Ley 7926
AUTORIZACIÓN AL ESTADO PARA SEGREGAR Y DONAR
UN LOTE DE SU PROPIEDAD AL INSTITUTO
NACIONAL DE APRENDIZAJE
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Autorízase al Estado para que, de su finca inscrita en el
Registro Nacional, Sección de Propiedad, provincia de Heredia, No. 86906,
inscrita al tomo 2510,
folio 185, asiento 1, segregue un lote. La descripción de esta finca es la
siguiente: terreno destinado a alojar las instalaciones del Colegio de
Puerto Viejo de Sarapiquí; se ubica en el distrito 1º, cantón X de la
provincia de Heredia; está dividido en dos porciones. La porción A linda
así: al Norte, con la porción B, calle pública en medio y muelle La Virgen;
al Sur, con Carlos Román Jara, Belisario Loría y Sucesión Chavarría Castro;
al Este; con la porción B y calle pública en medio, y al Oeste, con Fermín
Molina Acosta. La porción B linda así: al Norte, con el río Sarapiquí; al
Sur, con la porción A, calle pública en medio; al Este, con Raúl Mejía
Mejía, Eligio Peralta Boria, y Oeste, con la porción A y calle pública en
medio. Ambas porciones miden siete hectáreas mil ciento treinta y nueve
metros ochenta y un centímetros cuadrados.
Asimismo, se autoriza al Estado para que done el terreno por segregar
al Instituto Nacional de Aprendizaje, con el propósito de que se construya
un centro de capacitación. El lote se describe así: terreno de potrero,
que se deslinda de la porción A de la finca referida en el párrafo
anterior; está ubicado en el distrito 1°, cantón X de la provincia de
Heredia. Linda al Norte con calle pública, doscientos veintiséis metros
veintisiete centímetros de frente; al Sur, al Este y al Oeste, con el resto
reservado, mide veinte mil metros cuadrados. El donante se reserva el
resto, que se describe en la siguiente forma: terreno destinado a alojar
las instalaciones del Colegio de Puerto Viejo de Sarapiquí, se ubica en el
distrito 1º, cantón X de la provincia de Heredia; se divide en dos
porciones. La porción A linda al Norte, con la porción B, calle pública en
medio, muelle La Virgen y lote antes segregado; al Sur, con Carlos Román
Jara, Belisario Loría y Sucesión Chavarría Castro; al Este, con la porción
B, calle pública en medio y lote antes segregado, y al Oeste, con Fermín
Molina Acosta y lote antes segregado. La porción B linda al Norte; con el
río Sarapiquí; al Sur; con la Porción A y calle pública en medio, al Este,
con Raúl Mejía Mejía y Eligio Peralta Boria, y al Oeste con la porción A y
calle pública en medio. Ambas porciones miden cinco hectáreas mil ciento
treinta y nueve metros ochenta y un centímetros cuadrados. El lote
segregado se describe con base y vista del plano catastrado No. H-511833-
98.
ARTÍCULO 2.- Desaféctase del dominio público el lote antes segregado y
donado, el cual se utilizará para construir un Centro de Capacitación
Regional.
Rige a partir de su publicación.
COMISIÓN LEGISLATIVA PLENA SEGUNDA.- Aprobado el anterior proyecto el
primer día del mes de setiembre de mil novecientos noventa y nueve.
Vanessa Castro Mora Óscar Campos Chavarría
VICEPRESIDENTA SECRETARIO
ASAMBLEA LEGISLATIVA.- San José, a los veintiocho días del mes de
setiembre de mil novecientos noventa y nueve.
COMUNÍCASE AL PODER EJECUTIVO
Carlos Vargas Pagán
PRESIDENTE
Manuel Antonio Bolaños Salas Elberth Gómez Céspedes
PRIMER SECRETARIO PRIMER PROSECRETARIO
gdph.-