Ley 8103
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
DECRETA:
AMNISTÍA TRIBUTARIA PARA LA
MUNICIPALIDAD DE SAN RAMÓN
ARTÍCULO ÚNICO.- Autorízase a la Municipalidad de San Ramón para que
exonere, a los sujetos pasivos, del pago de intereses y multas sobre los
impuestos y las tasas municipales sin cancelar hasta el 31 de diciembre de
2000. Esta exoneración se aplicará cuando tales sujetos cancelen la
totalidad del principal adeudado y regirá por un período de dos meses a
partir de la fecha de la publicación de esta Ley.
Rige a partir de su publicación.
ASAMBLEA LEGISLATIVA.- San José, a los diecinueve días del mes de abril del
año dos mil uno.
COMÚNICASE AL PODER EJECUTIVO
Rina Contreras López
PRESIDENTA
Emanuel Ajoy Chan Everardo Rodríguez Bastos
PRIMER SECRETARIO SEGUNDO SECRETARIO
daa.