Ley 8049
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
DECRETA:
AUTORIZACIÓN A LA MUNICIPALIDAD DE CAÑAS PARA SEGREGAR
UN LOTE DE SU PROPIEDAD Y DONARLO AL MINISTERIO DE
EDUCACIÓN PÚBLICA PARA CONSTRUIR LA DIRECCIÓN
REGIONAL DE EDUCACIÓN DE CAÑAS
ARTÍCULO 1.- Autorízase a la Municipalidad de Cañas para que segregue
un terreno de su propiedad, inscrito en el Registro Público de la
Propiedad, partido de Guanacaste, en el tomo 1851, folio 535, asiento
1, Nº 21419, y lo done al Ministerio de Educación Pública, cédula
jurídica 2-100-042002, para construir la Dirección Regional de Educación de
Cañas. Dicho terreno está situado en la provincia de Guanacaste, en el
cantón VI, Cañas, distrito 1º, Cañas, y mide 4000,69 m2. Es un lote
esquinero que linda al norte con la Municipalidad de Cañas, al sur y al
este con calle pública y al oeste con la Municipalidad de Cañas. Posee
plano catastrado Nº G-598812-99.
ARTÍCULO 2.- Corresponderá a la Notaría del Estado otorgar la escritura
pública de donación y la aceptación respectiva; asimismo, tramitar la
debida inscripción en el Registro Público.
Rige a partir de su publicación.
COMISIÓN LEGISLATIVA PLENA TERCERA.- Aprobado el anterior proyecto el día
ocho de noviembre del año dos mil.
Wálter Robinson Davis Carlos Enrique Salas Salazar
PRESIDENTE SECRETARIO
ASAMBLEA LEGISLATIVA.- San José, a los veintiocho días del mes de
noviembre del año dos mil.
COMUNÍCASE AL PODER EJECUTIVO
Rina Contreras López
PRESIDENTA
Emanuel Ajoy Chan Everardo Rodríguez Bastos
PRIMER SECRETARIO SEGUNDO SECRETARIO
dr.