Ley 8232
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
DECRETA:
AUTORIZACIÓN A LA MUNICIPALIDAD DE BELÉN PARA QUE
PERMUTE UN INMUEBLE DE SU PROPIEDAD POR
OTRO DE LA CORPORACIÓN PIPASA S.A.
ARTÍCULO ÚNICO.- Autorización
Autorízase a la Municipalidad de Belén para que desafecte del uso
público el lote de su propiedad inscrito en el Registro Público, partido
de Heredia, matrícula N° 173682-000, situado en el distrito 2º, La
Ribera, cantón VII, Belén, provincia de Heredia, con los siguientes
linderos: al norte, calle pública; al sur el Club Campestre Español; al
este, calle pública, y al oeste, Hermanos Víquez Carvajal. El terreno mide
1.442,21 m2, según el plano catastrado N° H-154709-93. Asimismo, se
autoriza a la Municipalidad para que permute dicho inmueble por el lote que
habrá de segregarse del inmueble inscrito en el Registro Público, partido
de Heredia, matrícula N° 174045-000, propiedad de la Corporación Pipasa,
S.A., el cual se describe así: situado en el distrito 2º, La Ribera,
cantón VII, Belén, provincia de Heredia, con los siguientes linderos: al
norte, Corporación Pipasa S.A.; al sur, calle pública; al este, calle
pública y al oeste, Sixto Alvarado Campos; mide 3.482,77 m2 y
corresponde al plano catastrado N° H-638032-2000. El lote por permutar
será destinado a la construcción de un parque municipal.
Rige a partir de su publicación.
ASAMBLEA LEGISLATIVA.- San José, a los dieciocho días del mes de marzo del
año dos mil dos.
COMUNÍCASE AL PODER EJECUTIVO
Ovidio Pacheco Salazar
PRESIDENTE
Vanessa de Paúl Castro Mora Horacio Alvarado Bogantes
PRIMERA SECRETARIA SEGUNDO PROSECRETARIO
daa.-
Dado en la Presidencia de la República.- San José, a los veintidós
días del mes de marzo del dos mil dos.
Ejecútese y publíquese
ASTRID FISCHEL VOLIO
Rogelio Ramos Martínez
MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y
POLICÍA Y SEGURIDAD PÚBLICA
Sanción: 22-03-02
Publicación: 16-04-02 Gaceta: 72 Alcance: 29