de la zona económica especial), cédula jurídica N° 3-014-042108,
cuatrocientos mil colones (¢400.000,00).
33) Modifícase el presupuesto de 2001, Ley N° 8050, de 7 de diciembre de
2000, en la siguiente forma:
Página PP-114-085.
Donde dice:
"730 27 242 21 203 Liga de municipalidades de Heredia. (Para construcción
de EBAIS, Barrial, Ulloa), Céd. Jur.: 3-007-075084-34 ¢3.000.000"
Debe decir:
730 27 242 21 203 Municipalidad de Heredia (para construcción de EBAIS,
Barrial, Ulloa), cédula jurídica N° 3-014-042092, tres millones de colones
(¢3.000.000,00).
34) Modifícase el presupuesto de 2001, Ley N° 8050, de 7 de diciembre de
2001, en la siguiente forma:
Página PP-113-052.
Donde dice:
"730 27 242 20 216 Liga de Municipalidades de Heredia. (Para escuelas
Bajos de Virilla, Ulloa, para obras varias). Cédula jurídica: 3-007-
075084-34 ¢1.000.000
730 27 242 20 217 Liga de Municipalidades de Heredia (Para Escuela José
Ramón Hernández, para compra de fotocopiadora) Cédula jurídica: 3-007-
075084-34) ¢300.000
730 27 242 20 218 Liga de Municipalidades de Heredia (Para Escuela San
Francisco, para compra de mobiliario) Cédula jurídica: 3-007-075084-34)
¢300.000
730 27 242 20 219 Liga de Municipalidades de Heredia (Para Escuela IMAS
para obras varias) Cédula jurídica: 3-007-075084-34) ¢400.000"
Debe decir:
730 27 242 20 216 Municipalidad de Heredia (para Escuelas Bajos de
Virilla, Ulloa, para obras varias), cédula jurídica N° 3-014-042092, un
millón de colones (¢1.000.000,00).
730 27 242 20 217 Municipalidad de Heredia (para Escuela José Ramón
Hernández, para compra de fotocopiadora), cédula jurídica N° 3-014-042092,
trescientos mil colones (¢300.000,00).
730 27 242 20 218 Municipalidad de Heredia (para Escuela San Francisco,
para compra de mobiliario), cédula jurídica N° 3-014-042092,
trescientos mil colones (¢300.000,00).
730 27 242 20 219 Municipalidad de Heredia (para Escuela IMAS para obras
varias), cédula jurídica N° 3-014-042092, cuatrocientos mil colones
(¢400.000,00).
35) Modifícase el presupuesto de 2001, Ley N° 8050, de 7 de diciembre de
2001, en la siguiente forma:
Página PP-117-068.
Donde dice:
"730 27 242 30 233 Liga de Municipalidades de Heredia. (Para
construcción de polideportivo Bernardo Benavides, San Francisco) cédula
jurídica N° 3-007-075084-34 ¢1.500.000"
Debe decir:
730 27 242 30 233 Municipalidad de Heredia (para construcción de
polideportivo, Bernardo Benavides, San Francisco), cédula jurídica N° 3-
014-042092, un millón quinientos mil colones (¢1.500.000,00).
36) Autorízase a la Junta Administrativa del Liceo Mauro Fernández de
Tibás para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N°
8050, código presupuestario 113 - 573 02 731 27 242 20 220, por un monto de
cinco millones de colones (¢5.000.000,00) o el saldo que haya, destinada a
la construcción del centro de cómputo, a fin de que se utilice para compra
de equipo de cómputo.
37) Modifícase el presupuesto de 2001, Ley N° 8050, de 7 de diciembre de
2000, en la siguiente forma:
Página PP-106-063.
Donde dice:
"730 27 242 27 282 Liga de municipalidades de Heredia. (Para el salón
comunal Monteverde de San Francisco), Céd. Jur.: 3-007-075084-34
¢1.000.000
730 27 242 30 283 Liga de municipalidades de Heredia (Para construcción de
zona de recreo en terreno comunal ubicado entre Níspero 1 y Níspero 2,
Guararí de San Francisco), Céd. Jur. : 3-007-075084-34 ¢1.000.000
730 27 242 27 285 Liga de municipalidades de Heredia. (Para Salón Comunal
Gran Samaria, San Francisco), Céd. Jur. 3-007-075084-34 ¢1.000.000
730 27 242 27 286 Liga de Municipalidades de Heredia. (Para obras varias,
Lagunilla, Barrial), Céd. Jur.: 3-007-075084-34 ¢2.000.000
730 27 242 27 287 Liga de municipalidades de Heredia. (Para obras varias,
cantón central de Heredia), Céd. Jur.: 3-007-075084-34 ¢1.500.000"
Debe decir:
730 27 242 27 282 Municipalidad de Heredia (para el salón comunal
Monteverde de San Francisco), cédula jurídica N° 3-014-042092, un millón
de colones (¢1.000.000,00).
730 27 242 30 283 Municipalidad de Heredia (para construcción de zona de
recreo en terreno comunal ubicado entre Níspero 1 y Níspero 2, Guararí de
San Francisco), cédula jurídica N° 3-014-042092, un millón de colones
(¢1.000.000,00).
730 27 242 27 285 Municipalidad de Heredia (para Salón Comunal Gran
Samaria, San Francisco), cédula jurídica N° 3-014-042092, un millón de
colones (¢1.000.000,00)
730 27 242 27 286 Municipalidad de Heredia (para obras varias, Lagunilla,
Barrial), cédula jurídica N° 3-014-042092, dos millones de colones
(¢2.000.000,00).
730 27 242 27 287 Municipalidad de Heredia (para obras varias, cantón
Central de Heredia), cédula jurídica N° 3-014-042092, un millón
quinientos mil colones (¢1.500.000,00).
38) Autorízase a la Municipalidad de Tilarán para variar el destino de la
partida aprobada en la Ley de Presupuesto N° 8180, código presupuestario
130-905-730-640-27-242-30, por un monto de dos millones de colones
((2.000.000,00) o el saldo que exista, destinada a la compra de un terreno
para la plaza de deportes en Río Chiquito de Tilarán, distrito de Tilarán
centro, a fin de que sea utilizada en la construcción del salón comunal en
Río Chiquito.
39) Autorízase a la Municipalidad de Abangares para variar el destino de
la partida aprobada en la Ley de Presupuesto N° 8182, código
presupuestario 106-054-03-730-27-242-30-618, por un monto de seiscientos
mil colones ((600.000,00) o el saldo que exista, destinada a compra de
bomba sumergible en pozo del Parque Infantil Rosita Aragón, a fin de que
sea utilizada en la construcción de acera peatonal de Taiwán a Valle del
Río.
40) Para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N°
7867, código presupuestario 130 901 730 834 27 242 27, por un monto de
cinco millones sesenta mil doscientos veintiséis colones (¢5.060.226,00) o
el saldo que haya, destinada a adquisición de terrenos para eventos y
construcciones de infraestructura, distrito Puente Piedra, a fin de que se
utilice para ampliación, mejoras y mano de obra del EBAIS, distrito de
Puente de Piedra dos millones de colones (¢2.000.000,00) para
remodelación, mejoras y mano de obra Escuela Puente Piedra, dos millones
de colones (¢2.000.000,00); para remodelación de vestidores y construcción
de acera cancha fútbol, distrito Puente Piedra ciento sesenta mil
doscientos veintiséis colones (¢160.226,00); para la ampliación de puente
Calle Lomas, distrito Puente Piedra, trescientos mil colones (¢300.000,00);
para mejoras salón comunal Puente Piedra, distrito Puente Piedra,
trescientos mil colones (¢300.000,00); para compra de mobiliario y equipo
salón comunal y gimnasio, distrito Puente Piedra, trescientos mil colones,
(¢300.000,00).
41) Autorízase a la Municipalidad de Poás para que varíe el destino de la
partida aprobada mediante la Ley N° 7952, código presupuestario 130 902 730
493 1 242 21, por un monto de cinco millones doscientos sesenta y nueve mil
ochocientos sesenta colones (¢5.269.860,00) o el saldo que haya, destinada
a compra de terreno para la construcción del EBAIS en el distrito de San
Juan, a fin de que se utilice para continuar con la construcción de acera
que inicia en la casa del señor Carlos Hernández y concluye en el
restaurante "El Mirador" en Calle Tablones, por la suma de dos millones de
colones (¢2.000.000,00); para la continuación de la construcción de acera
de Calle Liles, por la suma de dos millones de colones (¢2.000.000,00);
para recarpeteo de la carretera de Calle Tablones, por la suma de un millón
de colones (¢1.000.000,00); para continuación de la construcción de la
acera del INVU, que inicia en la pulpería Caridad y concluye en el cruce
con la carretera principal, por la suma de doscientos sesenta y nueve mil
ochocientos sesenta colones (¢269.860,00).
42) Autorízase a la Municipalidad de Desamparados para variar el destino
de la partida denominada Construcción de casetillas de buses, San Miguel,
Higuito, y El Llano, aprobada mediante la Ley N° 7952, código
presupuestario 730 248 1 242 47, conforme al saldo que tiene a la fecha,
para obras de infraestructura comunal en el distrito San Miguel.
43) Modifícase el presupuesto de 2001, Ley N° 8050, en la siguiente
forma: Página 117. Donde dice: "634 01 241 30 212 Asociación
Costarricense de Ciclismo (Para gastos vuelta ciclística, etapa San Carlos)
¢1.000.000". Debe decir: 634 01 241 30 212 Federación Costarricense de
Ciclismo (para gastos vuelta ciclística, etapa de San Carlos, un millón de
colones (¢1.000.000,00).
44) Modifícase el presupuesto de 2001, Ley N° 8182, de 5 de diciembre de
2001, en la siguiente forma: Página 114. Donde dice: "634 01 241 30 212
Asociación Costarricense de Ciclismo (Para gastos vuelta ciclística, etapa
San Carlos) ¢1.000.000". Debe decir: 634 01 241 30 212 Federación
Costarricense de Ciclismo (para gastos vuelta ciclística, etapa de San
Carlos), un millón de colones (¢1.000.000,00).
45) Autorízase a la Municipalidad de Cartago para que varíe el destino de
la partida aprobada mediante la Ley N° 7952, código presupuestario 130 903
730 218 1 242 21, por un monto de un millón doscientos diecinueve mil
seiscientos veinticuatro colones (¢1.219.624,00) o el saldo que haya,
destinada a la construcción del EBAIS de Loyola, San Nicolás, a fin de que
se utilice para bacheo de la calle Zafiro, San Nicolás.
46) Autorízase a la Municipalidad de Cartago para que varíe el destino de
la partida aprobada mediante la Ley Nº 7952, código presupuestario 130 903
730 211 1 242 47, por un monto de un millón quinientos mil colones
(¢1.500.000,00) o el saldo que haya, destinada a entubado y bacheo frente a
la Escuela Julián Volio, El Carmen, a fin de que se utilice para
construcción de aulas en la Escuela Julián Volio Llorente.
47) Autorízase a la Municipalidad de Cartago para que varíe el destino de
la partida aprobada mediante la Ley N° 7853, código presupuestario 130 902
730 206 27 242 30, por un monto de quinientos mil colones (¢500.000,00) o
el saldo que haya, destinada a construcción de bulevar entre Escuela e
Iglesia Católica, distrito El Carmen, a fin de que se utilice en
construcción de aulas de la Escuela Julián Volio Llorente.
48) Autorízase a la Municipalidad de Cartago para que varíe el destino de
la partida aprobada mediante la Ley N° 7853, código presupuestario 130 902
730 205 27 242 27, por un monto de un millón de colones (¢1.000.000,00) o
el saldo que haya, destinada a construcción del gimnasio comunal El Carmen,
a fin de que se utilice en construcción de aulas de la Escuela Julián Volio
Llorente.
ARTÍCULO 10.- Para la ejecución del código presupuestario 109
Ministerio de Hacienda, Programa 131-00 Regularización del Catastro y
Registro 664-37-132-12-200. Unidad Ejecutora Programa de Regularización
del Catastro y Registro (incorporación de recursos crédito BID 1284/OC-
CR, Ley N° 8154), se aplicarán las siguientes regulaciones:
1. La Unidad Ejecutora hará las contrataciones necesarias cumpliendo
la totalidad de garantías laborales establecidas en la normativa
costarricense y hará las retenciones correspondientes al pago de
impuestos nacionales y municipales.
2. La Unidad Ejecutora rendirá cuentas a la Comisión Permanente
Especial de Ingresos y Gasto Públicos de la Asamblea Legislativa
mediante un informe en el que se especifiquen y relacionen los gastos e
ingresos de cada mes, y un informe semestral en el que dará cuenta de
los resultados y del impacto logrado por el proyecto en su población
meta.
3. Los desembolsos por parte del Ministerio de Hacienda se harán
paulatinamente y conforme se vaya ejecutando el programa.
ASAMBLEA LEGISLATIVA.- San José, a los veinticuatro días del mes de junio
del año dos mil dos.
COMUNÍCASE AL PODER EJECUTIVO
Rolando Laclé Castro
PRESIDENTE
Ronaldo Alfaro García Lilliana Salas Salazar
PRIMER SECRETARIO SEGUNDA SECRETARIA
01 de julio 2002.-lrr
Dado en la Presidencia de la República.- San José, a los cuatro días
del mes de julio del dos mil dos.
Ejecútese y publíquese
ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA
Jorge Walter Bolaños Rojas
MINISTRO DE HACIENDA
Sanción: 04-07-02
Publicación: 23-07-02 Alcance Nº 52 a la Gaceta: 141