Ley 8075

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8075<br /> LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA<br /> DECRETA:<br /> AUTORIZACIÓN A LA MUNICIPALIDAD DEL CANTÓN DE<br /> NICOYA PARA QUE SEGREGUE Y DONE UN TERRENO<br /> DE SU PROPIEDAD UBICADO EN SAN<br /> MARTÍN DE NICOYA<br /> ARTÍCULO 1.- Autorízase a la Municipalidad del cantón de Nicoya para<br /> que segregue un terreno de su propiedad, ubicado en San Martín de Nicoya, y<br /> lo done a los actuales ocupantes.<br /> El inmueble está inscrito en el Registro Público de la Propiedad, a<br /> nombre de la Municipalidad de Nicoya, partido de Guanacaste, matrícula de<br /> folio real Nº 024016-000. Se ubica en el distrito 1º, Nicoya, cantón II,<br /> Nicoya, provincia de Guanacaste. Sus linderos son: al norte con la<br /> hacienda la Cananoa S. A. y Alberto Ruiz Cascante; al sur, con el Instituto<br /> Nacional de Vivienda y Urbanismo, la Asociación Pro-Vivienda de Nicoya y<br /> calle pública con 106, 03 m; al este con prevista a calle pública, con<br /> 139,05 m de frente, y al oeste con calle pública, con frente de 49, 29 m.<br /> La naturaleza del terreno es la<br /> construcción de viviendas de interés social, con una medida, según el<br /> Registro Público, de 43.136,41 m2.<br /> ARTÍCULO 2.- La Notaría del Estado procederá a realizar las escrituras<br /> correspondientes.<br /> Rige a partir de su publicación.<br /> COMISIÓN LEGISLATIVA PLENA PRIMERA.- Aprobado el anterior proyecto el día<br /> veinticuatro de enero del año dos mil uno.<br /> José Manuel Núñez González Joceylyn Sawyers Royal<br /> VICEPRESIDENTE SECRETARIA<br /> ASAMBLEA LEGISLATIVA.- San José, el primero de febrero del año dos mil<br /> uno.<br /> COMUNÍCASE AL PODER EJECUTIVO<br /> Rina Contreras López<br /> PRESIDENTA<br /> Emanuel Ajoy Chan Everardo Rodríguez Bastos<br /> PRIMER SECRETARIO SEGUNDO SECRETARIO<br /> gdph.