Ley 7931
ARTÍCULO 8º: Autorízase al Poder Ejecutivo para emitir títulos valores
de deuda interna hasta por la suma de tres mil millones de colones, sin
céntimos (¢3.000.000.000,00) para hacer frente a las obligaciones que se
deriven del cumplimiento de la garantía para el pago de daños y perjuicios
a que se refiere el artículo 273 del Código Procesal Civil, en razón de las
demandas que interponga la Procuraduría General de la República en nombre
del Estado. Dicha emisión se incorporará mediante decreto ejecutivo al
presupuesto de la República.
l Poder Ejecutivo queda autorizado para establecer, vía reglamento,
el plazo, hasta por un máximo de quince años, el tipo de interés, que podrá
fijarse en una tasa máxima de treinta por ciento (30%) anual en colones y
un nueve por ciento (9%) anual en dólares, y demás características de las
emisiones de títulos valores de deuda interna.
ARTÍCULO 9º: Autorízase el cambio de destino o la modificación de las
partidas presupuestarias y específicas contenidas en las leyes que se
citan, en la forma que se detalla a continuación:
Ley N° 7306:
1.- Autorízase al Concejo Municipal del Distrito de Colorado para variar
el destino de la partida aprobada mediante la Ley Nº 7306, código
presupuestario 130 922 730 526 1 242 30 47, por un monto de un millón
doscientos mil colones (¢1.200.000,00) más los intereses devengados hasta
la fecha, destinada a construir camerinos y cerrar la plaza de deportes de
Colorado, a fin de que se destine así: seiscientos cincuenta mil colones
(¢650.000,00) para mejoras Iglesia de Colorado y quinientos cincuenta mil
colones (¢550.000,00) para la construcción de un aula de orientación y la
caseta del guarda del Liceo de Colorado, más los intereses devengados.
Ley N° 7324:
2.- Autorízase a la Junta Administrativa del Liceo del Sur, con cédula
jurídica N° 3 008 08 7324, para variar el destino de la partida aprobada
mediante la Ley N° 7853, código presupuestario 113 588 02 731 27 242 20
343, por un monto de ocho millones de colones (¢8.000.000,00) o el saldo
que haya, destinada a adquirir equipo de cómputo para el laboratorio de
cómputo del Liceo del Sur a fin de que se utilice así: cuatro millones de
colones exactos (¢4.000.000,00), para la construcción de aula para
laboratorio de cómputo en el Liceo del Sur, y cuatro millones de colones
exactos (¢4.000.000,00) para adquirir equipo de cómputo para el laboratorio
de cómputo del Liceo del Sur, Junta Administrativa del Liceo del Sur con
cédula jurídica N° 3 008 08 7324.
Ley N° 7375:
3.- Autorízase a la Asociación de Desarrollo Integral de Río Segundo de
Alajuela para variar el destino de la partida aprobada mediante la Ley N°
7375, código presupuestario: 130 904 702 283 1 241 4730, por un monto de
trescientos mil colones (¢300.000,00) o el saldo que haya, destinada al
Comité Pro Mejoras de La Candela, mejoras de calle La Candela-El Coco, a
fin de que se utilice para gastos operativos y administrativos de la
Asociación de Desarrollo Integral de Río Segundo de Alajuela.
4.- Autorízase a la Asociación de Desarrollo Integral de San Isidro de
Alajuela para variar el destino de la partida aprobada mediante la Ley N°
7375, código presupuestario 130 904 702 296 1 241 20 22 por un monto de
doscientos mil colones (¢ 200.000,00) o el saldo que haya, destinada a
mejoras en la infraestructura de la Escuela de Cerrillal, a fin de que se
gire a la Junta de Educación de la Escuela de Cerrillal de San Isidro de
Alajuela, para la compra de mobiliario y mejoras en la planta física.
Ley N° 7563:
5.- Autorízase a la Asociación Cruz Roja Costarricense para variar el
destino de la partida aprobada mediante la Ley N° 7563, de 13 de diciembre
de 1995, código presupuestario 130 900 700 231 1 241 23 48 por un monto de
un millón de colones (¢1.000.000,00) o el saldo que haya, destinada al
Subcomité de Cóbano, Puntarenas, para la compra de una unidad de Cruz Roja,
a fin de que se utilice para la construcción de la oficina de la Junta
Regional de la Cruz Roja de la Región 6 de Puntarenas.
6.- Autorízase a la Junta de Educación Escuela Miguel Obregón Lizano para
variar el destino de la partida incluida en la Ley N° 7563, código
presupuestario 130 901 663 646 1132 20 2, por un monto de un millón
quinientos mil colones (¢1.500.000,00) o el saldo que haya, destinada al
apoyo a las actividades del centenario y colocación de rejas en las
ventanas para mayor seguridad, a fin de que se utilice para mejoras en la
instalación eléctrica.
Ley N° 7645:
7.- Autorízase a la Asociación de Desarrollo Integral de la Comunidad de
Fortuna de Bagaces para variar el destino de la partida aprobada mediante
la Ley Nº 7645, código presupuestario 130 912 702 545 1 241 347 por un
monto de tres millones quinientos mil colones (¢3.500.000,00) o el saldo
que haya, destinada a la compra de un terreno para la construcción del
polideportivo y redondel, a fin de que se utilice para la compra de un
terreno para proyecto de vivienda de interés social.
Ley N° 7649:
8.- Autorízase a la Municipalidad de Puntarenas para utilizar los
recursos provenientes de los giros número 714 769 80 y 714 769 79, así como
los intereses devengados de ellos, aprobados mediante la Ley N° 7649, del 9
de noviembre de 1996, código presupuestario 112 450 730 230 27 242 47 por
un monto de diez millones de colones (¢10.000.000,00) cada uno, en total
veinte millones de colones (¢20.000.000,00) o el saldo que haya, destinada
a la Municipalidad de Puntarenas para el arreglo de calles de Puntarenas, a
fin de que se utilice en arreglo de infraestructura del Estadio Municipal
de Puntarenas y gastos operativos.
9.- Cámbiase el destino a la partida aprobada mediante Ley N° 7649,
código presupuestario 130 916 730 352 1 242 25 1 por un monto de veintitrés
millones de colones (¢23.000.000,00) o el saldo que haya, destinada a la
compra de un terreno para el programa del Comité de Vivienda de Montes de
Oca, a fin de que se gire al Consejo Nacional de Cooperativas, cédula
jurídica N° 3-007-051-871 06, para financiar el Programa de Investigación y
Capacitación del Sector Cooperativo.
10.- Autorízase a la Junta Administrativa Colegio de La Aurora de Heredia
para variar el destino de La partida aprobada mediante Ley N° 7649, código
130-917-731-284-1-242-20-38, por un monto de un millón de colones
(¢1.000.000,00) o eI saldo que haya, destinada a la biblioteca pública, a
fin de que se utilice para construcción de aulas.
Ley N° 7652:
11.- Autorízase a la Municipalidad de San Carlos para variar el destino de
la partida aprobada mediante la Ley N° 7652, código presupuestario 130-
90200-730-868-01-242-23 por un monto de dos millones de colones
(¢2.000.000,00) o el saldo que haya, destinada al Comité Distrital de
Deportes de Santa Rosa Pocosol, para la construcción del complejo
deportivo, a fin de que se gire a la Asociación Deportiva Pocosol, cédula
jurídica N° 3-002-205666, para la construcción del Complejo Deportivo.
12.- Autorízase a la Municipalidad de Cartago para variar el destino de la
partida aprobada mediante la Ley N° 7652, código presupuestario 130-1-242-
30-32, por un monto de quinientos mil colones (¢ 500.000,00) o el saldo que
haya, destinada a la infraestructura del local deportivo Once Tigres, a fin
de que se utilice para compra de implementos deportivos, primeros auxilios,
apertura de la escuela de fútbol deportivo Once Tigres.
13.- Autorízase a la Municipalidad de San Carlos para variar de destino de
la partida aprobada mediante la Ley N° 7652, código presupuestario 130 902
730 860 1 242 10 23, por un monto de siete millones de colones
(¢7.000.000,00) o el saldo que haya, destinada a la compra de un bus, a fin
de que se utilice para la compra de una buseta para la estudiantina del
Colegio Profesional Agropecuario de Aguas Zarcas.
14.- Autorízase a la Asociación de Desarrollo Integral de El Pacto de El
Jocote de Alajuela para variar el destino de la partida aprobada mediante
la Ley N° 7652, código presupuestario 130 902 702 259 1 241 27 22 por un
monto de un millón de colones (¢ 1,000.000,00) destinada a la compra de un
terreno para la construcción de un salón comunal, a fin de que se utilice
para las mejoras y reparaciones del EBAIS de los Jardines del Pacto del
Jocote de Alajuela, quinientos mil colones (¢500.000,00) y, que se gire a
la Asociación de Desarrollo Integral de San Antonio del Tejar de Alajuela,
para la construcción de un salón multiuso, quinientos mil colones
(¢500.000,00).
15- Autorízase a la Asociación de Desarrollo Integral de El Pacto de El
Jocote de Alajuela para variar el destino de la partida aprobada mediante
Ley N° 7652, código presupuestario 130 902 702 260 1 241 27 22 por un monto
de trescientos mil colones (¢300.000,00) o el saldo que haya, destinada a
la construcción de un muro de contención en la plaza de deportes, a fin de
que se gire a la Asociación de Desarrollo Integral de San Antonio del Tejar
de Alajuela, para la construcción de un salón multiuso.
16.- Autorízase a la Municipalidad de Oreamuno para variar el destino de
la partida aprobada mediante Ley Nº 7652, código presupuestario 130 905
730 586 1 242 10 32, por un monto de cinco millones de colones
(¢5.000.000,00) o el saldo que haya destinada a la compra de maquinaria y
vehículo municipal, a fin de que se utilice para la compra de llantas para
maquinaria y vehículo municipal.
17.- Autorízase a la Junta Administrativa del Liceo de Santo Domingo para
variar el destino de la partida aprobada mediante la Ley N° 7652, código
presupuestario 130 906- 00 731 418 1 242 20 39, por un monto de dos
millones de colones (2.000.000,00) o el saldo que haya, destinada a la
construcción de aulas, a fin de que se utilice para la construcción del
gimnasio del Liceo de Santo Domingo.
18.- Autorízase a la Municipalidad de San Ramón, para variar el destino de
la partida aprobada mediante la Ley N° 7652, de 29 de noviembre de 1996,
código presupuestario 130 90200 663 385 1132 22 24, por un monto de diez
millones de colones (¢10.000.000,00) o el saldo que haya, destinada al pago
la deuda por compra de terreno para relleno sanitario de San Ramón, a fin
de que se utilice para realizar trabajos en el relleno sanitario y en el
cierre técnico del botadero de basura.
Ley N° 7720:
19.- Autorízase a la Junta Administrativa Liceo Antonio Obando, Barranca
Puntarenas, para variar el destino de la partida aprobada mediante la Ley
N° 7720, de 28 de noviembre de 1997, código presupuestario 113-588-02-731-
27-242-20-300 por un monto de seis millones novecientos mil colones
(¢6.900.000,00) o el saldo que haya, destinada a equipamiento del
laboratorio de informática, a fin de que se utilice para la construcción y
equipamiento del laboratorio de informática.
20.- Autorízase a la Junta Administrativa Tercer Ciclo de Sucre, San
Carlos, para variar el destino de la partida aprobada mediante la Ley N°
7720, código presupuestario 113 588 02 731 27 242 20 260 por un monto de
seis millones novecientos mil colones (¢6.900.000,00) o el saldo que haya,
destinada a la construcción de la planta física y equipamiento del
laboratorio de informática, a fin de que se utilice para la compra del
terreno donde se construirá el colegio de Sucre.
21.- Autorízase a la Junta Administrativa Tercer Ciclo de Bijagua, Upala,
para variar eI destino de La partida aprobada mediante La Ley N0 7720,
código presupuestario 113 588 02 731 27 .242 20 322, por un monto de seis
millones novecientos mil colones (¢6.900.000,00) o eI saldo que haya,
destinada aI equipamiento del laboratorio de informática, a fin de que se
utilice para la construcción de tres aulas cuatro millones quinientos mil
colones (¢4.500.000,00) y para la adquisición de mobiliario y equipo dos
millones cuatrocientos mil colones (¢2.400.000,00).
Ley N° 7853:
22.- Autorízase a la Junta Administrativa del Colegio Otilio Ulate Blanco
para variar el destino de la partida aprobada mediante la Ley N° 7853,
código presupuestario 113 588 02 731 27 242 20 356, por un monto de un
millón doscientos cincuenta mil colones (¢ 1.250.000,00) destinada a la
construcción de una biblioteca, a fin que se utilice para construcción de
un salón multiusos.
23.- Modifícase el presupuesto del año 1999, Ley N° 7853, en la siguiente
forma: página 32: pp-114-018. Donde dice: 702 27 241 21 227 Asociación
Pro Hospital Nacional de Niños. Debe decir: 702-27-242 21 227 Fundación
Mundial de Trasplantes para Niños (Capítulo Costa Rica), cédula jurídica 3-
006-107-820-24.
24.- Modifícase el artículo 2 de la Ley N° 7853 de la siguiente manera:
página PP-107-021 Donde dice: 814 27 251 80 Amortización cuenta pendiente
ejercicio anterior (Para cancelar facturas de servicios públicos de años
anteriores). Debe decir: 814 27 251 80 Amortización cuenta pendiente
ejercicio anterior (para cancelar facturas de servicios públicos y otros
gastos de años anteriores). Página PP-107-028 Donde dice: 814 27 251 80
Amortización cuenta pendiente ejercicio anterior (para cancelar facturas
de servicios públicos de años anteriores). Debe decir: 814 27 251 80
Amortización cuenta pendiente ejercicio anterior (para cancelar facturas de
servicios públicos y otros gastos de años anteriores).
25.- Modifícase el artículo 2 de la Ley N° 7853 de la siguiente forma:
página PP-117-032 Donde dice: 702 27 241 28 51 Asociación Desarrollo
Integral de San Rafael de Oreamuno Debe decir: 702 27 241 28 251
Municipalidad de Oreamuno.
26.- Modifícase el artículo 2 de la Ley 7853 de la siguiente forma:
página PP-117-032 Donde dice: 702 27 241 28 253 Asociación de Desarrollo
Integral de San Rafael de Oreamuno. Debe decir: 702 27 241 28 253
Municipalidad de Oreamuno.
27.- Modifícase el artículo 2 de la Ley N° 7853, en la forma que se indica
a continuación: página PP-107-018. Donde dice: 680 01 131 46 237. Debe
decir: 680 01 133 46 237. Página PP-107-020. Donde dice: 682 01 131 19
241. Debe decir 682 01 133 19 241. Página PP-109-075. Donde dice: 510 27
215 12. Debe decir: 510 27 211 12. Página PP-113-116. Donde dice: 731 01
241 20 212. Debe decir: 731 01 242 20 212.
28.- Autorízase a la Junta Administrativa del Colegio Ambientalista de El
Roble de Alajuela, para variar el destino de la partida aprobada mediante
Ley N° 7853, código presupuestario 113-588-02-731-27-242-20-357, por un
monto de un millón de colones (¢1.000.000,00) o el saldo que haya,
destinada a construcción de aulas, a fin de que se utilice para mejoras y
reparaciones de la planta física.
29.- Modifícase el presupuesto del año 1999, Ley N° 7853, de 4 de
diciembre de 1998, en la siguiente forma: página PP- 129 - 049 Donde dice:
731 27 242 42 266 Fundación de Vida Silvestre (Para compra de vehículo y
gastos operativos del Refugio Nacional de Vida Silvestre Caño Negro) Debe
decir: 731 27 242 42 266 Fundación de Vida Silvestre (Para compra de
vehículo y gastos administrativos.
30.- Modifícase el presupuesto del año 1999, Ley N° 7853, de 4 de
diciembre de 1998, en la siguiente forma: página PP-106-020. Donde dice:
730 01 242 27 288 Municipalidad de Grecia (compra de terrenos y/o
construcción para obras de desarrollo comunal) Debe decir: 730 01 242 27
288 Municipalidad de Grecia (compra de terrenos, construcción para obras de
desarrollo comunal y gastos operativos de la Municipalidad del cantón de
Grecia).
31.- Autorízase a la Municipalidad de San Ramón, para variar el destino de
la partida aprobada mediante la Ley N° 7853, de 4 de diciembre de 1998,
código presupuestario 730 304 27 242 27, por un monto de doscientos
cincuenta y siete mil setecientos sesenta y ocho colones ((257.768,00) o el
saldo que haya, destinada a reparación y mantenimiento del Salón Comunal
del Pueblo y EL INVU, a fin de que se destine a reparación y mantenimiento
del salón comunal de Pueblo Nuevo de Valle Azul.
32.- Autorízase a la Municipalidad de San Ramón, para variar el destino de
la partida aprobada mediante la Ley N° 7853, de 4 de diciembre de 1998,
código presupuestario 730 329 27 242 30, por un monto de doscientos mil
colones ((200.000,00) o el saldo que haya, destinada a instalación de malla
en parquecito La Unión, a fin de que se destine a instalación de malla en
parquecito infantil de Urbanización Los Colegios, Tres Marías, San Rafael.
33.- Autorízase al Concejo Municipal de Abangares, para variar el destino
de La partida aprobada mediante la Ley N° 7853, código presupuestario 130
904 730 653 27 242 10, por un monto de nueve millones sesenta y dos mil
veintisiete colones (¢9.062.027,00) o el saldo que haya, destinada a
reparación de equipo de la Municipalidad de Abangares, a fin de que se
utilice según se detalla: tres millones de colones (¢3.000.000,00) para
gastos administrativos y operativos, dos millones setecientos ochenta y
siete mil doscientos setenta y ocho colones (¢2.787.278,00) para materiales
y suministros y tres millones doscientos setenta y cuatro mil setecientos
cuarenta y nueve colones (¢3.274.749,00) para reparación de maquinaria
(vagoneta-niveladora) y compra de equipo tecnológico.
34.- Modifícase el artículo 2 de la Ley N° 7853 de la siguiente manera:
página: PP-112-023 Donde dice: 730 27 242 47 337 Municipalidad de Sarapiquí
de Heredia (compra de terreno terminal de buses Río Frío-Horquetas y
mantenimiento de caminos vecinales-Horquetas) Debe decir: 730 27 242 47 337
Municipalidad de Sarapiquí de Heredia (construcción terminal de buses Río
Frío-Horquetas) total cinco millones de colones (¢5.000.000,00).
35.- Autorízase a la Municipalidad de Bagaces, para variar el destino de
la partida aprobada mediante la Ley N° 7853, código presupuestario 130 904
730 486 27 242 21, por un monto de diez millones de colones
(10.000.000,00) o el saldo que haya, destinada a construcción de nueva
clínica de Caja Costarricense del Seguro Social, a fin de que se utilice
para compra de terreno para nueva clínica de Caja Costarricense del Seguro
Social.
36.- Autorízase a la Junta de Educación de la Escuela Los Ángeles de Ipís,
para variar eI destino de La partida aprobada mediante la Ley N° 7720,
código presupuestario 113-55841-731-2724220223 por un monto de doce
millones seiscientos mil colones (¢12.600.000,00) o eI saldo que haya
destinada a la construcción de planta física y la compra de mobiliario
(eliminar triple jornada), cédula jurídica 3-008-116761, a fin de que se
utilice para la construcción y mejoras de la planta física y la compra de
mobiliario.
37.- Autorízase a la Municipalidad de San Rafael de Heredia para variar el
destino de la transferencia aprobada mediante la Ley N° 7853, código
presupuestario 112.300-00-730-27-242-47-335, por un monto de cinco millones
de colones (¢5.000.000,00) o el saldo que haya, destinada al mantenimiento
y el arreglo de caminos vecinales, a fin de que se utilice para el pago de
transporte y disposición final de desechos de la recolección de basuras del
cantón de San Rafael de Heredia.
38.- Modifícase el presupuesto del año 1999, Ley N° 7853, de 04 de
diciembre de 1998, en la siguiente forma: página. PP 130-083. Donde dice:
732 579 27 242 20 Compra de mobiliario escolar para la escuela de Planes,
Belén Carrillo: Debe decir: 730 579 27 242 20 Compra de mobiliario escolar
para la escuela de Planes, Belén, Carrillo.
Ley N° 7867:
39.- Autorízase a la Municipalidad de Turrialba para variar el destino de
la partida aprobada mediante la Ley N° 7867, código presupuestario 130 902
730 429 27 242 30, por un monto de tres millones novecientos mil colones
((3.900.000,00) o el saldo que haya, destinada a la compra de terreno para
parque recreativo de Canadá de la Suiza, Turrialba, a fin de que se utilice
para: a) Compra de pintura para la Iglesia de la Suiza trescientos mil
colones ((300.000,00). b) Construcción de un aula en el Centro de
Nutrición de La Suiza seiscientos mil colones ((600.000,00). c) Aporte
Proyecto de Acueducto, El Carmen de La Suiza seiscientos mil colones
((600.000,00). d) Para la construcción de un parquecito en la Ciudadela
Pacho Méndez quinientos mil colones ((500.000,00). e) Para la construcción
de la ermita de Santa Cristina de La Suiza un millón de colones
((1.000.000,00). f) Para la construcción del campanario y la tapia en la
iglesia de Canadá de La Suiza novecientos mil colones ((900.000,00). Total
tres millones novecientos mil colones ((3.900.000,00).
40.- Autorízase a la Municipalidad de Abangares para variar el destino de
la partida aprobada mediante la Ley Nº 7867, código presupuesto 130 904 730
858 27 242 27, por un monto de Un millón cien mil colones (¢1.100.000,00)
o el saldo que haya, destinada a mejoras del salón comunal de Higuerillas,
a fin de que se utilice para la compra de terreno para la plaza de fútbol
de Higuerillas.
41.- Autorízase a la Municipalidad de Pérez Zeledón para variar el destino
de la partida aprobada mediante Ley N° 7867, código presupuestario 130 907
730 321 27 242 47, por un monto de trescientos treinta y cuatro mil
ochocientos sesenta colones (¢334.860,00) o el saldo que haya, destinada al
lastreado de camino Bajo Las Bonitas- Villa Flor, distancia 2 km.,
Pejibaye, a fin de que se utilice para el pago de la deuda a la Asociación
de Desarrollo de Villa Argentina-Bajo Las Bonitas, por el lastreado del
camino Bajo Las Bonitas-Villa Flor, distancia 2km, Platanares.
42.- Autorízase a la Municipalidad de Pérez Zeledón para variar el destino
de la partida aprobada mediante Ley N° 7867, código presupuestario 130 907
730 314 27 242 47, por un monto de setecientos mil colones (¢700.000,00) o
el saldo que haya, destinada al lastreado del camino San Pablo, San Carlos,
distancia 4 km. Platanares, a fin de que se utilice para el pago de la
deuda a la Asociación de Desarrollo de San Pablo por el lastreado del
camino San Pablo, San Carlos, distancia 4 km. Platanares.
43.- Autorízase a la Municipalidad de Pérez Zeledón para variar el destino
de la partida aprobada mediante Ley N° 7867, código presupuestario 130 907
730 312 27 242 47, por un monto de doscientos mil colones (¢200.000,00) o
el saldo que haya, destinada al lastreado del camino Mollejoncitos-Los
Ángeles, distancia 2 km. Platanares, a fin de que se utilice para el pago
de deuda a la Asociación de Desarrollo de San Pablo por el lastreado del
camino Mollejoncitos-Los Ángeles, distancia 2 km. Platanares.
44.- Autorízase a la Municipalidad de Pérez Zeledón para variar el destino
de la partida aprobada mediante Ley N° 7867, código presupuestario 130 907
730 302 27 242 20, por un monto de ciento cincuenta mil colones
(¢150.000,00) o el saldo que haya, destinada a la construcción de la malla
de la Escuela del Socorro, Platanares; a fin de que se utilice para el pago
de deuda a Asociación de Desarrollo de San Rafael por la construcción de la
malla de la Escuela del Socorro, Platanares.
45.- Autorízase a la Municipalidad de Pérez Zeledón para variar el destino
de la partida aprobada mediante Ley N° 7867, código presupuestario 130 907
730 297 27 242-27, por un monto de doscientos mil colones (¢200.000,00) o
el saldo que haya, destinada a la reparación del salón comunal, Bajo de
Las Bonitas; Platanares, a fin de que se utilice para el pago de la deuda a
la Asociación de Desarrollo de Villa Argentina, Bajo Las Bonitas, por
reparación del salón comunal, Bajo de Las Bonitas; Platanares.
46.- Autorízase a la Municipalidad de Pérez Zeledón para variar el destino
de la partida aprobada mediante Ley N° 7867, código presupuestario 130 907
730 365 27 242 47, por un monto de quinientos mil colones (¢500.000,00) o
el saldo que haya, destinada a la reparación del camino entre Quebrada de
Manuel Mora hasta el cementerio de Santa María, Cajón, a fin de que se
utilice para la construcción de la Iglesia Católica de Santa Marta de
Cajón.
47.- Autorízase a la Municipalidad de Pérez Zeledón para variar el destino
de la partida aprobada mediante Ley N° 7867, código presupuestario 130 907
730 433 27 242 47, por un monto de trescientos mil colones (¢300.000,00) o
el saldo que haya, destinada al mantenimiento del camino Providencia a San
Miguel, Páramo, a fin de que se utilice para mantenimiento camino
Pedregocito a Providencia, Páramo.
48.- Autorízase a la Municipalidad de Pérez Zeledón para variar el destino
de la partida aprobada mediante Ley N° 7867, código presupuestario 130 907
730 425 27 242 47, por un monto de ciento cincuenta mil colones
(¢150.000,00) o el saldo que haya, destinada a la reparación del camino de
San Ramón Norte a Valencia, Páramo, a fin de que se utilice para la
construcción del alcantarillado en el camino de San Ramón Norte a Valencia,
Páramo.
49.- Autorízase a la Municipalidad de Pérez Zeledón para variar el destino
de la partida aprobada mediante Ley N° 7867, código presupuestario 130 907
730 421 27 242 47, por un monto de quinientos mil colones (¢500.000,00) o
el saldo que haya, destinada al relastreado del camino de La Ese a
Valencia, Páramo, a fin de que se utilice para pago de deuda contraída
para el proyecto de reparación total del camino de Valencia a La Ese,
Páramo.
50.- Autorízase a la Municipalidad de Pérez Zeledón para variar el destino
de la partida aprobada mediante Ley N° 7867, código presupuestario 130 907
730 420 27 242 47, por un monto de doscientos cincuenta mil colones
(¢250.000,00) o el saldo que haya, destinada a la reparación del camino Los
Ángeles, San José de la Montaña, Páramo, a fin de que se utilice para la
cancelación de la deuda por proyecto realizado para la reparación del
camino Los Ángeles, San José de la Montaña, Páramo.
51.- Autorízase a la Municipalidad de Pérez Zeledón, para variar el
destino de la partida aprobada mediante Ley N° 7867, código presupuestario
130 907 730 419 27 242 47, por un monto de trescientos mil colones
(¢300.000,00) o el saldo que haya, destinada a mejoras del camino Los
Ángeles a Santa Lucía, Páramo, a fin de que se utilice para la cancelación
de la deuda para proyecto realizado en reparación del camino Los Ángeles a
Santa Lucía, Páramo.
52.- Autorízase a la Municipalidad de Pérez Zeledón para variar el destino
de la partida aprobada mediante Ley N° 7867, código presupuestario 130 907
730 418 27 242 47, por un monto de trescientos mil colones (¢300.000,00) o
el saldo que haya, destinada a las mejoras del camino de Los Ángeles a La
Lira, Páramo, a fin de que se utilice para la cancelación de deuda por
proyecto realizado en reparación del camino de Los Ángeles a La Lira,
Páramo.
53.- Autorízase a la Municipalidad de Pérez Zeledón para variar el destino
de la partida aprobada mediante Ley N° 7867, código presupuestario 130 907
730 265 27 242 47, por un monto de seiscientos cuarenta y seis mil colones
(¢646.000,00) o el saldo que haya, destinada al asfaltado del camino San
José, Rivas, a fin de que se utilice para mejoras o asfaltado del camino
San José, Rivas.
54.- Autorízase a la Municipalidad de Pérez Zeledón para variar el destino
de la partida aprobada mediante Ley N° 7867, código presupuestario 130 907
730 264 27 242 47, por un monto de seiscientos cuarenta y seis mil colones
(¢646.000,00) o el saldo que haya, destinada al asfaltado del camino
Monterrey, Rivas, a fin de que se utilice para mejoras o asfaltado del
camino Monterrey, Rivas.
55.- Autorízase a la Municipalidad de Pérez Zeledón para variar el destino
de la partida aprobada mediante Ley N° 7867, código presupuestario 130 907
730 262 27 242 47, por un monto de trescientos ochenta mil colones
(¢380.000,00) o el saldo que haya, destinada a la compra de terreno para la
construcción del camino vecinal Los Ángeles, Rivas, a fin de que se utilice
para la compra de terreno o la construcción del camino vecinal Los Ángeles,
Rivas.
56.- Autorízase a la Municipalidad de Pérez Zeledón para variar el destino
de la partida aprobada mediante Ley N° 7867, código presupuestario 130 907
730 255 27 242 47, por un monto de setecientos sesenta mil colones
(¢760.000,00) o el saldo que haya, destinada al mantenimiento del puente
Los Corderos, Rivas, a fin de que se utilice para el pago de deudas y
reparación del puente Los Corderos, Rivas.
57.- Autorízase a la Municipalidad de Pérez Zeledón para variar el destino
de la partida aprobada mediante Ley Nº 7867, código presupuestario 130 907
730 253 27 242 26, por un monto de trescientos ochenta mil colones
(¢380.000,00) o el saldo que haya, destinada al acueducto rural Guadalupe
de Rivas, Rivas, a fin de que se utilice para el camino barrio El Carmen-
Juanito Calderón, Rivas.
58.- Autorízase a la Municipalidad de Pérez Zeledón para variar el destino
de la partida aprobada mediante Ley Nº 7867, código presupuestario 130 907
730 207 27 242 47, por un monto de cuatrocientos mil colones (¢400.000,00)
o el saldo que haya, destinada al mejoramiento de los caminos Gravilias y
Barrio San Andrés, San Isidro, a fin de que se utilice para la cancelación
de la deuda a la Asociación de Lucha pro mejoras del Barrio San Andrés, por
la ejecución del proyecto de mantenimiento del camino a Gravilias, San
Isidro.
59.- Autorízase a la Municipalidad de Pérez Zeledón para variar el destino
de la partida aprobada mediante Ley Nº 7867, código presupuestario 130 907
730 208 27 242 31, por un monto de trescientos ochenta y tres mil
cuatrocientos treinta y siete colones (¢383.437,00) o el saldo que haya,
destinada a mejoras de la iglesia Luz del Mundo Barrio Sinaí, San Isidro, a
fin de que se utilice para la cancelación de deuda a la Asociación de
Desarrollo de Sagrada Familia, por ejecución del proyecto de mejoras en la
iglesia Luz del Mundo barrio Sinaí, San Isidro.
60.- Autorízase a la Municipalidad de Pérez Zeledón para variar el destino
de la partida aprobada mediante Ley Nº 7867, código presupuestario 130 907
730 215 27 242 47, por un monto de trescientos mil colones (¢300.000,00) o
el saldo que haya, destinada al mejoramiento de caminos barrio Santa
Cecilia, San Isidro, a fin de que se utilice para la cancelación de deuda a
la Asociación de Desarrollo Integral de barrio Sagrada Familia, por la
ejecución del proyecto de mejoras de los caminos barrio Santa Cecilia, San
Isidro.
61.- Autorízase a la Municipalidad de Pérez Zeledón para variar el destino
de la partida aprobada mediante Ley Nº 7867, código presupuestario 130 907
730 216 27 242 47, por un monto de trescientos cincuenta mil colones
(¢350.000,00) o el saldo que haya, destinada al mejoramiento de caminos en
barrio Las Américas, San Isidro, a fin de que se utilice para el pago de
deuda a la Asociación de Desarrollo Integral de barrio Sagrada Familia, por
la ejecución del proyecto de mejoras de caminos barrio Las Américas, San
Isidro.
62.- Autorízase a la Municipalidad de Pérez Zeledón para variar el destino
de la partida aprobada mediante Ley Nº 7867, código presupuestario 130 907
730 201 27 242 47, por un monto de un millón de colones (¢1.000.000,00) o
el saldo que haya, destinada al mejoramiento de los caminos de Bajo
Dorotea-calle La Luz del Mundo, San Isidro, a fin de que se utilice para
cancelar deuda a la Asociación de Desarrollo Integral de barrio Sinaí, por
la ejecución del proyecto mejoras de Bajo Dorotea-calle La Luz del Mundo,
San Isidro.
63.- Autorízase a la Municipalidad de Pérez Zeledón para variar el destino
de la partida aprobada mediante Ley Nº 7867, código presupuestario 130 907
730 210 27 242 20, por un monto de quinientos mil colones (¢500.000,00) o
el saldo que haya, destinada a la compra de mobiliario para Escuela Sinaí,
San Isidro, a fin de que se utilice para cancelar deuda a la Asociación de
Desarrollo Integral de barrio Sinaí, por concepto de compra de mobiliario
para la Escuela Sinaí, San Isidro.
64.- Autorízase a la Municipalidad de Pérez Zeledón para variar el destino
de la partida aprobada mediante Ley Nº 7867, código presupuestario 130 907
730 218 27 242 30, por un monto de quinientos mil colones (¢500.000,00) o
el saldo que haya, destinada a compra de terreno para plaza de deportes de
La Ribera de Pérez Zeledón, San Isidro, a fin de que se utilice para
cancelar deuda a la Asociación de Desarrollo Integral de San Agustín de
Pérez Zeledón, por la ejecución del proyecto compra de terreno para plaza
de deportes de la Rivera de Pérez Zeledón, San Isidro.
65.- Autorízase a la Municipalidad de Pérez Zeledón para variar el destino
de la partida aprobada mediante Ley Nº 7867, código presupuestario 130 907
730 200 27 242 30, por un monto de dos millones de colones (¢2.000.000,00)
o el saldo que haya, destinada a construir cocina comunal, albergue y sala
de reuniones en distrito San Isidro, a fin de que se utilice para cancelar
deuda a la Asociación de Desarrollo Integral de barrio Sinaí por la
ejecución del proyecto construcción de cocina comunal, albergue y sala de
reuniones distrito San Isidro .
66.- Autorízase a la Municipalidad de Turrialba para variar el destino de
las partidas siguientes aprobadas mediante la Ley N° 7867. 1) Código
presupuestario N° 730 470 27 242 30, por un monto de cuatrocientos mil
colones (¢400.000,00) o el saldo que haya, destinada a compra de terreno
para construir camerinos en plaza de deportes de Tres Equis, Turrialba, a
fin de que se utilice para construir drenajes y ampliación de la plaza de
Tres Equis. 2) Código presupuestario N° 730 475 27 242 20, por un monto
de seiscientos mil colones (¢600.000,00) o el saldo que haya destinada a
terreno de colegio de Tres Equis, a fin de que se utilice para conformar
entrada camino del colegio Tres Equis. 3) Código presupuestario N° 730
473 27 242 30, por un monto de doscientos diez mil colones (¢210.000,00) o
el saldo que haya, destinada a camerinos en plaza de deportes El Sol, Tres
Equis, a fin de que se utilice para construir la plaza de deportes de El
Sol, Tres Equis.
67.- Autorízase a la Municipalidad de Pérez Zeledón para variar el destino
de la partida aprobada mediante Ley Nº 7867, código presupuestario 130 907
730 348 27 242 47, por un monto de ciento cincuenta mil colones
(¢150.000,00) o el saldo que haya, destinada a relastreado de calles
Ciudadela Los Leones, Pejibaye, a fin de que se utilice para pagar deuda a
la Asociación de Desarrollo Integral de Pejibaye, por ejecución del
proyecto de relastreado de calles Ciudadela Los Leones, Pejibaye.
68.- Autorízase a la Municipalidad de Pérez Zeledón para variar el destino
de la partida aprobada mediante Ley Nº 7867, código presupuestario 130 907
730 333 27 242 47, por un monto de cuatrocientos mil colones (¢400.000,00)
o el saldo que haya, destinada a reparar el camino Guadalupe, Bella Vista,
Pejibaye, a fin de que se utilice para pagar deuda a la Asociación de
Desarrollo Integral de Pejibaye, por ejecución del proyecto reparación
camino Guadalupe, Bella Vista, Pejibaye.
69.- Autorízase a la Municipalidad de Pérez Zeledón para variar el destino
de la partida aprobada mediante Ley Nº 7867, código presupuestario 130 907
730 338 27 242 47, por un monto de cuatrocientos mil colones (¢400.000,00)
o el saldo que haya, destinada a reparar el camino del cruce Zapote, Alto
de La Trinidad, Pejibaye, fin de que se utilice para pagar deuda a la
Asociación de Desarrollo Integral de Pejibaye, por la ejecución del
proyecto construcción de alcantarillas y reparación de camino del Cruce
Zapote, Alto La Trinidad, Pejibaye.
70.- Autorízase a la Municipalidad de Pérez Zeledón para variar el destino
de la partida aprobada mediante Ley Nº 7867, código presupuestario 130 907
730 339 27 242 47, por un monto de trescientos cincuenta mil colones
(¢350.000,00) o el saldo que haya, destinada a reparar camino Pejibaye, San
Miguel, Pejibaye, a fin de que se utilice para pagar deuda a la Asociación
de Desarrollo Integral de Pejibaye, por ejecución del proyecto construcción
de alcantarillas camino Pejibaye; San Miguel, Cruce Bolivia, Pejibaye.
71.- Autorízase a la Municipalidad de Pérez Zeledón para variar el destino
de la partida aprobada mediante Ley Nº 7867, código presupuestario 130 907
730 347 27 242 47, por un monto de ciento cincuenta mil colones
(¢150.000,00) o el saldo que haya, destinada a relastreado de calles de
ciudadela El Río, Pejibaye, a fin de que se utilice para pagar deuda a la
Asociación de Desarrollo Integral de Pejibaye, por ejecución del proyecto
relastreado de calles de ciudadela El Río, Pejibaye.
72.- Autorízase a la Municipalidad de Pérez Zeledón para variar el destino
de la partida aprobada mediante Ley Nº 7867, código presupuestario 130 907
730 345 27 242 47, por un monto de doscientos cincuenta mil colones
(¢250.000,00) o el saldo que haya, destinada a reparar camino de Calle
Vindas, Barrio Nuevo, Pejibaye, a fin de que se utilice para pagar deuda a
la Asociación de Desarrollo Integral de Pejibaye, por ejecución del
proyecto reparación del camino Barrio Nuevo, Calle Vindas, Pejibaye.
73.- Autorízase a la Municipalidad de Pérez Zeledón, para variar el
destino de la partida aprobada mediante Ley N° 7867, código presupuestario
130 907 730 343 27 242 47, por un monto de setecientos cincuenta mil
colones (¢750.000,00) o el saldo que haya, destinada a reparación de camino
Barrio Nuevo, Desamparados, Pejibaye, a fin de que se utilice para pagar
deuda a la Asociación de Desarrollo Integral de Pejibaye, por ejecución del
proyecto construcción de alcantarillas y reparación del camino Pejibaye,
Barrio Nuevo; Desamparados, Pejibaye.
74.- Autorízase a la Municipalidad de Pérez Zeledón, para variar el
destino de la partida aprobada mediante Ley N° 7867, código presupuestario
130 907 730 342 27 242 47, por un monto de doscientos cincuenta mil colones
(¢250.000,00) o el saldo que haya, destinada a reparar camino Zapote, El
Progreso, Pejibaye, a fin de que se utilice para pagar deuda a la
Asociación de Desarrollo Integral de Pejibaye, por ejecución del proyecto
reparación del camino Zapote, El Progreso, Pejibaye.
75.- Autorízase a la Municipalidad de Pérez Zeledón, para variar el
destino de la partida aprobada mediante Ley N° 7867, código presupuestario
130 907 730 341 27 242 47, por un monto de cuatrocientos dieciocho mil
seiscientos veintiséis colones (¢418.626,00) o el saldo que haya, destinada
a reparar el camino de Pejibaye, Paraíso, Pejibaye, a fin de que se utilice
para pagar deuda a la Asociación de Desarrollo Integral de Pejibaye, por
ejecución del proyecto reparación del camino Pejibaye, Paraíso, Pejibaye.
76.- Autorízase a la Municipalidad de Pérez Zeledón, para variar el
destino de la partida aprobada mediante Ley N° 7867, código presupuestario
130 907 730 340 27 242 20, por un monto de trescientos setenta y cinco mil
colones (¢375.000,00) o el saldo que haya, destinada a adquirir equipo de
cómputo circuito 08 (oficina de Supervisor), Pejibaye, a fin de que se
utilice para pagar deuda a la Asociación de Desarrollo Integral de
Pejibaye, por ejecución del proyecto adquisición equipo de cómputo para la
oficina del Asesor Supervisor del Circuito 08, Pejibaye.
77.- Autorízase a la Municipalidad de Pérez Zeledón, para variar el
destino de la partida aprobada mediante Ley N° 7867, código presupuestario
130 907 730 334 27 242 47, por un monto de ciento setenta y cinco mil
colones (¢175.000,00) o el saldo que haya, destinada a reparar camino
barrio El Colegio, Mueblería Murillo, Pejibaye, a fin de que se utilice
para pagar deuda a la Asociación de Desarrollo Integral de Pejibaye, por
ejecución del proyecto reparación camino barrio El Colegio, Mueblería
Murillo, Pejibaye.
78.- Autorízase a la Municipalidad de Pérez Zeledón, para variar el
destino de la partida aprobada mediante Ley N° 7867, código presupuestario
130 907 730 335 27 242 47, por un monto de trescientos mil colones
(¢300.000,00) o el saldo que haya, destinada a reparar camino barrio El
Colegio, El Progreso, Pejibaye, a fin de que se utilice para pagar deuda a
la Asociación de Desarrollo Integral de Pejibaye, por ejecución del
proyecto reparación camino barrio El Colegio, El Progreso, Pejibaye.
79.- Autorízase a la Municipalidad de Pérez Zeledón, para variar el
destino de la partida aprobada mediante Ley Nº 7867, código presupuestario
130 907 730 337 27 242 47, por un monto de trescientos mil colones
(¢300.000,00) o el saldo que haya, destinada a reparar camino Zapote, La
Trinidad, Pejibaye, a fin de que se utilice para pagar deuda a la
Asociación de Desarrollo Integral de Pejibaye, por ejecución del proyecto
construcción de cabezales de alcantarillas camino Zapote, La Trinidad,
Pejibaye.
80.- Autorízase a la Municipalidad de Pérez Zeledón, para variar el
destino de la partida aprobada mediante Ley Nº 7867, código presupuestario
130 907 730 346 27 242 31, por un monto de trescientos mil colones
(¢300.000,00) o el saldo que haya, destinada a reparar Templo La Luz del
Mundo, Pejibaye, a fin de que se utilice para pagar deuda la Asociación de
Desarrollo Integral de Pejibaye, por ejecución del proyecto reparación
Templo La Luz del Mundo, Pejibaye.
81.- Autorízase a la Municipalidad de Pérez Zeledón, para variar el
destino de la partida aprobada mediante Ley Nº 7867, código presupuestario
130 907 730 322 27 242 47, por un monto de trescientos mil colones
(¢300.000,00) o el saldo que haya, destinada a lastreado de camino La
Guaria Sur de San Gabriel, Pejibaye, a fin de que se utilice para pagar
deuda a la Asociación de Desarrollo Integral de Pejibaye, por ejecución del
proyecto lastreado de camino La Guaria Sur de San Gabriel, Pejibaye.
82.- Autorízase a la Municipalidad de Pérez Zeledón, para variar el
destino de la partida aprobada mediante Ley Nº 7867, código presupuestario
130 907 730 323 27 242 47, por un monto de trescientos mil colones
(¢300.000,00) o el saldo que haya, destinada a reparación de Calle
Jiménez, Las Mesas, Pejibaye, a fin de que se utilice para pagar deuda a la
Asociación de Desarrollo Integral de Pejibaye, por ejecución del proyecto
reparación Calle Jiménez, Las Mesas, Pejibaye.
83.- Autorízase a la Municipalidad de Pérez Zeledón, para variar el
destino de la partida aprobada mediante Ley Nº 7867, código presupuestario
130 907 730 324 27 242 20, por un monto de trescientos mil colones
(¢300.000,00) o el saldo que haya, destinada a construir malla en el lote
Escuela San Marcos, Pejibaye, a fin de que se utilice para pagar deuda a la
Asociación de Desarrollo Integral de Pejibaye, por ejecución del proyecto
construcción de malla en el lote Escuela San Marcos, Pejibaye.
84.- Autorízase a la Municipalidad de Pérez Zeledón, para variar el
destino de la partida aprobada mediante Ley Nº 7867, código presupuestario
130 907 730 325 27 242 47, por un monto de trescientos mil colones
(¢300.000,00) o el saldo que haya, destinada a reparar camino San Gabriel,
Santa Lucía, Pejibaye, a fin de que se utilice para pagar deuda a la
Asociación de Desarrollo Integral de Pejibaye, por ejecución del proyecto
reparación camino San Gabriel, Santa Lucía, Pejibaye.
85.- Autorízase a la Municipalidad de Pérez Zeledón, para variar el
destino de la partida aprobada mediante Ley Nº 7867, código presupuestario
130 907 730 329 27 242 30, por un monto de un millón quinientos mil colones
(¢1.500.000,00) o el saldo que haya, destinada a adquirir terreno plaza de
fútbol, Santa Cecilia, Pejibaye, a fin de que se utilice para pagar deuda a
la Asociación de Desarrollo Integral de Pejibaye, por ejecución del
proyecto adquisición terreno plaza de fútbol, Santa Cecilia, Pejibaye.
86.- Autorízase a la Municipalidad de Pérez Zeledón, para variar el
destino de la partida aprobada mediante Ley N° 7867, código presupuestario
130 907 730 328 27 242 47, por un monto de cuatrocientos mil colones
(¢400.000,00) o el saldo que haya, destinada a reparar camino San Antonio,
China Kichá, Pejibaye, a fin de que se utilice para pagar deuda a la
Asociación de Desarrollo Integral de Pejibaye, por ejecución del proyecto
reparación camino San Antonio, China Kichá, Pejibaye.
87.- Autorízase a la Municipalidad de Pérez Zeledón, para variar el
destino de la partida aprobada mediante Ley N° 7867, código presupuestario
130 907 730 330 27 242 47, por un monto de ochocientos mil colones
(¢800.000,00) o el saldo que haya, destinada a reparar camino El Águila,
San Martín, Las Delicias, Pejibaye, a fin de que se utilice para pagar
deuda a la Asociación de Desarrollo Integral de Pejibaye, por ejecución del
proyecto reparación camino El Águila, San Martín, Las Delicias, Pejibaye.
88.- Autorízase a la Municipalidad de Pérez Zeledón, para variar el
destino de la partida aprobada mediante Ley N° 7867, código presupuestario
130 907 730 326 27 242 47, por un monto de trescientos mil colones
(¢300.000,00) o el saldo que haya, destinada a reparar camino de San
Antonio, San Antonio Abajo, Pejibaye, a fin de que se utilice para pagar
deuda a la Asociación de Desarrollo Integral de Pejibaye, por ejecución del
proyecto reparación camino San Antonio, San Antonio Abajo, Pejibaye.
89.- Autorízase a la Municipalidad de Pérez Zeledón, para variar el
destino de la partida aprobada mediante Ley N° 7867, código presupuestario
130 907 730 327 27 242 47, por un monto de trescientos mil colones
(¢300.000,00) o el saldo que haya, destinada a relastreado camino San
Antonio, Moctezuma, Pejibaye, a fin de que se utilice para pagar deuda a la
Asociación de Desarrollo Integral de Pejibaye, por ejecución del proyecto
relastreado camino San Antonio, Moctezuma, Pejibaye.
90.- Autorízase a la Municipalidad de Pérez Zeledón, para variar el
destino de la partida aprobada mediante Ley N° 7867, código presupuestario
130 907 730 331 27 242 47, por un monto de cuatrocientos mil colones
(¢400.000,00) o el saldo que haya, destinada a reparar camino El Águila,
Guadalupe, Santa Fe, Pejibaye, a fin de que se utilice para pagar deuda a
la Asociación de Desarrollo Integral de Pejibaye, por ejecución del
proyecto reparación de camino El Águila, Guadalupe, Santa Fe, Pejibaye.
91.- Autorízase a la Municipalidad de Pérez Zeledón, para variar el
destino de la partida aprobada mediante Ley N° 7867, código presupuestario
130 907 730 332 27 242 47, por un monto trescientos mil colones
(¢300.000,00) o el saldo que haya, destinada a reparar camino de barrio
Guadalupe, Veracruz, Pejibaye, a fin de que se utilice para pagar deuda a
la Asociación de Desarrollo Integral de Pejibaye, por ejecución del
proyecto reparación camino Cruce, Guadalupe, Veracruz, Pejibaye.
92.- Autorízase a la Municipalidad de Pérez Zeledón, para variar el
destino de la partida aprobada mediante Ley No 7867, código presupuestario
130 907 730 344 27 242 27, por un monto de setecientos cincuenta mil
colones (¢750.000,00) o el saldo que haya, destinada a construir gradería
salón multiusos, Pejibaye, a fin de que se utilice para pagar deuda a la
Asociación de Desarrollo Integral de Pejibaye, por ejecución del proyecto
construcción gradería salón multiuso, Pejibaye.
93.- Autorízase a la Municipalidad de Pérez Zeledón, para variar el
destino de la partida aprobada mediante Ley N° 7867, código presupuestario
130 907 730 202 27 242 31, por un monto de tres millones de colones
(¢3.000.000,00) o el saldo que haya, destinada al pago de deuda por compra
de motocicletas para el uso de promotores juveniles, distrito San Isidro, a
fin de que se utilice para la Asociación Jóvenes que Salvan Jóvenes, para
el pago de deuda por compra de motocicletas para el uso de promotores
juveniles del distrito de San Isidro.
94.- Autorízase a La Municipalidad de Turrialba, para variar el destino de
La partida aprobada mediante La Ley N° 7867, código presupuestario 130 902
730 451 27 242 47, por un monto de trescientos mil colones (¢300.000,00) o
el saldo que haya, destinada al relastreo de calles del cuadrante Ciudadela
Susanita, Turrialba, a fin de que se utilice para reparación del tanque del
agua y compra de materiales de la Ciudadela Susanita.
Varias leyes:
95.- Autorízase a la Asociación de Vivienda, Salud, Desarrollo, Cultura y
Ornato del Rosario, San Cristóbal, Frailes de Desamparados, con cédula
jurídica número 3-002-128471 para: a) Variar el destino de las partidas
aprobadas mediante la Ley Nº 7320, para que se lean así: 1) La
identificada con el código presupuestario 900 637 546 1 131 99 7 por un
monto de cien mil colones (¢100.000,00) con un saldo de diez mil doscientos
setenta y siete colones con cinco céntimos (¢10.277,05) destinada a gastos
varios de la Asociación, con el fin de que se utilice para gastos varios y
administrativos de la Asociación. 2) La identificada con el código
presupuestario 900 702 555 1 241 44 7 por un monto de doscientos cincuenta
mil colones (¢250.000,00) con un saldo de cincuenta mil colones
(¢50.000,00) destinada a alumbrado público de Cristo Rey, con el fin de que
se utilice para gastos varios y administrativos de la Asociación. 3) La
identificada con el código presupuestario 900 637 547 1 131 30 7 por un
monto de ciento cincuenta mil colones (¢150.000,00) con un saldo de
dieciocho mil cuatrocientos cincuenta y nueve colones con cincuenta
céntimos (¢18.459,50) destinada a compra equipo deportivo, con el fin de
que se utilice para gastos varios y administrativos de la Asociación. b)
Variar el destino de las partidas aprobadas mediante la Ley Nº 7375, para
que digan: 1) La del código presupuestario 900 702 678 1 241 25 7 por un
monto de un millón de colones (¢1.000.000,00) o el saldo que hubiere,
destinada al Rosario: obras varias en proyecto de vivienda, con el fin de
que se utilice para gastos varios y administrativos de la Asociación. 2)
La del código presupuestario 900 702 679 1 241 20 7 por un monto de
doscientos mil colones (¢200.000,00) destinada a Rosario: Obras varias en
Escuela, con un saldo de mil cuatrocientos seis colones con quince céntimos
(¢1.406,15), con el fin de que se utilice para gastos varios y
administrativos de la Asociación. 3) La del código presupuestario 900 637
681 1 131 23 7 por un monto de doscientos cincuenta mil colones
(¢250.000,00) con un saldo de cuatro mil quinientos colones (¢4.500,00)
destinada a La Trinidad: financiar ayudas sociales, con el fin de que sea
utilizada para gastos varios y administrativos de la Asociación. c) Variar
el destino de la partida aprobada mediante la Ley Nº 7358, código
presupuestario 926 702 555 27 241 20 7 por un monto de doscientos mil
colones (¢200.000,00) con un saldo de veinticinco colones (¢25,00)
destinada a compra de pupitres y material didáctico para la Escuela
Guadarrama, con el fin de que se utilice para gastos varios y
administrativos de la Asociación.
96.- Autorízase a la Municipalidad de El Guarco para que utilice los
saldos disponibles de las siguientes partidas aprobadas en la Leyes que se
indican a continuación: Ley N° 7089 código 130 912 730 201 1 242 28 33
compra de instrumentos musicales cien mil colones (¢100.000,00) Ley N°
7089 código 130 912 730 230 1 242 47 33 asfaltado cuesta camino San Martín
ciento cincuenta mil colones (¢150.000,00) Ley N° 7089 código 130 912 730
232 1 242 47 36 mantenimiento de caminos vecinales quinientos mil colones
(¢500.000,00) Ley N° 7089 código 130 912 730 207 1 242 26 33 compra de
cunetas doscientos mil colones (¢200.000,00) Ley N° 7089 código 130 912 730
211 1 242 47 33 reparación camino La Estrella cien mil colones
(¢100.000,00) Ley N° 7089 código 130 912 730 212 1 242 47 33 reparación
camino Pedregal-Higuito cincuenta mil colones (¢50.000,00) Ley N° 7089
código 130 912 730 200 1 242 26 32 Comité Desarrollo Comunal de Villa
Francisca, Alcantarillado Calle La Pitahaya veinticinco mil colones
(¢25.000,00) Ley N° 7089 código 130 912 663 225 1 132 47 33 arreglo
caminos vecinales cien mil colones (¢ 100.000,00) Ley N° 7089 código 130
912 730 215 1 242 47 33 arreglo camino Cascajal-Carretera Interamericana
cien mil colones (¢100.000,00) Ley N° 7111 código 130 916 730 222 1 242 27
33 Junta de vecinos de Cañón, construcción salón comunal cien mil colones
(¢100.000,00) Ley N° 7111 código 130 916 730 223 1 242 31 33 Comité Villa
Francisca Pitahaya, alcantarillado cunetas setenta y cinco mil colones
(¢75.000,00) Ley 7111 código 130 916 730 204 1 242 47 33 Asfaltado en
Barrio Nuevo setenta y cinco mil colones (¢75.000,00) Ley N° 7111 código
130 916 730 211 1 242 47 33 Asfaltado calle de Tablón setenta y cinco mil
colones (¢75.000,00) Ley N° 7111 código 130 916 730 217 1 242 31 33
Construcción Delegación Auxiliar de Patio de Agua cincuenta mil colones
(¢50.000,00) Ley N° 7111 código 130 916 730 208 1 242 47 33 asfaltado
cuesta La Dama-Damita-Cañón setenta y cinco mil colones (¢75.000,00) Ley
7111 código 130 916 730 233 1 242 47 36 calle cuadrante Sabana Grande
doscientos cincuenta mil colones (¢250.000,00) Ley 7111 código 130 916 730
209 1 242 47 33 asfaltado cuesta Los Labradores setenta y cinco mil colones
(¢75.000,00) Ley N° 7111 código 130 916 730 207 1 242 47 33 Asfaltado
cuesta La Esperanza setenta y cinco mil colones (¢75.000,00) Ley N° 7111
código 130 916 730 205 1 242 47 33 asfaltado cuesta Santa Clara setenta y
cinco mil colones (¢75.000,00) Ley N° 7108 código 112 450 730 365 1 242 47
Asfaltado cuadrante de San Isidro quinientos mil colones (¢500.000,00) Ley
N° 7141 código 130 912 730 404 1 242 47 33 mantenimiento de caminos
vecinales, peones ocasionales, repuestos y contratación de equipo
doscientos mil colones (¢200.000,00) Ley N° 7141 código 130 912 730 402 1
242 27 para Comité barrio Santa Rosa Tobosi. Obras varias cincuenta mil
colones (¢50.000,00) Ley N° 7141 código 130 912 730 407 1 242 19 33 Compra
equipo de sonido para la sala de sesiones del Palacio Municipal doscientos
cincuenta mil colones (¢250.000,00) Ley N° 7216 código 130 910 730 643 27
242 30 36 Construcción parque infantil cincuenta mil colones (¢50.000,00)
Ley N° 7216 código 130 910 730 636 27 242 19 36 Compra de materiales y
suministros doscientos cincuenta mil colones (¢250.000,00) Ley N° 7216
código 130 910 730 638 27 242 19 36 Compra de repuestos para maquinaria
trescientos mil colones(¢300.000,00) Ley N° 7216 código 130 910 730 637 27
242 19 36 Pago de combustible doscientos mil colones (¢200.000,00) Ley N°
7216 código 130 910 730 639 27 242 31 36 comunidad de Purires, reparación
iglesia católica cincuenta mil colones (¢50.000,00) Ley N° 7244 código 130
926 663 475 27 132 31 36 Junta Edificadora de Patio de Agua para
reparaciones iglesia ciento cincuenta mil colones (¢150.000,00) Ley N°
7465 código 130 908 730 856 1 242 10 36 Reparación de salón de sesiones un
millón de colones (¢1.000.000,00) Ley N° 7465 código 130 908 730 860 1 242
27 36 Comité Desarrollo Los Sauces quinientos mil colones (¢500.000,00)
Ley N° 7465 código 130 908 730 861 1 242 30 36 Comité de Deportes de
Hacienda Vieja, para concluir construcción cancha de baloncesto trescientos
cincuenta mil colones (¢350.000,00) Ley N° 7465 código 130 908 730 855 1
242 10 36 reparación vehículo municipal quinientos mil colones
(¢500.000,00) Ley N° 7018 código 130 909 7 30 846 1 242 22 Compra de
terreno relleno sanitario doscientos mil colones (¢200.000,00) Ley N° 6995
código 130 918 730 411 1 242 31 Obras varias en el distrito de San Isidro
de El Guarco cien mil colones (¢100.000,00 Ley N° 7055 código 130 912 730
600 1 242 30 cincuenta mil colones (¢50.000,00) Ley N° 7055 código 130
912 730 606 1 242 31 para Comité de Desarrollo Villa Francisca - La
Pitahaya, asfaltado calle La Pitahaya - El Guarco cien mil colones
(¢100.000,00) Ley N° 7055 código 130 912 730 610 1 242 27 construcción
salón barrio La Asunción cincuenta mil colones (¢50.000,00) Por un monto
total de siete millones ciento cincuenta mil colones (¢7.150.000,00) más
los intereses ganados, a fin de que se utilice para reparación de
maquinaria municipal.
97.- Autorízase a la Municipalidad de Jiménez para variar el destino de
los montos otorgados en los giros: N° 880824633, 871182625, 910730164,
963070653, 890711327, 931142677, 951628276, 963070768, por un monto total
de un millón ochocientos sesenta y seis mil ciento cincuenta y nueve
colones con ochenta y cinco céntimos (¢1.866.159,85) para que sea utilizado
de la siguiente forma: Gastos operativos de la Municipalidad de Jiménez
98.- Autorízase a la Municipalidad de Escazú para variar el destino de las
siguientes partidas: Ley Nº 7652, código presupuestario 738 562 1 242 25 7,
por un monto de dos millones cuatrocientos setenta y seis mil trescientos
quince colones con siete céntimos (¢2.476.315,07) o el saldo que haya,
destinada a: Construcción Vivienda Ciudadela El Diezmo de la Iglesia
Católica. Ley Nº 7652, código presupuestario 663 566 1 132 99 7, por un
monto de doscientos cuarenta y dos mil ochocientos veintiún colones con
cuarenta y cinco céntimos (¢242.821,45) o el saldo que haya, destinada a:
Impresos, grabados, publicidad y otros, para ser utilizada por la
administración. Ley Nº 7652, código presupuestario 730 559 1 242 47 7, por
un monto de veintisiete mil cuatrocientos sesenta colones con treinta y un
céntimos (¢27.460,31) o el saldo que haya, destinada a: Contratación de
maquinaria y equipo para ser utilizada por la administración en la
reparación de caminos del cantón. Ley Nº 7652, código presupuestario 730
564 1 242 47 7, por un monto de un millón novecientos veintidós mil
doscientos sesenta y cuatro colones con dieciocho céntimos (¢1.922.264,18)
o el saldo que haya, destinada a: Reparación Calle Barrio Maynard. Ley Nº
7652, código presupuestario 731 576 1 242 20 22, por un monto de cinco
mil doscientos ochenta colones con veintiocho céntimos (¢5.280,28) o el
saldo que haya, destinada a: Mejoras a las Escuelas. Ley Nº 7652, código
presupuestario 731 568 1 242 20 7, por un monto de treinta mil quinientos
sesenta y ocho colones con veintiséis céntimos (¢30.568,26) o el saldo que
haya, destinada a reparación y obras varias. Ley Nº 7652 código
presupuestario 731 570 1 242 20 7, por un monto de tres mil trescientos
sesenta y nueve colones con ochenta y tres céntimos (¢3.369,83) o el saldo
que haya, destinada a reparación varias e infraestructura. Ley Nº 7649,
código presupuestario, Inciso 29, Artículo 11, por un monto de setecientos
dieciséis mil seiscientos setenta y seis colones, con noventa y un céntimos
(¢716.676,91) o el saldo que haya, destinada a arreglo Calle Maynard. Ley
Nº7649 código presupuestario: Inciso 29, Artículo 11, por un monto de
cuatrocientos veinte mil novecientos setenta y tres colones con cincuenta y
siete céntimos (¢420.973,57) o el saldo que haya, destinada a arreglo de
Calle Maynard. Ley Nº 7449 código presupuestario; 702 562 1 241 27 1, por
un monto de cuatro mil doscientos ochenta y un colones con cuarenta y un
céntimos (¢4.281,41) o el saldo que haya, Centro Infantil Los Anonos. Ley
Nº 7652 código presupuestario 663 259 1 132 28 7, por un monto de
quinientos cincuenta y ocho mil ochocientos setenta y dos colones, con
sesenta y dos céntimos (¢558.872,62) o el saldo que haya, destinada a
aporte realización del Tercer Festival Regional Cultural Las Brujas,
Escazú. Ley Nº 7563 código presupuestario: 702 532 1 241 25 5 por un monto
de doscientos quince colones con cincuenta y dos céntimos (¢215,52) o el
saldo que haya, destinada a Asociación de Bienestar Social Avellana. Total
seis millones cuatrocientos nueve mil noventa y nueve colones con cuarenta
y un céntimos (¢6.409.099,41) a fin de que se utilicen para: Construcción
planta de tratamiento de aguas residuales, cuidadela El Diezmo dos millones
cuatrocientos setenta y seis mil trescientos quince colones con siete
céntimos (¢2.476.315,07) Construcción puente peatonal Lotes Badilla, sobre
el Río Agres tres millones novecientos treinta y dos mil setecientos
ochenta y cuatro colones con treinta y cuatro céntimos (¢3.932.784,34)
Total ¢6.409.099,41
99.- Autorízase a la Municipalidad de Oreamuno para utilizar los recursos
provenientes de los giros Nº 922201107, N° 963071551 y Nº 961496041 y sus
intereses acumulados , a fin de que se destinen para mantenimiento y
reparación de maquinaria y equipo municipal y compra de llantas para
maquinaria y vehículos municipales.
100.- Autorízase aI Ministerio de Hacienda para variar diez millones de
colones (¢10.000.000,00) del saldo de depósitos de Fondos de Terceros de La
cuenta número 112-257, Proyecto MueIIe Nacional de Puntarenas, Fase II), a
fin de que se utilicen para financiar eI pago de reajustes del Proyecto
ampliación Rompeolas Puerto Caldera, Segunda Etapa, suministro de dolos
para Coraza del Rompeolas, licitación registro N° 26-97.
101.- Autorízase a la Fundación para eI Desarrollo Sostenible de Alajuela
para variar eI destino de la partida aprobada mediante La Ley N0 7662,
código presupuestario 702 312 1 241 26 22, por un monto de cuatrocientos
mil colones (¢400.000,00) o el saldo que haya, destinada al entubado de
acequia Urbanización El Valle, a fin de que se utilice en eI arreglo de La
calle Santa Fe, desde La entrada hasta eI proyecto de vivienda Las
Azucenas, ubicado en Guadalupe de Alajuela.
102.- Autorízase a La Fundación para eI Desarrollo Sostenible de Alajuela
para variar el destino de la partida aprobada mediante La Ley N0 7719,
código presupuestario 637 719 1131 2822, por un monto de quinientos mil
colones (¢500.000,00) destinada a La adquisición de La obra literaria del
escritor Luis Ferrero Acosta, a fin de que se utilice para compra de equipo
de cómputo de La Escuela Juan Rafael Meoño, distrito 1°, del Cantón Central
de Alajuela.
103.- Autorízase a La Fundación para eI Desarrollo Sostenible de Alajuela
para variar el destino de La partida aprobada mediante La Ley N0 7719
código presupuestario 637 719 1131 2822, por un monto de un millón de
colones (¢1.000.000,00) destinada a La adquisición de La obra Iiteraria del
escritor Luis Ferrero Acosta, a fin de que se utilice para compra de equipo
de cómputo del Colegio Técnico Profesional Nataniel Arias MuriIIo de Aguas
Zarcas, San Carlos.
Rige a partir de su publicación.
ASAMBLEA LEGISLATIVA.- San José, a los seis días del mes de octubre de mil
novecientos noventa y nueve.
COMUNÍCASE AL PODER EJECUTIVO
Carlos Vargas Pagán
PRESIDENTE
Manuel Antonio Bolaños Salas Rafael Ángel Villalta
Loaiza
PRIMER SECRETARIO SEGUNDO SECRETARIO
dr.-