Ley 8197
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
DECRETA:
AUTORIZACIÓN AL ESTADO PARA QUE DONE UN INMUEBLE
A LA ASOCIACIÓN DE DAMAS SALESIANAS
ARTÍCULO 1.- Autorízase al Estado, cédula jurídica 2-00-045522-
10, para que, de su propiedad inscrita en el Registro Público, partido de
Cartago, bajo el sistema de folio real, matrícula Nº 83.603-000, segregue
el lote correspondiente al plano catastrado SJ-705299-2001, libre de
gravámenes hipotecarios y anotaciones, y lo done a la Asociación de Damas
Salesianas, cédula jurídica 3-002-095572.
El inmueble se describe así: terreno para construir con una
edificación; mide mil ochocientos cincuenta y ocho metros cuadrados con
ochenta centímetros (1.858,80 m2) y está situado en el distrito 4º,
Tirrases, cantón XVIII, Curridabat, provincia de San José. Linda al norte
con calle pública; al sur y al este con resto reservado y al oeste con el
INVU.
ARTÍCULO 2.- Desaféctase del uso y dominio públicos el lote segregado
según el artículo anterior.
Rige a partir de su publicación.
COMISIÓN LEGISLATIVA PLENA PRIMERA.- Aprobado el anterior proyecto el día
veintiocho de noviembre del año dos mil uno.
Álex Sibaja Granados Marisol Clachar Rivas
PRESIDENTE SECRETARIA
ASAMBLEA LEGISLATIVA.- San José, a los seis días del mes de diciembre del
año dos mil uno.
COMUNÍCASE AL PODER EJECUTIVO
Ovidio Pacheco Salazar
PRESIDENTE
Vanessa de Paúl Castro Mora Everardo Rodríguez Bastos
PRIMERA SECRETARIA SEGUNDO SECRETARIO
gdph.