Ley 8182
Y EXTRAORDINARIO DE LA REPÚBLICA, FISCAL Y POR PROGRAMAS
PARA EL EJERCICIO ECONÓMICO DEL 2001 Y PRIMER
PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO DE LA REPÚBLICA
PARA EL EJERCICIO ECONÓMICO DEL 2001
NORMAS PRESUPUESTARIAS
Artículo 9º: Autorícese a la Junta Administrativa del Centro Nacional de
Educación Especial Fernando Centeno Guel a transferir a favor de la
Fundación Mundo de Oportunidades cédula jurídica N° 3-006-227840, la
partida presupuestaria de cincuenta millones de colones (¢50.000.000,00),
cuyo registro contable es: Título 113, Programa Presupuestario 573-01
subpartida 731, FF-01, CE-242, CF-20 IP-600, aprobada mediante ley N° 8040,
publicada en el Alcance N° 71 a la Gaceta N° 203 del 24 de noviembre del
2000 (Modificación a la ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la
República para el ejercicio económico 2000, N° 7952), a efecto de que sea
invertida exclusivamente en el Proyecto de Diseño y Construcción del Nuevo
Edificio del Departamento de Audición y Lenguaje de ese centro educativo.
Artículo 10º: Autorízase al Ministerio de Hacienda, para que el saldo
existente de la cuenta de Fondo de Terceros 109-057 "Mejoras Sistema
Automatizado de la Proveeduría Nacional", un monto de un millón setecientos
ochenta y un mil quinientos ochenta y tres colones (¢1.781.583,00) de la
cuenta 109-076 "Consultorías DGI", un monto de veinte millones de colones
(¢20.000.000,00) de la cuenta 109-081 "Rediseño Sistema Informático
Aduanero" y un monto de sesenta y dos millones seiscientos veinticinco mil
colonees (¢62.625.000,00) de la cuenta 109-078 "Actualización y
Mantenimiento de Sistemas de Información Aduanera Mejoras", sean
trasladados a la cuenta de Fondos de Terceros 109-056 "Implantación del
Nuevo Sistema de Pagos y Otros Gastos", para ser utilizados en los fines
establecidos en esta última.
Artículo 11º: Modifícase la Ley Nº 8050 de 07 de diciembre del 2000, "Ley
de Presupuesto Ordinario para el Ejercicio Económico del 2001 en la forma
que se indica a continuación:
1. En la página PP-104-016, del tomo No. I de la Ley.
Donde dice:
GO FF CE CF IP CONCEPTO.
990 01 112 10 OTRAS ASIGNACIONES GLOBALES.
(Para el pago de personal de la Oficina del Presidente, Vicepresidentes y
Primera Dama, distribuidos en cuotas mensuales de ¢3.79 millones para la
contratación de Asesores, ¢2.13 millones para Asistentes, y ¢1.25 millones
para secretarias ejecutivas).
Debe decir:
GO FF CE CF IP CONCEPTO.
990 01 112 10 OTRAS ASIGNACIONES GLOBALES.
(Para el pago del personal de la oficina del Señor Presidente y
Vicepresidentes, Primera Dama, Consejeros, Asesores, gastos especiales,
servicios técnicos profesionales y pluses del personal distribuidos en
cuotas anuales de cuarenta y cinco millones de colones (¢45.000.000,00)
para Asesores, veinte millones de colones (¢20.000.000,00) para Asistentes
y siete millones quinientos mil colones (¢7.500.000,00) millones para
secretarias ejecutivas).
2. En la página PP-104-044, del tomo No. I de la Ley.
Donde dice:
GO FF CE CF IP CONCEPTO.
990 01 112 10 OTRAS ASIGNACIONES GLOBALES.
(Para el pago de personal de la Oficina de Prensa y servicios técnicos,
distribuidos en cuotas mensuales de ¢1.5 millones para contratación de
Asesores, ¢500 mil para Asistentes, y ¢500 mil para secretarias
ejecutivas).
Debe decir:
GO FF CE CF IP CONCEPTO.
990 01 112 10 OTRAS ASIGNACIONES GLOBALES.
(Para el pago de gastos especiales y pluses del personal de la Oficina de
Prensa y servicios técnicos profesionales distribuidos en cuotas anuales de
veintidós millones de colones (¢22.000.000,00) para Asesores, diez millones
de colones (¢10.000.000,00) para Asistentes y tres millones de colones
(¢3.000.000,00) para secretarias ejecutivas).
3. En la página PP- 105-022, del tomo No. I de la Ley.
Donde dice:
GO FF CE CF IP CONCEPTO.
990 01 112 10 OTRAS ASIGNACIONES GLOBALES.
(Para el pago de personal del Ministro y Viceministro, gastos especiales y
servicios técnicos profesionales, distribuidos en cuotas mensuales de ¢1.8
millones para la contratación de Asesores, ¢700 mil para asistentes, y ¢400
mil para secretarias ejecutivas).
Debe decir:
GO FF CE CF IP CONCEPTO.
990 01 112 10 OTRAS ASIGNACIONES GLOBALES.
(Para el pago de personal del Ministro, Viceministro, Consejeros, Asesores,
Gastos Especiales, Servicios Técnicos Profesionales y pluses para el
personal, distribuidos en cuotas anuales de veintisiete millones de
colones (¢27.000.000,00) en Asesores, doce millones de colones
(¢12.000.000,00) para Asistentes y seis millones de colones (¢6.000.000,00)
para secretarias ejecutivas).
4. Autorízase a la Municipalidad de Oreamuno para variar el destino de
la partida aprobada mediante Ley No. 7089, código presupuestario 130 910
730 691 1 242 31 36, por un monto de cien mil colones (¢100.000,00) o el
saldo que haya, para compra de lote para Oratorio de Cipreses, a fin de que
se utilice para movimientos de tierra, compra de materiales y suministros
para la construcción de aulas en la Escuela de Oratorio de Cipreses.
5. Modifícase el presupuesto del año 1992, Ley N° 7272 de 18 de
diciembre de 1991, en la forma que se indica a continuación: Página: 57.
Donde dice: 702 669 27 241 14 39 Construcción delegación cantonal GAR - San
Rafael de Heredia quinientos mil colones (¢500.000,00). Debe decir: 702
669 27 241 14 39 Mantenimiento edificio Guardia Rural San Rafael de
Heredia, quinientos mil colones (¢500.000,00).
6. Autorízase a la Junta Educación Escuela de Puente Salas, Barva,
Heredia, para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley
N° 7320, código presupuestario 130 912 701 282 01 241 20 39, por un monto
de quinientos mil colones (¢500.000,00) o el saldo que haya, destinada a
construcción de aula, a fin de que se utilice para mejoras escuela Puente
Salas.
7. Se autoriza a la Junta de Educación de la Escuela de San Blas de
Cartago para variar el destino de las partidas aprobadas mediante la Ley
Nº 7320, Código presupuestario 130. 908 701-409-1241-2032 por un monto de
quinientos mil colones (¢500.000,00) o el saldo que haya, destinada a
compra de terreno, a fin de que se utilicen para obras varias de la
Escuela de San Blas.
8. Se autoriza al Concejo Municipal de Distrito de Colorado de Abangares
a variar el destino de la partida específica aprobada mediante la Ley de
Presupuesto Ordinario y Extraordinario, No. 7465, código presupuestario 130
912 730 752 1 242 21 47 por un monto de trescientos mil colones
(¢300.000,00) o el saldo que exista, destinada a la construcción del
puesto de salud de San Joaquín de Colorado de Abangares, a fin de que sea
utilizada para relleno de lotes en proyecto de vivienda popular de San
Joaquín de Colorado de Abangares.
9. Autorízase a la Municipalidad de Puriscal para que varíe el destino
de la siguiente partida aprobada mediante la Ley No. 7465: Código
presupuestario 130 900 730 638 1 242 305, por un monto de doscientos
cincuenta mil colones (¢250.000,00) o el saldo que haya, destinada para
Cancelación de Terreno para plaza de deportes de Candelarita; a fin de que
se utilice para la compra de materiales y suministros para caminos
vecinales.
10. Autorízase a la Municipalidad de Puriscal para que varíe el destino
de los siguientes saldos de partidas aprobadas mediante la Ley No. 7465:
Código presupuestario 130 900 730 649 1 242 27 5, por un monto de un millón
de colones (¢1.000.000,00) o el saldo que haya, destinada para Concejo de
Distrito de Candelarita: Fondo para complementar proyectos y obras
comunales; Código presupuestario 130 900 730 650 1 242 27 5, por un monto
de un millón de colones (¢1.000.000,00) o el saldo que haya, destinada para
Concejo de Distrito de Mercedes Sur: Fondo para complementar proyectos y
obras comunales; Código presupuestario 130 900 730 642 1 242 30 5, por un
monto de seiscientos mil colones (¢600.000,00) o el saldo que haya,
destinada para compra de terreno para deportes (Comité Santa Cecilia
Arriba); a fin de que se utilicen para la compra de materiales y
suministros para caminos vecinales.
11. Autorízase a la Asociación de Desarrollo Integral San Juan Sur de
Turrialba, para que varíe el destino de las partidas aprobadas mediante la
Ley No. 7465, código presupuestario 130 908 702 408 01 241 23 99, por un
monto de un millón de colones (¢1.000.000,00) destinada a compra ambulancia
para Cruz Roja San Juan Sur y Ley No. 7306 código presupuestario 130 922
702 400 01 241 21 37, por un monto de trescientos mil colones (¢300.000,00)
destinada a compra ambulancia comité de Cruz Roja o los saldos que hayan, a
fin de que utilicen para mejoras de caminos.
12. Autorízase a la Asociación de Desarrollo Integral San Juan Sur de
Turrialba, para que varíe el destino de las partidas aprobadas mediante la
Ley No. 7465, código presupuestario 130 908 702 408 01 241 23 99, por un
monto de un millón de colones (¢1.000.000,00), destinada a la compra
ambulancia Comité Cruz Roja San Juan Sur. Ley No. 7306, código
presupuestario 130 922 702 400 01 241 21 37 por un monto de trescientos mil
colones (¢300.000,00) destinada a compra ambulancia Comité de Cruz Roja o
los saldos que hayan, a fin de que se destinen al Comité de caminos para
mejoras de los mismos.
13. Se autoriza a la Municipalidad de Cartago para variar el destino de
la partida aprobada mediante Ley No. 7465, código presupuestario 130 906
730 222 1 242 20 32 por un monto de un millón de colones (¢1.000.000,00) o
el saldo que haya, destinada a construcción biblioteca barrio Los Ángeles
de Llano Grande, a fin de que se utilice para construcción del salón
comunal del barrio Los Ángeles de Llano Grande de Cartago.
14. Autorízase a la Municipalidad de Paraíso para variar el destino de
partida aprobada mediante Ley No. 7556, código presupuestario 130 926 730
223 27 242 31 37 por un monto de diez millones de colones (¢10.000.000,00)
o el saldo que haya, destinada a compra de terreno de Cementerio de
Paraíso, a fin de que se utilice para la construcción de tapias del
Cementerio Nuevo de Paraíso.
15. Autorízase a la Municipalidad de Paraíso para variar el destino de la
partida aprobada mediante Ley No. 7563, código presupuestario 130 905 730
588 1 242 31 37 por un monto de cuatro millones de colones (¢4.000.000,00)
o el saldo que haya, destinada a compra de terreno para Cementerio Nuevo de
Paraíso, a fin de que se utilice para la construcción de tapias del
Cementerio Nuevo de Paraíso.
16. Autorízase a la Municipalidad de Puriscal para que varíe el destino
de la siguiente partida aprobada, mediante la Ley No. 7563-95: Código
Presupuestario 130 900 730 748 01 242 27 5, por un monto de quinientos mil
colones (¢500.000,00) o el saldo que haya, destinada para fondos para
completar obras y proyectos comunales en San Antonio de Puriscal a fin de
que se utilicen en la compra de alcantarillado y lastre para el distrito de
San Antonio de Puriscal.
17. Autorízase a la Municipalidad de Puriscal para que varíe el destino
de las partidas aprobadas mediante las siguientes leyes: Ley N° 7563,
Código presupuestario 130-900-730-748-1-242-27-5, por un monto de
quinientos mil colones (¢500.000,00) destinada a Fondo para completar obras
y proyectos comunales de San Antonio de Puriscal; Ley N° 7563, Código
presupuestario 730-000-00 242 00, por un monto de cincuenta y dos mil
novecientos treinta y cuatro colones con cuarenta y cuatro céntimos
(¢52.934,44) destinada para construcción de distrito San Antonio cementerio
y obras comunales; Ley N° 7652, Código presupuestario 130-900-730-759-1-242-
27-5, por un monto de quinientos mil colones (¢500.000,00) destinada a
Consejo de Distrito de San Antonio: Fondo para completar obras y proyectos
comunales en San Antonio Abajo; Ley N° 7652, Código presupuestario 130-900-
730-760-1-242-27-5, por un monto de quinientos mil colones (¢500.000,00)
destinada a Consejo de Distrito de San Antonio: Fondo para completar obras
y proyectos comunales en Charcón; Ley N° 7652, Código presupuestario 130-
900-730-761-1-242-27-5, por un monto de quinientos mil colones
(¢500.000,00) destinada a Consejo de Distrito de San Antonio: Fondo para
completar obras y proyectos comunales en San Antonio Centro; Ley N° 7652,
Código presupuestario 130-900-730-764-1-242-47-5, por un monto de
quinientos mil colones (¢500.000,00) destinada a cementado de la calle a
Naranjito en el Estero de San Antonio y utilice los saldos existentes en la
compra de alcantarillado y lastre para el distrito de San Antonio de
Puriscal.
18. Autorízase a la Municipalidad de Puriscal para que varíe el destino
de la siguiente partida aprobada, mediante la Ley No.7563: Código
Presupuestario 130 900 730 748 1 242 27 5, por un monto de un quinientos
mil colones (¢500.000,00) o el saldo que haya, destinada para Concejo de
Distrito de San Antonio: Fondo para complementar proyectos y obras
comunales, a fin de que se utilice para compra de materiales y suministros
para caminos vecinales.
19. Se autoriza a la Municipalidad de Buenos Aires, para variar el
destino de la partida "Plaza de fútbol de Convento de Volcán". aprobada
mediante Ley N° 7563, código presupuestario 130.910.730-425-1-242-30-49,
por un monto de setecientos mil colones (¢700.000,00) o el saldo que haya
de la misma, a fin de que se utilice para: "construcción plaza de fútbol
Convento de Volcán.
20. Autorízase al Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados
para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N° 7649,
código presupuestario N° 130 916 731 234 1 242 26 6, por un monto de cinco
millones de colones (¢5.000.000,00) o el saldo que haya, destinada para
alcantarillados de aguas negras en Los Aserrines distrito de Mata Redonda,
a fin de que se utilice para alcantarillado pluvial en Los Aserrines,
distrito de Mata Redonda.
21. Autorízase a la Municipalidad de Puriscal para que varíe el destino
del siguiente saldo de la partida aprobada mediante la Ley Nº 7649: Código
presupuestario 130 916 663 269 01 132 47, por un monto de cinco millones de
colones (¢5.000.000,00) o el saldo que haya, destinada para contratar
equipo de acarreo (vagonetas para finalizar y rehabilitar la carretera
Salitrales-Parrita como vía alterna Zona Sur del país), a fin de que se
utilice para la compra de materiales y suministros para caminos vecinales.
22. Se autoriza a la Municipalidad de Cartago para variar el destino de
la partida aprobada mediante Ley Nº 7649, código presupuestario 130 916 730
816 1 242 28 32 por un monto de quinientos mil colones (¢500.000,00) o el
saldo que haya, destinada a construcción Biblioteca Barrio Los Ángeles de
Llano Grande, a fin de que se utilice para construcción del Salón Comunal
del Barrio Los Ángeles de Llano Grande de Cartago.
23. Se autoriza a la Junta Administrativa del Liceo Mauro Fernández,
Tibás, para variar el destino de la partida aprobada mediante la Ley No.
7652, Título 130, Programa 901, código Presupuestario 731-539-1-242-20-2,
por un monto de dos millones quinientos mil colones (¢2.500.000,00) o el
saldo que haya, destinada a inicio de construcción de piscina, a fin a de
que se utilice para arreglos de la infraestructura física del Liceo.
24. Autorízase a la Asociación desarrollo integral Área Sur para que
varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley No. 7652, código
presupuestario 130-909-00-702-306-1-241-47-55, por un monto de dos millones
de colones (¢2.000.000,00) o el saldo que haya, destinada a construcción
del punte de la comunidad indígena Awari, a fin de que se utilice para
conclusión de la construcción del local de la Asociación de Desarrollo
Integral Área Sur de Siquirres.
25. Autorízase a la Asociación de Desarrollo Integral de Moreno Cañas,
Zapote, para variar el destino de la partida aprobada mediante la Ley Nº
7652, código presupuestario 130 900 00 702 552 1 241 26 4, por un monto de
dos millones de colones (¢2.000.000,00) o el saldo que haya, destinada a
proyecto de entubamiento de aguas negras, a fin de que se utilice para
proyecto de salón comunal en Barrio Moreno Cañas.
26. Autorízase a la Municipalidad de Puriscal para que varíe el destino
de los siguientes saldos de partidas aprobadas mediante la Ley No. 7652-97:
Código presupuestario 130 90000 730 765 1 242 20 5, por un monto de
doscientos mil colones (¢200.000,00) o el saldo que haya, destinada para
Banco de Materiales Talleres Públicos del INA; Código presupuestario 130
90000 730 758 1 242 25 5, por un monto de un millón quinientos mil colones
(¢1.500.000,00) o el saldo que haya, destinada para reparación y
construcción de viviendas para familias de escasos recursos económicos para
ser distribuida por la Comisión Cantonal de Vivienda; Código presupuestario
130 90000 730 766 1 242 26 5, por un monto de cien mil colones
(¢100.000,00) o el saldo que haya, destinada para compra de cemento para
utilizarlo en construcción de alcantarillas para el Distrito de Chires;
Código presupuestario 130 90000 730 760 1 242 27 5, por un monto de
quinientos mil colones (¢500.000,00) o el saldo que haya, destinada para
Concejo de Distrito de San Antonio: Fondo para complementar obras y
proyectos comunales en Charcón; Código presupuestario 130 90000 730 764 1
242 47 5, por un monto de quinientos mil colones (¢500.000,00) o el saldo
que haya, destinada para cementado de la Calle a Naranjito en el Estero de
San Antonio; Código presupuestario 130 90000 730 759 1 242 27 5, por un
monto de quinientos mil colones (¢500.000,00) o el saldo que haya,
destinada para Concejo de Distrito de San Antonio: Fondo para complementar
obras y proyectos comunales en San Antonio Abajo; Código presupuestario
130 90000 730 761 1 242 27 5, por un monto de quinientos mil colones
(¢500.000,00) o el saldo que haya, destinada para Concejo de Distrito de
San Antonio: Fondo para complementar obras y proyectos comunales en San
Antonio Centro; a fin de que se utilicen para la compra de materiales y
suministros para caminos vecinales.
27. Se autoriza a la Junta de Educación de la escuela Las Mercedes de
Ciudad Quesada, para variar el destino de la partida aprobada mediante Ley
Nº 7652, código presupuestario 130 902 00 731 899 1 242 20 9 por un monto
de un millón quinientos mil colones (¢1.500.000,00) o el saldo que haya,
destinado para la compra de instrumentos musicales para la banda
estudiantil de la escuela para que se utilice en la remodelación del aula
de cómputo de la escuela.
28. Se autoriza a la Municipalidad de San Carlos, para variar el destino
de la partida aprobada mediante Ley Nº 7652, código presupuestario 130-902-
730-875-1-242-27-23, por un monto de quinientos mil colones (¢500.000,00)
la cual estaba destinada al Comité de Desarrollo de Pénjamo, para que en
adelante se lea "Asociación de Desarrollo Comunal de Florencia, para la
compra de terreno y ampliación del salón multiuso de Pénjamo de Florencia".
29. Se autoriza a la Junta Administrativa del Liceo Mauro Fernández,
Tibás, para variar el destino de la partida aprobada mediante la Ley Nº
7662, título 130, Programa 917, código presupuestario 731-227-1-242-20-2,
por un monto de dos millones quinientos mil colones (¢2.500.000,00) o el
saldo que haya, destinada a inicio de construcción de piscina, a fin de que
se utilice para arreglos de la infraestructura física del Liceo.
30. Autorízase a la Municipalidad de Oreamuno para variar el destino de
la partida aprobada mediante Ley Nº 7853, código presupuestario 130 902 730
396 27 242 20, por un monto de dos millones de colones (¢2.000.000,00) o el
saldo que haya, para compra de terreno construcción de la Escuela de
Oratorio de Cipreses, a fin de que se utilice para movimientos de tierra,
compra de materiales y suministros para la construcción de aulas en la
Escuela de Oratorio de Cipreses.
31. Se autoriza a la Municipalidad de Cartago para variar el destino de
la partida aprobada mediante Ley Nº 7853, código presupuestario 130 902 730
223 27 242 47 por un monto de cinco millones de colones (¢5.000.000,00) o
el saldo que haya, destinada asfaltado de la calle El Alumbre en San Juan
Norte, a fin de que se utilice para compra de asfalto para el arreglo de
caminos en el distrito de Corralillo de Cartago.
32. Autorízase a Municipalidad del Cantón de Sarapiquí, Heredia, para que
varíe el destino de la partida aprobada mediante Ley Nº 7853, código
presupuestario 130-904-730-340-27-242-27; por un monto de un millón de
colones (¢1.000.000,00) o el saldo que haya, destinado a construcción salón
multiuso Las Palmitas, a fin de que se utilice para Reparación y lastreo
de caminos de Las Palmitas.
33. Se autoriza a la Municipalidad de Abangares a variar el destino de la
partida específica aprobada mediante la Ley de Presupuesto Ordinario y
Extraordinario de la República, Nº 7853, código presupuestario 130 904 730
640 27 242 30, por un monto de un millón quinientos mil colones
(¢1.500.000,00) o el saldo que exista, destinada a la cancha baloncesto La
Palma, a fin de que sea utilizada en la reparación del salón multiuso de la
escuela Joaquín Arroyo.
34. Autorízase a la Municipalidad de León Cortés, para que varíe el
destino de las siguientes partidas: Ley 7853, código presupuestario No.
130 900 730 621 27 242 30, por un monto de cuatro millones ciento cincuenta
y cinco mil colones (¢4.155.000,00) o el saldo que haya, destinada a la
compra de terreno para campo deportivo en San Andrés, a fin de destinarla
a: 1. Compra de terreno en San Andrés de León Cortés por un monto de dos
millones quinientos mil colones (¢2.500.000,00). 2. Construcción primera
etapa salón multiuso en San Andrés de León Cortés, por un monto de un
millón seiscientos cincuenta y cinco mil colones (¢1.655.000,00) o el saldo
que haya. Ley Nº 7853, código presupuestario No. 130 900 730 617 27 242
20, por un monto de seiscientos mil colones (¢600.000,00) o el saldo que
haya, destinada a mejoras malla escuela Llano Bonito, a fin de destinarla a
la construcción de malla escuela San Francisco de Llano Bonito, León
Cortés. Ley Nº 7952, código presupuestario 130 901 730 252 1 242 30, por un
monto de cuatro millones treinta y ocho mil setecientos cuarenta y cinco
colones (¢4.038.745,00) o el saldo que haya, destinada a la compra de
terreno para campo deportivo en San Andrés, a fin de destinarla a la
construcción de salón multiuso en San Andrés de León Cortés.
35. Autorízase a la Municipalidad de Nandayure para que varíe el destino
de la partida aprobada mediante Ley Nº 7853, código presupuestario 130 904
730 670 27 242 47, por un monto de ochocientos mil colones (¢800.000,00) o
el saldo que haya, destinada para puente montado en vigas de ocho metros de
luz sobre río Nandayure camino a San Rafael, a fin de que se utilice para
construcción salón comunal de San Rafael.
36. Autorízase a la Municipalidad de Palmares para variar el destino de
la partida aprobada mediante la Ley Nº 7853 del 04 de diciembre de 1998,
código presupuestario 130-901-730-508-27-242-47 por un monto de doscientos
noventa mil colones sin céntimos (¢290.000,00) o el saldo que haya,
destinada a "Arreglo de carretera y lastreado calle a la Plaza en la
Granja", a fin de que se utilice para "Arreglo de la Carretera del Proyecto
La Esperanza en La Granja" Según lo manifiesta el Concejo de Palmares, en
Sesión Ordinaria Nº 133, capítulo IV, artículo 4 inciso 6, celebrada el 23
de octubre del 2001.
37. Autorízase a la Municipalidad de Vásquez de Coronado, para que varíe
el destino de la partida aprobada mediante la Ley Nº 7853, código
presupuestario 112 300 00 730 27 242 30 384, por un monto de dieciocho
millones de colones (¢18.000.000,00) o el saldo que haya, destinada a
iluminación del Estado Municipal de Vásquez de Coronado, a fin de que se
utilice para gastos varios del Estadio Municipal de Vásquez de Coronado.
38. Se autoriza a la Municipalidad de Bagaces a variar el destino de la
partida específica aprobada mediante la Ley de Presupuesto Ordinario y
Extraordinario de la República, Nº 7853, código presupuestario 130 904 730
507 27 242 30, por un monto de tres millones ciento tres mil cuarenta
colones (¢3.103.040,00) o el saldo que exista, destinada a compra y
construcción de cancha de fútbol, Distrito de Río Naranjo, a fin de que sea
utilizada en mejoras a la cancha de fútbol del distrito de Río Naranjo.
39. Se autoriza a la Municipalidad de Bagaces a variar el destino de la
partida específica aprobada mediante la Ley de Presupuesto Ordinario y
Extraordinario de la República, Fiscal y por Programas para el Ejercicio
Económico del 1999, Ley Nº 7853, código presupuestario 130 904 730 486 27
242 21, para la construcción de nueva Clínica de CCSS distrito Bagaces, por
un monto de diez millones de colones (¢10.000.000,00) o el saldo que
exista; a fin de que dos millones de colones (¢2.000.000,00) sean
utilizados en la compra de terreno para la Caja Costarricense de Seguro
Social para la construcción de la Clínica de Bagaces, cuatro millones de
colones (¢4.000.000,00) sean utilizados en la construcción de 4 aulas para
la catequesis en la Parroquia de Fortuna, dos millones de colones
(¢2.000.000,00) en el alcantarillado y otras obras de infraestructura en
el terreno de la Caja Costarricense de Seguro Social en el que se
construirá la Clínica de Bagaces, un millón de colones (¢1.000.000,00) en
la iluminación y otras obras de infraestructura en el Parque Central de
Bagaces y un millón de colones (¢1.000.000,00) en el mantenimiento y
mejoras en el Parque Infantil Rosita Aragón.
40. Se autoriza a la Municipalidad de Abangares a variar el destino de la
partida específica aprobada mediante la Ley de Presupuesto Ordinario y
Extraordinario de la República, Nº 7853, código presupuestario 130 904 730
666 27 242 41, por un monto de tres millones quinientos mil colones
(¢3.500.000,00) o el saldo que exista, destinada para el recibidor pescado
barrio Conchal, a fin de que sea utilizada para el recibidor de pescado de
Colorado de Abangares.
41. Autorízase a la Municipalidad de Sarapiquí, para que varíe el destino
de la partida aprobada mediante la Ley N° 7853, código presupuestario N°
130 903 730 356 27 242 30, por un monto de un millón ochocientos mil
colones (¢1.800.000,00) o el saldo que haya, destinada a construcción de
una cancha de basquetboll en Horquetas, a fin de que se utilice para
arreglo y mejoras de la cancha de fútbol en Horquetas.
42. Se autoriza a la Municipalidad de Puntarenas para variar el destino
de la partida aprobada mediante Ley No. 7853 del 4 de diciembre de 1998,
código presupuestario 112-300-00-730-27-242-44-364 por un monto de dos
millones de colones (¢2.000.000,00) o el saldo que exista, destinada a
Municipalidad de Puntarenas (electrificación de cancha de fútbol de Jicaral
Centro), a fin de que se gire a la Asociación Club Rotario de Puntarenas
para mejoras en la cancha de fútbol de Jicaral Centro.
43. Se autoriza a la Municipalidad de Puntarenas para variar el destino
de la partida aprobada mediante Ley Nº 7853 del 4 de diciembre de 1998,
código presupuestario 112-300-00-730-27-242-20-362 por un monto de dos
millones de colones (¢2.000.000,00) o el saldo que exista, destinada a
Municipalidad de Puntarenas (compra de lote para funcionamiento Escuela de
San Joaquín de Barranca), a fin de que se gire a la Junta de Educación de
la Escuela San Joaquín de Barranca para compra de lote para la Escuela.
44. Se autoriza a la Municipalidad de Puntarenas para variar el destino
de la partida aprobada mediante Ley Nº 7853 del 4 de diciembre de 1998,
código presupuestario 112-300-00-730-27-242-14-360 por un monto de
quinientos mil colones (¢500.000,00) o el saldo que exista, destinada a
Municipalidad de Puntarenas (construcción de caseta auxiliar de vigilancia,
Riojalandia de Barranca), a fin de que se gire a la Asociación Club Rotario
de Puntarenas para iluminación de cancha de deportes de Fray Casiano de
Madrid.
45. Se autoriza a la Municipalidad de Puntarenas para variar el destino
de la partida aprobada mediante Ley Nº 7853 del 4 de diciembre de 1998,
código presupuestario 112-300-00-730-27-242-44-376 por un monto de un
millón doscientos cincuenta mil colones (¢1.250.000,00) o el saldo que
exista, destinada a Municipalidad de Puntarenas, Iluminación de cancha de
fútbol, Lepanto Centro, a fin de que se gire a la Asociación Club Rotario
de Puntarenas para mejoras en la cancha de fútbol de Lepanto Centro.
46. Se autoriza a la Municipalidad de Puntarenas para variar el destino
de la partida aprobada mediante Ley Nº 7853 del 4 de diciembre de 1998,
código presupuestario 112-300-00-730-27-242-30-374 por un monto de
quinientos mil colones (¢500.000,00) o el saldo que exista, destinada a
Municipalidad de Puntarenas, mejoras en la plaza de deportes Cuajiniquil de
Lepanto, a fin de que se gire a la Asociación Club Rotario de Puntarenas
para mejoras en la plaza de deportes de Cuajiniquil de Lepanto.
47. Se autoriza a la Municipalidad de Puntarenas para variar el destino
de la partida aprobada mediante Ley Nº 7853 del 4 de diciembre de 1998,
código presupuestario 112-300-00-730-27-242-26-366 por un monto de
doscientos cincuenta mil colones (¢250.000,00) o el saldo que exista,
destinada a Municipalidad de Puntarenas (compra de transformador de 10 kw
para la bomba de agua San Blas de Jicaral) a fin de que se gire a la
Asociación Club Rotario de Puntarenas para mejoras en el acueducto rural de
San Blas de Jicaral de Puntarenas.
48. Se autoriza a la Municipalidad de Puntarenas para variar el destino
de la partida aprobada mediante Ley Nº 7853 del 4 de diciembre de 1998,
código presupuestario 112-300-00-730-27-242-30-392 por un monto de un
millón de colones (¢1.000.000,00) o el saldo que exista, destinada a
Municipalidad de Puntarenas, reparación y alumbrado de plaza de deportes
Judas de Chomes, a fin de que se gire a la Asociación Club Rotario de
Puntarenas para mejoras en la plaza de deportes de Judas de Chomes.
49. Se autoriza a la Municipalidad de Puntarenas para variar el destino
de la partida aprobada mediante Ley Nº 7853 del 4 de diciembre de 1998,
código presupuestario 112-300-00-730-27-242-14-360 por un monto de
quinientos mil colones (¢500.000,00) o el saldo que exista, destinada a
Municipalidad de Puntarenas, construcción de caseta auxiliar de vigilancia,
Riojalandia de Barranca, a fin de que se gire a la Asociación Club Rotario
de Puntarenas, para iluminación de cancha de deportes de Fray Casiano de
Madrid.
50. Se autoriza a la Municipalidad de Puntarenas para variar el destino
de la partida aprobada mediante Ley No. 7853 del 4 de diciembre de 1998,
código presupuestario 112-300-00-730-27-242-20-362 por un monto de dos
millones de colones (¢2.000.000,00) o el saldo que exista, destinada a
Municipalidad de Puntarenas, compra de lote para funcionamiento Escuela de
San Joaquín de Barranca, a fin de que se gire a la Junta de Educación de la
Escuela San Joaquín de Barranca para compra de lote para la Escuela.
51. Se autoriza a la Municipalidad de Puntarenas para variar el destino
de la partida aprobada mediante Ley Nº 7853 del 4 de diciembre de 1998,
código presupuestario 112-300-00-730-27-242-30-359 por un monto de un
millón de colones (¢1.000.000,00) o el saldo que exista, destinada a
Municipalidad de Puntarenas, construcción muro de contención de la plaza de
fútbol La Guaria de San Miguel de Barranca, a fin de que se gire a la Junta
de Educación del centro Educativo La Guaria de Barranca, para mejoras en
Centro Educativo La Guaria de Barranca.
52. Se autoriza a la Municipalidad de Puntarenas para variar el destino
de la partida aprobada mediante Ley Nº 7853 del 4 de diciembre de 1998,
código presupuestario 112-300-00-730-27-242-20-368 por un monto de ciento
cincuenta mil colones (¢150.000,00), o el saldo que exista, destinada a
Municipalidad de Puntarenas, compra de refrigerador para el comedor Escuela
Carmen Lyra, Cóbano, a fin de que se gire a la Junta de Educación de la
Escuela Carmen Lyra, para mejoras en el comedor escolar.
53. Se autoriza a la Municipalidad de Puntarenas para variar el destino
de la partida aprobada mediante Ley Nº 7853 del 4 de diciembre de 1998,
código presupuestario 112-300-00-730-27-242-30-375 por un monto de
quinientos mil colones (¢500.000,00) o el saldo que exista, destinada a
Municipalidad de Puntarenas, compra de terreno para plaza deportes Las
Milpas, Lepanto, a fin de que se gire a la Junta de Educación de la Escuela
de Las Milpas de Lepanto para mejoras en infraestructura.
54. Se autoriza a la Municipalidad de Puntarenas para variar el destino
de la partida aprobada mediante Ley Nº 7853 del 4 de diciembre de 1998,
código presupuestario 112-300-00-730-27-242-30-374 por un monto de ciento
diez mil colones (¢110.000,00) o el saldo que exista, destinada a
Municipalidad de Puntarenas, Mejoras en la Cancha Multiuso Paquera Centro,
a fin de que se gire a la Junta Administrativa del Colegio Técnico
Profesional de Paquera para mejoras en la cancha multiuso.
55. Se autoriza a la Municipalidad de Puntarenas para variar el destino
de la partida aprobada mediante Ley Nº 7853 del 4 de diciembre de 1998,
código presupuestario 112-300-00-730-27-242-30-371 por un monto de un
millón quinientos mil colones (¢1.500.000,00) o el saldo que exista,
destinada a Municipalidad de Puntarenas, Construcción de Cancha Multiuso
Paquera Centro, a fin de que se gire a la Junta Administrativa del Colegio
Técnico Profesional de Paquera para mejoras en la cancha multiuso.
56. Se autoriza a la Municipalidad de Puntarenas para variar el destino
de la partida aprobada mediante Ley Nº 7853 del 4 de diciembre de 1998,
código presupuestario 112-300-00-730-27-242-30-358 por un monto de dos
millones de colones (¢2.000.000,00) o el saldo que exista, destinada a
Municipalidad de Puntarenas (construcción muro de contención de la plaza de
fútbol de San Miguel de Barranca) a fin de que se gire a la Asociación Club
Rotario de Puntarenas para construcción y/o mejoras del Salón Comunal, de
San Miguel de Barranca.
57. Autorízase a la Municipalidad de Guácimo, para que varíe el destino
de la partida aprobada mediante la Ley Nº 7853, código presupuestario 130
906 730 412 27 242 27, por un monto de dos millones de colones
(¢2.000.000,00) o el saldo que haya, destinada a compra de terreno comunal
Santa Rosa, a fin de que se utilice para construcción de cancha de fútbol
de Santa Rosa.
58. Autorízase a la Municipalidad de Escazú para que varíe el destino de
la siguiente partida aprobada, mediante la Ley No.7853-98: Código
Presupuestario 130-900, 730 207 27 242 26, por un monto de cuatro millones
trescientos seis mil ochocientos colones (¢4.306.800,00) o el saldo que
haya, destinada para perforación de pozo para agua cien metros de
profundidad en Bebedero de San Antonio de Escazú, a fin de que se utilice
para asfaltado, construcción de cunetas y cabezales en Vuelta El Sauce y el
Llano de Los Tinos en la Calle hacia Bebedero.
59. Autorízase a la Municipalidad de Escazú para que varíe el destino de
la siguiente partida aprobada, mediante la Ley No. 7853-98: Código
Presupuestario 130-900, 730 214 27 242 27, por un monto de un millón
quinientos mil colones (¢1.500.000,00) o el saldo que haya, destinada para
proyecto de nomenclatura de casas y calles en la urbanización Trejos
Montealegre a fin de que se utilice para alumbrado y mejoras al parque
Buenaventura.
60. Autorizase a la Municipalidad de Turrubares para que varíe el destino
de la siguiente partida aprobada mediante la Ley No. 7853: Código
presupuestario 130 900 730 579 27 242 47, por un monto de un millón de
colones (¢1.000.000,00) o el saldo que haya, destinada para construcción
puente sobre quebrada Candelillal; a fin de que se utilice para la
reparación de caminos en el Barro, Paso Agres y Lagunas.
61. Autorízase a la Municipalidad de Turrubares para que varíe el destino
de la siguiente partida aprobada, mediante la Ley No. 7853-98: Código
Presupuestario 130-900, 730 557 27 242 25, por un monto de siete millones
de colones (¢7.000.000,00) o el saldo que haya, destinada para compra de
terreno para construcción de vivienda para familias indigentes a fin de que
se utilice para gastos administrativos y operativos de la municipalidad de
Turrubares.
62. Autorízase a la Municipalidad de Sarapiquí para que varíe el destino
y utilice los saldos de las partidas aprobadas mediante las siguientes
leyes: Ley No. 7853 Relastreo de camino que conduce a La Suerte
veinticuatro mil cuatrocientos cuarenta y tres colones con sesenta céntimos
(¢24.443,60). Ley No. 7853 Relastreo de camino que conduce a Llano Grande
dieciocho mil setecientos sesenta y siete colones con veinticuatro céntimos
(¢18.767,24). Ley No. 7853 Relastreo de camino que conduce a San Gerardo
nueve mil doscientos cuarenta y cuatro colones con cuarenta céntimos
(¢9.244,40). Ley No. 7952 Asfaltado de Finca Cinco, distrito Horquetas
veinticuatro mil ochocientos cuarenta y dos colones con ochenta y tres
céntimos (¢24.842,83). Ley 7952 Lastreo de calle de Ticari al puente de
Lata un millón quinientos noventa y seis mil setecientos sesenta y dos
colones (¢1.596.762,00). Ley No. 7853 Construcción salón comunal
comunidad Gaspar cuarenta y dos mil ochocientos setenta y siete colones con
un céntimo (¢42.877,01). Ley No. 7853 Construcción aula escuela Achiote
ocho mil seiscientos diecinueve colones con noventa y cuatro céntimos
(¢8.619,94). Ley No. 7853 Construcción aula escuela Boca La Ceiba
dieciocho mil trescientos treinta y dos colones con setenta y un céntimos
(¢18.332,71). Ley No. 7853 Construcción aula escuela La Trinidad treinta y
seis mil seiscientos sesenta y cinco colones con treinta y ocho céntimos
(¢36.665,38). Ley No. 7853 Construcción aula recursos escuela La Guaria
diecinueve mil doscientos sesenta y nueve colones con ochenta y tres
céntimos (¢19.269,83). Ley No. 7853 Construcción salón multiuso comunidad
San Isidro doce mil ochocientos trece colones con cincuenta y seis céntimos
(¢12.813,56). Ley No. 7853 Construcción instalación aula enseñar cómputo
Colonia Villalobos mil doscientos sesenta y siete colones con veintiún
céntimos (¢1.267,21). Ley No. 7853 Construcción salón multiuso comunidad
Huetares doce mil ochocientos dieciséis colones con setenta y siete
céntimos (¢12.816,77). Ley No. 7853 Reparación escuela Finca Agua diez mil
setecientos quince colones con diecisiete céntimos (¢10.715,17). Ley No.
7853 Construcción salón multiuso comunidad El Mortero treinta mil
quinientos cincuenta y cuatro colones con cincuenta céntimos (¢30.554,50).
Ley No. 7853 Reconstrucción escuela La Rambla mil novecientos sesenta y
cinco colones con cuarenta y ocho céntimos (¢1.965,48). Ley No. 7853
Reconstrucción escuela Finca Once tres mil quinientos cincuenta y cuatro
colones con veintiocho céntimos (¢3.554,28). Ley No. 7853 Construcción
salón comunal de Media Vuelta dos mil setecientos trece colones con
cuarenta y tres céntimos (¢2.713,43). Ley No. 7853 Reparación comedor
escolar escuela El Cruce diecisiete mil cuatrocientos veinticinco colones
con veintitrés céntimos (¢17.425,23). Ley 7853 Construcción salón comunal
comunidad de Cerro Negro nueve mil cuarenta y tres colones con noventa y
ocho céntimos (¢9.043,98). Ley No. 7853 Mejoras comedor escolar colegio de
Puerto Viejo catorce mil cuatrocientos setenta colones con treinta y nueve
céntimos (¢14.470,39). Ley No. 7853 Construcción salón multiuso El Palmar
seis mil cuatrocientos ochenta y dos colones con ochenta y ocho céntimos
(¢6.482,88). Ley 7853 Construcción salón multiuso La Chaves tres mil
doscientos cuarenta y un colones con sesenta y cinco céntimos (¢3.241,65).
Ley No. 7853 Construcción salón multiuso Finca Cinco siete mil doscientos
cincuenta y tres colones con veintidós céntimos (¢7.253,22). Ley 7853
Construcción salón multiuso El Tigre once mil quinientos cincuenta y seis
colones con cuarenta y dos céntimos (¢11.556,42). Ley 7853 Reconstrucción
salón comunal comunidad Nazareth once mil quinientos setenta y cinco
colones con ochenta y nueve céntimos (¢11.575.89). Ley No. 7853
Construcción aula escuela Colonia Los Ángeles treinta y cinco mil ciento
setenta y ocho colones con sesenta y nueve céntimos (¢35.178,69). Ley 7853
Reconstrucción iglesia católica La Platanera tres mil doscientos cuarenta y
un colones con cuarenta y cinco céntimos (¢3.241.45). Ley 7853
Construcción salón multiuso La Esperanza tres mil doscientos cuarenta y un
colones con cuarenta y cinco céntimos (¢3.241.45). Ley No. 7853
Electrificación comunidad La Aldea noventa y siete mil setecientos sesenta
y siete colones con cuarenta y siete céntimos (¢97.767,47). Ley 7853
Construcción tanque de almacenamiento agua potable Pablo Presbere cuarenta
y seis mil setecientos seis colones con sesenta y dos céntimos
(¢46.706,62). Ley 7853 Construcción acueducto Finca Cinco nueve mil
cuarenta y cinco colones con sesenta y dos céntimos (¢9.045,62). Ley No.
7952 ayuda para electrificación La Delia ciento veintiocho mil setecientos
noventa y tres colones con treinta céntimos (¢128.793,30). Ley 7853
Reconstrucción redondel de San Julián tres mil trescientos veinticinco
colones con ochenta y siete céntimos (¢3.325,87). Ley No. 7853
Construcción malla escuela El Semillero veintidós mil novecientos cinco
colones con treinta y tres céntimos (¢22.905,33). Ley No. 7853
Construcción redondel toros La Virgen noventa y tres mil ochocientos
treinta y seis colones con veintinueve céntimos (¢93.836,29). Ley No. 7853
Construcción play ground Los Venados dieciocho mil setecientos sesenta y
siete colones con veinticuatro céntimos (¢18.767,24). Ley No. 7853
Restaurar plaza de deportes La Cubujuquí nueve mil cuarenta y tres colones
con noventa y ocho céntimos (¢9.043,98). Ley No. 7952 Parque de Horquetas
tres millones treinta y cinco mil setecientos veintitrés colones con
cincuenta céntimos (¢3.035.723,50). Ley No. 7952 Ayuda Cruz Roja Río Frío
un millón de colones (¢1.000.000,00). Ley No. 7853 Compra de implementos
deportivos comunidad La Virgen cuatro mil doscientos siete colones con
diecinueve céntimos (¢4.207,19). Ley No. 7853 Adquirir motor fuera borda
Comando Atlántico veintidós mil seiscientos ochenta y dos colones con
noventa y dos céntimos (¢22.682,92). Ley No. 7131 Aporte del gobierno
para financiar ciclista etapa Sarapiquí doscientos cuarenta colones con
cuarenta céntimos (¢240,40). Ley 7131 Aporte del gobierno compra de
materiales y suministros para gastos varios cinco colones (¢5,00). Ley No.
7131 Aporte gobierno para compra de una batidora cincuenta y dos mil
trescientos sesenta y cinco colones con setenta y seis céntimos
(¢52.365,76). Ley 7111 Aporte gobierno para compra de una máquina de hacer
block La Villalobos veinticinco colones (¢25,00). Ley 7111 Compra equipo
oficina gubernamental Puerto Viejo ochenta y seis céntimos (¢0,86). Ley
7111 Compra equipo fluvial comunidad Puerto Viejo doscientos quince colones
(¢215,00) Ley 6035 Becas a estudiantes egresados colegio que estudian
fuera del cantón cuatro mil trescientos ochenta y dos colones con siete
céntimos (¢4.382,07). Ley No. 6035 Transferir a la Asociación desarrollo
comunidad del Roble, reparación puente setenta y un mil cuatrocientos
dieciséis colones con sesenta y ocho céntimos (¢71.416,68). Ley No. 6035
Reparación puente río Toro Amarillo Paso Cipriano ciento ochenta y un
colones con cuarenta y un céntimos (¢181,41). Ley No. 7111 Lastreo camino
comunidad San Clara seiscientos setenta y tres colones con ochenta céntimos
(¢673,80). Ley No. 7111 Reparación escuela San Bernardino dos mil
setecientos sesenta y un colones con treinta y cuatro céntimos (¢2.761,34).
Ley No. 7018 Obras varias en el cantón setenta y tres colones con treinta
y cinco céntimos (¢73,65). Ley No. 7018 Construcción acueducto La Virgen
veinticinco céntimos (¢0,25). Ley No. 7018 Construcción muelle en Puerto
Viejo quinientos catorce colones con noventa y un céntimos (¢514.91). Ley
No. 7018 Financiar gastos ciclística y otros programas deportivos, Comité
cantonal de deportes Sarapiquí treinta mil ochocientos quince colones con
sesenta y un céntimos (¢30.815,61). Ley No. 7018 Compra de equipo,
material didáctico, mobiliario escuela Rancho Quemado Chilamate tres mil
setecientos ochenta y un colones con setenta y un céntimos (¢3.781,71).
Ley No. 7018 Aporte al CINAE San Miguel de Sarapiquí treinta y ocho mil
novecientos cincuenta colones con cuarenta céntimos (¢38.950,40). Ley No.
7018 Programa de Desarrollo Ambiental doce mil quinientos veintiséis
colones con diez céntimos (¢12.526,10). Ley No. 7018 Compra instrumentos
musicales Escuela Municipal de Música dos millones quinientos diecisiete
mil setecientos nueve colones con sesenta céntimos (¢2.517.709,60) por un
monto de nueve millones doscientos veintiocho mil trescientos ochenta y un
colones con cuarenta y siete céntimos (¢9.228.381,47) o el saldo que haya,
a fin de que se destine un millón de colones (¢1.000.000,00) para
electrificación del Mortero en Horquetas y ocho millones doscientos
veintiocho mil trescientos ochenta y un colones con cuarenta y siete
céntimos (¢8.228.381,47) para arreglo, construcción y asfaltado de caminos
y calles del distrito de Horquetas (incluye horas extras, materiales y
suministros, otros servicios no personales y jornales ocasionales).
63. Se autoriza a la Municipalidad de Cartago para variar el destino de
la partida aprobada mediante Ley No. 7853, código presupuestario 130 902
730 223 27 242 47 por un monto de cinco millones de colones (¢5.000.000,00)
o el saldo que haya, destinada asfaltado de la calle El Alumbre en San Juan
Norte, a fin de que se utilice para compra de asfalto para el arreglo de
caminos en el distrito de Corralillo de Cartago.
64. Autorízase a la Municipalidad de Palmares para variar el destino de
la partida aprobada mediante la Ley No. 7853 del 04 de diciembre de 1998,
código presupuestario 130-901-730-498-27-242-21 por un monto de seiscientos
mil colones (¢600.000,00) o el saldo que haya, destinada a reparación del
Centro de Salud de la comunidad de Candelaria, a fin de que se utilice para
tres proyectos: para mantenimiento y reparación de la escuela Los Pinos de
Candelaria, por un monto de ciento cincuenta mil colones (¢150.000,00),
para reparación y mantenimiento la escuela Jacinto Ávila de Candelaria por
un monto de cien mil colones (¢100.000,00) y para lastrado y cementado de
la calle Los Pinos hacia La Chola y calle hacia el tanque, por un monto de
trescientos cincuenta mil colones (¢350.000,00), según lo manifiesta el
Concejo de Palmares, en sesión ordinaria No.170, capítulo VI, artículo 9
celebrada el 09 de julio del 2001.
65. Autorízase a la Municipalidad de Nicoya para que varíe el destino de
la partida aprobada mediante Ley No. 7853, código presupuestario 130 904
730 304 27 242 27, por un monto de quinientos mil colones exactos
(¢500.000,00) o el saldo que haya, destinada para terminar salón multiuso
de San Vicente, a fin de que se utilice para concluir reparación calle
frente al salón comunal de San Vicente.
66. Se autoriza a la Municipalidad de Cartago para variar el destino de
la partida aprobada mediante la Ley Nº 7853, código presupuestario
130.902 730-223-27-242-47, por un monto de cinco millones de colones
(¢5.000.000,00) o el saldo que haya, destinada a asfaltado de la calle El
Alumbre en San Juan Norte, que se utilice para compra de asfalto para el
arreglo de caminos, distrito de Corralillo."
67. Se autoriza a la Municipalidad de El Guarco para variar el destino de
la partida aprobada mediante la Ley Nº 7853, código presupuestario 130.92-
00-730-427-27-242-30, por un monto de siete millones de colones
(¢7.000.000,00) o el saldo que haya, destinada a mejoras al parque de
Tejar, que se utilice para mejoras del acueducto Tablón-Tejar.
68. Se autoriza a la Municipalidad de Abangares a variar el destino de la
partida específica aprobada mediante la Ley No. 7867, código presupuestario
130 904 730 857 27 242 27, por un monto de cuatro millones ochocientos
treinta y un mil ciento treinta y un colones (¢4.831.131,00) o el saldo que
exista, destinada a aceras peatonales, distrito de Colorado, a fin de que
tres millones setecientos treinta y un mil ciento ochenta y un colones
(¢3.731.181,00) sean utilizados para las aceras peatonales del distrito de
Colorado y Un millón cien mil colones (¢1.100.000,00) en la compra de
terreno para el proyecto de construcción del salón multiuso y redondel de
Raizal de Colorado de Abangares.
69. Autorízase a la Municipalidad de Puriscal para que varíe el destino
de los siguientes saldos de partidas aprobadas mediante la Ley No. 7867:
Código presupuestario 130 900 730 812 27 242 47, por un monto de setenta y
seis mil colones (¢76.000,00) o el saldo que haya, destinada para
reparación de caminos La Leguita, Candelarita; Código presupuestario 130
900 730 755 27 242 26, por un monto de cuatrocientos veintisiete mil
setecientos noventa y dos colones (¢427.792,00) o el saldo que haya,
destinada para alcantarillado Barrio Corazón de Jesús, Sector Este,
Santiago; Código presupuestario 130 900 730 811 27 242 31, por un monto de
doscientos doce mil ochocientos colones (¢212.800,00) o el saldo que haya,
destinada para construcción de bóvedas de cementerio de 6 nichos en
Candelarita; código presupuestario 130 900 730 790 27 242 31, por un monto
de ciento seis mil cuatrocientos colones (¢106.400,00) o el saldo que haya,
destinada para construcción de muro frente al cementerio de Piedades,
distrito Barbacoas; código presupuestario 130 900 730 775 27 242 20, por un
monto de ciento nueve mil quinientos noventa y dos colones (¢109.592,00) o
el saldo que haya, destinada para mejoras de planta física Escuela San
Martín, Mercedes Sur; Código presupuestario 130 900 730 771 27 242 20, por
un monto de ciento nueve mil cuatrocientos cuarenta colones (¢109.440,00) o
el saldo que haya, destinada para cambio de zinc a la Escuela de
Salitrales, Mercedes Sur; Código presupuestario 130 900 730 829 27 242 30,
por un monto de quinientos treinta mil setecientos setenta y tres colones
(¢530.773,00) o el saldo que haya, destinada para muro de retención costado
sur de la cancha multiuso de Desamparaditos; Código presupuestario 130 900
730 836 27 242 47, por un monto de un millón seiscientos treinta y siete
mil seiscientos cinco colones (¢1,637.605,00) o el saldo que haya,
destinada para reparación caminos vecinales, Chires; Código presupuestario
130 900 730 797 27 242 47, por un monto de seiscientos ocho mil colones
(¢608.000,00) o el saldo que haya, destinada para reconstrucción y
mantenimiento del camino vecinal de la comunidad de Cortezal, Barbacoas;
Código presupuestario 130 900 730 782 27 242 47, por un monto de doscientos
veintiocho mil colones (¢228.000,00) o el saldo que haya, destinada para
reparación y mantenimiento de caminos Mercedes Sur; Código presupuestario
130 900 730 825 27 242 47, por un monto de un millón doscientos dieciséis
mil colones (¢1,216.000,00) o el saldo que haya, destinada para reparación
y mantenimiento de caminos Calle Principal, calle a Picagres, calle a
Piedra, Distrito de Desamparaditos; Código presupuestario 130 900 730 781
27 242 27, por un monto de novecientos veintiocho mil seiscientos noventa
colones (¢928.690,00) o el saldo que haya, destinada para mantenimiento de
caminos y ampliación de campo de recreación, Mercedes Sur; Código
presupuestario 130 900 730 847 27 242 47, por un monto de un millón
seiscientos treinta y siete mil trescientos ocho colones (¢1,637.308,00) o
el saldo que haya, destinada para reparación de caminos y puente de
Gamalotillo 1,2 y 3, Distrito Chires; Código presupuestario 130 900 730 749
27 242 47, por un monto de cuatrocientos veintisiete mil setecientos
noventa y dos colones (¢427.792,00) o el saldo que haya, destinada para
cuneteado 700 mts. de pavimento, Distrito Santiago; Código presupuestario
130 900 730 777 27 242 47, por un monto de cuatrocientos sesenta y cuatro
mil cincuenta y cuatro colones (¢464,054,00) o el saldo que haya, destinada
para mantenimiento de caminos de Mercedes Sur; Código presupuestario 130
900 730 779 27 242 27, por un monto de quinientos cuarenta y ocho mil
seiscientos noventa colones (¢548.690,00) o el saldo que haya, destinada
para reparación de salón multiuso y compra de mobiliario de La Legua,
Mercedes Sur; Código presupuestario 130 900 730 804 27 242 30, por un monto
de ciento noventa mil colones (¢190.000,00) o el saldo que haya, destinada
para arreglo cancha de deportes de Grifo Alto; Código presupuestario 130
900 730 817 27 242 30, por un monto de cincuenta y siete mil colones
(¢57.000,00) o el saldo que haya, destinada para colocación de marcos de la
cancha de fútbol del barrio La Cruz, Candelarita; Código presupuestario
130 900 730 807 27 242 27, por un monto de doscientos noventa y tres mil
novecientos treinta y cinco colones (¢293.935,00) o el saldo que haya,
destinada para construcción local para servicios sanitarios contiguo al
salón comunal, San Rafael; Código presupuestario 130 900 730 768 27 242
27, por un monto de trescientos setenta un mil cuatrocientos setenta y seis
colones (¢371.476,00) o el saldo que haya, destinada para mantenimiento de
salón comunal de Santa Marta, Mercedes Sur; Código presupuestario 130 900
730 778 27 242 27, por un monto de cuatrocientos sesenta y cuatro mil
seiscientos cuarenta y un colones (¢464.641,00) o el saldo que haya,
destinada para construcción II Etapa de salón multiuso de Bocana, Mercedes
Sur; Código presupuestario 130 900 730 813 27 242 27, por un monto de
ciento catorce mil colones, (¢114.000,00) o el saldo que haya, destinada
para reparación salón comunal de Polka de Puriscal; Código presupuestario
130 900 730 793 27 242 20, por un monto de sesenta mil ochocientos colones
(¢60.800,00) o el saldo que haya, destinada para construcción de piso de
salón actos Escuela Roberto López Varela, Distrito Barbacoas; Código
presupuestario 130 900 730 764 27 242 30, por un monto de ciento catorce
mil colones (¢114.000,00) o el saldo que haya, destinada para
reconstrucción de plaza de deportes Lanas, Mercedes Sur; Código
presupuestario 130 900 730 819 27 242 30, por un monto de setenta y seis
mil colones (¢76.000,00) o el saldo que haya, destinada para compra de
máquina de escribir y polígrafo para la Escuela de Candelarita; Código
presupuestario 130 900 730 837 27 242 20, por un monto de trescientos
veinte mil doscientos setenta y siete (¢329.977,00) o el saldo que haya,
destinada para mejoras de servicios sanitarios del Colegio Técnico
Profesional de La Gloria, Distrito Chires; Código presupuestario 130 900
730 789 27 242 20, por un monto de ciento noventa y siete mil seiscientos
colones (¢197.600,00) o el saldo que haya, destinada para reparación de la
planta física de la Escuela Nazario Valverde Jiménez, Barbacoas; Código
presupuestario 130 900 730 746 27 242 47, por un monto de cuatrocientos
veintisiete mil setecientos noventa y dos colones (¢427.792,00) o el saldo
que haya, destinada para reparación y acondicionamiento caminos vecinales
de Pozos, Santiago; Código presupuestario 130 900 730 795 27 242 21, por
un monto de noventa y un mil doscientos colones (¢91.200,00) o el saldo que
haya, destinada para construcción de aula para kinder en Barbacoas (CEN);
Código presupuestario 130 900 730 767 27 242 47, por un monto de quinientos
cincuenta siete mil doscientos catorce colones (¢557.214,00) o el saldo que
haya, destinada para reparación caminos vecinales en la comunidad de Santa
Marta, Mercedes Sur; Código presupuestario 130 900 730 816 27 242 14, por
un monto de veintidós mil ochocientos colones (¢22.800,00) o el saldo que
haya, destinada para construcción de conexión de tuberías, paja de agua y
pintura de la Delegación Distrital de Candelarita; Código presupuestario
130 900 730 832 27 242 20, por un monto de quinientos diez mil novecientos
ochenta y cinco colones (¢510.985,00) o el saldo que haya, destinada para
mantenimiento y reparación de infraestructura escolar del distrito San
Antonio; Código presupuestario 130 900 730 785 27 242 30, por un monto de
doscientos cuarenta y cuatro mil colones con seiscientos noventa colones
(¢244.690,00) o el saldo que haya, destinada para construcción cancha
multiuso, Mercedes Sur; Código presupuestario 130 900 730 783 27 242 21,
por un monto de ciento cincuenta y dos mil colones (¢152.000,00) o el saldo
que haya, destinada para reparación y reconstrucción canoas y mallas de las
instalaciones del CEN, Mercedes Sur; Código presupuestario 130 900 730
776 27 242 20, por un monto de ciento nueve mil cuatrocientos cuarenta
colones (¢109.440,00) o el saldo que haya, destinada para reparación de
comedor de la Escuela de Túfares, Mercedes Sur; Código presupuestario 130
900 730 845 27 242 26, por un monto de trescientos ochenta mil colones
(¢380.000,00) o el saldo que haya, destinada para construcción del
acueducto de Naranjal, distrito Chires; Código presupuestario 130 900 730
745 27 242 10, por un monto de un millón sesenta y nueve mil cuatrocientos
ochenta colones (¢1,069.480,00) o el saldo que haya, destinada para
mantenimiento y reparación de maquinaria, distrito Santiago; Código
presupuestario 130 900 730 822 27 242 31, por un monto de ciento noventa
mil colones (¢190.000,00) o el saldo que haya, destinada para construcción
del portón y bóvedas comunales de Candelarita; Código presupuestario 130
900 730 784 27 242 31, por un monto de ciento cincuenta y dos mil colones
(¢152.000,00) o el saldo que haya, destinada para construcción casetilla de
despedida en el cementerio de Mercedes Sur; Código presupuestario 130 900
730 823 27 242 27, por un monto de sesenta y ocho mil cuatrocientos colones
(¢68.400,00) o el saldo que haya, destinada para mantenimiento y reparación
de salón comunal de barrio La Cruz, Candelarita; Código presupuestario 130
900 730 846 27 242 30, por un monto de ciento cincuenta y dos mil colones
(¢152.000,00) o el saldo que haya, destinada para compra de malla plaza
deportes Gamalotillo 1, Distrito Chires; Código presupuestario 130 900 730
821 27 242 30, por un monto de setenta y seis mil colones (¢76.000,00) o el
saldo que haya, destinada para compra de chapeadora de césped para la plaza
de deportes de Polka, Distrito Candelarita; Código presupuestario 130 900
730 772 27 242 27, por un monto de ciento dieciocho mil cuatrocientos cinco
colones (¢118.405,00) o el saldo que haya, destinada para salón comunal o
casa comunal II Etapa, distrito Mercedes Sur; Código presupuestario 130 900
730 803 27 242 47, por un monto de trescientos cuarenta y un mil
setecientos veintidós colones (¢341.722,00) o el saldo que haya, destinada
para cementado y arreglo de caminos, Grifo Alto; Código presupuestario 130
900 730 802 27 242 25, por un monto de novecientos ochenta y ocho mil
colones (¢988.000,00) o el saldo que haya, destinada para reparación de
viviendas en el distrito de Grifo Alto; Código presupuestario 130 900 730
766 27 242 20, por un monto de ciento cincuenta y dos mil colones
(¢152.000,00) o el saldo que haya, destinada para construcción de una aula
en la Escuela Bajo Murillo, Mercedes Sur; Código presupuestario 130 900 730
786 27 242 30, por un monto de ciento cincuenta y tres mil trescientos
cuarenta colones (¢153.340,00) o el saldo que haya, destinada para
reconstrucción de cancha de fútbol de Mercedes Sur; Código presupuestario
130 900 730 760 27 242 10, por un monto de un millón ochocientos cincuenta
y siete mil trescientos ochenta colones (¢1,857.380,00) o el saldo que
haya, destinada para mantenimiento y reparación maquinaria municipal,
distrito Mercedes Sur; Código presupuestario 130 900 730 761 27 242 27,
por un monto de ciento sesenta y ocho mil seiscientos noventa colones
(¢168.690,00) o el saldo que haya, destinada para reparación y
mantenimiento salón comunal de Mercedes Norte de Puriscal; a fin de que se
utilicen para la compra de materiales y suministros para caminos
vecinales".
70. Se autoriza a la Municipalidad de Corredores para variar el destino
de la partida "Construcción casa funcionario del puesto de salud, Pueblo
Nuevo de Coto, distrito Corredores", aprobada mediante Ley No. 7867, código
presupuestario 130 905 730 711 27 242 21 por un monto de dos millones
trescientos sesenta y siete mil setecientos noventa colones (¢2.367.790,00)
o el saldo que haya de la misma, a fin de que se utilice Un millón
trescientos sesenta y siete mil, setecientos noventa colones
(¢1.367.790,00) para mejoramiento y ampliación puesto de salud, Pueblo
Nuevo de Coto. un millón de colones (¢1.000.000,00) para construcción
Puesto Comando, Policía de Fronteras, Pueblo Nuevo de Coto.
71. Se autoriza a la Municipalidad de Corredores para variar el destino
de la partida "Compra de lote plaza de deportes, Pueblo Nuevo de La
Cuesta", aprobada mediante Ley No. 7867, código presupuestario 130 905 730
730 27 242 30 por un monto de dos millones de colones (¢2.000.000,00) o el
saldo que haya de la misma, a fin de que se utilice para construcción de
cancha multiuso, Pueblo Nuevo de La Cuesta.
72. Se autoriza a la Municipalidad de Corredores para variar el destino
de la partida "Compra de lote Casa Cural, iglesia católica La Cuesta",
aprobada mediante Ley No. 7867, código presupuestario 130 905 730 733 27
242 31 por un monto de dos millones setenta y siete mil setecientos
veintidós colones (¢2.077.722,00) o el saldo que haya de la misma, a fin de
que se utilice para construcción de sacristía y pintura total de la iglesia
católica de La Cuesta.
73. Se autoriza a la Municipalidad de Corredores, para variar el destino
de la partida "Reparación de oficinas administrativas y salón para Comisión
de Emergencias, Laurel", aprobada mediante Ley No. 7867, código
presupuestario 130-905-730-745-27-242-27, por un monto de medio millón de
colones (¢500.000,00) o el saldo que haya de la misma, a fin de que se
utilice para proyecto alcantarillado de la Comunidad de Km 27, Laurel.
74. Se autoriza a la Municipalidad de Coto Brus, para variar el destino
de la partida "Ampliación salón comunal La Unión de Limoncito, Distrito
Limoncito" aprobada mediante Ley N°. 7867, código presupuestario
130.905.730-682-27-242-27, por un monto de dos millones ochocientos noventa
mil colones (¢2.890.000,00) o el saldo que haya de la misma, a fin de que
se utilice para: "Construcción segunda etapa cancha multiuso La Unión de
Limoncito.
75. Autorízase a la Municipalidad de Turrialba para que varíe el destino
de la partida aprobada mediante la Ley No. 7867, código presupuestario 130
902 730 466 27 242 26 por un monto de quinientos mil colones (¢500.000,00)
o el saldo que haya, destinada a tratamiento aguas negras barrio Pueblo
Nuevo, Turrialba, a fin de que se utilice para compra de 1500 metros de
terreno donde se ubicará el salón comunal de Pueblo Nuevo.
76. Autorízase a la Municipalidad de Cartago para variar el destino de
partida aprobada mediante Ley No. 7952, código presupuestario 130 903 730
238 1 242 20 por un monto de cuatrocientos setenta y siete mil ochocientos
noventa y dos colones (¢477.892,00) o el saldo que haya, destinada a
construcción de aula prefabricada para la escuela Manuel Padilla en Río
Conejo, Corralillo, a fin de que se utilice para la compra de cerámica y
materiales de construcción para la escuela Manuel Padilla Ureña en Río
Conejo, en el distrito de Corralillo de Cartago.
77. Autorízase a Municipalidad del cantón de Sarapiquí, Heredia, para que
varíe el destino de la partida aprobada mediante Ley Nº 7952, código
presupuestario 130-904-730-369-1 242 -27; por un monto de dos millones de
colones (¢2.000.000,00) o el saldo que haya, destinado a "construcción
salón multiuso San Isidro, distrito La Virgen, a fin de que se utilice para
compra de terreno para salón multiuso de San Isidro".
78. Autorízase a Municipalidad del Cantón de Sarapiquí, Heredia, para que
varíe el destino de la Partida aprobada mediante Ley Nº 7952, código
presupuestario 130-904-730-370-1 242 -27; por un monto de dos millones de
colones (¢2.000.000,00) o el saldo que haya, destinado a construcción salón
multiuso Los Venados distrito La Virgen, a fin de que se utilice para,
Asfaltado Calle principal Los Venados un millón quinientos mil colones (
¢1.500.000,00 ) y mejoras parque Los Venados quinientos mil colones
(¢500.000,00 ).
79. Autorízase a Municipalidad del Cantón de Sarapiquí, Heredia, para que
varíe el destino de la Partida aprobada mediante Ley Nº 7952, código
presupuestario 130-904-730-377-1 242 -27; por un monto de dos millones de
colones (¢2.000.000,00) o el saldo que haya, destinado a construcción salón
multiuso Las Palmitas, distrito La Virgen , a fin de que se utilice para
obras varias y mejoras escuela Las Palmitas, distrito La Virgen.
80. Autorízase a la Municipalidad de Pococí para que varíe el destino de
la partida aprobada mediante la Ley No. 7952, Código Presupuestario 907-730-
204-1-242-27, por un monto de dos millones de colones (¢2.000.000,00) o el
saldo que haya, destinada a compra área comunal Cuatro Esquinas, Cariari, a
fin de que se gire a Asociación de Desarrollo Integral de Cuatro Esquinas
para compra área comunal de Cuatro Esquinas, Cariari.
81. Se autoriza a la Municipalidad de Tilarán a variar el destino de la
partida específica aprobada mediante la Ley de Presupuesto Ordinario y
Extraordinario de la República No. 7952, Código Presupuestario 130 905 730
684 1 242 30, por un monto de novecientos veintiséis mil novecientos nueve
colones (¢926.909,00) o el saldo que exista, destinada a la compra lote
cancha fútbol en Líbano - distrito Líbano, a fin de que se utilice en la
remodelación del salón comunal multiusos Líbano.
82. Autorízase a la Municipalidad de Esparza para variar el destino de la
partida aprobada mediante la Ley No. 7952 del 28 de diciembre de 1999,
código presupuestario 130 906 730 321 1 242 20, por un monto de quinientos
mil colones (¢500.000,00) o el saldo que haya, destinado a la compra de
local para kinder garden, en la comunidad de Barón, San Rafael, a fin de
que se utilice para acondicionamiento de aula de kinder y escuela en el
Barón.
83. Autorízase a la Municipalidad de Poás para que varíe el destino de la
partida específica aprobada mediante la Ley N° 7952, código presupuestario:
130 902 730 495 1 242 31 por un monto de cuatro millones doscientos cinco
mil trescientos ochenta y tres colones (¢4.205.383,00), o el saldo que
haya, destinada para compra de terreno para ampliación del cementerio,
distrito de Carrillos, a fin de que se utilicen para: construcción de
nichos en el cementerio de Carrillos de Poás un millón quinientos cinco mil
trescientos ochenta y tres colones (¢1.505.383,00). Remodelaciones en
planta física del Liceo de Carrillos de Poás un millón quinientos mil
colones (¢1.500.000,00). Remodelaciones en planta física de escuela San
Luis de Carrillos seiscientos mil colones (¢600.000,00). Remodelaciones en
planta física de escuela Altos de Carrillos seiscientos mil colones
(¢600.000,00).
84. Autorízase a la Municipalidad de Dota, para que varíe el destino de
las siguientes partidas: Ley 7952, código presupuestario No. 123 815 00
730 27 242 25 204 por un monto de veintiún millones de colones
(¢21.000.000,00) o el saldo que haya, destinada a la compra de terreno para
proyecto habitacional, a fin de destinarla a la Asociación de Desarrollo
Integral de Santa María de Dota, para compra de terreno para proyecto
habitacional.
85. Autorízase a la Municipalidad de Nicoya para que varíe el destino de
la partida aprobada mediante Ley No. 7952, código presupuestario 130 905
730 299 1 242 27, por un monto de trescientos cincuenta y dos mil
trescientos treinta y cuatro colones exactos (¢352.334,00) o el saldo que
haya, destinada para compra salón comunal de Monte Galán a fin de que se
utilice para compra de terreno para salón comunal de Monte Galán.
86. Autorízase a la Municipalidad de Nicoya para que varíe el destino de
la partida aprobada mediante Ley No. 7952, código presupuestario 106 054
730 01 242 27 321, por un monto de quinientos mil colones exactos
(¢500.000,00) o el saldo que haya, destinada para Junta Vecinos de Loma
Bonita: compra de terreno para salón y plaza a fin que se utilice para pago
deuda arreglo plaza de Pochote.
87. Autorízase a la Municipalidad de Nicoya para que varíe el destino de
la partida aprobada mediante Ley No. 7952, código presupuestario 106 054-03
730 27 242 45 252, por un monto de quinientos mil colones exactos
(¢500.000,00) o el saldo que haya, destinada para compra de tajo en Copal,
a fin de que se utilice para conclusión plaza de deportes de Copal.
88. Autorízase a la Municipalidad de Nicoya para que varíe el destino de
la partida aprobada mediante Ley No. 7952, código presupuestario 130 905
730 335 1 242 26, por un monto de quinientos mil colones exactos
(¢500.000,00) o el saldo que haya, destinada para construcción de cañería
en Pueblo Nuevo, distrito de Sámara, a fin de que se utilice para reparar
camino El Silencio-Pueblo Nuevo.
89. Autorízase a la Municipalidad de Nandayure para que varíe el destino
de la partida aprobada mediante Ley No. 7952, código presupuestario 130 905
730 711 1 242 30, por un monto de trescientos cincuenta mil colones exactos
(¢350.000,00) o el saldo que haya, destinada para construcción cancha
multiuso Río Ora, distrito Zapotal a fin de que se utilice para
construcción malla del Salón Comunal y escuela de Río Ora.
90. Autorízase a la Municipalidad de Hojancha para que varíe el destino
de la partida aprobada mediante Ley No. 7952, código presupuestario 130 905
730 802 1 242 30, por un monto de tres millones de colones exactos
(¢3.000.000,00) o el saldo que haya, destinada para mejoras en
instalaciones del parque de Hojancha Centro a fin de que se gire a la
Asociación de Desarrollo Integral de Hojancha para electrificación en
barrio Arenas.
91. Autorízase a la Municipalidad de Nicoya para que varíe el destino de
la partida aprobada mediante Ley No. 7952, código presupuestario 130 905
730 299 1 242 27, por un monto trescientos cincuenta y dos mil trescientos
treinta y cuatro colones exactos (¢352.334,00) o el saldo que haya,
destinada para compra salón comunal de Monte Galán, distrito San Antonio a
fin de que se utilice para compra de terreno para salón comunal de Monte
Galán.
92. Autorízase a la Municipalidad de Nandayure para que varíe el destino
de la partida aprobada mediante Ley No. 7952, código presupuestario 106 054-
03 730 27 242 27 240, por un monto de un millón de colones exactos
(¢1.000.000,00) o el saldo que haya, destinada para Proyecto de
electrificación ochocientos metros, Asentamiento La Voz del Indio de
Cangelito, a fin de que se utilice para Abono al proyecto de
Coopeguanacaste R.L. por concepto de electrificación del Asentamiento La
Voz del Indio de Cangelito de Nandayure.
93. Autorízase a la Municipalidad de Nicoya para que varíe el destino de
la partida aprobada mediante Ley No. 7952, código presupuestario 130 905
730 303 1 242 59, por un monto de seiscientos mil colones exactos
(¢600.000,00) o el saldo que haya, destinada para compra de molino,
distrito San Antonio, a fin de que se utilice para compra de molino
eléctrico de Rosario de Nicoya.
94. Autorízase a la Municipalidad de Nandayure para que varíe el destino
de la partida aprobada mediante Ley No. 7952, código presupuestario 130 905
730 714 1 242 47, por un monto de quinientos sesenta y un mil setecientos
cincuenta colones exactos (¢561.750,00) o el saldo que haya, destinada para
puente entre La Soledad y Bejuco, distrito Zapotal, a fin de que se utilice
para construcción puente La Soledad Río de Ora.
95. Autorízase a la Municipalidad de Hojancha para que varíe el destino
de la partida aprobada mediante Ley No. 7952, código presupuestario 130 905
730 804 1 242 30, por un monto de un millón de colones exactos
(¢1.000.000,00) o el saldo que haya, destinada para nivelación de cancha de
fútbol de Matambú, a fin de que se gire a la Asociación de Desarrollo
Integral de Hojancha, para Construcción de alcantarillas camino Matambú.
96. Se autoriza a la Municipalidad de Alfaro Ruiz, para variar el destino
de la partida aprobada mediante la Ley No. 7952 del 28 de diciembre de
1999, código presupuestario 130-902-730-553-1-242-26 para "Canalización de
Aguas Sector Noreste, distrito Zarcero " o el saldo de haya, por un monto
de un millón setecientos sesenta y siete mil doscientos cuarenta y cinco
colones (¢1.767.245,00) a fin de que se utilice para dos proyectos: 1) Para
adquisición de terreno para ampliación de relleno sanitario del cantón de
Alfaro Ruiz: setecientos seis mil ochocientos noventa y ocho colones
(¢706.898,00) y 2) Canalización de aguas Sector Noreste, distrito Zarcero:
un millón sesenta mil trescientos cuarenta y siete colones (¢1.060.347,00).
Según lo manifiesta el Concejo Municipal de Alfaro Ruiz, en sesión
ordinaria No. 14 celebrada el 06 de abril del 2001.
97. Se autoriza a la Municipalidad de Alfaro Ruiz, para variar el destino
de la partida aprobada mediante la Ley No. 7952 del 28 de diciembre de
1999, código presupuestario 130-902-730-554-1-242-10, para "Mantenimiento
de maquinaria municipal, distrito Zarcero", por un monto de un millón
seiscientos cuarenta y nueve mil novecientos doce colones (¢1.649.912,00) o
el saldo que haya, a fin de que se utilice para dos proyectos: 1) Para
adquisición de terreno para ampliación de relleno sanitario del Cantón de
Alfaro Ruiz: seiscientos cincuenta y nueve mil novecientos sesenta y cinco
colones (¢659.965,00) y 2) Mantenimiento de maquinaria municipal del
distrito de Zarcero" por un monto de novecientos ochenta y nueve mil
novecientos cuarenta y siete colones (¢989.947,00). Según lo manifiesta el
Concejo Municipal de Alfaro Ruiz, en sesión ordinaria No. 14 celebrada el
06 de abril del 2001.
98. Se autoriza a la Municipalidad de Alfaro Ruiz, para variar el destino
de la partida aprobada mediante la Ley No. 7952 del 28 de diciembre de
1999, código presupuestario 130-902-730-555-1-242-27, para "I etapa
ampliación salón comunal de Laguna, distrito Zarcero", por un monto de dos
millones cuatrocientos cuarenta y nueve mil cuatrocientos sesenta y cuatro
colones (¢2.449.464,00) o el saldo que haya, a fin de que se utilice para
dos proyectos: 1) Para adquisición de terreno para ampliación de relleno
sanitario del cantón de Alfaro Ruiz: novecientos setenta y nueve mil
setecientos ochenta y seis colones (¢979.786,00) y 2) I Etapa ampliación
salón comunal de Laguna, Distrito Zarcero", por un monto de un millón
cuatrocientos sesenta y nueve mil seiscientos setenta y ocho colones
(¢1.469.678,00). Según lo manifiesta el Concejo Municipal de Alfaro Ruiz,
en sesión ordinaria No. 14 celebrada el 06 de abril del 2001.
99. Se autoriza a la Municipalidad de Alfaro Ruiz, para variar el destino
de la partida aprobada mediante la Ley No. 7952 del 28 de diciembre de
1999, código presupuestario 130-902-730-556-1-242-31, para "Compra de
mobiliario para aula catequesis, distrito Tapezco", por un monto de
trescientos veintidós mil ciento cuarenta y siete colones (¢322.147,00) o
el saldo que haya, a fin de que se utilice para dos proyectos: 1) Para
adquisición de terreno para ampliación de relleno sanitario del cantón de
Alfaro Ruiz: ciento veintiocho mil ochocientos cincuenta y nueve colones
(¢128.859,00) y 2) Compra de mobiliario para aula catequesis, distrito
Tapezco", por un monto de ciento noventa y tres mil doscientos ochenta y
ocho colones (¢193.288,00). Según lo manifiesta el Concejo Municipal de
Alfaro Ruiz, en sesión ordinaria No. 14 celebrada el 06 de abril del 2001.
100. Se autoriza a la Municipalidad de Alfaro Ruiz, para variar el destino
de la partida aprobada mediante la Ley No. 7952 del 28 de diciembre de
1999, código presupuestario 130-902-730-557-1-242-31, para "Construcción
muro de contención del cementerio de Tapezco, distrito Tapezco", por un
monto de trescientos veintidós mil ciento cuarenta y siete colones
(¢322.147,00) o el saldo que haya, a fin de que se utilice para dos
proyectos: 1) Para adquisición de terreno para ampliación de relleno
sanitario del Cantón de Alfaro Ruiz: ciento veintiocho mil ochocientos
cincuenta y nueve colones (¢128.859,00) y 2) Compra de Mobiliario para aula
catequesis, distrito Tapezco", por un monto de ciento noventa y tres mil
doscientos ochenta y ocho colones (¢193.288,00). Según lo manifiesta el
Concejo Municipal de Alfaro Ruiz, en sesión ordinaria No. 14 celebrada el
06 de abril del 2001.
101. Se autoriza a la Municipalidad de Alfaro Ruiz, para variar el destino
de la partida aprobada mediante la Ley No. 7952 del 28 de diciembre de
1999, código presupuestario 130-902-730-558-1-242-27, para "II Etapa de
construcción salón multiuso La Legua, distrito Tapezco", por un monto de
seiscientos cuarenta y cuatro mil doscientos noventa y tres colones
(¢644.293,00) o el saldo que haya, a fin de que se utilice para dos
proyectos: 1) Para adquisición de terreno para ampliación de relleno
sanitario del cantón de Alfaro Ruiz: doscientos cincuenta y siete mil
setecientos diecisiete colones (¢257.717,00) y 2) "II etapa de construcción
salón multiuso La Legua, distrito Tapezco", por un monto de trescientos
ochenta y seis mil quinientos setenta y seis colones (¢386.576,00). Según
lo manifiesta el Concejo Municipal de Alfaro Ruiz, en sesión ordinaria No.
14 celebrada el 06 de abril del 2001.
102. Se autoriza a la Municipalidad de Alfaro Ruiz, para variar el destino
de la partida aprobada mediante la Ley No. 7952 del 28 de diciembre de
1999, código presupuestario 130-902-730-559-1-242-44, para "II Etapa de
iluminación cancha de fútbol de Santa Rosa, distrito Zarcero", por un monto
de seiscientos cuarenta y cuatro mil doscientos noventa y tres colones
(¢644.293,00) o el saldo que haya, a fin de que se utilice para dos
proyectos: 1) Para adquisición de terreno para ampliación de relleno
sanitario del cantón de Alfaro Ruiz: doscientos cincuenta y siete mil
setecientos diecisiete colones (¢257.717,00) y 2) "II Etapa de iluminación
cancha de fútbol de Santa Rosa, distrito Zarcero", por un monto de
trescientos ochenta y seis mil quinientos setenta y seis colones
(¢386.576,00). Según lo manifiesta el Concejo Municipal de Alfaro Ruiz, en
sesión ordinaria No. 14 celebrada el 06 de abril del 2001.
103. Se autoriza a la Municipalidad de Alfaro Ruiz, para variar el destino
de la partida aprobada mediante la Ley No. 7952 del 28 de diciembre de
1999, código presupuestario 130-902-730-560-1-242-47, para "Continuación
alcantarillado relastrado camino Anateri, distrito Guadalupe", por un monto
de un millón cinco mil cuatrocientos cuarenta y nueve colones
(¢1.005.449,00) o el saldo que haya, a fin de que se utilice para dos
proyectos: 1) Para adquisición de terreno para ampliación de relleno
sanitario del cantón de Alfaro Ruiz: cuatrocientos dos mil ciento ochenta
colones (¢402.180,00) y 2) "Continuación alcantarillado relastrado Camino
Anateri, distrito Guadalupe", por un monto de seiscientos tres mil
doscientos sesenta y nueve colones (¢603.269,00). Según lo manifiesta el
Concejo Municipal de Alfaro Ruiz, en sesión ordinaria No. 14 celebrada el
06 de abril del 2001.
104. Se autoriza a la Municipalidad de Alfaro Ruiz, para variar el destino
de la partida aprobada mediante la Ley No. 7952 del 28 de diciembre de
1999, código presupuestario 130-902-730-561-1-242-47, para "II etapa
asfaltado San Luis - Alto Villegas, distrito Guadalupe", por un monto de un
millón cinco mil cuatrocientos cincuenta colones (¢1.005.450,00) o el saldo
que haya, a fin de que se utilice para dos proyectos: 1) Para adquisición
de terreno para ampliación de relleno sanitario del cantón de Alfaro Ruiz:
cuatrocientos dos mil ciento ochenta colones (¢402.180,00) y 2) "II Etapa
asfaltado San Luis - Alto Villegas, distrito Guadalupe", por un monto de
seiscientos tres mil doscientos setenta colones (¢603.270,00). Según lo
manifiesta el Concejo Municipal de Alfaro Ruiz, en sesión ordinaria No. 14
celebrada el 06 de abril del 2001.
105. Se autoriza a la Municipalidad de Alfaro Ruiz, para variar el destino
de la partida aprobada mediante la Ley No. 7952 del 28 de diciembre de
1999, código presupuestario 130-902-730-562-1-242-47, para "Asfaltado
camino Guadalupe, distrito Guadalupe", por un monto de un millón cinco mil
cuatrocientos cuarenta y nueve colones (¢1.005.449,00) o el saldo que haya,
a fin de que se utilice para dos proyectos: 1) Para adquisición de terreno
para ampliación de relleno sanitario del cantón de Alfaro Ruiz:
cuatrocientos dos mil ciento ochenta colones (¢402.180,00) y 2) "Asfaltado
camino Guadalupe, distrito Guadalupe", por un monto de seiscientos tres mil
doscientos sesenta y nueve colones (¢603.269,00). Según lo manifiesta el
Concejo Municipal de Alfaro Ruiz, en sesión ordinaria No. 14 celebrada el
06 de abril del 2001.
106. Se autoriza a la Municipalidad de Alfaro Ruiz, para variar el destino
de la partida aprobada mediante la Ley No. 7952 del 28 de diciembre de
1999, código presupuestario 130-902-730-563-1-242-27, para "Construcción II
planta comedor comunal, Pueblo Nuevo, distrito Palmira", por un monto de un
millón trescientos veintiocho mil doscientos treinta y seis colones
(¢1.328.236,00) o el saldo que haya, a fin de que se utilice para dos
proyectos: 1) Para adquisición de terreno para ampliación de relleno
sanitario del Cantón de Alfaro Ruiz: quinientos treinta y un mil doscientos
noventa y cuatro colones (¢531.294,00) y 2) "Construcción II planta comedor
comunal, Pueblo Nuevo, distrito Palmira", por un monto de setecientos
noventa y seis mil novecientos cuarenta y dos colones (¢796.942,00). Según
lo manifiesta el Concejo Municipal de Alfaro Ruiz, en sesión ordinaria No.
14 celebrada el 06 de abril del 2001.
107. Se autoriza a la Municipalidad de Alfaro Ruiz, para variar el destino
de la partida aprobada mediante la Ley No. 7952 del 28 de diciembre de
1999, código presupuestario 130-902-730-564-1-242-27, para "Mejoras salón
multiuso Palmira, distrito Palmira", por un monto de un millón de colones
(¢1.000.000,00) el saldo que haya, a fin de que se utilice para dos
proyectos: 1) Para adquisición de terreno para ampliación de relleno
sanitario del Cantón de Alfaro Ruiz: cuatrocientos mil colones
(¢400.000,00) y 2) "Mejoras salón multiuso Palmira, distrito Palmira", por
un monto de seiscientos mil colones (¢600.000,00). Según lo manifiesta el
Concejo Municipal de Alfaro Ruiz, en sesión ordinaria No. 14 celebrada el
06 de abril del 2001.
108. Se autoriza a la Municipalidad de Alfaro Ruiz, para variar el destino
de la partida aprobada mediante la Ley No. 7952 del 28 de diciembre de
1999, código presupuestario 130-902-730-565-1-242-20, para "Techado de aula
Escuela Palmira, distrito Palmira", por un monto de trescientos veintiocho
mil doscientos treinta y cinco colones (¢328.235,00) o el saldo que haya, a
fin de que se utilice para dos proyectos: 1) Para adquisición de terreno
para ampliación de relleno sanitario del cantón de Alfaro Ruiz: ciento
treinta y un mil doscientos noventa y cuatro colones (¢131.294,00) y 2)
"Techado de aula escuela Palmira, distrito Palmira", por un monto de ciento
noventa y seis mil novecientos cuarenta y un colones (¢196.941,00). Según
lo manifiesta el Concejo Municipal de Alfaro Ruiz, en sesión ordinaria No.
14 celebrada el 06 de abril del 2001.
109. Se autoriza a la Municipalidad de Alfaro Ruiz, para variar el destino
de la partida aprobada mediante la Ley No. 7952 del 28 de diciembre de
1999, código presupuestario 130-902-730-566-1-242-47, para "Reparación
camino Lajas, distrito Zapote", por un monto de quinientos noventa y tres
mil cien colones (¢593.100,00) o el saldo que haya, a fin de que se utilice
para dos proyectos: 1) Para adquisición de terreno para ampliación de
relleno sanitario del cantón de Alfaro Ruiz: doscientos treinta y siete mil
doscientos cuarenta colones (¢237.240,00) y 2) "Reparación camino Lajas,
distrito Zapote", por un monto de trescientos cincuenta y cinco mil
ochocientos sesenta colones (¢355.860,00). Según lo manifiesta el Concejo
Municipal de Alfaro Ruiz, en sesión ordinaria No. 14 celebrada el 06 de
abril del 2001.
110. Se autoriza a la Municipalidad de Alfaro Ruiz, para variar el destino
de la partida aprobada mediante la Ley No. 7952 del 28 de diciembre de
1999, código presupuestario 130-902-730-567-1-242-31, para "II Etapa de
reparaciones del templo católico La Quina, distrito Zapote", por un monto
de trescientos ochenta y dos mil colones (¢382.000,00) o el saldo de haya,
a fin de que se utilice para dos proyectos: 1) Para adquisición de terreno
para ampliación de relleno sanitario del cantón de Alfaro Ruiz: ciento
cincuenta y dos mil ochocientos colones ¢152.800,00 y 2) "II Etapa
reparaciones del templo católico La Quina, distrito Zapote", por un monto
de doscientos veintinueve mil doscientos colones ¢229.200,00. Según lo
manifiesta el Concejo Municipal de Alfaro Ruiz, en sesión ordinaria No. 14
celebrada el 06 de abril del 2001.
111. Se autoriza a la Municipalidad de Alfaro Ruiz, para variar el destino
de la partida aprobada mediante la Ley No. 7952 del 28 de diciembre de
1999, código presupuestario 130-902-730-568-1-242-27, para "Reparación
salón comunal de Lajas, distrito Zapote", por un monto de ciento cincuenta
y seis mil novecientos colones (¢156.900,00) o el saldo que haya, a fin de
que se utilice para dos proyectos: 1) Para adquisición de terreno para
ampliación de relleno sanitario del cantón de Alfaro Ruiz: sesenta y dos
mil setecientos sesenta colones (¢62.760,00) y 2) "Reparación salón comunal
de Lajas, distrito Zapote", por un monto de noventa y cuatro mil ciento
cuarenta colones (¢94.140,00). Según lo manifiesta el Concejo Municipal de
Alfaro Ruiz, en sesión ordinaria No. 14 celebrada el 06 de abril del 2001.
112. Se autoriza a la Municipalidad de Alfaro Ruiz, para variar el destino
de la partida aprobada mediante la Ley No. 7952 del 28 de diciembre de
1999, código presupuestario 130-902-730-569-1-242-30, para "II Etapa
construcción muro gimnasio de Zapote, distrito Zapote", por un monto de un
millón doscientos cincuenta mil colones (¢1.250.000,00) o el saldo que
haya, a fin de que se utilice para dos proyectos: 1) Para adquisición de
terreno para ampliación de relleno sanitario del cantón de Alfaro Ruiz:
quinientos mil colones (¢500.000,00) y 2) "II Etapa construcción muro de
gimnasio de Zapote, distrito Zapote", por un monto de setecientos cincuenta
mil colones (¢750.000,00). Según lo manifiesta el Concejo Municipal de
Alfaro Ruiz, en sesión ordinaria No. 14 celebrada el 06 de abril del 2001.
113. Se autoriza a la Municipalidad de Alfaro Ruiz, para variar el destino
de la partida aprobada mediante la Ley No. 7952 del 28 de diciembre de
1999, código presupuestario 130-902-730-570-1-242-20, para "Construcción
muro de contención Escuela Los Ángeles, distrito Tapezco", por un monto de
seiscientos cuarenta y cuatro mil doscientos noventa y tres colones
(¢644.293,00) o el saldo que haya, a fin de que se utilice para dos
proyectos: 1) Para adquisición de terreno para ampliación de relleno
sanitario del cantón de Alfaro Ruiz: doscientos cincuenta y siete mil
setecientos diecisiete colones (¢257.717,00) y 2) "Construcción muro de
contención escuela Los Ángeles, distrito Tapezco", por un monto de
trescientos ochenta y seis mil quinientos setenta y seis colones
(¢386.576,00). Según lo manifiesta el Concejo Municipal de Alfaro Ruiz, en
sesión ordinaria No. 14 celebrada el 06 de abril del 2001.
114. Se autoriza a la Municipalidad de Abangares a variar el destino de la
partida específica aprobada mediante la Ley de Presupuesto Ordinario y
Extraordinario de la República, No. 7952, código presupuestario 130 905 730
596 1 242 27, por un monto de un millón de colones (¢1.000.000,00) o el
saldo que exista, destinada a la compra maquina de fabricación block-
Centro Las Juntas, a fin de que sea utilizada en la compra de materiales
para realizar ayudas de bienestar social.
115. Se autoriza a la Municipalidad de Tilarán a variar el destino de la
partida específica aprobada mediante la Ley de Presupuesto Ordinario y
Extraordinario de la República, No. 7952, código presupuestario 130 905 730
670 1 242 21, por un monto de un millón ochenta y seis mil setecientos
ochenta y seis colones (¢1.086.786,00) o el saldo que exista, destinada a
la construcción Puesto de Salud de Tronadora, a fin de que sea utilizada en
la conclusión de la cocina comunal de la comunidad de Tronadora.
116. Se autoriza a la Municipalidad de Bagaces a variar el destino de la
partida específica aprobada mediante la Ley de Presupuesto Ordinario y
Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2000, Ley
No. 7952, código presupuestario 130 905 730 443 1 242 25, por un monto de
seis millones de colones (¢6.000.000,00) o el saldo que exista, para la
compra de terreno vivienda Bagaces, Montenegro y Montano, distrito Bagaces,
a fin de que cuatro millones de colones (¢4.000.000,00) sean utilizados
para la compra de terreno vivienda Bagaces y Montano, distrito Bagaces y
dos millones de colones (¢2.000.000,00) en la construcción y mejoras de
aceras y cordón y caño en Montenegro.
117. Se autoriza a la Municipalidad de Bagaces a variar el destino de la
partida específica aprobada mediante la Ley de Presupuesto Ordinario y
Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2000, Ley
No. 7952, código presupuestario 130 905 730 446 1 242 20, por un monto de
un millón quinientos mil colones (¢1.500.000,00) o el saldo que exista,
para el cambio de piso Escuela General Tomás Guardia G. distrito Bagaces, a
fin de que sea utilizada en mejoras en la escuela Tomás Guardia Gutiérrez.
118. Se autoriza a la Municipalidad de Bagaces a variar el destino de la
partida presupuestaria aprobada mediante Ley No. 7952, código
presupuestario 117 760 00 730 27 242 30 246, por un monto de dos millones
de colones (¢2.000.000,00) o el saldo que exista, destinada a la compra de
terreno para plaza de fútbol, a fin de que sea utilizada en la construcción
y compra de terreno para la Biblioteca Pública de Bagaces.
119. Autorízase a la Municipalidad de Turrialba, para que varíe el destino
de la partida aprobada mediante la Ley N° 7952, código presupuestario 130
903 730 01 242 43 298, por un monto de un millón de colones (¢1.000.000,00)
o el saldo que haya, destinada a dragado del Río Tuis, a fin de que se
utilice para Proyecto de electrificación de la Plaza de Deportes de Tuis.
120. Autorízase a la Municipalidad de Barva, para que varíe el destino de
la partida aprobada mediante la Ley N° 7952, código presupuestario 106 054
03 730 27 242 27 271, por un monto de dos millones de colones
(¢2.000.000,00) o el saldo que haya, destinada para construcción capilla
de velación Santa Lucía, a fin de que se utilice para construcción capilla
de velación de la Parroquia de Barva.
121. Autorízase a Comité Cantonal de Deportes de Goicoechea para que varíe
el destino de la partida aprobada mediante la ley No. 7952 código
presupuestario 117 760 00 634 01 131 30 200 por un monto de un millón de
colones exactos (¢1.000.000,00) o el saldo que haya destinada a escuela
de fútbol de Calle Blancos a fin de que se utilice para impulso del
baloncesto del cantón quinientos mil colones exactos (¢500.000,00) y para
obras y mejoras en la piscina municipal quinientos mil colones exactos
(¢500.000,00).
122. Se autoriza a la Municipalidad de Puntarenas para variar el destino
de la partida aprobada mediante Ley No 7952 del 28 de diciembre de 1999,
código presupuestario 114-623-00-730-27-242-21-224 por un monto de dos
millones de colones (¢2.000.000,00), o el saldo que exista, destinada para
compra de terreno para basurero, Cóbano, a fin de que se gire al Consejo
Municipal de Distrito de Cóbano para compra de terreno para basurero de
Cóbano.
123. Se autoriza a la Municipalidad de Puntarenas para variar el destino
de la partida aprobada mediante Ley No 7952 del 28 de diciembre de 1999,
código presupuestario 117-760-00-730-27-242-30-314 por un monto de
doscientos mil colones (¢200.000,00), o el saldo que exista, destinada
Jóvenes Dominicas de Jicaral para cancelación deuda por compra de lote,
para cancha multiuso, a fin de que se gire a Asociación Club Rotario de
Puntarenas para cancelación de deuda por compra de lote, para cancha
multiuso Jóvenes Dominicas de Jicaral.
124. Se autoriza a la Municipalidad de Puntarenas para variar el destino
de la partida aprobada mediante Ley No 7952 del 28 de diciembre de 1999,
código presupuestario 106-054-03-730-27-242-27-222 por un monto de dos
millones de colones (¢2.000.000,00), o el saldo que exista, destinada para
la construcción del salón comunal de Corazón de Jesús, Pithaya Puntarenas,
a fin de que se gire a Asociación Club Rotario de Puntarenas para
contratación y/o construcción y/o mejoras en el Salón Comunal de Corazón de
Jesús, Pithaya Puntarenas.
125. Se autoriza a la Municipalidad de Puntarenas para variar el destino
de la partida aprobada mediante Ley No. 7952 del 28 de diciembre de 1999,
código presupuestario 106-054-03-730-27-242-27-282 por un monto de un
millón de colones (¢1.000.000,00), o el saldo que exista, destinada a
electrificación de Río Frío de Cóbano, a fin de que se gire a Instituto
Costarricense de Electricidad para electrificación de Río Frío de Cóbano.
126. Se autoriza a la Municipalidad de Puntarenas para variar el destino
de la partida aprobada mediante Ley No 7952 del 28 de diciembre de 1999,
código presupuestario 106-054-03-730-27-242-27-286 por un monto de un
millón de colones (¢1.000.000,00), o el saldo que exista, destinada para
construcción cordón de caño 300 metros Ciudadela Monseñor Sanabria,
Chacarita, a fin de que se gire a la Asociación Club Rotario de Puntarenas
para la construcción de aceras del Distrito de Chacarita.
127. Se autoriza a la Municipalidad de Puntarenas para variar el destino
de la partida aprobada mediante Ley No 7952 del 28 de diciembre de 1999,
código presupuestario 114-623-00-730-27-242-21-224 por un monto de dos
millones de colones (¢2.000.000,00), o el saldo que exista, destinada a
compra de terreno para basurero, Cóbano, a fin de que se gire al Concejo
Municipal de Distrito de Cóbano para compra de terreno para basurero, de
Cóbano.
128. Se autoriza a la Municipalidad de Puntarenas para variar el destino
de la partida aprobada mediante Ley No 7952 del 28 de diciembre de 1999,
código presupuestario 113-573-01-730-27-242-20-258 por un monto de
quinientos mil colones (¢500.000,00), o el saldo que exista, destinada
(para compra de instrumentos musicales, Escuela Flora Guevara Barahona,
Chacarita), a fin de que se gire a la Junta de Educación de la Escuela
Flora Guevara Barahona, para mejoras en la planta física.
129. Autorízase a la Municipalidad de Puriscal para que varíe el destino
de la siguiente partida aprobada mediante la Ley No. 7952-99: Código
Presupuestario 900 730 359 1 242 27, por un monto de setecientos
veinticinco mil colones (¢725.000,00) o el saldo que haya, destinada para
la construcción salón multiusos segunda etapa de Barbacoas a fin de que se
utilice para la construcción del salón multiuso segunda etapa caserío San
Juan, Distrito Barbacoas.
130. Autorizase a la Municipalidad de Puriscal para que varíe el destino
de la siguiente partida aprobada, mediante la Ley No. 7952-99: Código
Presupuestario 130-900, 730 354 1 242 27, por un monto de seiscientos trece
mil trescientos veinte colones (¢613.320.00), o el saldo que haya,
destinada para segunda etapa de la acera peatonal de la comunidad de
Cerbatana de Puriscal a fin de que se utilice para la construcción del
gimnasio de Cerbatana de Puriscal.
131. Autorízase a la Municipalidad de Poás para que varíe el destino de la
partida aprobada mediante la Ley No. 7952, código presupuestario 130-902-
730-495-1-242-31, por un monto de cuatro millones doscientos cinco mil
trescientos ochenta y tres colones (¢4.205.383,00) o el saldo que haya,
destinada a compra de terreno para ampliación del cementerio, distrito de
Carrillos, a fin de que se utilice para: Construcción de nichos en el
cementerio de Carrillos de Poás un millón quinientos cinco mil trescientos
ochenta y tres colones (¢1.505.383,00). Remodelación en planta física del
Liceo de Carrillos de Poás un millón quinientos mil colones
(¢1.500.000,00). Remodelación en planta física de escuela San Luis de
Carrillos seiscientos mil colones (¢600.000,00). Remodelación en planta
física de escuela Altos de Carrillos seiscientos mil colones
(¢600.000,00).
132. Autorízase a la Municipalidad de Jiménez, para que varíe el destino
de la partida aprobada mediante la Ley No. 7952, código presupuestario 130
903 730 291 01 242 20, por un monto de cinco millones de colones
(¢5.000.000,00) o el saldo que haya, destinada a acondicionamiento de 1.3
hectáreas de terreno para la construcción de la primera etapa colegio de
Pejibaye, Jiménez, a fin de que se utilice para construcción de
infraestructura educativa Colegio Pejibaye.
133. Se autoriza a la Municipalidad de Corredores, para variar el destino
de la partida "Construcción de Parque Infantil de Finca Naranjo, Distrito
Laurel". aprobada mediante Ley N° 7952, código presupuestario 130.906.730-
767-1-242-30, por un monto de un millón de colones (¢1.000.000,00) o el
saldo que haya de la misma, a fin de se utilice para: "Compra de
materiales para la iglesia católica de Naranjo.
134. Se autoriza a la Municipalidad de Buenos Aires, para variar el
destino de la partida "Construcción Gimnasio Polideportivo de Buenos
Aires". aprobada mediante Ley N° 7952, código presupuestario 130.906.730-
330-1-242-30, por un monto de dos millones de colones (¢2.000.000,00) o el
saldo que haya de la misma, a fin de que se utilice para: Aporte a
construcción de gimnasio, Buenos Aires.
135. Se autoriza a la Municipalidad de Buenos Aires, para variar el
destino de la partida "Construcción cancha multiuso Santa Cruz, distrito
Buenos Aires". aprobada mediante Ley N° 7952, código presupuestario
130.906.730-339-1-242-27, por un monto de un millón de colones
(¢1.000.000,00) o el saldo que haya de la misma, a fin de que se utilice
para: "Compra de lote Escuela Santa Cruz, Buenos Aires".
136. Se autoriza a la Municipalidad de Buenos Aires, para variar el
destino de la partida "Transferencia de fondos por derecho de utilización
de terreno a la Junta de Educación, distrito Volcán", aprobada mediante Ley
N° 7952, código presupuestario 130.906.730-365-1-242-20, por un monto de
quinientos cincuenta y ocho mil, ochocientos treinta y seis colones
(¢558.836.00) o el saldo que haya de la misma, a fin de que se utilice
para: "Aporte electrificación Santa Rosa de Volcán".
137. Se autoriza a la Municipalidad de Buenos Aires, para variar el
destino de la partida "Construcción puente Río Maíz, distrito de Colinas".
aprobada mediante Ley N° 7952, código presupuestario 130.906.730-412-1-242-
47, por un monto de dos millones quinientos mil colones (¢2.500.000) o el
saldo que haya de la misma, a fin de que se utilice para: "Aporte
construcción puente sobre Río Colinas".
138. Se autoriza a la Municipalidad de Osa, para variar el destino de la
partida "Asociación Pescadores Ciudad Cortés" aprobada mediante Ley N°
7952, código presupuestario 130.906.730-463-1-242-59, por un monto de dos
millones quinientos mil colones (¢2.500.000.00) o el saldo que haya de la
misma, a fin de que se utilice para: "Compra de cabezal para transporte
de equipo especial".
139. Se autoriza a la Municipalidad de Osa, para variar el destino de la
partida "Reparación salón comunal Ciudad Cortés" aprobada mediante Ley N°
7952, código presupuestario 130.906.730-465-1-242-27, por un monto de un
millón de colones (¢1.000.000.00) o el saldo que haya de la misma, a fin
de que se utilice: seiscientos mil colones (¢600.000,00) "Compra de
materiales para el entechado de la cancha del Liceo Pacífico Sur".
Cuatrocientos mil colones (¢400.000,00) "Aporte para compra de cabezal para
transporte de equipo especial".
140. Se autoriza a la Municipalidad de Osa, para variar el destino de la
partida "Comité Vivienda Cruz Roja, Ciudad Cortés" aprobada mediante Ley N°
7952, código presupuestario 130.906.730-466-1-242-23, por un monto de dos
millones de colones (¢2.000.000.00) o el saldo que haya de la misma, a fin
de que se utilice para: "Lastreo, conformación y compactación, Proyecto
Vivienda Cruz Roja".
141. Se autoriza a la Municipalidad de Osa, para variar el destino de la
partida "Proyecto Vivienda Barrio Lourdes, Ciudad Cortés" aprobada mediante
Ley N° 7952, código presupuestario 130.906.730-468-1-242-25, por un monto
de cinco millones, ciento noventa y ocho mil, ciento cuarenta y un colones
(¢5.198.141.00) o el saldo que haya de la misma, a fin de que se utilice
para: "Mantenimiento de la maquinaria y equipo municipal."
142. Se autoriza a la Municipalidad de Coto Brus, para variar el destino
de la partida "construcción puente La Escuadra de Pittier" aprobada
mediante Ley No. 7952, código presupuestario 130-906-730-641-1-242-47, por
un monto de un millón de colones (¢1.000.000,00) o el saldo que haya de la
misma, a fin de que se utilice para mantenimiento camino Aguas Calientes -
La Escuadra.
143. Se autoriza a la Municipalidad de Coto Brus, para variar el destino
de la partida "Plan estratégico de desarrollo, Concejo distrito de
Limoncito" aprobada mediante Ley N°. 7952, código presupuestario
130.906.730-658-1-242-27, por un monto de dos millones de colones
(¢2.000.000,00) o el saldo que haya de la misma, a fin de que se gire a la
Asociación de Desarrollo Integral de La Unión de Limoncito, para que se
utilice para: "Acondicionamiento de local para comisariato comunal del
distrito de Limoncito."
144. Autorízase a la Municipalidad de Alajuela para que varíe el destino
de la partida aprobada mediante Ley No. 7952, código presupuestario 130 902
00 730 281 1 242 14 por un monto de dos millones quinientos treinta y cinco
mil quinientos ochenta y cuatro (¢2.535.584) o el saldo que haya, destinada
para "cambio de zinc del edificio que ocupa la Guardia Rural, Río Segundo",
cédula jurídica 3-004-042063-16, a fin de que se utilice para obras varias
del edificio que alberga la Guardia Rural de Río Segundo de Alajuela que
aun se encuentra en proceso de construcción.
145. Se autoriza a la Municipalidad de Cartago para variar el destino de
la partida aprobada mediante Ley No. 7952, código presupuestario 130 903
730 238 1 242 20 por un monto de quinientos mil colones (¢500.000,00) o el
saldo que haya, destinada a construcción de aula prefabricada para la
escuela Manuel Padilla Ureña en Río Conejo, Corrallillo, a fin de que se
utilice para compra de cerámica y materiales de construcción para enrejado
y vidrios de la escuela Manuel Padilla Ureña en Río Conejo, Corralillo.
146. Autorizase a la Municipalidad de Pococí para que varíe el destino de
la partida aprobada mediante la Ley No. 7952, código presupuestario 130 907
730 204 124 227, por un monto de dos millones de colones (¢2.000.000,00) o
el saldo que haya, destinada a la compra de área comunal de Cuatro Esquinas
de Cariari, a fin de que se gire a la Asociación de Desarrollo Integral de
Cuatro Esquinas para la compra del área comunal de Cuatro Esquinas de
Cariari.
147. Se autoriza a la Municipalidad de San Ramón para variar el destino de
la partida aprobada mediante la Ley No. 7952 del 28 de diciembre de 1999,
código presupuestario 106-054-03-730-27-242-27-209, por un monto de treinta
y cuatro millones de colones (¢34.000.000,00) o el saldo que haya,
destinada a obras de infraestructura, a fin de que se utilice para obras de
infraestructura y la cancelación de gastos en que incurrieron las
asociaciones de desarrollo integral del cantón de San Ramón de Alajuela,
por la compra de lastre, alcantarillas y otros materiales para
infraestructura.
148. Se autoriza a la Municipalidad de Abangares a variar el destino de la
partida específica aprobada mediante Ley de Presupuesto Ordinario y
Extraordinario de la República, para el ejercicio Económico del 2000, Ley
Nº 7952, código presupuestario 130 905 730 598 1 242 30, por un monto de
quinientos mil colones (¢500.000,00) o el saldo que exista, destinada a
compra lote para área de juegos infantiles, Valle del Río, a fin de que sea
utilizada en la compra de play graund para el parque infantil de Valle del
Río.
149. Autorízase a la Municipalidad de Nicoya, para que varíe el destino
de la partida aprobada mediante Ley No. 7952, código presupuestario 905 730
342 1 242 27, por un monto de seis millones trescientos mil colones exactos
(¢6.300.000,00) o el saldo que haya, destinada para compra de terreno de
uso multi-institucional, distrito de Nosara a fin de que se utilice para
pago de entrenadores y otros, comité de deportes de Nicoya.
150. Autorízase a la Municipalidad de Nicoya, para que varíe el destino de
las partidas aprobadas mediante Ley No. 7952 , código presupuestario 905
730 271 1 242 47, por un monto sesenta mil colones exactos (¢60.000,00) o
el saldo que haya, destinada para construcción de casetilla, ruta Nicoya-
Hojancha, distrito La Mansión, código presupuestario 905 730 280 1 242 47,
por un monto sesenta mil colones exactos (¢60.000,00) o el saldo que haya,
destinada para construcción de casetilla, ruta Nicoya- Puerto Jesús,
distrito La Mansión, código presupuestario 905 730 287 1 242 47, por un
monto sesenta mil colones exactos (¢60.000,00) o el saldo que haya,
destinada para construcción de casetilla, ruta Nicoya-Puerto Jesús,
distrito La Mansión a fin de que se utilicen para construcción de
casetillas distrito La Mansión.
151. Autorízase a la Municipalidad de Aguirre, para que varíe el destino
de la partida aprobada mediante la Ley No. 7952, código presupuestario 130
906 730 523 1 242 44, por un monto de dos millones de colones
(¢2.000.000,00), o el saldo que haya, destinada a iluminación de la plaza
de deportes de Hatillo, Savegre, a fin de que se utilice para compra de
terreno plaza de deportes de Hatillo, Savegre.
152. Autorízase a la Municipalidad de Aguirre, para que varíe el destino
de la partida aprobada mediante la Ley No. 7952, código presupuestario No.
130 906 730 542 1 242 28, por un monto de ocho millones trescientos
veintiún mil ciento cuarenta colones (¢8.321.140,00), o el saldo que haya,
destinada a construcción segunda etapa casa de la cultura, Quepos a fin de
que se gire a la Asociación de bienestar comunal de Aguirre, para
construcción capilla Quepos.
153. Se autoriza a la Municipalidad de Cartago para variar el destino de
la partida aprobada mediante la Ley Nº 7952, código presupuestario 130.903
730-242-1-242-47 por un monto de un millón quinientos cuarenta y cinco mil
ochocientos setenta y dos colones (¢1.545.872,00) o el saldo que haya,
destinada a compra de carpeta asfáltica para Cristo Rey, distrito Dulce
Nombre, a fin de que se utilice para compra carpeta asfáltica para la
comunidad de Río Blanquillo, distrito de Dulce Nombre.
154. Se autoriza a la Municipalidad de Cartago para variar el destino de
las partidas aprobadas mediante la Ley Nº 7952, código presupuestario
130.903-00 730-238-1-242-20, por un monto de cuatrocientos setenta y siete
mil ochocientos noventa y dos colones (¢477.892,00) o el saldo que haya,
destinada a construcción de aula prefabricada para la Escuela Manuel
Padilla Ureña, en Río Conejo, Corralillo, a fin de que se utilice para
compra de cerámica y materiales de construcción para enrejado y vidrios de
la Escuela Manuel Padilla Ureña, en Río Conejo, Corralillo.
155. Autorízase a Temporalidades de la Arquidiócesis de San José, para
variar el destino de la transferencia aprobada mediante Ley No. 8040,
código presupuestario 107 088 00 702 01 241 31 282, por un monto de diez
millones de colones (¢10.000.000,00) o el saldo que haya, destinada para
finalización de la remodelación de la Parroquia de San Francisco Javier de
Cervantes de Alvarado en Cartago, a fin de que se utilice para cancelación
de deuda de la Parroquia de San Francisco Javier de Cervantes de Alvarado
de Cartago a la Conferencia Episcopal Nacional de Costa Rica Servicios
Pastorales, deuda que fue adquirida para la finalización de la remodelación
dicha.
156. Se autoriza a la Municipalidad de Puntarenas para variar el destino
de la partida modificada mediante Ley No 8040 del 24 de octubre 2000,
artículo 12, inciso 9, donde indicaba: a fin de que se gire a la Asociación
Agrícola Unidos Vecinos de Cambalache Cédula Jurídica 3-002-236650 para
reparaciones de plaza de fútbol de Pueblo Los Chicos, Caldera, por un monto
de un millón quinientos mil colones (¢1.500.000,00), o el saldo que exista,
para que se gire a la Asociación Club Rotario de Puntarenas para mejoras en
la cancha de fútbol de Pueblo Los Chicos, Caldera.
157. Se autoriza a la Asociación Club Rotario de Puntarenas para variar el
destino de la partida aprobada mediante Ley No 8040 del 24 de octubre de
2000, código presupuestario 117-749-00-702-27-241-28-286 por un monto de
doscientos mil colones (¢200.000,00) , o el saldo que exista, destinada a
la Asociación de Padres de la Etapa Básica de Música de la UCR, para compra
de zinc y cemento, a fin de que se destine a mejoras en planta física, Club
Rotario de Puntarenas.
158. Se autoriza a la Asociación Club Rotario de Puntarenas para variar el
destino de la partida aprobada mediante Ley No 8040 del 24 de octubre de
2000, código presupuestario 106-054-03-702-27-241-31-337 por un monto de un
millón de colones (¢1.000.000,00), o el saldo que exista, destinada a la
Asociación de Desarrollo de Santa Eduviges, para mejoras en la Iglesia
Católica, a fin de que se destine a la compra de materiales para la
Asociación de Desarrollo de Santa Eduviges para mejoras en la Iglesia
Católica.
159. Se autoriza a la Asociación Club Rotario de Puntarenas para variar el
destino de la partida aprobada mediante Ley No 8040 del 24 de octubre de
2000, código presupuestario 106-054-03-702-27-241-44-338 por un monto de un
millón de colones (¢1.000.000,00), o el saldo que exista, destinada a la
Asociación de Vecinos de Playa Blanca, para cancelar deuda a
Coopeguanacaste, electrificación, a fin de que se destine a cancelación a
Coopeguanacaste de deuda por electrificación, contraída por la Asociación
de Vecinos de Playa Blanca.
160. Se autoriza a la Municipalidad de Puntarenas para variar el destino
de la partida modificada mediante Ley No 8040 del 24 de octubre 2000,
artículo 12, inciso 9, por ochocientos setenta y dos mil colones
(¢872.000,00) o el saldo que haya destinada a la compra de materiales de
construcción y/o mejoramiento de la infraestructura de la escuela Augusto
Colombari Chicoli: a fin de que se gire a la Junta de Educación de la
Escuela Augusto Colombari Chicoli, para mejoras en la planta física.
161. Se autoriza a la Municipalidad de Puntarenas para variar el destino
de la partida modificada mediante Ley No 8040 del 24 de octubre de 2000, en
artículo 13 inciso 58, donde dice: "a fin de que se gire a la Asociación de
Desarrollo Integral de Guacimal, cédula jurídica 3-002-075663-21 para
concluir el Acueducto Rural de Guacimal, Los Ángeles y Fernández", por un
monto de un millón de colones (¢1.000.000,00), debe decir: "para que se
gire a la Asociación Club Rotario de Puntarenas para mejoras en el
Acueducto Rural de Guacimal, Los Ángeles y Fernández".
162. Se autoriza a la Asociación Club Rotario de Puntarenas para variar el
destino de la partida aprobada mediante Ley No 8040 del 24 de octubre de
2000, código presupuestario 113-573-02-702-27-241-30-204 por un monto de
tres millones de colones (¢3.000.000.00) o el saldo que exista, destinada a
la Asociación de Desarrollo Integral de Paquera, para la construcción del
gimnasio de Paquera, a fin de que gire a la Junta Administrativa del
Colegio Técnico Profesional de Paquera para contratación y/o construcción
del Gimnasio de Paquera.
163. Autorizase a la Municipalidad de Turrubares para que varíe el destino
de la siguiente partida aprobada mediante la Ley No. 8040: Artículo 13,
inciso 45, por un monto de un millón de colones (¢1,000.000.00) o el saldo
que haya, destinada para alcantarilla sobre quebrada Candelillal; a fin de
que se utilice para mantenimiento y reparación de los caminos Paso Agres,
El Barro y Lagunas.
164. Autorízase a Municipalidad del Cantón de Sarapiquí, Heredia, para que
varíe el destino de la Partida aprobada mediante Ley Nº 8050, código
presupuestario 130-904-730-389-1-242 -30; por un monto de tres millones de
colones (¢3.000.000.00) o el saldo que haya, destinado a ayuda
construcción pista atlética La Virgen, a fin de que se utilice para
construcción de piscina en el Liceo La Virgen.
165. Autorízase a Municipalidad del Cantón de Sarapiquí, Heredia, para que
varíe el destino de la Partida aprobada mediante Ley Nº 8050, código
presupuestario 130-904-730-385-1-242 -27; por un monto de dos millones de
colones (¢2.000.000.00) o el saldo que haya, destinado para ayuda
reconstrucción salón comunal de San Ramón, distrito La Virgen, a fin de que
se utilice para ampliación y lastreo camino La Virgen- San Ramón.
166. Autorízase a la Municipalidad de Esparza para variar el destino de la
partida aprobada mediante la Ley No. 8050 del 28 de diciembre del 2000,
código presupuestario 130 906 730 313 1 242 21, por un monto de
ochocientos mil colones (¢800.000) o el saldo que haya, destinado a la
compra de terreno EBAIS, distrito de San Juan Grande, a fin de que se
utilice para la remodelación de infraestructura educativa de la escuela
Antonio Vallerriestra, en San Juan Grande.
167. Autorízase a la Municipalidad de Montes de Oro para variar el destino
de la partida aprobada mediante la Ley No. 8050 del 28 de diciembre del
2000, código presupuestario 117 760 00 663 01 132 30 201, por un monto de
un millón de colones (¢1.000.000) o el saldo que haya, destinado para la
compra de implementos deportivos, uniformes, gastos de transporte y
administrativos de la Asociación Deportiva Miramanense de fútbol salón de
Montes de Oro, a fin de que se utilice para la continuación de la
construcción y compra de equipo para la cancha multiusos de San Isidro.
168. Autorízase a la Municipalidad de Esparza para variar el destino de la
partida aprobada mediante La Ley No. 8050 del 28 de diciembre del 2000,
código presupuestario 106 054 03 730 01 242 27 575, por un monto de dos
millones de colones (¢2.000.000) o el saldo que haya, destinada para
construcción acera peatonal en carretera Interamericana, a fin de que se
utilice para compra de agregados, contratación de maquinaria y pago de
horas extras para el asfaltado de la ruta calle principal a antigua
estación de Mata de Limón.
169. Autorízase a la Municipalidad de Puntarenas para variar el destino de
la partida aprobada mediante la Ley No. 8050 del 28 de diciembre del 2000,
código presupuestario 117 760 00 730 27 242 30 202, por un monto de un
millón quinientos mil colones (¢1.500.000) o el saldo que haya, destinado
para la construcción de un muro de contención, malla, drenaje, servicios
sanitarios y reparación de camerinos de la plaza de deportes de Guacimal, a
fin de que se gire a la Asociación de Desarrollo Integral de Guacimal de
Puntarenas, con cédula jurídica 3-002-075663, para la construcción de muro
de contención, malla, drenaje, servicios sanitarios y reparación de caminos
de la plaza de deportes de Guacimal.
170. Se autoriza a la Municipalidad de Alfaro Ruiz, para variar el destino
de la partida aprobada mediante la Ley No. 8050 del 28 de diciembre del
2000, código presupuestario 130-902-730-624-1-242-47 para "Ampliación y
reparación camino Laguna-Palmira, distrito de Laguna", por un monto de dos
millones doscientos noventa y nueve mil doscientos cincuenta y cinco
colones ((2.299.255,00) o el saldo de haya, a fin de que se utilice para
tres proyectos: 1) Mejoras del Salón Comunal de Laguna: un millón de
colones (¢1.000.000,00), 2) Alcantarillado en Laguna: quinientos mil
colones (¢500.000,00), y 3) Ampliación y reparación camino Laguna-Palmira:
setecientos noventa y nueve mil doscientos cincuenta y cinco colones
(¢799.255,00), destinada para "alumbrado Plaza de Deportes Atenas Centro."
Según lo manifiesta el Concejo Municipal de Alfaro Ruiz, en sesión
ordinaria No. 24 celebrada el 22 de junio de 2001.
171. Autorízase a la Municipalidad de Barva, para que varíe el destino de
la partida aprobada mediante la Ley N° 8050, código presupuestario 130 904
00 730 244 01 242 20, por un monto de Seiscientos mil colones (¢
600.000,00) o el saldo que haya, destinada a techado cancha de basketball
Escuela Arturo Morales Gutiérrez, distrito San José de la Montaña 3-014-
042089-35, a fin de que se utilice para reconstrucción de 2 aulas y pago
planilla escuela Arturo Morales Gutiérrez, distrito San José de la Montaña.
172. Autorízase al Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo, para que
varíe el destino de la partida aprobada mediante Ley Nº 8050, código
presupuestario 110-177-00-733-27-242-40-206, por un monto de veinticinco
millones cuatrocientos noventa y nueve mil novecientos noventa y siete,
(¢25.499.997,00) o el saldo que haya, destinada "para compra de terreno
destinado a proyectos productivos agrícolas de la Asociación Agrícola
Alajuelense, cédula jurídica 3-002-255736", a fin de que se utilice "para
compras de lotes urbanizados cuyos precios se tendrán a título de subsidio
no reembolsable a favor de las familias beneficiadas debidamente
calificadas por el Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo.
173. Autorízase a la Municipalidad de Jiménez, para que varíe el destino
de la partida aprobada mediante la Ley No. 8050, código presupuestario
130903 730 280 01 242 27, por un monto de cinco millones de colones
(¢5.000.000,00) o el saldo que haya, destinada para construcción del salón
multiuso en el centro de Pejibaye, a fin de que se utilice para
remodelación del salón comunal de Pejibaye.
174. Se autoriza a la Municipalidad de Corredores, para variar el destino
de la partida "Cambio de techo, Escuela Monteverde, distrito Laurel".
aprobada mediante Ley N°. 8050, código presupuestario 130.906.730-760-1-242-
20, por un monto de un millón de colones (¢1.000.000,00) o el saldo que
haya de la misma, a fin de que se utilice: Setecientos cincuenta mil
colones (¢750.000,00) para "construcción del puente, Bella Luz - Santa
Lucía, Laurel". Doscientos cincuenta mil colones (¢250.000,00) "Primera
etapa construcción iglesia católica de la comunidad de Río Incendio,
Laurel."
175. Se autoriza a la Municipalidad de Corredores para variar el destino
de la partida "construcción Casa del Maestro escuela La Nubia, distrito
Laurel, aprobada mediante Ley No. 8050, código presupuestario 130-906-730-
764-1-242-20, por un monto de un millón ochocientos mil colones
(¢1.800.000,00) o el saldo que haya de la misma, a fin de que se utilice:
un millón doscientos mil colones (¢1.200.000,00) para "cancha multiuso de
la comunidad de Bella Luz". seiscientos mil colones (¢600.000,00) primera
etapa construcción iglesia católica de la comunidad de Río Incendio,
Laurel.
176. Se autoriza a la Municipalidad de Buenos Aires, para variar el
destino de la partida "Ayuda a indigentes, distrito Buenos Aires", aprobada
mediante Ley N° 8050, código presupuestario 130.906.663-349-1-132-23, por
un monto de dos millones quinientos mil colones (¢2.500.000,00) o el saldo
que haya de la misma, a fin de que se utilice: Un millón doscientos mil
colones (¢1.200.000,00) para "Construcción primera etapa cielo raso templo
barrio Los Ángeles, Buenos Aires". Ochocientos mil colones (¢800.000,00)
"Aporte construcción puente Quebrada Swiñary, Buenos Aires" quinientos mil
de colones) (¢500.000,00) "Construcción primera etapa cancha multiuso
Escuela Santa Cruz, Buenos Aires".
177. Se autoriza a la Municipalidad de Buenos Aires, para variar el
destino de la partida "Compra de lote para construir Consejo Pastoral,
Barrio Los Ángeles, distrito Buenos Aires". aprobada mediante Ley N° 8050,
código presupuestario 130.906.730-353-1-242-31, por un monto de quinientos
mil medio (¢500.000,00) o el saldo que haya de la misma, a fin de que se
utilice para: "Construcción segunda etapa cielo raso templo barrio Los
Ángeles."
178. Se autoriza a la Municipalidad de Buenos Aires, para variar el
destino de la partida "Techado cancha multiuso escuela Lomas, distrito
Buenos Aires". aprobada mediante Ley N° 8050, código presupuestario
130.906.730-357-1-242-20, por un monto de un millón de colones
(¢1.000.000,00) o el saldo que haya de la misma, a fin de que se utilice
de la siguiente manera: - "Mejoramiento infraestructura Templo La Piñera,
Buenos Aires".
179. Se autoriza a la Municipalidad de Buenos Aires, para variar el
destino de la partida "Construcción aulas Colegio, Distrito de Volcán".
aprobada mediante Ley N° 8050, código presupuestario 130.906.730-361-1-242-
20, por un monto de tres millones doscientos mil colones (¢3.200.000,00) o
el saldo que haya de la misma, a fin de que se utilice: Un Millón
seiscientos mil colones (¢1.600.000,00) para "Construcción aula Colegio de
Volcán". Un Millón seiscientos mil colones (¢1.600.000,00) "Compra de lote
Colegio Santa Marta".
180. Se autoriza a la Municipalidad de Osa, para variar el destino de la
partida "Para girar a la Asociación de Desarrollo Integral de Sierpe,
para compra de terreno de Vivienda en Sábalo, Sierpe". aprobada mediante
Ley N° 8050, código presupuestario 130.906.730-495-1-242-25, por un monto
de dos millones quinientos mil colones (¢2.500.000,00) o el saldo que haya
de la misma, a fin de que se utilice para: "Compra de terreno para vivienda
en Sábalo, Sierpe".
181. Se autoriza a la Municipalidad de Osa, para variar el destino de la
partida "Para girar a la Asociación de Desarrollo Integral de Sierpe,
reparación y construcción de aceras, cordón y caño de Sierpe Centro,
aprobada mediante Ley No. 8050, código presupuestario 130-906-730-499-1-242-
27, por un monto de dos millones de colones (¢2.000.000,00) o el saldo que
haya de la misma, a fin de que se utilice para reparación y construcción de
aceras cordón y caño de Sierpe.
182. Se autoriza a la Municipalidad de Osa, para variar el destino de la
partida "Para girar a la Asociación de Desarrollo Integral de Sierpe, para
lastreo, conformación alcantarillado y desfogue del camino La Gallega-
finca 18, Sierpe", aprobada mediante Ley No. 8050, código presupuestario
130-906-730-502-1-242-47, por un monto de dos millones de colones
(¢2.000.000,00) o el saldo que haya de la misma, a fin de que se utilice
para lastreo, conformación y alcantarillado del camino La Gallega-Finca 18
de Sierpe.
183. Se autoriza a la Municipalidad de Osa, para variar el destino de la
partida "Para girar a la Asociación de Desarrollo Integral de Sierpe, para
compra de material lastre de río y piedra para la margen del Río Sierpe.
Centro de protección de Vivienda y atracaderos de botes, distrito Sierpe."
aprobada mediante Ley N° 8050, código presupuestario 130.906.730-504-1-242-
27, por un monto de un millón quinientos mil colones (¢1.500.000,00) o el
saldo que haya de la misma, a fin de que se utilice: quinientos mil colones
(¢500.000,00) "Construcción de baranda de puente sobre el Río San Juan". un
millón de colones (¢1.000.000,00) "Lastreo y conformación del camino de
San Juan".
184. Se autoriza a la Municipalidad de Osa, para variar el destino de la
partida "Para girar a la Asociación de Desarrollo Integral de Sierpe,
compra de ferry para el paso del río Sierpe que comunica con Miramar, San
Juan y Drake, distrito Sierpe" aprobada mediante Ley N° 8050, código
presupuestario 130.906.730-505-1-242-47, por un monto de cinco millones
quinientos mil colones (¢5.500.000,00) o el saldo que haya de la misma, a
fin de que se utilice para: - "Compra de ferry "Transbordador" para el paso
del Río Sierpe que comunica Miramar, San Juan y Drake.
185. Se autoriza a la Junta Administrativa de la escuela de Pacayas de
Alvarado para variar el destino de la partida aprobada mediante Ley No.
8050, código 105 034-00 731 01 242 20 246 por un monto de ochocientos mil
colones (¢800.000,00) o el saldo que haya, destinada a compra de
instrumentos musicales, a fin de que se gire a la Federación de
Municipalidades de Cartago, Céd. Juríd: 3 007 084951, para compra de
instrumentos musicales".
186. Se autoriza a la Municipalidad de Bagaces a variar el destino de la
partida específica aprobada mediante Ley de Presupuesto Ordinario y
Extraordinario de la República, para el ejercicio Económico del 2001, Ley
Nº 8050, código presupuestario 130 905 663 437 1 132 27, por un monto de un
millón de colones (¢1.000.000,00) o el saldo que exista, destinada a gastos
administrativos y operativos de la ASODES de Fortuna, a fin de que se gire
a nombre de la Asociación de Desarrollo integral de Fortuna de Bagaces,
para gastos administrativos y operativos de la asociación.
187. Se autoriza a la Municipalidad de Cartago para variar el destino de
las partidas aprobadas mediante la Ley Nº 8050, código presupuestario
106.054-03-730-27-242-31-305, por un monto de un millón de colones
(¢1.000.000,00) o el saldo que haya, destinada a construcción capilla de
velación en Taras, a fin de que se utilicen para mejoras en la
infraestructura del Salón Comunal en Taras.
188. Se autoriza a la Municipalidad de Puntarenas para variar el destino
de la partida modificada mediante Ley No. 8060 del 19 de enero de 2001,
artículo 5, inciso 25, donde indicaba: para que se gire a la Asociación de
Desarrollo Integral de Cóbano Cédula Jurídica 3-002-045-378 para la
iluminación de la Cancha de fútbol de la comunidad de Montezuma o Cabuya,
ubicadas en Cóbano de Puntarenas, por un monto de dos millones de colones
(¢2.000.000,00), o el saldo que exista, para que se gire al Concejo
Municipal de distrito de Cóbano, para la compra de lámparas y otros, para
la iluminación de la cancha de fútbol de la comunidad de Montezuma.
189. Se autoriza a la Municipalidad de Puntarenas para variar el destino
de la partida modificada mediante Ley No. 8060 del 19 de enero de 2001,
artículo 5, inciso 25, donde indicaba: para que se gire a la Asociación de
Desarrollo Integral de Cóbano Cedula Jurídica 3-002-045-378 para la
Iluminación de la Cancha de fútbol de la Comunidad de Montezuma o Cabuya,
ubicadas en Cóbano de Puntarenas. Por un monto de dos millones de colones
(¢2.000.000,00), o el saldo que exista, para que se gire al Concejo
Municipal de distrito de Cóbano, para la compra de lámparas y otros, para
la iluminación de la cancha de fútbol de la comunidad de Montezuma.
190. Se autoriza a la Municipalidad de Puntarenas para variar el destino
de la partida corregida mediante Ley No 8060 del 19 enero de 2001, artículo
5 inciso 9, por un monto de cuatro millones de colones (¢4.000.000,00), o
el saldo que exista, destinada a la compra de materiales, pago de mano de
obra y otros gastos propios del arreglo de calles y/o aceras del distrito
de Barranca, a fin de que se cancele de deuda producto de la reparación de
las calles de Barranca.
191. Autorízase a la Municipalidad de Turrialba para que de los recursos
asignados mediante Ley No. 8060, artículo 4º inciso 60, publicada en La
Gaceta No. 14 del viernes 19 de enero del 2001, por un monto de veintiún
millones de colones (¢21.000.000,00) destine cinco millones de colones
(¢5.000.000,00) para la compra de terreno para la construcción de la
Escuela Nochebuena de Turrialba.
192. Autorízase a la Asociación de Desarrollo Integral de Roxana de Pococí
para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley No. 8060,
artículo 5, inciso 63, por un monto de cinco millones ochocientos cuarenta
y ocho mil colones (¢5.848.000,00) o el saldo que haya, destinada a compra
de un bien inmueble y se inicie la construcción del Liceo de Llano Bonito
de Roxana, en la comunidad de Llano Bonito, a fin de que se gire a la
Municipalidad de Pococí para la compra de un bien inmueble y se inicie la
construcción del Liceo de Llano Bonito de Roxana en la comunidad de Llano
Bonito.
193. Autorízase a la Municipalidad de Puriscal para que varíe el destino
de la siguiente partida aprobada mediante la Ley No. 7952, Código
presupuestario 130 900 730 336 1 242 27, por un monto de cuatrocientos tres
mil setecientos cuarenta y cinco colones (¢403.745,00) o el saldo que haya,
destinada a mejoramiento salón comunal, distrito Santiago; a fin de que se
utilice en lastreo y mantenimiento del camino de barrio Jarazal de Santiago
Puriscal.
194. Autorízase a la Municipalidad de Puriscal para que varíe el destino
de la siguiente partida aprobada mediante la Ley No. 7952, código
presupuestario 130 900 730 335 1 242 30, por un monto de cuatrocientos tres
mil setecientos cuarenta y cinco colones (¢403.745), o el saldo que haya,
destinada para construcción de cancha multiuso para la práctica deportiva
de niños, jóvenes y adultos en Junquillo Arriba, distrito Santiago; a fin
de que se utilice en la construcción de aceras de Junquillo Arriba.
195. Autorízase a la Tesorería Nacional para que endose los giros:
20010889177, 20010889178, 20010889179, 20010889180 a favor de la Asociación
de Desarrollo Integral de Hojancha, a fin de que se utilicen para pago de
deuda para la conclusión del salón comunal de Pilangosta, conclusión del
salón multiuso de Matambú, conclusión del salón multiuso Los Cerros,
electrificación de La Gran Vía, plaza de Hojancha centro, respectivamente.
196. Se autoriza a la Municipalidad de Alfaro Ruiz, para variar el destino
de la partida aprobada mediante la ley No. 8050 del 28 de diciembre del
2000, código presupuestario 130 902 730 628 1 242 27, para "mobiliario
salón comunal de Santa Rosa, distrito de Tapezco", por un monto de
ochocientos mil seiscientos treinta y tres colones (¢800.633,00) o el saldo
que haya, a fin de que se utilice para reparación de caminos de Santa Rosa
distrito de Tapezco. Según lo manifiesta el Concejo Municipal de Alfaro
Ruiz, sesión ordinaria No. 42 celebrada el 26 de octubre del 2001.
197. Autorízase a la Asociación de Desarrollo Integral de Purral, cédula
jurídica 3-002-084192 para que varíe el destino de la partida aprobada
mediante la Ley No. 8060, código presupuestario 107 088 00 702 27 241 31
283 por un monto de un millón de colones (¢1.000.000,00) o el saldo que
haya destinado a mejoras en la capilla de velación del cementerio El
Redentor, distrito Purral, cantón de Goicoechea, a fin de que se utilice
para finalizar construcción del salón comunal de la urbanización Loma Verde
en Purral de Goicoechea.
198. Autorízase a la Municipalidad de Goicoechea, cédula jurídica 3-014-
042051 para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley No.
7952, código presupuestario 130 900 00 663 596 1 132 31 por un monto de
seiscientos mil colones (¢600.000,00) o el saldo que haya, destinado a la
Asociación Ministerio de Vida Abundante de las Asambleas de Dios para
programa atención y capacitación sobre drogadicción, homosexualismo y
prostitución en Guadalupe, cédula jurídica 3-0014-042051, a fin de que se
utilice para realizar programa de atención y capacitación sobre
drogadicción, homosexualismo y prostitución en coordinación con la
Asociación Ministerio de Vida Abundante de las Asambleas de Dios
seiscientos mil colones (¢600.000,00).
199. Autorízase a la Municipalidad de Goicoechea, cédula jurídica 3-0014-
042051 para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley No.
7952, código presupuestario 130 900 00 730 595 1 242 20 por un monto de un
millón de colones (¢1.000.000,00) o el saldo que haya, destinado a la
escuela Fernando Centeno Guell, Unidad de rescate mental, para construcción
de dos galerones para gallineros y viveros, distrito de Guadalupe, cédula
jurídica 3-014042051, a fin de que se utilice para instalar malla e impedir
acceso a sector donde se da el botadero de basura al río Torres, sector sur
hacia la rotonda (parte entubada del río Torres) y arreglo de calles del
barrio Miraflores un millón de colones (¢1.000.000,00).
200. Autorízase a la Municipalidad de Goicoechea, cédula jurídica 3-014-
042051 para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley No.
7952, código presupuestario 130 900 00 730 597 1 242 27 por un monto de un
millón de colones (¢1.000.000,00) o el saldo que haya, destinado a la
Asociación de vecinos barrio Miraflores para instalación de malla contiguo
a play ground, instalación de tres hidrantes en calles y avenidas, distrito
Guadalupe, cédula jurídica 3-0014-042051, a fin de que se utilice para
instalación de malla contiguo al play ground y para compra e instalación de
tres hidrantes en barrio Miraflores, distrito Guadalupe, un millón de
colones (¢1.000.000,00).
201. Autorízase a la Municipalidad de Goicoechea, cédula jurídica 3-014-
042051 para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley No.
7952, código presupuestario 130 900 00 663 598 1 132 27 por un monto de
quinientos mil colones (¢500.000,00) o el saldo que haya, destinado a la
Unión cantonal de asociaciones de desarrollo comunal de Goicoechea, para
cursos de capacitación a juntas directivas de asociaciones de desarrollo
del cantón, distrito Guadalupe, cédula jurídica 3-0014-042051, a fin de que
se utilice para efectuar cursos de capacitación a juntas directivas de
asociaciones de desarrollo del cantón, en coordinación con la Unión
cantonal de asociaciones de desarrollo de Goicoechea de San José quinientos
mil colones (¢500.000,00).
202. Autorízase a la Municipalidad de Goicoechea, cédula jurídica 3-014-
042051 para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley No.
7952, código presupuestario 130 900 00 730 599 1 242 30 por un monto de
quinientos mil colones (¢500.000,00) o el saldo que haya, destinado a la
Asociación de desarrollo comunal barrio Independencia para primera etapa de
construcción pequeño gimnasio multiuso, distrito Guadalupe, cédula jurídica
3-0014-042051, a fin de que se utilice para construcción primera etapa
pequeño gimnasio multiuso en barrio Independencia. Distrito Guadalupe
quinientos mil colones (¢500.000,00).
203. Autorízase a la Municipalidad de Goicoechea, cédula jurídica 3-014-
042051 para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley No.
7952, código presupuestario 130 900 00 730 600 1 242 30 por un monto de
quinientos mil colones (¢500.000,00) o el saldo que haya, destinado a la
Asociación de desarrollo La Flor y El Alto para reparación y mejor uso
comunal, distrito Guadalupe, cédula jurídica 3-0014-042051, a fin de
que se utilice para
reparación y mejoras de instalaciones deportivas en urbanización La Flor y
el Alto, distrito Guadalupe quinientos mil colones (¢500.000,00).
204. Autorízase a la Municipalidad de Goicoechea, cédula jurídica 3-014-
042051 para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley No.
7952, código presupuestario 130 900 00 730 601 1 242 30 por un monto de un
millón quinientos mil colones (¢1.500.000,00) o el saldo que haya,
destinado a la Asociación de desarrollo San Gerardo y Santa Cecilia, para
techado de costados y cancha multiuso de las comunidades, distrito
Guadalupe, cédula jurídica 3-0014-042051, a fin de que se utilice para
compra y colocación de hidrantes en barrio San Gerardo y Santa Cecilia un
millón quinientos mil colones (¢1.500.000,00).
205. Autorízase a la Municipalidad de Goicoechea, cédula jurídica 3-014-
042051 para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley No.
7853, código presupuestario 130 900 730 399 27 242 21 por un monto de un
millón quinientos mil colones (¢1.500.000,00) o el saldo que haya,
destinado a compra de máquina para tratamiento odontológico, Rancho
Redondo, a fin de que se utilice para construcción de aula para
capacitación y actividades comunales en el distrito de Rancho Redondo un
millón quinientos mil colones (¢1.500.000,00).
206. Autorízase a la Municipalidad de Goicoechea, cédula jurídica 3-014-
042051 para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley No.
7952, código presupuestario 130 900 00 730 602 1 242 31 por un monto de
trescientos cincuenta mil colones (¢350.000,00) o el saldo que haya,
destinado a la Asociación costarricense de padres de personas excepcionales
(ACOPANE) para compra de equipo de cómputo distrito Guadalupe, cédula
jurídica 3-014-0420-51 a fin de que utilice para compra de
equipo de cómputo para Asociación costarricense de padres de
personas excepcionales (ACOPANE), distrito Guadalupe trescientos cincuenta
mil colones (¢350.000,00).
207. Autorízase a la Municipalidad de Vásquez de Coronado, cédula jurídica
3-014-045149-28 para que varíe el destino de la partida aprobada mediante
la Ley No. 7952, código presupuestario 130 900 00 730 652 1 242 21 por un
monto de un millón trescientos cincuenta y seis mil seiscientos dieciséis
colones (¢1.356.616,00) o el saldo que haya, destinado para apoyar la
construcción de CEN-CINAI, San Isidro, a fin de que se utilice para
infraestructura urbana de San Isidro un millón trescientos cincuenta y seis
mil seiscientos dieciséis colones (¢1.356.616,00).
208. Autorízase a la Municipalidad de Goicoechea, cédula jurídica 3-014-
042051 para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley No.
8040, código presupuestario 106 054 03 730 27 242 27 253 por un monto de
trescientos cincuenta mil colones (¢350.000,00) o el saldo que haya,
destinado a mejoras en los servicios sanitarios del salón comunal de San
Francisco de Goicoechea, a fin de que se utilice para mejoras del salón
comunal de San Francisco de Goicoechea trescientos cincuenta mil colones
(¢350.000,00).
209. Autorízase a la Municipalidad de Vásquez de Coronado, cédula jurídica
3-014-045149-28 para que varíe el destino de la partida aprobada mediante
la Ley No. 7853, código presupuestario 130 900 730 479 27 242 30 por un
monto de un millón cincuenta mil colones (¢1.050.000,00) o el saldo que
haya, destinado a enzacatado y nivelación cancha de fútbol de Dulce Nombre,
a fin de que se utilice para obras varias de infraestructura deportiva un
millón cincuenta mil colones (¢1.050.000,00).
210. Autorízase a la Asociación de desarrollo integral de San Antonio de
Coronado para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley
No. 7563, código presupuestario 130 901 702 477 01 241 44 9 por un monto de
seiscientos mil colones (¢600.000,00) o el saldo que haya, destinado a
relocalización de posteado eléctrico calle La Piapia, a fin de que se
utilice para apoyo para la finalización de construcción de la capilla de
Velación de barrio San José de San Antonio de Coronado doscientos mil
colones (¢200.000) y para asfaltado de la calle Vindas, San Antonio de
Coronado cuatrocientos mil colones (¢400.000,00).
211. Autorízase a la Junta de Educación escuela Filomena Blanco para que
varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley No. 7719, código
presupuestario 130 922 00 731 411 1 242 20 9 por un monto de cuatro
millones de colones (¢4.000.000,00) o el saldo que haya, destinado a la
construcción del gimnasio, a fin de que se utilice para obras varias en la
institución cuatro millones de colones (¢4.000.000,00).
212. Autorízase a la Municipalidad de Goicoechea, cédula jurídica 3-014-
042051 para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley No.
7952, código presupuestario 130 900 00 730 609 1 242 20 por un monto de
trescientos mil colones (¢300.000,00) o el saldo que haya, destinado a la
capilla de velación comunal de San Rafael, distrito de Calle Blancos,
cédula jurídica 3-0014-042051, a fin de que se utilice para mejoras varias
y compra de mobiliario para la capilla de velación comunal de San Rafael,
distrito de Calle Blancos trescientos mil colones (¢300.000,00).
213. Autorízase a la Municipalidad de Goicoechea, cédula jurídica 3-014-
042051 para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley No.
7952, código presupuestario 130 900 00 730 606 1 242 20 por un monto de un
millón de colones (¢1.000.000,00) o el saldo que haya, destinado al Colegio
Técnico de Calle Blancos, cédula jurídica 3-0014-042051, a fin de que se
utilice para conclusión del auditorio y reparación de los corredores del
Colegio Técnico de Calle Blancos, Calle Blancos, Goicoechea un millón de
colones (¢1.000.000,00).
214. Autorízase a la Municipalidad de Goicoechea, cédula jurídica 3-014-
042051 para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley No.
7952, código presupuestario 130 900 00 730 627 1 242 23 por un monto de
trescientos cuarenta y un mil seiscientos veinticuatro colones
(¢341.624,00) o el saldo que haya, destinado al Albergue de ancianos El
Nazareno, distrito Ipís, cédula jurídica 3-014-042051, a fin de que se
utilice para construcción de muro de protección al frente del albergue de
ancianos El Nazareno de Ipís de Goicoechea trescientos cuarenta y un mil
seiscientos veinticuatro colones (¢341.624,00).
215. Autorízase a la Municipalidad de Goicoechea, cédula jurídica 3-014-
042051 para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley No.
7952, código presupuestario 130 900 730 626 1 242 23 por un monto de
doscientos mil colones (¢200.000,00) o el saldo que haya, destinado a la
Cruz Roja de Ipís, cédula jurídica 3-0014-042051, a fin de que se utilice
para compra de implementos médicos para el Comité auxiliar de la Cruz Roja
de Ipís de Goicoechea doscientos mil colones (¢200.000,00).
216. Autorízase a la Municipalidad de Goicoechea, cédula jurídica 3-014-
042051 para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley No.
7853, código presupuestario 130 900 730 436 27 242 28 por un monto de
doscientos mil colones (¢200.000,00) o el saldo que haya, destinado al
Proyecto Scout 94, Ipís, a fin de que se utilice para mejoras del sistema
eléctrico del local de los Scout, tropa 94 de Ipís doscientos mil colones
(¢200.000,00).
217. Autorízase a la Municipalidad de Goicoechea, Céd. Jur: 3-014-042051
para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley No. 7952
código presupuestario 130 900 00 730 619 1 242 28 por un monto de ciento
cincuenta mil colones (¢150.000,00) o el saldo que haya destinado a: Scouts
94-Ipís a fin de que se utilice para mejoras del sistema eléctrico del
local de los Scouts, tropa 94 de Ipís. Ciento cincuenta mil colones
(¢150.000,00).
218. Autorízase a Asociación de Desarrollo Integral de San Francisco de
Dos Ríos, para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley
No. 7719, código presupuestario 922 702 289 1 241 26 4, por un monto de
tres millones de colones (¢3.000.000,00) o el saldo que haya, destinada a
entubamiento de acequia, a fin de que se utilice para la continuación de
los trabajos en el gimnasio para discapacitados que se encuentran en el
polideportivo de San Francisco de Dos Ríos, específicamente en la
construcción de oficinas.
219. Autorízase a la Municipalidad de Carrillo para que varíe del destino
de la partida aprobada mediante la Ley No. 7952, código presupuestario 130
905 730 554 1 242 23, por un monto de un millón cuatrocientos mil colones
(¢1.400.000,00) o el saldo que haya, destinada a compra ambulancia Comité
Auxiliar de la Cruz Roja de Belén. A fin de que se utilice para aporte
para la compra de ambulancia para ser utilizado por el Comité Auxiliar de
la Cruz Roja de Belén.
220. Autorízase a la Municipalidad de La Cruz para que varíe el destino de
la partida aprobada mediante Ley No. 7952, código presupuestario 130 905
730 774 1 242 47, por un monto de veinte millones de colones
(¢20.000.000,00) o el saldo que haya, destinada a asfaltado de tres
kilómetros camino Ánimas-La Garita 3-014-042105-26, a fin de que se utilice
para lastreo de caminos distrito La Garita diecinueve millones de colones
(¢19.000.000,00). Terminación de la construcción de la cancha de
basketball La Garita un millón de colones (¢1.000.000,00).
221. Autorízase a la Municipalidad de La Cruz para que varíe el destino de
la partida aprobada mediante la Ley No. 7952, código presupuestario 130 905
730 746 1 242 20 por un monto de un millón de colones (¢1.000.000,00) o el
saldo que haya destinada a compra de terreno 1HA para Escuela Los Ángeles
de Santa Cecilia, a fin de que se utilice para compra de materiales y
suministros para la Escuela de Los Ángeles de Santa Cecilia.
222. Autorízase a la Municipalidad de Carrillo para que varíe el destino
de la partida aprobada mediante la Ley No. 7853, código presupuestario 130
904 730 556 27 242 30 por un monto quinientos mil colones (¢500.000,00) o
el saldo que haya destinada a compra de una bomba para agua de 5 caballos
para cancha de fútbol para el Bº Tablazo, Sardinal, Carrillo, a fin de que
se utilice para pago de proyecto de electrificación a Coopeguanacaste R.L.
en el Barrio Nancite Dulce de Sardinal; esto vía Municipalidad de Carrillo.
223. Autorízase a la Municipalidad de Carrillo para que varíe el destino
de la partida aprobada mediante la Ley No. 7952, código presupuestario 130
905 730 505 1 242 44 por un monto de dos millones novecientos mil colones
(¢2.900.000,00) o el saldo que haya destinada a alumbrado estadio
Municipal, distrito de Filadelfia, a fin de que se utilice para alumbrado
estadio municipal, distrito de Filadelfia un millón doscientos sesenta y un
mil doscientos colones (¢1.261.200) y obras varias de infraestructura del
Estadio de Filadelfia un millón seiscientos treinta y ocho mil ochocientos
colones (¢1.638.800).
224. Autorízase a la Municipalidad de Carrillo para que varíe el destino
de la partida aprobada mediante la Ley No. 7952, código presupuestario 130
904 730 539 27 242 30, por un monto de millón quinientos mil colones
(¢1.500.000,00) o el saldo que haya destinada a cerrar cancha de fútbol de
Palmira, a fin de que se utilice para alumbrado de la cancha de fútbol de
la comunidad de Palmira.
225. Autorízase a la Municipalidad de Carrillo para que varíe el destino
de la partida aprobada mediante la Ley No. 7952, código presupuestario 130
904 730 588 27 242 23 por un monto un millón setecientos cincuenta mil
colones (¢1.750.000,00) o el saldo que haya destinada a compra de
ambulancia Comité de Cruz Roja de Sardinal, a fin de que se utilice para
compra de equipo para ambulancia nueva de la Cruz Roja de Sardinal.
226. Autorízase a la Municipalidad de Carrillo para que varíe el destino
de la partida aprobada mediante la Ley No. 7952, código presupuestario 130
905 730 535 1 242 28 por un monto de un millón quinientos mil colones
(¢1.500.000,00) o el saldo que haya destinada a compra y reparación de
instrumentos de Escuela de música de Sardinal, a fin de que se utilice para
construcción Escuela de música de Sardinal.
227. Autorización a la Municipalidad de Siquirres para que varíe el
destino de la partida específica 730 307 1 242 20 por un monto de un millón
quinientos mil colones (¢1.500.000,00) incluida en el Presupuesto Ordinario
del 2000 Ley 7952, dirigida a la construcción de dos aulas de la Escuela El
Llano Florida de Siquirres, para que se agregue los siguiente: 730 307 1
242 20 Construcción y mano de obra de dos aulas de la Escuela El Llano,
Florida. Monto un millón quinientos mil colones (¢1.500.000,00).
228. Autorízase a la Municipalidad de La Unión para variar el destino de
la partida aprobada mediante Ley No.7853, código presupuestario 130 902 730
323 27 242 47, por un monto de un millón cuatrocientos setenta y un mil
quinientos noventa y nueve colones (¢1.471.599,00) o el saldo que haya,
para construcción de tres puentes peatonales carretera central de
Concepción, a fin de que se utilice para materiales, construcción, puentes
peatonales y reconstrucción puentes vehiculares en distrito de Concepción.
229. Autorízase a la Municipalidad de La Unión para variar el destino de
la partida aprobada mediante Ley No. 7853, código presupuestario 130 902
730 324 27 242 47, por un monto de cuatro millones ciento cincuenta y nueve
mil veintitrés colones (¢4.159.023,00) o el saldo que haya, para
construcción de 1.874 metros acera carretera central en el distrito de
Concepción, a fin de que se utilice para muro de escalinata y aceras frente
a la Iglesia y obras de infraestructura en el distrito de Concepción.
230. Autorízase a la Municipalidad de La Unión para variar el destino de
la partida aprobada mediante Ley No. 7853, código presupuestario 130 902
730 344 27 242 47, por un monto de tres millones novecientos cuarenta y un
mil cuatrocientos treinta y seis colones (¢3.941.436,00) o el saldo que
haya, para proyecto de capacitación ciudadanos de bajos recursos, a fin de
que se utilice para actividades cívico culturales y obras de
infraestructura para el distrito de Tres Ríos.
231. Autorízase a la Municipalidad de La Unión para variar el destino de
la partida aprobada mediante Ley No. 7952, código presupuestario 130 903
730 287 1 242 27, por un monto de un millón doscientos sesenta y cinco mil
treinta y nueve colones (¢1.265.039,00) saldo que haya, para materiales
para arreglo y construcción de aceras (frente a zonas públicas), San Ramón,
a fin de se utilice para arreglo de caminos y obras de infraestructura en
el distrito de San Ramón.
232. Autorízase a la Municipalidad de La Unión para variar el destino de
la partida aprobada mediante Ley No. 7952, código presupuestario 130 903
730 281 1 242 27, por un monto de un millón novecientos treinta y tres mil
seiscientos un colones (¢1.933.601,00) o el saldo que haya, para materiales
para arreglo y construcción de aceras (frente a zonas públicas), Dulce
Nombre, a fin de que se utilice para arreglo de caminos y obras de
infraestructura en el distrito de Dulce Nombre.
233. Autorízase a la Municipalidad de La Unión para variar el destino de
la partida aprobada mediante Ley No. 7952, código presupuestario 130 903
730 278 1 242 27, por un monto de un millón trescientos cincuenta y cuatro
mil seiscientos cuarenta y cinco colones (¢1.354.645,00) o el saldo que
haya, para materiales para arreglo y construcción de aceras (frente a zonas
públicas), Concepción, a fin de que se utilice para arreglo de caminos y
obras de infraestructura en el distrito de Concepción.
234. Autorízase a la Municipalidad de La Unión para variar el destino de
la partida aprobada mediante Ley No. 7952, código presupuestario 130 903
730 275 1 242 27, por un monto de un millón ochocientos cincuenta y dos mil
cuarenta y dos colones (¢1.852.042,00) o el saldo que haya, para materiales
para arreglo y construcción de aceras (frente a zonas públicas), San
Rafael, a fin de que se utilice para arreglo de caminos y obras de
infraestructura en el distrito de San Rafael.
235. Autorízase a la Municipalidad de La Unión para variar el destino de
la partida aprobada mediante Ley No. 7952, código presupuestario 130 903
730 272 1 242 27, por un monto de un millón cincuenta y cinco mil
novecientos setenta y ocho colones (¢1.055.978,00) o el saldo que haya,
para materiales para arreglo y construcción de aceras (frente a zonas
públicas), San Juan , a fin de que se utilice para arreglo de caminos y
obras de infraestructura en el distrito de San Juan.
236. Autorízase a la Municipalidad de La Unión para variar el destino de
la partida aprobada mediante Ley No. 7952, código presupuestario 130 903
730 269 1 242 27, por un monto de un millón ochocientos ochenta y ocho mil
doscientos noventa y cuatro colones (¢1.888.294,00) o el saldo que haya,
para materiales para arreglo y construcción de aceras (frente a zonas
públicas), San Diego, a fin de que se utilice para arreglo de caminos y
obras de infraestructura en el distrito de San Diego.
237. Autorízase a la Municipalidad de La Unión para variar el destino de
la partida aprobada mediante Ley No. 7952, código presupuestario 130 903
730 266 1 242 27, por un monto de un millón doscientos diez mil ciento
noventa y un colones (¢1.210.191,00) o el saldo que haya, para materiales
para arreglo y construcción de aceras (frente a zonas públicas) Tres Ríos,
a fin de que se utilice para arreglo de caminos y obras de infraestructura
en el distrito de Tres Ríos.
238. Modifícase el presupuesto del año 2000, Ley No. 8040 de 5 octubre de
2001, en la siguiente forma: página 18 Doce dice: 702-27- 241-30 - 320
Asociación Cruz Rojas Costarricense (Reparación y remodelación del Salón
Polideportivo de San Miguel de Sarapiquí de Alajuela) tres millones de
colones (¢3.000.000,00). Debe decir: 702 27 241 30 320 Municipalidad de
Alajuela, (para girar a la Asociación de Desarrollo Integral de San Miguel
de Sarapiquí, para reparación y remodelación de Salón Polideportivo de San
Miguel de Sarapiquí de Alajuela) Tres millones de colones (¢3.000.000,00).
239. Autorízase a la Municipalidad de Orotina para que varíe el destino de
la partida específica aprobada mediante la Ley No. 7952, código
presupuestario: 130 902 730 510 1 242 21 por un monto de dos millones
doscientos mil cincuenta y cinco colones (¢2.200.055,00), o el saldo que
haya, destinada para mejoras planta física del centro de nutrición de
Orotina, distrito Ceiba. A fin de que se utilice para mejoras centro
educativo Ricardo Batalla Pérez de Cascajal, del distrito de Ceiba.
240. Autorízase a la Municipalidad de Atenas para que varíe el destino de
la partida específica aprobada mediante la Ley No. 7853, código
presupuestario 130 901 730 467 27 242 30 por un monto de un millón
novecientos treinta y cuatro mil seiscientos sesenta y siete colones
(¢1.934.667,00) o el saldo que haya, destinada para enzacatado cancha de
fútbol del distrito Barrio San José, a fin de que se utilice para
cancelación por enzacatado de plaza de deportes de Barrio San José Norte de
Atenas.
241. Autorízase a la Municipalidad de Carrillo para que varíe el destino
de la partida aprobada mediante Ley 7952, código presupuestario 130 905 730
529 1 242 40, por un monto de quinientos mil colones (¢500.000,00) o el
saldo que haya, destinada para grupo de pequeños y medianos agricultores de
Artolita, distrito de Sardinal, a fin de que se utilice como aporte a la
Asociación de Pequeños Productores de Artolita, para pago de parte de deuda
adquirida con O.D.R.E.S. a la cuenta número 210308-3 Banco Nacional de
Costa Rica a nombre del Fondo de Integración Económica.
242. Modifícase el presupuesto del año 2001, Ley No.8050 de 7 de diciembre
de 2000, en la siguiente forma: Página PP-106-064 Donde dice: 730 27 242
27 299 Municipalidad de Turrialba (para compra de materiales de
construcción para obras comunales) diez millones de colones
(¢10.000.000,00). Debe decir: 730 27 242 27 299 Municipalidad de
Turrialba (incluye cinco millones cuatrocientos mil colones (¢5.400.000,00)
para compra de materiales de construcción para obras comunales, tres
millones seiscientos mil colones (¢3.600.000,00) para pago de saldos de
deudas a La Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo (MUCAP) a las familias de
Jesús María y el Seis de Peralta, por construcción de viviendas de interés
social y un millón de colones (¢1.000.000,00) para pago de planos y
escrituras de los beneficiarios y adjudicatarios del proyecto de vivienda
de interés social del IMAS, ciudadela Abelardo Rojas, La Cruzada).
243. Modifícase el presupuesto del año 2001, Ley No. 8050 del 7 de
diciembre de 2000, en la siguiente forma: Página PP-115-020. Donde dice:
814 27 251 80 Amortización cuentas pendientes ejercicios anteriores (Para
pago de facturas pendientes por prestación de servicios públicos). Debe
decir: 814 27 251 80 Amortización cuentas pendientes ejercicios anteriores
(Para pago de facturas pendientes por prestación de servicios públicos.
Diferencias salariales, facturas de casas comerciales entre otros).
244. Se autoriza a la Municipalidad de Puntarenas para variar el destino
de la partida corregida mediante Ley No. 8060 del 19 de enero del 2001, en
artículo 5 inciso 41, por un monto de un millón de colones (¢1.000.000,00)
o el saldo que exista, destinada para que se gire a la Asociación de
Pescadores de playa El Jícaro para el acondicionamiento y la compra de
equipo para el EBAIS de Isla Venado, para que se gire al Club Rotario de
Puntarenas para la construcción de caseta de guarda en Oriente, Isla de
Venado.
245. Se autoriza a la Municipalidad de Abangares a variar el destino de la
partida presupuestaria aprobada mediante Ley de Presupuesto Ordinario y
Extraordinario de la República, para el ejercicio económico del 2001, Ley
No. 8050, código presupuestario 117 760 00 730 27 242 30 213, por un monto
de quince millones de colones (¢15.000.000,00) o el saldo que exista,
destinada a continuar la construcción del polideportivo de Las Juntas de
Abangares; a fin de que catorce millones ochocientos mil colones
(¢14.800.000,00) sean utilizados en la continuación de la construcción del
Polideportivo de Las Juntas de Abangares y doscientos mil colones
(¢200.000,00) sean destinados al Grupo No. 73 de Guías y Scouts de Las
Juntas de Abangares para participar en el XIX Camporee Centroamericano.
246. Autorízase a la Municipalidad de San José, para que varíe el destino
de la partida aprobada mediante la Ley No.7952, código presupuestario No.
113 573 02 730 27 242 20 212, por un monto de dos millones de colones
(¢2.000.000,00), o el saldo que haya, destinada para la instalación
eléctrica del centro de cómputo del Liceo del Sur, Barrio Cuba, a fin de
que se gire a la Junta Administrativa del Liceo del Sur, cédula jurídica
No. 3-008-087324, para la construcción de aulas en el Liceo del Sur.
247. Autorízase a la Municipalidad de San José, para que varíe el destino
de la partida aprobada mediante la Ley No. 7952, código presupuestario No.
117 760 00 730 27 242 30 256, por un monto de diez millones de colones
(¢10.000.000,00), o el saldo que haya, destinada para la instalación de
ocho gimnasios para boxeo (cuadriláteros incluido) en igual número de
comisarías policiales de San José, a fin de que se gire a la Asociación
Costarricense de Boxeo aficionado, cédula jurídica No. 3-002-061634, para
la instalación de cuadriláteros de boxeo, con el fin de ejercer la práctica
del boxeo en el territorio nacional.
248. Se autoriza a la Municipalidad de Tilarán a variar el destino de la
partida específica aprobada mediante Ley de Presupuesto Ordinario y
Extraordinario de la República, para el ejercicio económico del 2001, Ley
No. 8050, código presupuestario 130 905 730 623 1 242 31, por un monto de
setecientos mil colones (¢700.000,00) o el saldo que exista, destinada a la
compra de terreno Iglesia católica de Pueblo Nuevo, distrito Quebrada
Grande; a fin de que sea utilizada en la construcción, mantenimiento de
infraestructura y compra de materiales, mobiliario y equipo de la iglesia
católica de Pueblo Nuevo de Quebrada Grande de Tilarán.
249. Autorízase a la Municipalidad de San Ramón para variar el destino de
la partida aprobada mediante la Ley No. 7952, código presupuestario 130 902
730 335 1 242 27, por un monto de novecientos cincuenta y cinco mil
seiscientos setenta colones (¢955.670,00), o el saldo que haya, destinada a
construcción acera peatonal (600 mts) en Los Jardines de Ángeles, San
Ramón, a fin de que se utilice para mantenimiento de caminos vecinales y
compra de combustible.
250. Autorízase a la Municipalidad de San Ramón para variar el destino de
la partida aprobada mediante la Ley No. 7853, código presupuestario 130 901
730 396 27 242 20 construcción pasillos Escuela Carmen Lidia Castro
Rodríguez, por un monto de ciento noventa y tres mil trescientos veintiséis
colones (¢193.326,00) o el saldo que haya, a fin de que se utilice para
mantenimiento de caminos vecinales y compra de combustible.
251. Autorízase a la Municipalidad de San Ramón para variar el destino de
la partida aprobada mediante la Ley No. 7853, código presupuestario 130 901
730 305 27 242 27 construcción salón COFERENE, San Juan, por un monto de
doscientos cincuenta y siete mil setecientos sesenta y ocho colones
(¢257.768,00), o el saldo que haya a fin de que se utilice para
mantenimiento de caminos vecinales y compra de combustible.
252. Autorízase a la Municipalidad de San Ramón para variar el destino de
la partida aprobada mediante la Ley No. 7952, código presupuestario 130 902
730 373 1 242 27 para construcción del salón comunal del distrito Alfaro,
por un monto de setecientos cincuenta mil colones (¢750.000,00), o el saldo
que haya, a fin de que se utilice para mantenimiento de caminos vecinales y
compra de combustible.
253. Autorízase a la Municipalidad de San Ramón para variar el destino de
la partida aprobada mediante la Ley No. 7853, código presupuestario 130 901
730 316 27 242 27 construcción salón multiuso Socorro y Potrerillos, por un
monto de seiscientos cuarenta y cuatro mil cuatrocientos veinte colones
(¢644.420,00), o el saldo que haya, a fin de que se utilice para
mantenimiento de caminos vecinales y compra de combustible.
254. Autorízase a la Municipalidad de San Ramón para variar el destino de
la partida aprobada mediante la Ley No. 7853, código presupuestario 130 901
730 308 27 242 20 mantenimiento y mejoras Escuela Alberto Manuel Brenes
Mora, por un monto de doscientos cincuenta y siete mil setecientos sesenta
y ocho colones (¢257.768,00) o el saldo que haya, a fin de que se utilice
para mantenimiento de caminos vecinales y compra de combustible.
255. Autorízase a la Municipalidad de San Ramón para variar el destino de
la partida aprobada mediante la Ley No.7853, código presupuestario 130 901
730 359 27 242 27 Reparación, mantenimiento salón comunal Volio, por un
monto de ciento noventa y tres mil trescientos veintinueve colones
(¢193.329,00) o el saldo que haya, a fin de que se utilice para
mantenimiento de caminos vecinales y compra de combustible.
256. Autorízase a la Municipalidad de San Ramón para variar el destino de
la partida aprobada mediante la Ley No.7853, código presupuestario 130-901-
730-303-27-242-20 mejoras en Escuela Federico Salas Carvajal, por un monto
de doscientos cincuenta y siete mil setecientos sesenta y ocho colones
(¢257.768,00) o el saldo que haya a fin de que se utilice para
mantenimiento de caminos vecinales y compra de combustible.
257. Autorízase a la Municipalidad de San Ramón para variar el destino de
la partida aprobada mediante la Ley No. 7853, código presupuestario 130 901
730 344 27 242 47 para reparación caminos Bajo Rodríguez y Bajo Córdoba por
un monto de quinientos quince mil quinientos treinta y seis colones
(¢515.536,00) o el saldo que haya, a fin de que se utilice para
mantenimiento de caminos vecinales y compra de combustible.
258. Autorízase a la Municipalidad de San Ramón para variar el destino de
la partida aprobada mediante la Ley No. 7952, código presupuestario 130 902
730 346 1 242 20 para construcción de un aula de cómputo en la Escuela de
San Rafael, San Ramón, por un monto de quinientos cincuenta y cinco mil
colones (¢555.000,00) o el saldo que haya a fin de que se utilice para
mantenimiento de caminos vecinales y compra de combustible.
259. Autorízase a la Municipalidad de San Ramón para variar el destino de
la partida aprobada mediante la Ley No. 7952, código presupuestario 130 902
730 326 1 242 27 Construcción salón multiuso en La Angostura de Santiago,
San Ramón, por un monto de quinientos noventa y seis mil quinientos colones
(¢596.500,00) o el saldo que haya, a fin de que se utilice para
mantenimiento de caminos vecinales y compra de combustible.
260. Autorízase a la Municipalidad de San Ramón para variar el destino de
la partida aprobada mediante la Ley No. 7952, código presupuestario 130 902
730 329 1 242 27 Construcción del salón comunal de Pueblo Nuevo de Ángeles,
por un monto de quinientos cincuenta y cinco mil seiscientos setenta y un
colones (¢555.671,00) o el saldo que haya a fin de que se utilice para
mantenimiento de caminos vecinales y compra de combustible.
261. Autorízase a la Municipalidad de San Ramón para variar el destino de
la partida aprobada mediante la ley No. 7853, código presupuestario 130 901
730 347 27 242 27, Construcción acera peatonal, lastreado caminos,
reparación plaza de deportes y Escuela de Ángeles Sur, por un monto de un
millón cuarenta y tres mil novecientos sesenta colones (¢1.043.960,00), o
el saldo que haya, a fin de que se utilice para mantenimiento de caminos
vecinales y compra de combustible.
262. Autorízase a la Municipalidad de San Ramón para variar el destino de
la partida aprobada mediante la Ley No. 7853, código presupuestario 130 901
730 388 27 242 47 para reparación de caminos del distrito Peñas Blancas,
por un monto de dos millones seiscientos setenta y cuatro mil trescientos
cuarenta y tres colones (¢2.674.343,00), o el saldo que haya a fin de que
se utilice para mantenimiento de caminos vecinales y compra de combustible.
263. Autorízase a la Municipalidad de San Ramón para variar el destino de
la partida aprobada mediante la Ley No. 7853, código presupuestario 130 901
730 331 27 242 47 para reparación caminos vecinales San Rafael centro y
bacheo de la carretera, por un monto de doscientos nueve mil cuatrocientos
treinta y seis colones (¢209.436,00) o el saldo que haya, a fin de que se
utilice para mantenimiento de caminos vecinales y compra de combustible.
264. Autorízase a la Municipalidad de San Ramón para variar el destino de
la partida aprobada mediante le Ley No. 7853, código presupuestario 130 901
730 377 27 242 20 arreglo Escuela Bajo Castillo, por un monto de ciento
noventa y tres mil trescientos veintiséis colones (¢193.326,00) o el saldo
que haya a fin de que se utilice para mantenimiento de caminos vecinales y
compra de combustible.
265. Autorízase a la Municipalidad de San Ramón para variar el destino de
la partida aprobada mediante la Ley No. 8040, código presupuestario 130 902
730 759 1 242 27 compra materiales para el salón comunal sector Ángeles de
Peñas Blancas, por un monto de quinientos mil colones (¢500.000,00) o el
saldo que haya a fin de que se utilice para mantenimiento de caminos
vecinales y compra de combustible.
266. Autorízase a la Municipalidad de San Carlos, para que varíe el
destino de la partida aprobada mediante Ley 7652, código presupuestario 130-
902-730-875-1-242-27-23, por un monto de quinientos mil colones
(¢500.000,00) o el saldo que haya, destinada a Comité de Desarrollo de
Pénjamo, compra de terreno para ampliar el salón multiuso, a fin de que se
gire a la Asociación de Desarrollo de Florencia, para la compra de terreno
y ampliación de salón multiuso de Pénjamo de Florencia.
267. Modifícase el presupuesto del año 1992, Ley No. 7306 de 11 de julio
de 1992, en la siguiente forma: Página 44 donde dice: 731 204 01 242 25
Fundación para el desarrollo integral del cantón de Turrialba (para compra
de terreno y obras de infraestructura damnificados del cantón de Turrialba
por inundaciones de días 12 y 13 de agosto y terremoto del 22 de abril de
1991). Debe decir: 731 204 01 242 25 Fundación para el desarrollo integral
del cantón de Turrialba (para compra de terreno y obras de infraestructura
para damnificados del cantón de Turrialba por inundaciones de días 12 y 13
de agosto y terremoto del 22 de abril de 1991 y para personas de escasos
recursos económicos.
268. Autorízase a la Municipalidad de Acosta para que varíe el destino de
las siguientes partidas: Ley No. 7952, Código presupuestario 130 900 730
701 1 242 27, por un monto de tres millones cuatrocientos sesenta y tres
mil doscientos colones (¢3.463.200,00) o el saldo que haya, destinada para
edificaciones plantel maquinaria en Sabanillas, a fin de que sea utilizada
para mantenimiento de caminos vecinales. Ley No. 7952, código
presupuestario 130 900 730 709 1 242 27, por un monto de cuatrocientos
sesenta y un mil setecientos sesenta colones (¢461.760,00) o el saldo que
haya, destinada para edificaciones menores, construcción oficina de
distrito y equipo de oficina, distrito Sabanillas a fin de que sea
utilizada para mantenimiento de caminos vecinales. Ley No. 7853, código
presupuestario 130 900 730 512 27 242 30, por un monto de un millón de
colones (¢1.000.000,00) o el saldo que haya, destinada para compra de
terreno y construcción cancha deportes Linda Vista Cangrejal, a fin de que
sea utilizada para mantenimiento de caminos vecinales.
269. Se autoriza a la Municipalidad de Puntarenas para variar el destino
de la partida aprobada mediante Ley No. 7853 del 4 de diciembre de 1998,
código presupuestario 130 905 730 208 27 242 47 por un monto de un millón
novecientos nueve mil doscientos colones (¢1.909.200,00), o el saldo que
exista, destinada a la Municipalidad de Puntarenas, Asociación de
Desarrollo Integral barrio Veinte de Noviembre, construcción de cordón y
caño en acceso a clínica de Chacarita, a fin de que se lea: Municipalidad
de Puntarenas para construcción de cordón y caño barrio Veinte de
Noviembre.
270. Se autoriza a la Municipalidad de Puntarenas para variar el destino
de la partida aprobada mediante Ley No. 7853 del 4 de diciembre de 1998,
código presupuestario 130 905 730 274 27 242 27 por un monto de seiscientos
mil colones (¢600.000,00) o el saldo que exista, destinada a la
Municipalidad de Puntarenas, Asociación Regional Infraestructura Peninsular
(ARIP), mejoramiento de caminos vecinales de Cóbano, a fin de que se lea:
Municipalidad de Puntarenas para mejoras en caminos vecinales de Cóbano.
271. Se autoriza a la Municipalidad de Puntarenas para variar el destino
del código presupuestario 130 905 730 215 27 242 31 aprobada mediante Ley
No. 7853 del 4 de diciembre de 1998, por un monto de un millón de colones
(¢1.000.000,00) o el saldo que exista, destinada a la Municipalidad de
Puntarenas, Asociación de Desarrollo Integral La Pitahaya, Puntarenas,
cercado y construcción de aceras del cementerio, a fin de que se lea: para
la Municipalidad de Puntarenas para mejoras en la plaza de deportes La
Pitahaya.
272. Se autoriza a la Municipalidad de Puntarenas para variar el destino
de la partida aprobada mediante Ley No. 7853 del 4 de diciembre de 1998,
código presupuestario 130 905 730 229 27 242 47 por un monto de nueve
millones de colones (¢9.000.000,00) o el saldo que exista, destinada a la
Municipalidad de Puntarenas, Asociación de Desarrollo Comunal El Golfo,
reparación de salón comunal El Golfo de Jicaral, a fin de que se lea:
Municipalidad de Puntarenas para mejoras en salón comunal El Golfo de
Jicaral.
273. Se autoriza a la Municipalidad de Puntarenas para variar el destino
de la partida aprobada mediante ley No. 7853 del 4 de diciembre de 1998,
código presupuestario 130 905 730 225 27 242 47 por un monto de seiscientos
treinta y un mil colones (¢631.000,00) o el saldo que exista, destinada a
la Municipalidad de Puntarenas, Asociación Regional Infraestructura
Peninsular (ARIP), construcción puente vehicular río Camaronal Lepanto, a
fin de que se lea: Municipalidad de Puntarenas para mejoras en puente
vehicular río Camaronal Lepanto.
274. Se autoriza a la Municipalidad de Puntarenas para variar el destino
de la partida aprobada mediante Ley No. 7853 del 4 de diciembre de 1998,
código presupuestario 130 905 730 224 27 242 47 por un monto de seiscientos
mil colones (¢600.000,00) o el saldo que exista, destinada a la
Municipalidad de Puntarenas, Asociación Regional Infraestructura Peninsular
(ARIP), construcción puente peatonal río San Pedro, a fin de que se lea:
Municipalidad de Puntarenas para mejoras en puente peatonal río San Pedro.
275. Se autoriza a la Municipalidad de Puntarenas para variar el destino
de la partida aprobada mediante Ley No. 7853 del 4 de diciembre de 1998,
código presupuestario 130 905 730 219 27 242 27 por un monto de dos
millones de colones (¢2.000.000,00), o el saldo que exista, destinada a la
Municipalidad de Puntarenas, Asociación de Desarrollo Integral Punta
Morales de Chomes, construcción de salón comunal Punta Morales, a fin de
que se lea: Municipalidad de Puntarenas para mejoras en salón comunal de
Punta Morales de Chomes.
276. Autorízase a la Municipalidad de Atenas para que varíe el destino de
la partida aprobada mediante la Ley No. 8050, código presupuestario: 106
054 03 730 27 242 27 523 por un monto de cinco millones de colones
(¢5.000.000,00) o el saldo que haya, destinada para "Mantenimiento de
maquinaria", a fin de que se utilice para: "Mantenimiento de maquinaria y
compra de vehículo.
277. Se autoriza a la Municipalidad de Abangares a variar el destino de la
partida específica aprobada mediante Ley No. 8060, código presupuestario
artículo 5, inciso 81, por un monto de quinientos mil colones (¢500.000,00)
o el saldo que exista, destinada a la compra de equipo móvil para
odontología del Área de Salud de Las Juntas de Abangares; a fin de que sea
utilizada en obras, mejoras, mantenimiento de infraestructura, compra de
materiales, mobiliario y equipo del Centro de salud de Las Juntas de
Abangares.
278. Se autoriza a la Municipalidad de Abangares a variar el destino de la
partida específica aprobada mediante Ley No. 8060, código presupuestario
artículo 5, inciso 80, por un monto de quinientos mil colones (¢500.000,00)
o el saldo que exista, destinada a la compra de equipo móvil para
odontología del Área de Salud de Las Juntas de Abangares; a fin de que sea
utilizada en obras, mejoras, mantenimiento de infraestructura, compra de
materiales, mobiliario y equipo del Centro de salud de Las Juntas de
Abangares.
279. Para que se incluya en el expediente la siguiente norma de ejecución:
Se autoriza al Pode Ejecutivo a incorporar presupuestariamente mediante
decreto ejecutivo elaborado por el Ministerio de Hacienda, la emisión de
bonos deuda CODESA, por un monto de dieciséis mil trescientos sesenta y
nueve millones novecientos setenta y ocho mil trescientos noventa y cuatro
colones con treinta y cuatro céntimos (¢16.369.978.394.34), para pagar con
ello, al Banco Central de Costa Rica, el saldo descubierto de la deuda de
la Corporación con ese Banco, según lo establece el artículo 14 y 15 de la
Ley No. 7656 de 10 de enero de 1997 y certificado por la Contraloría
General de la República. De la misma forma incorpore recursos hasta por
ciento ochenta mil millones de colones (¢180.000.000.000,00), conforme lo
estipulan los artículos 3 y 4 de la Ley No. 8116 de 3 de agosto del 2001,
destinados al Banco Central de Costa Rica, provenientes de los fondos de la
Refinadora Costarricense de Petróleo (RECOPE), depositados a favor de la
Tesorería Nacional, quien atenderá prioritariamente la cancelación de las
operaciones cuasifiscales, la cual una vez cancelada, sólo podrá destinar
dichos recursos a la amortización de la deuda interna.
280. Autorízase a la Municipalidad de San Rafael de Heredia, para que
varíe el destino de los saldos de las partidas específicas existentes al 31
de diciembre de 1999: Caminos vecinales noventa y tres colones con
cincuenta y cinco céntimos (¢93,55); arreglo de carretera Santiago ochenta
y cinco colones con sesenta y cinco colones (¢85,65); Asfaltado calle
Naranjos, Santiago ocho mil quinientos nueve colones con setenta céntimos
(¢8.509,70); asfaltado cuadrantes del centro doscientos dieciséis colones
con cincuenta y cinco céntimos (¢216,55); arreglo caminos Breña de Mora,
Concepción novecientos sesenta y ocho colones con treinta y cinco céntimos
(¢968,35); asfaltado caminos vecinales cuatro mil novecientos cincuenta
colones con quince céntimos (¢4.950,15); obras varias Ley 7018 setenta y
tres colones con cuarenta céntimos (¢73,40); mejoras en Calle Bureal,
Concepción doscientos cuarenta y un colón con quince céntimos (¢241,15);
asfaltado Calle Cieneguita, Concepción tres mil novecientos cincuenta y
tres colones con cuarenta y seis céntimos (¢3.953,46); asfaltado calle
Brena de Mora, Concepción cuatrocientos veinticinco colones (¢425.00);
Asociación de desarrollo de Centro veintiséis colones con treinta y cinco
céntimos (¢26,35) Asociación de desarrollo de Centro ocho mil ciento
cincuenta colones (¢8.150,00); asfaltado Calle Tanque Camacho al oeste
novecientos setenta colones (¢970,00); trabajo de desagüe urbanización La
Unión treinta colones con cinco céntimos (¢30,05); construcción cancha usos
múltiples cuatrocientos cincuenta y cinco colones con cincuenta céntimos
(¢455,50); entubado paja el Gallito, Los Ángeles noventa y tres mil
seiscientos cincuenta y tres colones con setenta y cinco céntimos
(¢93.653,75); construcción tanque en Calle Matazanos doscientos cincuenta
mil colones (¢250.000,00); prima recolector de basura tres mil trescientos
cincuenta y cinco colones con cuarenta céntimos (¢3.355,40); mejoras
acueducto San Rafael quinientos ochenta y un colones con treinta céntimos
(¢581,30); Mejoras parque infantil del Centro diez colones con setenta y
cinco céntimos (¢10,75); compra de cemento municipal sesenta y cinco
colones (¢65,00); compra de mobiliario y mantenimiento vehículo veintiséis
colones con diez céntimos (¢26,10); compra de equipo médico CCSS y dos mil
cincuenta y dos colones con noventa céntimos (¢2.052,90), asfaltado
distrito primero, obras varias veinte céntimos (¢0,20); compra de bienes,
planos y estudios treinta y cinco mil setecientos quince colones con
treinta y cinco céntimos (¢35.715,35); mantenimiento y arreglo de caminos
vecinales treinta mil dos colones con cincuenta céntimos (¢30.002,50);
recolección y disposición final deshechos sólidos trescientos noventa y
ocho mil trescientos cuarenta y cinco colones (¢398.345,00); por un total
de ochocientos cuarenta y dos mil novecientos cincuenta y siete colones con
veintiún céntimos (¢842.957,21), a fin de que se utilicen para
"construcción de puente sobre río Bermúdez, carretera a Concepción".
281. Se autoriza a la Municipalidad de Sarapiquí, para variar el destino
de la partida aprobada mediante la Ley No. 7952, código presupuestario 112
332 00 730 27 242 47 286, por un monto de cien mil colones (¢100.000,00)
destinada para aplicar en el proyecto de arreglo y lastreo de camino
(incluye extras, alimentación y materiales) en la comunidad de la
Esperanza de Cristo Rey de Puerto Viejo de Sarapiquí) y código
presupuestario 112 332 00 730 27 242 47 285, por un monto de cuatrocientos
diez mil colones (¢410.000,00), destinada para aplicar en el proyecto de
arreglo y lastreo del camino (incluye extras, alimentación y materiales) en
la comunidad de la Esperanza de Cristo Rey de Puerto Viejo de Sarapiquí), a
fin de que se utilice para compra de materiales de construcción para ayuda
a familias de escasos recursos de la comunidad de Loma Linda de La
Esperanza de Cristo Rey de Puerto Viejo de Sarapiquí, quinientos diez mil
colones (¢510.000,00).
282. Se autoriza a la Liga de Municipalidades de Heredia, para variar el
destino de la partida aprobada mediante la Ley No. 7952, código
presupuestario 117 760 00 730 27 242 30 282, por un monto de un millón de
colones (¢1.000.000,00), destinada para construcción de malla,
polideportivo Bernardo Benavides, San Francisco de Heredia, a fin de que
utilice para gastos administrativos de la Liga de Municipalidades de
Heredia un millón de colones (¢1.000.000,00).
283. Se autoriza a la Liga de Municipalidades de Heredia para variar el
destino de la partida aprobada mediante la Ley No. 7952, código
presupuestario 106 054 03 730 27 242 27 263 por un monto de quinientos mil
colones (¢500.000,00) destinada a construcción de salón multiuso,
Polideportivo Bernardo Benavides, San Francisco de Heredia y código
presupuestario 115 735 00 730 27 242 23 208, por un monto de un millón
seiscientos setenta y cinco mil colones (¢1.675.000,00) destinada a
construcción local Centro Diurno de Ancianos, Los Lagos, San Francisco de
Heredia, a fin de que se utilice para la compra de materiales para ayuda a
familias de escasos recursos de Heredia un millón setenta y cinco mil
colones (¢1.075.000,00) y para aplicar en el proyecto de la Casa de la
Cultura de San Pablo de Heredia un millón cien mil colones ¢1.100.000.
Artículo 12.- Autorízase al Poder Ejecutivo para que incluya en la Ley
de Presupuesto para el año 2001, únicamente aquellas asignaciones
provenientes de leyes con destinos específicos que puedan ser financiadas
acorde con la recaudación real de ingresos que perciba en ese año
económico.
Autorízase al Poder Ejecutivo para que gire en el año 2001, aquellas
asignaciones provenientes de leyes ordinarias con destinos específicos de
acuerdo a la disponibilidad de ingresos.
Artículo 13º.- Se autoriza por única vez al Poder Judicial, a trasladar
hasta un monto equivalente de tres dozavos del registro contable 120 800 00
662 01 132 13 subpartida destinada a cubrir la "cuota del Fondo de
Pensiones y Jubilaciones" a efecto de incrementar las subpartidas
destinadas a la cancelación del aumento salarial por costo de vida del
segundo semestre del 2001, correspondiente a los meses de julio, agosto,
setiembre, incluyendo el respectivo incremento en cargas sociales y otros
rubros derivados del pago de salarios.
Dicho traslado presupuestario se realizará mediante Decreto Ejecutivo
elaborado por la Dirección de Presupuesto Nacional de Ministerio de
Hacienda.
El monto utilizado de la subpartida 662 deberá ser reintegrado al
Fondo de Pensiones y Jubilaciones junto con los correspondientes intereses
que hubiere devengando el Fondo de haber invertido durante el período
dichos recursos en títulos valores del sector público. Dicho reintegro
deberá realizarse a más tardar en el primer trimestre del 2002, mediante la
incorporación del superávit que se genere en el ejercicio del 2001 para el
programa 800 Poder Judicial.
Artículo 14º.- Rige a partir de su publicación.
ASAMBLEA LEGISLATIVA.- San José, a los tres días del mes de diciembre del
año dos mil uno.
COMUNÍCASE AL PODER EJECUTIVO
Ovidio Antonio Pacheco Salazar
PRESIDENTE
Vanessa de Paúl Castro Mora Everardo Rodríguez Bastos
PRIMERA SECRETARIA SEGUNDO SECRETARIO
dr.-