Ley 8062
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
DECRETA:
AUTORIZACIÓN PARA CONDONAR INTERESES Y MULTAS
MUNICIPALES, ADEUDADOS POR LOS ARRENDATARIOS
DEL MERCADO MUNICIPAL DE CARTAGO
ARTÍCULO ÚNICO.- Autorízase a la Municipalidad de Cartago para que exonere
a los arrendatarios de locales del Mercado Municipal de Cartago del pago de
intereses y multas sobre los impuestos, las tasas municipales y los
arrendamientos no cancelados hasta el 30 de setiembre de 2000.
Esta exoneración se aplicará cuando los arrendatarios cancelen de una
sola vez la totalidad del principal adeudado y regirá por un período de
tres meses a partir de la publicación de esta Ley.
Rige a partir de su publicación.
COMISIÓN LEGISLATIVA PLENA TERCERA.- Aprobado el anterior proyecto a los
veinte días del mes de diciembre del año dos mil.
|Walter Robinson Davis |Carlos Salas Salazar |
|PRESIDENTE |SECRETARIO |
| | |
ASAMBLEA LEGISLATIVA.- San José, a los veintiún días del mes de diciembre
del año dos mil.
COMUNÍCASE AL PODER EJECUTIVO
Rina Contreras López
PRESIDENTA
Emanuel Ajoy Chan Everardo Rodríguez Bastos
PRIMER SECRETARIO SEGUNDO SECRETARIO
lrr.