Ley 8234
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
DECRETA:
AUTORIZACIÓN AL INSTITUTO NACIONAL DE FOMENTO COOPERATIVO PARA QUE SEGREGUE
UN TERRENO
DE SU PROPIEDAD Y LO DONE A LAS
TEMPORALIDADES DE LA IGLESIA
ARTÍCULO 1.- Autorízase al Instituto Nacional de Fomento Cooperativo,
cédula jurídica N° 4-000-045015, para que de su propiedad inscrita en el
Registro Público, partido de San José, bajo el sistema de folio real
matrícula N° 327555-000, segregue un lote que se describe así: naturaleza,
terreno para construir, sito en el distrito 7° Uruca, cantón Central de la
provincia de San José; mide 2056,18 m2. Los linderos son: al norte la
autopista General Cañas con un frente de 14,43 m; al sur, calle pública con
un frente de 39,19 m; al este, Pauco S.A., y las Temporalidades de la
Arquidiócesis de San José; al oeste, el Instituto Nacional de Fomento
Cooperativo (resto reservado); posee plano catastrado debidamente inscrito
en el Catastro Nacional bajo el N° SJ 617742-2000. El resto
reservado se describe así: terreno para construir, sito igual que el lote
segregado; mide 8325,17 m2, y linda actualmente así: al norte, con la
autopista General Cañas; al sur, calle pública; al este, con lote segregado
y al oeste, con la Junta de Educación de la Escuela Otto Hubbe.
ARTÍCULO 2.- Autorízase al Instituto Nacional de Fomento Cooperativo
para que done el lote segregado a las Temporalidades de la Arquidiócesis de
San José; cédula jurídica Nº 3-010-045198, que lo destinará a la
construcción de un salón parroquial multiuso contiguo a la Iglesia
Parroquial de Santa Catalina.
ARTÍCULO 3.- Autorízase a la Notaría del Estado para que proceda a
confeccionar la escritura de traspaso de dicho inmueble a favor de las
Temporalidades de la Iglesia Católica. La donación estará libre del pago
de derechos de inscripción.
Rige a partir de su publicación.
ASAMBLEA LEGISLATIVA.- San José, a los dieciocho días del mes de marzo del
año dos mil dos.
COMUNÍCASE AL PODER EJECUTIVO
Ovidio Pacheco Salazar
PRESIDENTE
Vanessa de Paúl Castro Mora Everardo Rodríguez Bastos
PRIMERA SECRETARIA SEGUNDO SECRETARIO
gdph.
Dado en la Presidencia de la República.- San José, a los dos días
del mes de abril del dos mil dos.
Ejecútese y publíquese
MIGUEL ÁNGEL RODRÍGUEZ ECHEVERRÍA
Rogelio Ramos Martínez
MINISTRO DE GOBERNACIÓN
Y POLICÍA
Sanción: 02-04-02
Publicación: 16-04-02 Gaceta: 72