Ley 8198
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
DECRETA:
AUTORIZACIÓN A LA JUNTA DE DESARROLLO REGIONAL DEL SUR
(JUDESUR) PARA QUE TRASLADE RECURSOS ECONÓMICOS AL
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
ARTÍCULO 1.- Autorízase a la Junta de Desarrollo Regional del Sur
(JUDESUR) para que traslade al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, de
los recursos reembolsables correspondientes al cantón de Osa, la suma hasta
de trescientos millones de colones (¢300.000.000,00), a efecto de que este
Ministerio brinde, por una sola vez, una ayuda económica a los trabajadores
bananeros del cantón de Osa, Puntarenas, que perdieron sus trabajos por la
crisis bananera que ocasionó el cierre oficial de fincas en dicho cantón.
Esta ayuda será proporcional al monto que, por concepto de cesantía, le
habría correspondido a cada trabajador según la suma autorizada en este
artículo. La ayuda se considerará independiente de la obligación laboral
de la empresa contratante para con sus empleados, quienes conservarán
intacto el derecho de cobrar judicialmente el pago de sus beneficios, de
conformidad con la normativa vigente.
ARTÍCULO 2.- El pago de la ayuda indicada en el artículo anterior se
cancelará con base en un estudio previo elaborado por el Ministerio de
Trabajo y Seguridad Social, mediante el cual deberá identificarse a los
trabajadores beneficiarios de dicha ayuda y señalar el tiempo que cada uno
laboró en la actividad, a efecto de calcular el monto correspondiente, así
como cualquier otro dato que razonablemente se considere conveniente
consignar para este fin.
ARTÍCULO 3.- El Ministerio de Agricultura y Ganadería deberá colaborar
con el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, facilitando la información
pertinente para elaborar el estudio referido en el artículo 2 de esta Ley.
Rige a partir de su publicación.
COMISIÓN LEGISLATIVA PLENA SEGUNDA.- Aprobado el anterior proyecto a los
veintiocho días del mes de noviembre del año dos mil uno.
Orlando Báez Molina Róger Vílchez Cascante
PRESIDENTE SECRETARIO
ASAMBLEA LEGISLATIVA.- San José, a los once días del mes de diciembre del
año dos mil uno.
COMUNÍCASE AL PODER EJECUTIVO
Ovidio Pacheco Salazar
PRESIDENTE
Vanessa de Paúl Castro Mora Everardo Rodríguez Bastos
PRIMERA SECRETARIA SEGUNDO SECRETARIO
daa.-