Ley 7986

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7986<br /> DESAFECTACIÓN DEL USO PÚBLICO DE UN INMUEBLE Y AUTORIZACIÓN A LA<br /> MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ PARA<br /> SEGREGAR UN LOTE Y TRASPASARLO A LA ASOCIACIÓN<br /> HOGAR Y CULTURA PRO ESCUELA DE CAPACITACIÓN<br /> PARA LA MUJER, A FIN DE QUE FUNCIONE<br /> EL INSTITUTO PROFESIONAL<br /> FEMENINO DE PAVAS<br /> LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA DECRETA:<br /> ARTÍCULO 1.- DESAFECTACIÓN<br /> Desaféctase del uso público de zona comunal y parque, el inmueble<br /> propiedad de la Municipalidad de San José, matrícula de folio real No.<br /> 167522-00. Está situado en el distrito 9°, Pavas, cantón 1, San José,<br /> provincia de San José; mide 1768,30 m2 según plano catastrado No. SJ-495998-<br /> 98. Colinda de la siguiente manera: Norte y Este con el resto que se<br /> reserva la Municipalidad de San José, Sur y Oeste con calle pública. El<br /> lote se ajusta en todo a dicho plano catastrado.<br /> ARTÍCULO 2.- AUTORIZACIÓN<br /> Autorízase a la Municipalidad de San José para traspasar el lote<br /> descrito en el artículo 1 de esta ley, a la Asociación Hogar y Cultura Pro<br /> Escuela de Capacitación para la Mujer, inscrita en el Registro Nacional,<br /> Registro de Asociaciones, en el expediente No. 1461, folios del 48 al 52,<br /> cédula jurídica 3-002-066050-18.<br /> ARTÍCULO 3.- ESCRITURA<br /> La Municipalidad de San José otorgará ante la Notaría del Estado, la<br /> escritura de traspaso del terreno referido en esta ley. El pago del<br /> trámite de traspaso y gastos de inscripción del documento ante el Registro<br /> Público de la Propiedad, será asumido por la Asociación Hogar y Cultura Pro<br /> Escuela de Capacitación para la Mujer.<br /> Rige a partir de su publicación.<br /> ASAMBLEA LEGISLATIVA.- San José, a los veintisiete días del mes de enero<br /> del año dos mil.<br /> COMUNÍCASE AL PODER EJECUTIVO<br /> Carlos Vargas Pagán<br /> PRESIDENTE<br /> Manuel Ant. Bolaños Salas Rafael Ángel Villalta Loaiza<br /> PRIMER SECRETARIO SEGUNDO SECRETARIO<br /> gdph.