Ley 7986
DESAFECTACIÓN DEL USO PÚBLICO DE UN INMUEBLE Y AUTORIZACIÓN A LA
MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ PARA
SEGREGAR UN LOTE Y TRASPASARLO A LA ASOCIACIÓN
HOGAR Y CULTURA PRO ESCUELA DE CAPACITACIÓN
PARA LA MUJER, A FIN DE QUE FUNCIONE
EL INSTITUTO PROFESIONAL
FEMENINO DE PAVAS
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA DECRETA:
ARTÍCULO 1.- DESAFECTACIÓN
Desaféctase del uso público de zona comunal y parque, el inmueble
propiedad de la Municipalidad de San José, matrícula de folio real No.
167522-00. Está situado en el distrito 9°, Pavas, cantón 1, San José,
provincia de San José; mide 1768,30 m2 según plano catastrado No. SJ-495998-
98. Colinda de la siguiente manera: Norte y Este con el resto que se
reserva la Municipalidad de San José, Sur y Oeste con calle pública. El
lote se ajusta en todo a dicho plano catastrado.
ARTÍCULO 2.- AUTORIZACIÓN
Autorízase a la Municipalidad de San José para traspasar el lote
descrito en el artículo 1 de esta ley, a la Asociación Hogar y Cultura Pro
Escuela de Capacitación para la Mujer, inscrita en el Registro Nacional,
Registro de Asociaciones, en el expediente No. 1461, folios del 48 al 52,
cédula jurídica 3-002-066050-18.
ARTÍCULO 3.- ESCRITURA
La Municipalidad de San José otorgará ante la Notaría del Estado, la
escritura de traspaso del terreno referido en esta ley. El pago del
trámite de traspaso y gastos de inscripción del documento ante el Registro
Público de la Propiedad, será asumido por la Asociación Hogar y Cultura Pro
Escuela de Capacitación para la Mujer.
Rige a partir de su publicación.
ASAMBLEA LEGISLATIVA.- San José, a los veintisiete días del mes de enero
del año dos mil.
COMUNÍCASE AL PODER EJECUTIVO
Carlos Vargas Pagán
PRESIDENTE
Manuel Ant. Bolaños Salas Rafael Ángel Villalta Loaiza
PRIMER SECRETARIO SEGUNDO SECRETARIO
gdph.