Ley 8136
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
DECRETA:
AUTORIZACIÓN PARA SEGREGAR UN LOTE PROPIEDAD DEL ESTADO Y DONARLO A LA
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL INSTITUTO
INTEGRADO PROFESIONAL DE EDUCACIÓN
COMUNITARIA, LIBERIA, GUANACASTE
ARTÍCULO 1.- Autorízase al Estado para que reduzca de las fincas,
inscritas bajo el sistema de folio real, matrículas Nº 092975-000 y Nº
095923-000, provincia de Guanacaste, un área de 20.000,63 m2, que se
encuentra destinada a Parque Ecológico y Recreativo de Liberia. Esta área
se ubica en las coordenadas 289500 norte y 379300 este, del distrito 1º,
cantón I, provincia de Guanacaste.
ARTÍCULO 2.- Desaféctase del uso del Parque Ecológico y Recreativo de
Liberia el área referida en el artículo anterior y se autoriza al
Estado, cédula jurídica
Nº 2-000-045522, para que segregue y done, de los inmuebles inscritos en el
sistema de folio real de Guanacaste, matrículas Nº 092975-000 y Nº 095923-
000, ubicados en el distrito 1º, cantón I, ambos terrenos de potrero
destinados al Parque Ecológico y Recreativo de Liberia; la finca
Nº 092975-000, que tiene el plano catastrado
Nº G-0280263-1995, posee una servidumbre sirviente, mide 58.333,30 m2 y
linda al norte con zona del río Liberia; al sur, con Adina Alvarado Rivas;
al este, con calle pública con un frente de 209,08 m, y la finca Nº 095923-
000, plano catastrado Nº G- 0315339-1996, que mide 41.666,79 m2, soporta
una servidumbre sirviente y linda al norte, el sur y el oeste con Adina
Alvarado Rivas y al este, con calle pública con
20 m de frente, un lote que se describe así: sito en el distrito 1º,
cantón I, Liberia, provincia de Guanacaste, plano catastrado Nº G- 609398-
2000, mide 20.000,63 m2, linda al norte con el Estado; al sur y el oeste,
con Adina Alvarado Rivas y al este, con calle pública con 20,62 m; es
terreno de potrero.
El lote por segregar será donado a la Junta Administrativa del
Instituto Integrado Profesional de Educación Comunitaria, cédula jurídica
Nº 3-008-191458 y se destinará a la construcción de la infraestructura del
Instituto Integrado Profesional de Educación Comunitaria, con el propósito
de cumplir los objetivos de la Institución y desarrollar programas
relacionados con la investigación y protección del medio ambiente.
Rige a partir de su publicación.
COMISIÓN LEGISLATIVA PLENA PRIMERA.- Aprobado el anterior proyecto el día
veintinueve de agosto del año dos mil uno.
Alex Sibaja Granados Marisol Clachar Rivas
PRESIDENTE SECRETARIA
ASAMBLEA LEGISLATIVA.- San José, a los doce días del mes de setiembre del
año dos mil uno.
COMUNÍCASE AL PODER EJECUTIVO
Ovidio Pacheco Salazar
PRESIDENTE
Everardo Rodríguez Bastos Gerardo Medina Madriz
SEGUNDO SECRETARIO PRIMER PROSECRETARIO
daa.-