Decreto Legislativo No. 8636
REPÚBLICA DE COSTA RICA
PLENARIO
APROBACIÓN DE LA ADHESIÓN DE COSTA RICA AL TRATADO
SOBRE EL DERECHO DE MARCAS Y SU REGLAMENTO
DECRETO LEGISLATIVO N.º 8636
EXPEDIENTE N.º 16.144
SAN JOSÉ - COSTA RICA
8636
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
DECRETA:
APROBACIÓN DE LA ADHESIÓN DE COSTA RICA AL TRATADO
SOBRE EL DERECHO DE MARCAS Y SU REGLAMENTO
ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase la adhesión de Costa Rica al Tratado sobre el
derecho de marcas y su Reglamento, en cada una de sus partes. El texto es
el siguiente:
"Artículo 1
Expresiones abreviadas
A los efectos del presente Tratado y salvo indicación expresa en
contrario:
i) se entenderá por «Oficina» el organismo encargado del registro
de las marcas por una Parte Contratante»;
ii) se entenderá por «registro» el registro de una marca por una
Oficina;
iii) se entenderá por «solicitud» una solicitud de registro;
iv) el término «persona» se entenderá referido tanto a una persona
natural como a una persona jurídica;
v) se entenderá por «titular» la persona indicada en el registro de
marcas como titular del registro;
vi) se entenderá por «registro de marcas» la recopilación de los
datos mantenida por una Oficina, que incluye el contenido de todos
los registros y todos los datos inscritos respecto de dichos
registros, cualquiera que sea el medio en que se almacene dicha
información;
vii) se entenderá por «Convenio de París» el Convenio de París para
la Protección de la Propiedad Industrial, firmado en París el 20 de
marzo de 1883, en su forma revisada y modificada;
viii) se entenderá por «Clasificación de Niza» la clasificación
establecida por el Arreglo de Niza relativo a la Clasificación
Internacional de Productos y Servicios para el Registro de las
Marcas, firmado en Niza el 15 de junio de 1957, en su forma revisada
y modificada;
ix) se entenderá por «Parte Contratante» cualquier Estado u
organización intergubernamental parte en el presente Tratado;
x) se entenderá que las referencias a un «instrumento de
ratificación» incluyen referencias a instrumentos de aceptación y
aprobación;
xi) se entenderá por «Organización» la Organización Mundial de la
Propiedad Intelectual;
xii) se entenderá por «Director General» el Director General de la
Organización;
xiii) se entenderá por «Reglamento» el Reglamento del presente
Tratado a que se refiere el Artículo 17.
Artículo 2
Marcas a las que se aplica el Tratado
1) [Naturaleza de las marcas]
a) El presente Tratado se aplicará a las marcas que consistan
en signos visibles, bien entendido que sólo las Partes
Contratantes que acepten el registro de marcas tridimensionales
estarán obligadas a aplicar el presente Tratado a dichas marcas.
b) El presente Tratado no se aplicará a los hologramas ni a
las marcas que no consistan en signos visibles, en particular las
marcas sonoras y las marcas olfativas.
2) [Tipos de marcas]
a) El presente Tratado se aplicará a las marcas relativas a
productos (marcas de producto) o a servicios (marcas de
servicio), o relativas a productos y servicios.
b) El presente Tratado no se aplicará a las marcas colectivas,
marcas de certificación y marcas de garantía.
Artículo 3
Solicitud
1) [Indicaciones o elementos contenidos en una solicitud o que la
acompañan; tasa]
a) Cualquier Parte Contratante podrá exigir que una solicitud
contenga algunas o todas las indicaciones o elementos siguientes:
i) una petición de registro;
ii) el nombre y la dirección del solicitante;
iii) el nombre de un Estado de que sea nacional el
solicitante, si es nacional de algún Estado, el nombre de
un Estado en que el solicitante tenga su residencia, si la
tuviere, y el nombre de un Estado en que el solicitante
tenga un establecimiento industrial o comercial real y
efectivo, si lo tuviere;
iv) cuando el solicitante sea una persona jurídica, la
naturaleza jurídica de dicha persona jurídica y el Estado
y, cuando sea aplicable, la unidad territorial dentro de
ese Estado, en virtud de cuya legislación se haya
constituido la mencionada persona jurídica;
v) cuando el solicitante sea un representante, el nombre
y la dirección de ese representante;
vi) cuando se exija un domicilio legal en virtud de lo
dispuesto en el Artículo 4.2) b), dicho domicilio;
vii) cuando el solicitante desee prevalerse de la
prioridad de una solicitud anterior, una declaración en la
que se reivindique la prioridad de dicha solicitud
anterior, junto con indicaciones y pruebas en apoyo de la
declaración de prioridad que puedan ser exigidas en
cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 4 del Convenio
de París;
viii) cuando el solicitante desee prevalerse de cualquier
protección resultante de la exhibición de productos y/o
servicios en una exposición, una declaración a tal efecto,
junto con indicaciones en apoyo de esa declaración, tal
como lo requiera la legislación de la Parte Contratante;
ix) cuando la Oficina de la Parte Contratante utilice
caracteres (letras y números) que se consideren estándar y
el solicitante desee que la marca se registre y se publique
en caracteres estándar, una declaración a tal efecto;
x) cuando el solicitante desee reivindicar el color como
característica distintiva de la marca, una declaración a
tal efecto, así como el nombre o nombres del color o
colores reivindicados y una indicación, respecto de cada
color, de las partes principales de la marca que figuren en
ese color;
xi) cuando la marca sea tridimensional, una declaración a
tal efecto;
xii) una o más reproducciones de la marca;
xiii) una transliteración de la marca o de ciertas partes
de la marca;
xiv) traducción de la marca o de ciertas partes de la
marca;
xv) los nombres de los productos y/o servicios para los
que se solicita el registro, agrupados de acuerdo con las
clases de la Clasificación de Niza, precedido cada grupo
por el número de la clase de esa Clasificación a que
pertenezca ese grupo de productos o servicios y presentado
en el orden de las clases de dicha Clasificación;
xvi) una firma de la persona especificada en el párrafo
4);
xvii) una declaración de intención de usar la marca, tal
como lo estipule la legislación de la Parte Contratante.
b) El solicitante podrá presentar en lugar o además de la
declaración de intención de usar la marca, a que se hace
referencia en el apartado a) xvii), una declaración de uso
efectivo de la marca y pruebas a tal efecto, tal como lo estipule
la legislación de la Parte Contratante.
c) Cualquier Parte Contratante podrá solicitar que, respecto
de la solicitud, se paguen tasas a la Oficina.
2) [Presentación] Por lo que se refiere a los requisitos de
presentación de la solicitud, ninguna Parte Contratante rechazará la
solicitud,
i) cuando ésta se presente por escrito en papel, si se
presenta, con sujeción a lo dispuesto en el párrafo 3), en
un formulario correspondiente al Formulario de solicitud
previsto en el Reglamento,
ii) cuando la Parte Contratante permita la transmisión de
comunicaciones a la Oficina por telefacsímile y la
solicitud se transmita de esta forma, si la copia en papel
resultante de dicha transmisión corresponde, con sujeción a
lo dispuesto en el párrafo 3), al formulario de solicitud
mencionado en el punto i).
3) [Idioma] Cualquier Parte Contratante podrá exigir que la
solicitud se presente en el idioma o en uno de los idiomas admitidos
por la Oficina. Cuando la Oficina admita más de un idioma, podrá
exigirse al solicitante que cumpla con cualquier otro requisito en
materia de idioma aplicable respecto de la Oficina, a reserva de que
no podrá exigir que la solicitud esté redactada en más de un idioma.
4) [Firma]
a) La firma mencionada en el párrafo 1) a) xvi) podrá ser la
firma del solicitante o la firma de su representante.
b) No obstante lo dispuesto en el apartado a), cualquier Parte
Contratante podrá exigir que las declaraciones mencionadas en el
párrafo 1) a) xvii) y b) estén firmadas por el propio solicitante
incluso si tiene un representante.
5) [Solicitud única para productos y/o servicios pertenecientes a
varias clases] La misma solicitud podrá referirse a varios productos
y/o servicios independientemente de que pertenezcan a una o varias
clases de la Clasificación de Niza.
6) [Uso efectivo] Cualquier Parte Contratante podrá exigir que,
cuando se haya presentado una declaración de intención de usar la
marca en virtud del párrafo 1) a) xvii), el solicitante presente a la
Oficina, dentro de un plazo fijado por la ley y con sujeción al plazo
mínimo prescrito en el Reglamento, pruebas del uso efectivo de la
marca, tal como lo exija la mencionada ley.
7) [Prohibición de otros requisitos] Ninguna Parte Contratante
podrá exigir que se cumplan respecto de la solicitud requisitos
distintos de los mencionados en los párrafos 1) a 4) y 6). En
particular, no se podrá exigir respecto de la solicitud mientras esté
en trámite:
i) que se suministre cualquier tipo de certificado o extracto
de un registro de comercio;
ii) que se indique que el solicitante ejerce una actividad
industrial o comercial, ni que se presenten pruebas a tal efecto;
iii) que se indique que el solicitante ejerce una actividad que
corresponde a los productos y/o servicios enumerados en la
solicitud, ni que se presenten pruebas a tal efecto;
iv) que se presenten pruebas a los efectos de que la marca ha
sido registrada en el registro de marcas de otra Parte
Contratante o de un Estado parte en el Convenio de París que no
sea una Parte Contratante, salvo cuando el solicitante invoque la
aplicación del Artículo 6 quinquies del Convenio de París.
8) [Pruebas] Cualquier Parte Contratante podrá exigir que se
presenten pruebas a la Oficina durante el examen de la solicitud,
cuando la Oficina pueda dudar razonablemente de la veracidad de
cualquier indicación o elemento contenido en la solicitud.
Artículo 4
Representación; domicilio legal
1) [Representantes admitidos a ejercer] Toda Parte Contratante
podrá exigir que una persona nombrada representante a los efectos de
cualquier procedimiento ante la Oficina sea un representante admitido
a ejercer en la Oficina.
2) [Representación obligatoria; domicilio legal]
a) Toda Parte Contratante podrá exigir que, a los efectos de
cualquier procedimiento ante la Oficina, toda persona que no
tenga una residencia ni un establecimiento industrial o comercial
real y efectivo en su territorio esté representada por un
representante.
b) Toda Parte Contratante, en la medida en que no exija la
representación de conformidad con el apartado a), podrá exigir
que, a los efectos de cualquier procedimiento ante la Oficina, la
persona que no tenga una residencia ni un establecimiento
industrial o comercial real y efectivo en su territorio tenga un
domicilio legal en ese territorio.
3) [Poder]
a) Cuando una Parte Contratante permita o exija que un
solicitante, un titular o cualquier otra persona interesada esté
representada por un representante ante la Oficina, podrá exigir
que el representante sea nombrado en una comunicación separada
(denominada en adelante «poder»), indicando el nombre del
solicitante, del titular o de la otra persona, según proceda, y
firmada por el mismo.
b) El poder podrá referirse a una o más solicitudes y/o
registros identificados en el poder o, con sujeción a cualquier
excepción indicada por la persona designante, a todas las
solicitudes y/o registros existentes o futuros de esa persona.
c) El poder podrá limitar las facultades del representante a
ciertos actos. Cualquier Parte Contratante podrá exigir que todo
poder en virtud del cual el representante tenga derecho a retirar
una solicitud o a renunciar a un registro, contenga una
indicación expresa a tal efecto.
d) Cuando se presente en la Oficina una comunicación de una
persona que se designe en la comunicación como un representante,
pero en el momento de recibir la comunicación la Oficina no
estuviera en posesión del poder necesario, la Parte Contratante
podrá exigir que el poder se presente en la Oficina dentro del
plazo fijado por la Parte Contratante, con sujeción al plazo
mínimo establecido en el Reglamento. Cualquier Parte Contratante
podrá disponer que, cuando el poder no haya sido presentado en la
Oficina en el plazo fijado por la Parte Contratante, la
comunicación realizada por dicha persona no tendrá ningún efecto.
e) Por lo que se refiere a los requisitos de presentación y
contenido del poder, ninguna Parte Contratante rechazará los
efectos del poder,
i) cuando el poder se presente por escrito en papel si,
con sujeción a lo dispuesto en el párrafo 4), se presenta
en un formulario correspondiente al Formulario de poder
previsto en el Reglamento,
ii) cuando la Parte Contratante permita la transmisión de
comunicaciones a la Oficina por telefacsímile y el poder se
transmita de esa forma, si la copia en papel resultante de
dicha transmisión corresponde, con sujeción a lo dispuesto
en el párrafo 4), al Formulario de poder mencionado en el
punto i).
4) [Idioma] Cualquier Parte Contratante podrá exigir que el poder
se presente en el idioma o en uno de los idiomas admitidos por la
Oficina.
5) [Referencia al poder] Cualquier Parte Contratante podrá exigir
que cualquier comunicación a esa Oficina efectuada por un
representante a los fines de un procedimiento ante esa Oficina,
contenga una referencia al poder sobre cuya base actúa el
representante.
6) [Prohibición de otros requisitos] Ninguna Parte Contratante
podrá exigir que se cumplan requisitos distintos de los referidos en
los párrafos 3) a 5) respecto de las cuestiones tratadas en esos
párrafos.
7) [Pruebas] Toda Parte Contratante podrá exigir que se presenten
pruebas a la Oficina cuando la Oficina pueda dudar razonablemente de
la veracidad de cualquier indicación contenida en cualquiera de las
comunicaciones referidas en los párrafos 2) a 5).
Artículo 5
Fecha de presentación
1) [Requisitos permitidos]
a) Con sujeción a lo dispuesto en el apartado b) y en el
párrafo 2), una Parte Contratante asignará como fecha de
presentación de la solicitud la fecha en que la Oficina haya
recibido las siguientes indicaciones y elementos en el idioma
previsto en el Artículo 3.3):
i) una indicación expresa o implícita de que se pretende
registrar una marca;
ii) indicaciones que permitan establecer la identidad del
solicitante;
iii) indicaciones suficientes para entrar en contacto por
correo con el solicitante o con su representante, si lo
hubiere;
iv) una reproducción suficientemente clara de la marca
cuyo registro se solicita;
v) la lista de los productos y/o servicios para los que
se solicita el registro;
vi) cuando sea aplicable el Artículo 3.1) a) xvii) o b),
la declaración a que se hace referencia en el Artículo 3.1)
a) xvii) o la declaración y las pruebas a que se hace
referencia en el Artículo 3.1) b), respectivamente, tal
como lo estipule la legislación de la Parte Contratante,
debiendo estas declaraciones, si la mencionada legislación
así lo estipula, estar firmadas por el propio solicitante
incluso si tiene representante.
b) Cualquier Parte Contratante podrá asignar como fecha de
presentación de la solicitud la fecha en la que la Oficina reciba
sólo algunas, en lugar de todas, las indicaciones y elementos
mencionados en el apartado a), o los reciba en un idioma distinto
del exigido en virtud del Artículo 3.3).
2) [Requisito adicional permitido]
a) Una Parte Contratante podrá prever que no se asignará
ninguna fecha de presentación mientras no se hayan pagado las
tasas exigidas.
b) Una Parte Contratante sólo podrá exigir el cumplimiento del
requisito mencionado en el apartado a) si exigía su cumplimiento
en el momento de adherirse al presente Tratado.
3) [Correcciones y plazos] Las modalidades y plazos para las
correcciones previstas en los párrafos 1) y 2) se prescribirán en el
Reglamento.
4) [Prohibición de otros requisitos] Ninguna Parte Contratante
podrá pedir que se cumplan requisitos distintos de los mencionados en
los párrafos 1) y 2) respecto de la fecha de presentación.
Artículo 6
Registro único para productos
y/o servicios pertenecientes a varias clases
Cuando se hayan incluido en una solicitud única productos y/o
servicios que pertenezcan a varias clases de la Clasificación de Niza,
dicha solicitud dará por resultado un registro único.
Artículo 7
División de la solicitud y el registro
1) [División de la solicitud]
a) Toda solicitud que enumere varios productos y/o servicios
(denominada en adelante «solicitud inicial») podrá,
i) por lo menos hasta la decisión de la Oficina sobre el
registro de la marca,
ii) durante cualquier procedimiento de oposición contra
la decisión de la Oficina de registrar la marca,
iii) durante cualquier procedimiento de apelación contra
la decisión relativa al registro de la marca,
ser dividida por el solicitante o a petición suya en dos o más
solicitudes (denominadas en adelante «solicitudes
fraccionarias»), distribuyendo entre estas últimas los productos
y/o servicios enumerados en la solicitud inicial. Las
solicitudes fraccionarias conservarán la fecha de presentación de
la solicitud inicial y el beneficio del derecho de prioridad, si
lo hubiere.
b) Con sujeción a lo dispuesto en el apartado a), cualquier
Parte Contratante tendrá libertad para establecer requisitos para
la división de una solicitud, incluyendo el pago de tasas.
2) [División del registro] El párrafo 1) será aplicable, mutatis
mutandis, respecto de la división de un registro. Dicha división
deberá permitirse
i) durante cualquier procedimiento en el que un tercero
impugne la validez del registro ante la Oficina,
ii) durante cualquier procedimiento de apelación contra
una decisión adoptada por la Oficina durante los
procedimientos anteriores,
con la salvedad de que una Parte Contratante podrá excluir la
posibilidad de la división del registro, si su legislación nacional
permite a terceros oponerse al registro de una marca antes de que se
registre la misma.
Artículo 8
Firma
1) [Comunicación en papel] Cuando una comunicación a la Oficina de
una Parte Contratante se presente en papel y sea necesaria una firma,
esa Parte Contratante
i) deberá, con sujeción al punto iii), aceptar una firma
manuscrita,
ii) tendrá libertad para permitir, en lugar de una firma
manuscrita, la utilización de otros tipos de firma, tales
como una firma impresa o estampada, o la utilización de un
sello,
iii) podrá pedir la utilización de un sello en lugar de
una firma manuscrita cuando la persona natural que firme la
comunicación posea su nacionalidad y dicha persona tenga su
dirección en su territorio,
iv) cuando se utilice un sello, podrá pedir que el sello
vaya acompañado de la indicación en letras del nombre de la
persona natural cuyo sello se utilice.
2) [Comunicación por telefacsímile]
a) Cuando una Parte Contratante permita la transmisión de
comunicaciones a la Oficina por telefacsímile, considerará que la
comunicación ha sido firmada si, en la impresión producida por
telefacsímile, aparece la reproducción de la firma, o la
reproducción del sello, acompañada, cuando se exija en virtud de
lo dispuesto en el párrafo 1) iv), de la indicación en letras del
nombre de la persona natural cuyo sello se utilice.
b) La Parte Contratante mencionada en el apartado a) podrá
exigir que el documento cuya reproducción haya sido transmitida
por telefacsímile sea presentado en la Oficina dentro de cierto
plazo, con sujeción al plazo mínimo prescrito en el Reglamento.
3) [Comunicación por medios electrónicos] Cuando una Parte
Contratante permita la transmisión de comunicaciones a la Oficina por
medios electrónicos, deberá considerar firmada la comunicación si
esta Oficina identifica al remitente de la comunicación por medios
electrónicos, tal como lo haya prescrito la Parte Contratante.
4) [Prohibición del requisito de certificación] Ninguna Parte
Contratante podrá exigir la atestación, certificación por notario,
autenticación, legalización o cualquier otra certificación de una
firma u otro medio de identificación personal referido en los
párrafos anteriores, salvo cuando la firma se refiera a la renuncia
de un registro, si la legislación de la Parte Contratante así lo
estipula.
Artículo 9
Clasificación de productos y/o servicios
1) [Indicaciones de productos y/o servicios] Cada registro y
cualquier publicación efectuados por una Oficina que se refiera a una
solicitud o a un registro y en que se indiquen productos y/o
servicios, deberá designar los productos y/o servicios por sus
nombres, agrupándolos según las clases de la Clasificación de Niza, y
cada grupo deberá ir precedido por el número de la clase de esa
Clasificación a que pertenezca ese grupo de productos o servicios y
presentado en el orden de las clases de dicha Clasificación.
2) [Productos y/o servicios en la misma clase o en varias clases]
a) Los productos o servicios no podrán considerarse similares
entre sí por razón de que, en cualquier registro o publicación de
la Oficina, figuran en la misma clase de la Clasificación de
Niza.
b) Los productos o servicios no podrán considerarse diferentes
entre sí por razón de que, en cualquier registro o publicación de
la Oficina, figuran en diferentes clases de la Clasificación de
Niza.
Artículo 10
Cambios en los nombres o en las direcciones
1) [Cambios en el nombre o en la dirección del titular]
a) Cuando no haya cambio en la persona del titular, pero sí lo
haya en su nombre y/o en su dirección, toda Parte Contratante
aceptará que la petición de inscripción del cambio por la Oficina
en su registro de marcas se formule mediante una comunicación
firmada por el titular o su representante, y en la que se indique
el número del registro en cuestión y el cambio que se ha de
registrar. Por lo que se refiere a los requisitos de
presentación de la petición, ninguna Parte Contratante rechazará
la petición
i) cuando ésta se presente por escrito en papel, si se
presenta, con sujeción a lo dispuesto en el apartado c), en
un formulario correspondiente al Formulario de petición
previsto en el Reglamento,
ii) cuando la Parte Contratante permita la transmisión de
comunicaciones a la Oficina por telefacsímile y la petición
se transmita de esa forma, si la copia en papel resultante
de dicha transmisión corresponde, con sujeción a lo
dispuesto en el apartado c), al Formulario de petición
referido en el punto i).
b) Cualquier Parte Contratante podrá exigir que la petición
indique
i) el nombre y la dirección del titular;
ii) cuando el titular tenga un representante, el nombre y
la dirección de ese representante;
iii) cuando el titular tenga un domicilio legal, dicho
domicilio.
c) Cualquier Parte Contratante podrá exigir que la petición se
formule en el idioma o en uno de los idiomas admitidos por la
Oficina.
d) Cualquier Parte Contratante podrá exigir que, respecto de
la petición, se pague una tasa a la Oficina.
e) Bastará con una petición única aun cuando la modificación
se refiera a más de un registro, siempre que en la petición se
indiquen los números de todos los registros en cuestión.
2) [Cambio en el nombre o en la dirección del solicitante] El
párrafo 1) se aplicará, mutatis mutandis, cuando el cambio se refiera
a una solicitud o solicitudes, o a una solicitud o solicitudes y a un
registro o registros, a condición de que, cuando el número de
cualquier solicitud aún no se haya asignado o no sea conocido por el
solicitante o su representante, se identifique de otro modo la
solicitud en la petición, tal como lo prescriba el Reglamento.
3) [Cambio en el nombre o en la dirección del representante o en el
domicilio legal] El párrafo 1) se aplicará, mutatis mutandis, a
cualquier cambio en el nombre o en la dirección del representante, en
su caso, y a cualquier cambio relativo al domicilio legal, en su
caso.
4) [Prohibición de otros requisitos] Ninguna Parte Contratante
podrá exigir que se cumplan requisitos distintos de los mencionados
en los párrafos 1) a 3) respecto de la petición mencionada en este
artículo. En particular, no podrá exigir que se le proporcione
ningún tipo de certificado relativo al cambio.
5) [Pruebas] Cualquier Parte Contratante podrá pedir que se
presenten pruebas a la Oficina cuando ésta pueda dudar razonablemente
de la veracidad de cualquier indicación contenida en la petición.
Artículo 11
Cambio en la titularidad
1) [Cambio en la titularidad del registro]
a) Cuando se haya producido un cambio en la persona del
titular, toda Parte Contratante aceptará que la petición de
inscripción del cambio por la Oficina en su registro de marcas se
haga en una comunicación firmada por el titular o su
representante, o por la persona que haya adquirido la titularidad
(denominado en adelante el «nuevo propietario») o su
representante, y en la que se indique el número del registro en
cuestión y el cambio que se ha de registrar. Por lo que se
refiere a los requisitos de presentación de la petición, ninguna
Parte Contratante rechazará la petición
i) cuando ésta se presente por escrito en papel, si se
presenta, con sujeción a lo dispuesto en el párrafo 2) a),
en un formulario correspondiente al Formulario de petición
previsto en el Reglamento,
ii) cuando la Parte Contratante permita la transmisión de
comunicaciones a la Oficina por telefacsímile y la petición
se transmita de esa forma, si la copia en papel resultante
de dicha transmisión corresponde, con sujeción a lo
dispuesto en el párrafo 2) a), al Formulario de petición
referido en el punto i)
b) Cuando el cambio de titularidad sea el resultado de un
contrato, toda Parte Contratante podrá exigir que la petición
indique ese hecho y vaya acompañada, a elección de la parte
peticionaria, de uno de los siguientes elementos:
i) una copia del contrato, cuya copia podrá exigirse que
se certifique, por un notario público o cualquier otra
autoridad pública competente, que está en conformidad con
el contrato original;
ii) un extracto del contrato en el que figure el cambio
de titularidad, cuyo extracto podrá exigirse que se
certifique por un notario público o cualquier otra
autoridad pública competente;
iii) un certificado de transferencia no certificado en la
forma y con el contenido establecidos en el Reglamento, y
firmado tanto por el titular como por el nuevo propietario;
iv) un documento de transferencia no certificado en la
forma y con el contenido establecidos en el Reglamento, y
firmado tanto por el titular como por el nuevo propietario.
c) Cuando el cambio de titularidad sea el resultado de una
fusión, toda Parte Contratante podrá exigir que la petición
indique ese hecho y vaya acompañada de una copia de un documento
que haya sido emitido por la autoridad competente y pruebe la
fusión, como una copia de un extracto de un registro de comercio,
y que esa copia esté certificada por la autoridad que emita el
documento, por un notario público o por cualquier otra autoridad
pública competente, en el sentido de que está en conformidad con
el documento original.
d) Cuando haya un cambio en la persona de uno o varios
cotitulares, pero no de la totalidad, y tal cambio de titularidad
sea el resultado de un contrato o una fusión, cualquier Parte
Contratante podrá exigir que cualquier cotitular respecto del que
no haya habido cambio en la titularidad dé su consentimiento
expreso al cambio de titularidad en un documento firmado por él.
e) Cuando el cambio de titularidad no sea el resultado de un
contrato ni de una fusión, sino que resulte, por ejemplo, de la
aplicación de la ley o de una decisión judicial, toda Parte
Contratante podrá exigir que la petición indique ese hecho y vaya
acompañada de una copia de un documento que pruebe el cambio, y
que esa copia esté certificada en el sentido de que está en
conformidad con el documento original por la autoridad pública
que emita el documento, por un notario público o por cualquier
otra autoridad pública competente.
f) Cualquier Parte Contratante podrá exigir que la petición
indique
i) el nombre y la dirección del titular;
ii) el nombre y la dirección del nuevo propietario;
iii) el nombre de un Estado del que sea nacional el nuevo
propietario, si éste es nacional de algún Estado, el nombre
de un Estado en que el nuevo propietario tenga su
residencia, de tenerla, y el nombre de un Estado en que el
nuevo propietario tenga un establecimiento industrial o
comercial real y efectivo, de tenerlo;
iv) cuando el nuevo propietario sea una persona jurídica,
la naturaleza jurídica de dicha persona jurídica y el
Estado y, cuando sea aplicable, la unidad territorial
dentro de ese Estado, en virtud de cuya legislación se haya
constituido la mencionada persona jurídica.
v) cuando el titular tenga un representante, el nombre y
la dirección de ese representante;
vi) cuando el titular tenga un domicilio legal, dicho
domicilio;
vii) cuando el nuevo titular tenga un representante, el
nombre y la dirección de ese representante;
viii) cuando se exija que el nuevo titular tenga un
domicilio legal en virtud de lo dispuesto en el Artículo
4.2) b), dicho domicilio.
g) Toda Parte Contratante podrá exigir que, respecto de una
petición, se pague una tasa a la Oficina.
h) Bastará con una petición única aun cuando el cambio se
refiera a más de un registro, a condición de que el titular y el
nuevo propietario sean los mismos para cada registro y siempre
que se indiquen en la petición los números de todos los registros
en cuestión.
i) Cuando el cambio de titularidad no afecte a todos los
productos y/o servicios relacionados en el registro del titular,
y la legislación aplicable permita el registro de tal cambio, la
Oficina creará un registro separado relativo a los productos y/o
servicios respecto de los cuales haya cambiado la titularidad.
2) [Idioma; traducción]
a) Toda Parte Contratante podrá exigir que la petición, el
certificado de transferencia o el documento de transferencia
referidos en el párrafo 1) se presenten en el idioma o en uno de
los idiomas admitidos por la Oficina.
b) Toda Parte Contratante podrá exigir que, si los documentos
referidos en el párrafo 1) b) i) y ii), c) y e) no figuran en el
idioma o en uno de los idiomas admitidos por la Oficina, la
petición se acompañe de una traducción o de una traducción
certificada del documento exigido en el idioma o en uno de los
idiomas admitidos por la Oficina.
3) [Cambio en la titularidad de la solicitud] Los párrafos 1) y 2)
se aplicarán mutatis mutandis cuando el cambio de titularidad se
refiera a una solicitud o solicitudes, o a una solicitud o
solicitudes y a un registro o registros, a condición de que, cuando
el número de cualquier solicitud aún no se haya publicado o no sea
conocido por el solicitante o su representante, se identifique de
otro modo esa solicitud en la petición, tal como lo prescriba el
Reglamento.
4) [Prohibición de otros requisitos] Ninguna Parte Contratante
podrá exigir que se cumplan requisitos distintos de los mencionados
en los párrafos 1) a 3) respecto de la petición referida en este
artículo. En particular, no se podrá exigir:
i) con sujeción a lo dispuesto en el párrafo 1) c), que
se presente un certificado o un extracto de un registro de
comercio;
ii) que se indique que el nuevo propietario realiza una
actividad industrial o comercial, ni que se presenten
pruebas a tal efecto;
iii) que se indique que el nuevo propietario realiza una
actividad que corresponde a los productos y/o servicios
afectados por el cambio de titularidad, ni que se presenten
pruebas a cualquiera de estos efectos;
iv) que se indique que el titular transfirió, total o
parcialmente, su negocio o el activo intangible pertinente
al nuevo propietario, ni que se presenten pruebas a
cualquiera de estos efectos.
5) [Pruebas] Toda Parte Contratante podrá exigir que se presenten
pruebas a la Oficina, o pruebas adicionales si fuese aplicable el
párrafo 1) c) o e), cuando esa Oficina pueda dudar razonablemente de
la veracidad de cualquier indicación contenida en la petición o en
cualquier otro documento mencionado en el presente artículo.
Artículo 12
Corrección de un error
1) [Corrección de un error respecto de un registro]
a) Cada Parte Contratante deberá aceptar que la petición de
corrección de un error que se haya cometido en la solicitud o en
otra petición comunicada a la Oficina y que se refleje en su
registro de marcas y/o en cualquier publicación de la Oficina se
efectúe en una comunicación firmada por el titular o su
representante, en la que se indique el número del registro en
cuestión, el error que se ha de corregir y la corrección que se
ha de efectuar. En cuanto a los requisitos de presentación de la
petición, ninguna Parte Contratante rechazará la petición
i) cuando ésta se presente por escrito en papel, si se
presenta, con sujeción a lo dispuesto en el apartado c), en
un formulario correspondiente al Formulario de petición
previsto en el Reglamento,
ii) cuando la Parte Contratante permita la transmisión de
comunicaciones a la Oficina por telefacsímile y la petición
se presente de esa forma, si la copia en papel resultante
de dicha transmisión corresponde, con sujeción a lo
dispuesto en el apartado c), al Formulario de petición
mencionado en el punto i).
b) Cualquier Parte Contratante podrá exigir que la petición
indique
i) el nombre y la dirección del titular;
ii) cuando el titular tenga un representante, el nombre y
la dirección de ese representante;
iii) cuando el titular tenga un domicilio legal, dicho
domicilio.
c) Toda Parte Contratante podrá exigir que la petición se
formule en el idioma o en uno de los idiomas admitidos por la
Oficina.
d) Toda Parte Contratante podrá exigir que, respecto de la
petición, se pague una tasa a la Oficina.
e) Bastará con una petición única aun cuando la corrección se
refiera a más de un registro de la misma persona, siempre que el
error y la corrección solicitada sean los mismos para cada
registro, y que se indiquen en la petición los números de todos
los registros en cuestión.
2) [Corrección de un error respecto de las solicitudes] El párrafo
1) será aplicable mutatis mutandis cuando el error se refiera a una
solicitud o solicitudes, o a una solicitud o solicitudes y a un
registro o registros, siempre que, cuando el número de cualquier
solicitud aún no se haya publicado o no sea conocido por el
solicitante o su representante, se identifique de otro modo esa
solicitud, tal como se establece en el Reglamento.
3) [Prohibición de otros requisitos] Ninguna Parte Contratante
podrá exigir que se cumplan requisitos distintos de los referidos en
los párrafos 1) y 2) respecto de la petición mencionada en este
artículo.
4) [Pruebas] Cualquier Parte Contratante podrá exigir que se
presenten pruebas a la Oficina cuando la Oficina pueda dudar
razonablemente que el presunto error sea efectivamente un error.
5) [Errores de la Oficina] La Oficina de una Parte Contratante
corregirá sus propios errores, ex officio o previa solicitud, sin
tasa.
6) [Errores que no podrán corregirse] Ninguna Parte Contratante
estará obligada a aplicar los párrafos 1), 2) y 5) a cualquier error
que no pueda corregirse en virtud de su legislación.
Artículo 13
Duración y renovación del registro
1) [Indicaciones o elementos contenidos en una petición de
renovación o que la acompañen; tasas]
a) Toda Parte Contratante podrá exigir que la renovación de un
registro esté sujeta a la presentación de una petición y que tal
petición contenga algunas o todas las indicaciones siguientes:
i) una indicación de que se solicita una renovación;
ii) el nombre y la dirección del titular;
iii) el número del registro en cuestión;
iv) a elección de la Parte Contratante, la fecha de
presentación de la solicitud que dio lugar al registro en
cuestión o la fecha del registro en cuestión;
v) cuando el titular tenga un representante, el nombre y
la dirección de ese representante;
vi) cuando el titular tenga un domicilio legal, dicho
domicilio;
vii) cuando la Parte contratante permita que se efectúe la
renovación de un registro sólo respecto de algunos de los
productos y/o servicios inscritos en el registro de marcas
y cuando se pida esa renovación, los nombres de los
productos y/o servicios inscritos en el registro para los
cuales se pida la renovación, o los nombres de los
productos y/o servicios inscritos en el registro para los
cuales no se pida la renovación, agrupados según las clases
de la Clasificación de Niza, precedido cada grupo por el
número de la clase de esa Clasificación a que pertenezca
ese grupo de productos o servicios y presentado en el orden
de las clases de dicha Clasificación;
viii) cuando una Parte Contratante permita que se presente
una petición de renovación por una persona distinta del
titular o su representante y la petición se presente por
tal persona, el nombre y la dirección de esa persona;
ix) una firma del titular o de su representante o, cuando
sea aplicable el punto viii), una firma de la persona
mencionada en ese punto.
b) Toda Parte Contratante podrá exigir que, respecto de la
petición de renovación, se pague una tasa a la Oficina. Una vez
que se haya pagado la tasa respecto del período inicial del
registro o de cualquier período de renovación, no podrá exigirse
pago adicional para el mantenimiento del registro respecto de ese
período. Las tasas asociadas con el suministro de una
declaración y/o prueba de uso, no se considerarán, a los fines de
este apartado, como pagos exigidos para el mantenimiento del
registro y no estarán afectadas por este apartado.
c) Cualquier Parte Contratante podrá exigir que se presente la
petición de renovación, y se pague la tasa correspondiente
mencionada en el apartado b), a la Oficina dentro del período
fijado por la legislación de la Parte Contratante, con sujeción a
los períodos mínimos prescritos en el Reglamento.
2) [Presentación] Por lo que respecta a las exigencias relativas a
la presentación de la petición de renovación, ninguna Parte
Contratante podrá rechazar la petición,
i) cuando la petición se presente por escrito en papel
si, con sujeción a lo dispuesto en el párrafo 3), se
presenta en un formulario correspondiente al Formulario de
petición previsto en el Reglamento,
ii) cuando la Parte Contratante permita la transmisión de
comunicaciones a la Oficina por telefacsímile y la petición
se transmita de esa forma, si la copia en papel resultante
de tal transmisión corresponde, con sujeción a lo dispuesto
en el párrafo 3), al Formulario de petición mencionado en
el punto i).
3) [Idioma] Toda Parte Contratante podrá exigir que la solicitud
de renovación se formule en el idioma o en uno de los idiomas
admitidos por la Oficina.
4) [Prohibición de otros requisitos] Ninguna Parte Contratante
podrá exigir que se cumplan requisitos distintos de los mencionados
en los párrafos 1) a 3) respecto de la petición de renovación. En
particular, no se podrá exigir:
i) ninguna reproducción u otra identificación de la
marca;
ii) que se presenten pruebas a los efectos de que se ha
registrado la marca, o que se ha renovado su registro, en
el registro de marcas de cualquier otra Parte Contratante;
iii) que se proporcione una declaración y/o se presenten
pruebas en relación con el uso de la marca.
5) [Pruebas] Toda Parte Contratante podrá exigir que se presenten
pruebas a la Oficina durante el examen de la petición de renovación,
cuando dicha Oficina pueda dudar razonablemente de la veracidad de
cualquier indicación o elemento contenido en la petición de
renovación.
6) [Prohibición del examen substantivo] A los fines de efectuar la
renovación, ninguna Oficina de una Parte Contratante podrá examinar
el registro en cuanto a su fondo.
7) [Duración] La duración del período inicial del registro y la
duración de cada período de renovación será de 10 años.
Artículo 14
Observaciones en caso de rechazo previsto
Una solicitud o una petición formulada en virtud de los Artículos 10 a
13 no podrá ser rechazada en su totalidad o en parte por una Oficina sin
dar al solicitante o a la parte peticionaria, según sea el caso, la
oportunidad de formular observaciones sobre el rechazo previsto en un plazo
razonable.
Artículo 15
Obligación de cumplir con el Convenio de París
Cualquier Parte Contratante deberá cumplir con las disposiciones del
Convenio de París que afecten a las marcas.
Artículo 16
Marcas de servicio
Cualquier Parte Contratante registrará las marcas de servicio y
aplicará a las mismas las disposiciones del Convenio de París relativas a
las marcas de producto.
Artículo 17
Reglamento
1) [Contenido]
a) El Reglamento anexo al presente Tratado establecerá reglas
relativas:
i) a cuestiones que el presente Tratado disponga
expresamente que serán «prescritas en el Reglamento»;
ii) a cualquier detalle útil para la aplicación del
presente Tratado;
iii) a cualesquiera exigencias, cuestiones o
procedimientos administrativos.
b) El Reglamento también contendrá Formularios internacionales
tipo.
2) [Conflicto entre el Tratado y el Reglamento] En caso de
conflicto entre las disposiciones del presente Tratado y las del
Reglamento, prevalecerán las primeras.
Artículo 18
Revisión; protocolos
1) [Revisión] El presente Tratado podrá ser revisado por una
conferencia diplomática.
2) [Protocolos] A los fines de desarrollar una mayor armonización
del derecho de marcas, podrán adoptarse protocolos por una
conferencia diplomática en tanto que dichos protocolos no
contravengan las disposiciones del presente Tratado.
Artículo 19
Procedimiento para ser parte en el Tratado
1) [Elegibilidad] Las siguientes entidades podrán firmar y, con
sujeción a lo dispuesto en los párrafos 2) y 3) y en el Artículo
20.1) y 3), ser parte en el presente Tratado:
i) todo Estado miembro de la Organización respecto del
que puedan registrarse marcas en su Oficina;
ii) toda organización intergubernamental que mantenga una
Oficina en la que puedan registrarse marcas con efecto en
el territorio en el cual se aplique el tratado constitutivo
de dicha organización intergubernamental, en todos sus
Estados miembros o en aquellos de sus Estados miembros que
sean designados a tal fin en la solicitud pertinente, a
condición de que todos los Estados miembros de la
organización intergubernamental sean miembros de la
Organización;
iii) todo Estado miembro de la Organización respecto del
que solamente puedan registrarse marcas por conducto de la
Oficina de otro Estado especificado que sea miembro de la
Organización;
iv) todo Estado miembro de la Organización respecto del
que solamente puedan registrarse marcas por conducto de la
Oficina mantenida por una organización intergubernamental
de la que sea miembro ese Estado;
v) todo Estado miembro de la Organización respecto del
que solamente puedan registrarse marcas por conducto de una
Oficina común a un grupo de Estados miembros de la
Organización.
2) [Ratificación o adhesión] Toda entidad mencionada en el párrafo
1) podrá depositar:
i) un instrumento de ratificación, si ha firmado el
presente Tratado,
ii) un instrumento de adhesión, si no ha firmado el
presente Tratado.
3) [Fecha efectiva de depósito]
a) Con sujeción a lo dispuesto en el apartado b), la fecha
efectiva del depósito de un instrumento de ratificación o
adhesión será,
i) en el caso de un Estado mencionado en el párrafo 1)
i), la fecha en la que se deposite el instrumento de ese
Estado;
ii) en el caso de una organización intergubernamental, la
fecha en la que se haya depositado el instrumento de dicha
organización intergubernamental;
iii) en el caso de un Estado mencionado en el párrafo 1)
iii), la fecha en la que se cumpla la condición siguiente:
ha sido depositado el instrumento de ese Estado y ha sido
depositado el instrumento del otro Estado especificado;
vi) en el caso de un Estado mencionado en el párrafo 1)
iv), la fecha aplicable en virtud de lo dispuesto en el
punto ii) supra;
v) en el caso de un Estado miembro de un grupo de
Estados mencionado en el párrafo 1) v), la fecha en la que
hayan sido depositados los instrumentos de todos los
Estados miembros del grupo.
b) Todo instrumento de ratificación o de adhesión (denominado
en este apartado «el instrumento») podrá ir acompañado de una
declaración que condicione la efectividad del depósito de dicho
instrumento al depósito del instrumento de un Estado o de una
organización intergubernamental, o a los instrumentos de otros
dos Estados, o a los instrumentos de otro Estado y de una
organización intergubernamental, especificados por su nombre y
calificados para ser parte en el presente Tratado. El
instrumento que contenga tal declaración será considerado
depositado el día en que se haya cumplido la condición indicada
en la declaración. No obstante, cuando el depósito de un
instrumento especificado en la declaración también vaya
acompañado por una declaración de esa naturaleza, dicho
instrumento será considerado depositado el día en que se cumpla
la condición especificada en la segunda declaración.
c) Toda declaración formulada en virtud del apartado b) podrá
ser retirada en cualquier momento, en su totalidad o en parte.
El retiro de dicha declaración será efectivo en la fecha en que
el Director General reciba la notificación del mismo.
Artículo 20
Fecha efectiva de las ratificaciones y adhesiones
1) [Instrumentos que se tomarán en consideración] A los fines de
lo dispuesto en el presente artículo, sólo se tomarán en
consideración los instrumentos de ratificación o de adhesión que sean
depositados por las entidades mencionadas en el Artículo 19.1), y que
tengan una fecha efectiva con arreglo a lo dispuesto en el Artículo
19.3).
2) [Entrada en vigor del Tratado] El presente Tratado entrará en
vigor tres meses después de que cinco Estados hayan depositado sus
instrumentos de ratificación o adhesión.
3) [Entrada en vigor de las ratificaciones o adhesiones posteriores
a la entrada en vigor del Tratado] Cualquier entidad no incluida en
el párrafo 2) quedará obligada por el presente Tratado tres meses
después de la fecha en la que haya depositado su instrumento de
ratificación o adhesión.
Artículo 21
Reservas
1) [Tipos especiales de marcas] Cualquier Estado u organización
intergubernamental podrá declarar mediante una reserva que, no
obstante lo dispuesto en el Artículo 2.1) a) y 2) a), cualquiera de
las disposiciones contenidas en los Artículos 3.1) y 2), 5, 7, 11 y
13 no será aplicable a las marcas asociadas, a las marcas defensivas
o a las marcas derivadas. Dicha reserva deberá especificar a cuáles
de las disposiciones mencionadas se refiere la reserva.
2) [Modalidades] Cualquier reserva formulada en virtud del párrafo
1) deberá efectuarse mediante una declaración que acompañe el
instrumento de ratificación o de adhesión al presente Tratado por el
Estado u organización intergubernamental que formule la reserva.
3) [Retiro] Cualquier reserva en virtud del párrafo 1) podrá ser
retirada en cualquier momento.
4) [Prohibición de otras reservas] No se podrá formular ninguna
reserva al presente Tratado, salvo la permitida en virtud del párrafo
1).
Artículo 22
Disposiciones transitorias
1) [Solicitud única para productos y servicios pertenecientes a
varias clases; división de la solicitud]
a) Cualquier Estado u organización intergubernamental podrá
declarar que, no obstante lo dispuesto en el Artículo 3.5), una
solicitud sólo podrá presentarse en la Oficina respecto de
productos o servicios que pertenezcan a una clase de la
Clasificación de Niza.
b) Cualquier Estado u organización intergubernamental podrá
declarar que, no obstante lo dispuesto en el Artículo 6, cuando
se hayan incluido productos y/o servicios pertenecientes a varias
clases de la Clasificación de Niza en una misma solicitud, tal
solicitud dará lugar a dos o más registros en el registro de
marcas, a condición de que cada uno de tales registros contenga
una referencia a todos los demás registros resultantes de dicha
solicitud.
c) Cualquier Estado u organización intergubernamental que haya
formulado una declaración en virtud del apartado a) podrá
declarar que, no obstante lo dispuesto en el Artículo 7.1), no
podrá dividirse una solicitud.
2) [Poder único para más de una solicitud y/o registro] Cualquier
Estado u organización intergubernamental podrá declarar que, no
obstante lo dispuesto en el Artículo 4.3) b), un poder sólo podrá
referirse a una solicitud o a un registro.
3) [Prohibición del requisito de certificación de firma en un poder
y en una solicitud] Cualquier Estado u organización
intergubernamental podrá declarar que, no obstante lo dispuesto en el
Artículo 8.4), podrá requerirse que la firma de un poder o la firma
por el solicitante de una solicitud sea objeto de una atestación,
certificación por notario, autenticación, legalización u otra
certificación.
4) [Petición única en más de una solicitud y/o registro con
respecto a un cambio de nombre o dirección, un cambio en la
titularidad o la corrección de un error] Cualquier Estado u
organización intergubernamental podrá declarar que, no obstante lo
dispuesto en el Artículo 10.1) e), 2), y 3), el Artículo 11.1) h) y
3) y el Artículo 12.1) e) y 2), una petición de inscripción de un
cambio de nombre y/o de dirección, una petición de inscripción de un
cambio de titularidad o una petición de corrección de un error sólo
podrá referirse a una solicitud o a un registro.
5) [Presentación, con ocasión de la renovación, de declaración y/o
pruebas relativas al uso] Cualquier Estado u organización
intergubernamental podrá declarar que, no obstante lo dispuesto en el
Artículo 13.4) iii), requerirá, con ocasión de la renovación, que se
presente una declaración y/o prueba relativas al uso de la marca.
6) [Examen substantivo con ocasión de la renovación] Cualquier
Estado u organización intergubernamental podrá declarar que, no
obstante lo dispuesto en el Artículo 13.6), con ocasión de la primera
renovación de un registro que cubra servicios, la Oficina podrá
examinar dicho registro en cuanto al fondo, con la salvedad de que
dicho examen se limitará a la eliminación de registros múltiples
basados en solicitudes presentadas durante un período de seis meses
siguientes a la entrada en vigor de la ley de dicho Estado u
organización que, antes de la entrada en vigor del presente Tratado,
haya establecido la posibilidad de registrar marcas de servicios.
7) [Disposiciones comunes]
a) Un Estado o una organización intergubernamental sólo podrá
hacer una declaración de conformidad con los párrafos 1) a 6) si,
en el momento de depositar su instrumento de ratificación o
adhesión al presente Tratado, la aplicación continuada de su
legislación, sin dicha declaración, sería contraria a las
disposiciones pertinentes del presente Tratado.
b) Cualquier declaración formulada en virtud de los párrafos
1) a 6) deberá acompañar al instrumento de ratificación o de
adhesión al presente Tratado por el Estado u organización
intergubernamental que formule la declaración.
c) Cualquier declaración formulada en virtud de los párrafos
1) a 6) podrá ser retirada en cualquier momento.
8) [Pérdida de efectos de una declaración]
a) Con sujeción a lo dispuesto en el apartado c), cualquier
declaración efectuada en virtud de los párrafos 1) a 5) por un
Estado considerado país en desarrollo de conformidad con la
práctica establecida de la Asamblea General de las Naciones
Unidas, o por una organización intergubernamental de la que cada
uno de sus miembros sea uno de dichos Estados, perderá sus
efectos al final de un plazo de ocho años a partir de la fecha de
entrada en vigor del presente Tratado.
b) Con sujeción a lo dispuesto en el apartado c), cualquier
declaración efectuada en virtud de los párrafos 1) a 5) por un
Estado distinto de los Estados mencionados en el apartado a), o
por una organización intergubernamental distinta de las
organizaciones intergubernamentales mencionadas en el apartado
a), perderá sus efectos al final de un plazo de seis años a
partir de la fecha de entrada en vigor del presente Tratado.
c) Cuando una declaración efectuada en virtud de los párrafos
1) a 5) no haya sido retirada en virtud de lo dispuesto en el
párrafo 7) c), o no haya perdido sus efectos en virtud de lo
dispuesto en los apartados a) o b), antes del 28 de octubre de
2004, perderá sus efectos el 28 de octubre de 2004.
9) [Procedimiento para ser parte en el Tratado] Hasta el 31 de
diciembre de 1999, cualquier Estado que, en la fecha de adopción del
presente Tratado, sea miembro de la Unión Internacional (de París)
para la Protección de la Propiedad Industrial sin ser miembro de la
Organización, no obstante lo dispuesto en el Artículo 19.1) i), podrá
ser parte en el presente Tratado si pueden registrarse marcas en su
propia Oficina.
Artículo 23
Denuncia del Tratado
1) [Notificación] Cualquier Parte Contratante podrá denunciar el
presente Tratado mediante notificación dirigida al Director General.
2) [Fecha efectiva] La denuncia surtirá efecto un año después de
la fecha en la que el Director General haya recibido la notificación.
La denuncia no afectará a la aplicación del presente Tratado a
ninguna solicitud pendiente o a ninguna marca registrada, en la Parte
Contratante denunciante o respecto de la misma, en el momento de la
expiración del mencionado plazo de un año, con la salvedad de que la
Parte Contratante denunciante, tras la expiración de dicho plazo de
un año, podrá dejar de aplicar el presente Tratado a cualquier
registro a partir de la fecha en la que deba renovarse dicho
registro.
Artículo 24
Idiomas del Tratado; firma
1) [Textos originales; textos oficiales]
a) El presente Tratado se firmará en un solo ejemplar original
en español, árabe, chino, francés, inglés y ruso, considerándose
igualmente auténticos todos los textos.
b) A petición de una Parte Contratante, el Director General
establecerá un texto oficial en un idioma no mencionado en el
apartado a) que sea idioma oficial de esa Parte Contratante,
previa consulta con dicha Parte Contratante y con cualquier otra
Parte Contratante interesada.
2) [Plazo para la firma] El presente Tratado quedará abierto a la
firma en la Sede de la Organización durante un año a partir de su
adopción.
Artículo 25
Depositario
El Director General será el depositario del presente Tratado.
REGLAMENTO
DEL TRATADO SOBRE EL DERECHO DE MARCAS
Lista de Reglas
Regla 1: Expresiones abreviadas
Regla 2: Forma de indicar los nombres y las direcciones
Regla 3: Detalles relativos a la solicitud
Regla 4: Detalles relativos a la representación
Regla 5: Detalles relativos a la fecha de presentación
Regla 6: Detalles relativos a la firma
Regla 7: Forma de identificación de una solicitud sin su número de
solicitud
Regla 8: Detalles relativos a la duración y a la renovación
Lista de formularios internacionales tipo
Formulario N.º 1 Solicitud de registro de una marca
Formulario N.º 2 Poder
Formulario N.º 3 Petición de inscripción de cambio(s) en nombre (s) y/o
dirección (es)
Formulario N.º 4 Petición de inscripción de un cambio en la titularidad
respecto de registros y/o solicitudes de registro de marcas
Formulario N.º 5 Certificado de transferencia respecto de registro y/o
solicitudes de registro de marcas
Formulario N.º 6 Documento de transferencia por el que se efectúa la
transferencia de la titularidad de solicitudes y/o
registros
Formulario N.º 7 Petición de corrección de error (es) en registros y/o
solicitudes de registro de marcas
Formulario N.º 8 Petición de renovación de un registro
Regla 1
Expresiones abreviadas
1) [«Tratado»; «Artículo»]
a) En el presente Reglamento, se entenderá por «Tratado» el
Tratado sobre el Derecho de Marcas.
b) En el presente Reglamento, la palabra «Artículo» se refiere
al Artículo especificado del Tratado.
2) [Expresiones abreviadas definidas en el Tratado] Las
expresiones abreviadas definidas en el Artículo 1 a los fines del
Tratado tendrán el mismo significado a los fines del Reglamento.
Regla 2
Forma de indicar los nombres y las direcciones
1) [Nombres]
a) Cuando se haya de indicar el nombre de una persona,
cualquier Parte Contratante podrá exigir,
i) cuando la persona sea una persona natural, que el
nombre que habrá de indicarse será el apellido y el nombre
o nombres de esa persona, o que el nombre que habrá de
indicarse será, a elección de esa persona, el nombre o
nombres habitualmente utilizados por esa persona;
ii) cuando la persona sea una persona jurídica, que el
nombre que habrá de indicarse será la designación oficial
completa de la persona jurídica.
b) Cuando se haya de indicar el nombre de un representante que
sea una empresa o una asociación, cualquier Parte Contratante
aceptará como indicación del nombre la indicación que la empresa
o la asociación utilicen habitualmente.
2) [Direcciones]
a) Cuando se haya de indicar la dirección de una persona,
cualquier Parte Contratante podrá exigir que la dirección se
indique de tal manera que satisfaga las exigencias habituales
para la rápida distribución postal a la dirección indicada y, en
todo caso, esté compuesta por todas las unidades administrativas
pertinentes incluyendo el número de casa o edificio, si lo
hubiera.
b) Cuando una comunicación a la Oficina de una Parte
Contratante esté dirigida a nombre de dos o más personas con
direcciones diferentes, esa Parte Contratante podrá exigir que
tal comunicación indique una dirección única como dirección para
la correspondencia.
c) La indicación de una dirección podrá contener un número de
teléfono y un número de telefacsímile y, a los fines de la
correspondencia, una dirección diferente de la dirección indicada
en virtud del apartado a).
d) Los apartados a) y c) se aplicarán, mutatis mutandis, a los
domicilios legales.
3) [Grafía que se ha de utilizar] Cualquier Parte Contratante
podrá exigir que cualquiera de las indicaciones mencionadas en los
párrafos 1) y 2) se comunique en la grafía utilizada por la Oficina.
Regla 3
Detalles relativos a la solicitud
1) [Caracteres estándar] Cuando, en cumplimiento de lo dispuesto
en el Artículo 3.1) a) ix), la solicitud contenga una declaración en
el sentido de que el solicitante desea que se registre y se publique
la marca en los caracteres estándar utilizados por la Oficina de la
Parte Contratante, la Oficina registrará y publicará esa marca en
tales caracteres estándar.
2) [Número de reproducciones]
a) Cuando la solicitud no contenga una declaración en el
sentido de que el solicitante desea reivindicar el color como
característica distintiva de la marca, una Parte Contratante no
podrá exigir más de
i) cinco reproducciones de la marca en blanco y negro
cuando la solicitud no pueda contener, en virtud de la
legislación de esa Parte Contratante, o no contenga una
declaración en el sentido de que el solicitante desea que
la marca se registre y se publique en los caracteres
estándar utilizados por la Oficina de dicha Parte
Contratante;
ii) una reproducción de la marca en blanco y negro cuando
la solicitud contenga una declaración en el sentido de que
el solicitante desea que la marca se registre y se publique
en los caracteres estándar utilizados por la Oficina de
dicha Parte Contratante.
b) Cuando la solicitud contenga una declaración en el sentido
de que el solicitante desea reivindicar el color como
característica distintiva de la marca, una Parte Contratante no
podrá exigir más de cinco reproducciones de la marca en blanco y
negro y cinco reproducciones de la marca en color.
3) [Reproducción de una marca tridimensional]
a) Cuando, en cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 3.1)
a) xi), la solicitud contenga una declaración en el sentido de
que la marca es una marca tridimensional, la reproducción de la
marca consistirá en una reproducción gráfica o fotográfica
bidimensional.
b) La reproducción proporcionada en virtud de lo dispuesto en
el apartado a), a elección del solicitante, podrá consistir en
una vista única de la marca o en varias vistas diferentes de la
marca.
c) Cuando la Oficina considere que la reproducción de la marca
proporcionada por el solicitante en virtud de lo dispuesto en el
apartado a) no muestra suficientemente los detalles de la marca
tridimensional, podrá invitar al solicitante a proporcionar,
dentro de un plazo razonable fijado en la invitación, hasta seis
vistas diferentes de la marca y/o una descripción de esa marca
mediante palabras.
d) Cuando la Oficina considere que las diferentes vistas y/o
la descripción mencionada en el apartado c) continúan siendo
insuficientes para mostrar los detalles de la marca
tridimensional, podrá invitar al solicitante a proporcionar,
dentro de un plazo razonable fijado en la invitación, un
espécimen de la marca.
e) El párrafo 2) a) i) y b) será aplicable mutatis mutandis.
4) [Transliteración de la marca] A los fines de lo dispuesto en el
Artículo 3.1) a) xiii), cuando la marca esté compuesta o contenga
elementos en una grafía distinta de la utilizada por la Oficina o
números expresados en cifras distintas de las utilizadas por la
Oficina, se podrá exigir una transliteración de tal elemento a la
grafía y numeración utilizadas por la Oficina.
5) [Traducción de la marca] A los fines de lo dispuesto en el
Artículo 3.1) a) xiv), cuando la marca consista o contenga una
palabra o palabras en un idioma distinto del idioma o de uno de los
idiomas admitidos por la Oficina, se podrá exigir una traducción de
esa palabra o palabras a ese idioma o a uno de esos idiomas.
6) [Plazo para proporcionar prueba del uso real de la marca] El
plazo mencionado en el Artículo 3.6) no será inferior a seis meses
calculados desde la fecha asignada a la solicitud por la Oficina de
la Parte Contratante en la que se haya presentado esa solicitud. El
solicitante o el titular tendrá derecho a una prórroga de ese plazo,
con sujeción a las condiciones previstas por la legislación de esa
Parte Contratante, por períodos de seis meses cada uno, por lo menos,
hasta una prórroga total de dos años y medio, por lo menos.
Regla 4
Detalles relativos a la representación
El plazo mencionado en el Artículo 4.3) d) se calculará a partir de la
fecha de recepción de la comunicación referida en ese Artículo por la
Oficina de la Parte Contratante interesada y no será inferior a un mes
cuando la dirección de la persona en cuyo nombre se hace la comunicación se
encuentre en el territorio de esa Parte Contratante, ni inferior a dos
meses cuando tal dirección se encuentre fuera del territorio de esa Parte
Contratante.
Regla 5
Detalles relativos a la fecha de presentación
1) [Procedimiento en caso de incumplimiento de los requisitos] Si,
en el momento de su recepción por la Oficina, la solicitud no cumple
con cualquiera de los requisitos aplicables del Artículo 5.1) a) o 2)
a), la Oficina invitará rápidamente al solicitante a que cumpla con
tales requisitos dentro de un plazo indicado en la invitación, el
cual será de un mes, por lo menos, a partir de la fecha de la
invitación cuando la dirección del solicitante se encuentre en el
territorio de la Parte Contratante en cuestión y de dos meses, por lo
menos, cuando la dirección del solicitante se encuentre fuera del
territorio de la Parte Contratante en cuestión. El cumplimiento de
la invitación podrá estar sujeto al pago de una tasa especial. Aun
cuando la Oficina omita enviar la mencionada invitación, dichos
requisitos no se verán afectados.
2) [Fecha de presentación en caso de corrección] Si, dentro del
plazo indicado en la invitación, el solicitante cumple con la
invitación mencionada en el párrafo 1) y paga cualquier tasa especial
exigida, la fecha de presentación será la fecha en la que la Oficina
reciba todas las indicaciones y elementos necesarios mencionados en
el Artículo 5.1) a) y, cuando sea aplicable, si ha sido pagada a la
Oficina la tasa requerida mencionada en el Artículo 5.2) a). En caso
contrario, se considerará no presentada la solicitud.
3) [Fecha de recepción] Cada Parte Contratante tendrá libertad
para determinar las circunstancias en las que la recepción de un
documento o el pago de una tasa se considerará que constituye la
recepción o el pago en la Oficina en los casos en que el documento
haya sido efectivamente recibido por o el pago haya sido
efectivamente hecho a
i) una agencia o sucursal de esa Oficina,
ii) una Oficina nacional en nombre de la Oficina de la
Parte Contratante, cuando la Parte Contratante sea una
organización intergubernamental mencionada en el Artículo
19.1) ii),
iii) un servicio postal oficial,
iv) un servicio de distribución distinto de un servicio
postal oficial, especificado por la Parte Contratante.
4) [Utilización de telefacsímile] Cuando una Parte Contratante
permita la presentación de una solicitud mediante telefacsímile, y la
solicitud sea presentada mediante telefacsímile, la fecha de
recepción del telefacsímile por la Oficina de esa Parte Contratante
constituirá la fecha de recepción de la solicitud; ello no obstante,
dicha Parte Contratante podrá exigir que el original de tal
solicitud llegue a la Oficina dentro de un plazo que será de un mes
por lo menos a partir del día en que el telefacsímile fue recibido
por dicha Oficina.
Regla 6
Detalles relativos a la firma
1) [Personas jurídicas] Cuando una comunicación sea firmada en
nombre de una persona jurídica, cualquier Parte Contratante podrá
exigir que la firma o el sello de la persona natural que firme o cuyo
sello se utilice vaya acompañado de una indicación en letras del
apellido y del nombre o nombres de esa persona o, a elección de dicha
persona, del nombre o nombres habitualmente utilizados por esa
persona.
2) [Comunicación mediante telefacsímile] El plazo mencionado en el
Artículo 8.2) b) no será inferior a un mes a partir de la fecha de
recepción de una transmisión por telefacsímile.
3) [Fecha] Cualquier Parte Contratante podrá exigir que una firma
o un sello sea acompañado de una indicación de la fecha en que se
efectuó la firma o el sello. Cuando se exija esa indicación pero no
se facilite, la fecha en la que la firma o el sello se considera
estampado será la fecha en la que la comunicación que contenga la
firma o el sello fue recibida por la Oficina o, si la Parte
Contratante lo permite, una fecha anterior a esa última fecha.
Regla 7
Forma de identificación de una solicitud sin su número de solicitud
1) [Forma de identificación] Cuando se requiera que una solicitud
sea identificada mediante su número de solicitud, pero cuando dicho
número no haya sido otorgado todavía, o el solicitante o su
representante no lo conozcan, se considerará identificada esa
solicitud si se proporciona lo siguiente:
i) el número provisional de solicitud, en su caso,
asignado por la Oficina, o
ii) una copia de la solicitud, o
iii) una reproducción de la marca, junto con la indicación
de la fecha en la que, a conocimiento del solicitante o del
representante, la solicitud fue recibida por la Oficina y
un número de identificación asignado a la solicitud por el
solicitante o el representante.
2) [Prohibición de otros requisitos] Ninguna Parte Contratante
podrá exigir que se cumplan requisitos distintos de los referidos en
el párrafo 1) con el fin de identificar una solicitud cuando su
número de solicitud no haya sido asignado todavía, o el solicitante o
su representante no lo conozcan.
Regla 8
Detalles relativos a la duración y a la renovación
A los fines de lo dispuesto en el Artículo 13.1) c), el período
durante el que podrá presentarse la petición de renovación y podrá pagarse
la tasa de renovación comenzará por lo menos seis meses antes de la fecha
en la que debe efectuarse la renovación y terminará, por lo menos, seis
meses después de esa fecha. Si se presenta la petición de renovación y/o
se pagan las tasas de renovación después de la fecha en la que debe
efectuarse la renovación, cualquier Parte Contratante podrá supeditar la
renovación al pago de un recargo.
FORMULARIO INTERNACIONAL TIPO N.º 1
SOLICITUD DE REGISTRO DE UNA MARCA
presentada en la Oficina de...
| |
|Para uso de la Oficina únicamente |
| |
|Número de referencia del solicitante:* . . . . . |
|. . . . . |
|Número de referencia del representante:* . . . . |
|. . . . |
_______________________________________________________________
1. Petición de registro
Por la presente se solicita el registro de la marca reproducida en la
presente solicitud.
_______________________________________________________________
_________________________________________________________________
2. Solicitante (s)
2.1 Si el solicitante es una personal natural
a) su (s) apellido (s):*
b) su (s) nombre (s):*
2.2 Si el solicitante es una persona jurídica, la designación
oficial completa de la entidad:
2.3 Dirección (incluidos el código postal y el país):
|Número (s) de teléfono: |Número (s) de |
|(con el prefijo) |telefacsímile: |
| |(con el prefijo) |
2.4 Estado de nacionalidad de la persona:
Estado de residencia de la persona:
Estado de establecimiento de la persona:**
2.5 Cuando el solicitante sea una persona jurídica, indíquese:
- la naturaleza jurídica de la persona jurídica:
- el Estado y, cuando sea aplicable, la unidad territorial
dentro de ese Estado en virtud de cuya legislación se haya
organizado la persona jurídica:
2.6 Márquese este recuadro si hay más de un solicitante; en
caso afirmativo, relaciónese en una hoja adicional e indíquese,
respecto de cada uno, los datos de los puntos 2.1 ó 2.2, 2.3, 2.4 y
2.5.***
__________________________________________________________________
_______________________________________________________________
3. Representante
3.1 El solicitante no está representado.
3.2 El solicitante está representado.
3.2.1 Identificación del representante
3.2.1.1 Nombre (s) y apellido (s):
3.2.1.2 Dirección (incluidos el código postal y el
país):
|Número (s) de teléfono:|Número (s) de |
| |telefacsímile: |
|(con el prefijo) |(con el prefijo) |
3.2.2 El poder ya obra en posesión de la Oficina.
Número de serie: . . . . . . . . . . . . . . . . . .
. . . .*
3.2.3 Se adjunta el poder.
3.2.4 El poder se entregará en una fecha posterior.
3.2.5 No es necesario un poder.
_______________________________________________________________
4. Domicilio legal**
__________________________________________________________________
_______________________________________________________________
5. Reivindicación de prioridad
El solicitante reivindica la prioridad siguiente:
5.1 País (Oficina) de primera presentación*:
5.2 Fecha de primera presentación:
5.3 Número de solicitud de la primera presentación (si está
disponible):
5.4 La copia certificada de la solicitud cuya prioridad se
reivindica**
5.4.1 se adjunta.
5.4.2 se aportará dentro de los tres meses siguientes a la
fecha de presentación de la presente solicitud.
5.5 La traducción de la copia certificada
5.5.1 se adjunta.
5.5.2 se aportará dentro de los tres meses siguientes a la
fecha de presentación de la presente solicitud.
5.6 Márquese este recuadro si se reivindica la prioridad de más
de una presentación; en este caso, relaciónense en una hoja adicional
e indíquese, respecto de cada una de ellas, la información mencionada
en los puntos 5.1, 5.2, 5.3, 5.4 y 5.5 y los productos y/o servicios
mencionados en cada una de ellas.
__________________________________________________________________
_______________________________________________________________
6. Registro en el país (la Oficina) de origen*
El (los) certificado (s) de registro en el país (la Oficina) de
origen figura (n) adjunto (s).
_______________________________________________________________
7. Protección resultante de la exhibición en una exposición
Márquese este recuadro si el solicitante desea beneficiarse de
cualquier protección resultante de la exhibición de productos
y/o servicios en una exposición. En este caso, facilítense los
detalles en una hoja adicional.
_______________________________________________________________
8. Reproducción de la marca
(8 cm x 8 cm)
_______________________________________________________________
8.1 El solicitante desea que la Oficina registre y publique la
marca en los caracteres estándar utilizados por ésta.*
8.2 Se reivindica el color como característica distintiva de la
marca
8.2.1 Nombre(s) del (de los) color(es) reivindicado (s):
8.2.2 Partes principales de la marca que figuran en ese (esos)
color (es):
8.3 La marca es tridimensional.
Se adjuntan...** vistas diferentes de la marca.
8.4 Se adjunta (n) . . . *** reproducción (es) de la marca en blanco
y negro.
8.5 Se adjunta (n) . . . *** reproducción (es) de la marca en color.
_______________________________________________________________
9. Transliteración de la marca
La marca o parte de la marca ha sido transliterada en la siguiente
forma:
_______________________________________________________________
10. Traducción de la marca
La marca o parte de la marca ha sido traducida en la siguiente forma:
__________________________________________________________________
_______________________________________________________________
11. Productos y/o servicios
Nombres de los productos y/o servicios:*
Márquese este recuadro si el espacio anterior no es suficiente;
en tal caso, indíquense los nombres de los productos y/o
servicios en una hoja adicional.
_______________________________________________________________
12. Declaración relativa a la intención de uso o al uso real; prueba del
uso real
12.1 Márquese este recuadro si se adjunta una declaración.
12.2 Márquese este recuadro si se adjunta una prueba del uso real.
_______________________________________________________________
13. Requisitos relativos a los idiomas
Márquese este recuadro si se adjunta un anexo para satisfacer
cualquier requisito lingüístico aplicable respecto de la
Oficina.**
_______________________________________________________________
14. Firma o sello
14.1 Nombre de la persona natural que firma o cuyo sello se utiliza:
14.2 Márquese el recuadro adecuado, según corresponda, si se firma o
se utiliza el sello por o en nombre del
14.2.1 solicitante.
14.2.2 representante.
14.3 Fecha de la firma o del estampado del sello:
14.4 Firma o sello:
_______________________________________________________________
15. Tasa (s)
15.1 Moneda e importe(s) de la (s) tasa(s) pagada (s) en relación con
la presente solicitud:
15.2 Método de pago:
_______________________________________________________________
16. Hojas adicionales y anexos
Márquese este recuadro si se adjuntan hojas adicionales y/o
anexos, e indíquese el número total de dichas hojas y/o anexos:
_______________________________________________________________
FORMULARIO INTERNACIONAL TIPO N.º 2
PODER
para procedimientos ante la Oficina de...
| |
|Para uso de la Oficina únicamente |
| |
|Número de referencia de la persona |
|que efectúa el nombramiento:* |
|..................... |
_______________________________________________________________
1. Nombramiento
El abajo firmante nombra como su representante a la persona que se
identifica en el punto 3, infra.
_______________________________________________________________
2. Nombre de la persona que efectúa el nombramiento**
_______________________________________________________________
3. Representante
3.1 Nombre (s) y apellido (s):
3.2 Dirección (incluidos el código postal y el país):
|Número (s) de teléfono: |Número (s) de |
|(con el prefijo) |telefacsímile: |
| |(con el prefijo) |
_______________________________________________________________
4. Solicitud (es) y/o registro (s) en cuestión
Este poder concierne:
4.1 a todas las solicitudes y/o registros actuales y futuros de
la persona que efectúe el nombramiento, con sujeción a cualquier
excepción indicada en una hoja adicional.
4.2 a la (s) siguiente (s) solicitud (es) y/o registro(s):
4.2.1 a la (s) solicitud (es) relativa (s) a la (s) siguiente (s)
marca (s):*
4.2.2 a la(s) solicitud(es) con el(los) siguiente(s) número(s)**
de solicitud, así como a cualquier(cualesquiera) registro(s)
resultante (s) de la (s) misma (s):
4.2.3 al (a los) registro (s) con el (los) siguiente (s) número
(s) de registro:
4.2.4 Si no fuera suficiente el espacio disponible en
4.2.1, 4.2.2 ó 4.2.3 márquese este recuadro y proporciónese la
información en una hoja adicional.
__________________________________________________________________
5. Alcance del poder
5.1 Márquese este recuadro si el representante está facultado
para actuar como representante para todos los fines, incluso, cuando
la persona que efectúe el nombramiento sea un solicitante o un
titular, para los siguientes fines:
5.1.1 el retiro de la (s) solicitud (es).
5.1.2 la renuncia del (de los) registro (s).
5.2 Márquese este recuadro si el representante no está
facultado para actuar como representante para todos los fines e
indíquense aquí o en una hoja adicional los fines excluidos de los
poderes del representante:
_______________________________________________________________
6. Firma o sello
6.1 Nombre de la persona natural que firma o cuyo sello se utiliza:
6.2 Fecha de la firma o del estampado del sello:
6.3 Firma o sello:
_______________________________________________________________
7. Hojas adicionales y anexos
Márquese este recuadro si se adjuntan hojas adicionales y/o
anexos, e indíquese el número total de dichas hojas y/o anexos:
_______________________________________________________________
FORMULARIO INTERNACIONAL TIPO N.º 3
PETICION DE INSCRIPCION DE CAMBIO(S)
EN EL (LOS) NOMBRE (S) O DIRECCIÓN (ES)
respecto de registro (s)
y/o solicitud (es) de registro de marca (s)
presentada en la Oficina de . . . . . . . . .
| |
|Para uso de la oficina únicamente |
|Número de referencia del titular |
|y/o solicitante: |
|......... |
|Número de referencia del representante:* |
|.......... |
_______________________________________________________________
1. Petición de inscripción
Por la presente se pide la inscripción del (de los) cambio (s)
indicado (s) en la presente petición.
_______________________________________________________________
2. Registro (s) y/o solicitud (es) en cuestión
La presente petición concierne al (a los) siguiente (s) registro (s) o
solicitud (es):
2.1 Número (s) de registro:
2.2 Número (s) de solicitud:**
2.3 Si el espacio disponible bajo 2.1 ó 2.2 no es suficiente,
márquese este recuadro y proporciónese la información en una hoja
adicional.
_______________________________________________________________
3. Titular (es) y/o solicitante (s)
3.1 Si el titular y/o el solicitante es una persona natural,
(a) su (s) apellido (s):*
(b) su (s) nombre (s):*
3.2 Si el titular y/o solicitante es una persona jurídica, la
designación oficial completa de la entidad:
3.3 Dirección (incluidos el código postal y el país):
|Números de teléfono: |Números de telefacsímile:|
|(con el prefijo) | |
| |(con el prefijo) |
3.4 Márquese este recuadro si existe más de un titular y/o
solicitante; en ese caso, relaciónese a éstos en una hoja adicional e
indíquense, respecto de cada uno, los datos referidos en los puntos
3.1 ó 3.2 u 3.3.
_______________________________________________________________
4. Representante
4.1 Nombre y apellido:
4.2 Dirección (incluidos el código postal y el país):
|Números de teléfono: |Números de telefacsímile:|
|(con el prefijo) | |
| |(con el prefijo) |
4.3 Número de serie del poder:**
_______________________________________________________________
5. Domicilio legal
6. Indicación del (de los) cambio(s)
6.1 Datos que han de cambiarse*
Datos después del cambio:*
6.2 Márquese este recuadro si el espacio anterior es
insuficiente; en tal caso, indíquense en un hoja adicional los datos
que han de cambiarse, así como los datos después del cambio.
_______________________________________________________________
7. Firma o sello
7.1 Nombre de la persona natural que firme o cuyo sello se utilice:
7.2 Márquese el recuadro adecuado, según corresponda, si se firma o
se utiliza el sello por o en nombre del
7.2.1 titular y/o solicitante.
7.2.2 representante.
7.3 Fecha de la firma o del estampado del sello:
7.4 Firma o sello:
_________________________________________________________________
8. Tasa
8.1 Moneda e importe de la tasa pagada en relación con la presente
petición de inscripción de cambio (s):
8.2 Método de pago:
_______________________________________________________________
9. Hojas adicionales y anexos
Márquese este recuadro si se adjuntan hojas adicionales y/o
anexos, e indíquese el número total de dichas hojas y/o anexos:
_______________________________________________________________
FORMULARIO INTERNACIONAL TIPO N.º 4
PETICION DE INSCRIPCION DE
UN CAMBIO EN LA TITULARIDAD
respecto de registro
y/o solicitud de registro de marcas
presentada en la Oficina de . . . . .
| |
|Para uso de la Oficina únicamente |
|Número de referencia del titular y/o |
|solicitante:* |
|............. |
|Número de referencia del representante:* |
|............ |
_______________________________________________________________
1. Petición de inscripción
Por la presente se pide la inscripción del cambio en la titularidad
indicado en la presente petición.
_______________________________________________________________
2. Registro (s) y/o solicitud (es) en cuestión
La presente petición concierne al (a los) siguientes (s) registro (s)
y/o solicitud (es):
2.1 Número (s) de registro:
2.2 Número (s) de solicitud:**
2.3 Si el espacio disponible bajo 2.1 ó 2.2 no es suficiente,
márquese este recuadro y proporciónese la información en una hoja
adicional.
_______________________________________________________________
3. Productos y/o servicios afectados por el cambio
3.1 Márquese este recuadro si están afectados por el cambio
todos los productos y/o servicios relacionados en la(s) solicitud
(es) y/o el (los) registro (s) mencionados en el punto 2.
3.2 Márquese este recuadro si el punto 2 menciona sólo una
solicitud o registro, y si sólo algunos de los productos y/o
servicios relacionados en esa solicitud o registro están afectados
por el cambio, e indíquense los productos y/o servicios que deben
aparecer en la solicitud o registro del nuevo titular (en cuyo caso
los productos y/o servicios no indicados se mantendrán en la
solicitud o registro del solicitante o titular):
3.3 Márquese este recuadro cuando el punto 2 mencione más de
una solicitud o registro y si respecto de uno de ellos por lo menos
el cambio no afecta a la totalidad de los productos y/o servicios
relacionados. En este caso, indíquese en una hoja adicional,
separadamente respecto de cada solicitud y/o registro, si el cambio
afecta a todos los productos y/o servicios o sólo a algunos de ellos.
Respecto de cualquier solicitud o registro en que sólo estén
afectados por el cambio algunos de los productos y/o servicios,
háganse las indicaciones en la forma indicada en el punto 3.2.
__________________________________________________________________
4. Bases para el cambio en la titularidad
4.1 El cambio en la titularidad resulta de un contrato.
Se adjunta uno de los siguientes documentos:
4.1.1 una copia del contrato certificada conforme con el
original.
4.1.2 un extracto del contrato certificado auténtico.
4.1.3 un certificado de transferencia.
4.1.4 un documento de transferencia.
4.2 El cambio en la titularidad resulta de una fusión.
Se adjunta una copia, certificada conforme con el original,
del siguiente documento que prueba la fusión:
4.2.1 un extracto del registro del comercio.
4.2.2 otro documento procedente de la autoridad competente.
4.3 El cambio de la titularidad no resulta de un contrato ni de
una fusión.
4.3.1 Se adjunta una copia, certificada conforme con el
original, de un documento que prueba el cambio.
________________________________________________________________
5. Titular (es) y/o solicitante (s)
5.1 Si el titular y/o el solicitante es una persona natural,
(a) su (s) apellido (s):*
(b) su (s) nombre (s):*
5.2 Si el titular y/o solicitante es una persona jurídica, la
designación oficial completa de la entidad:
5.3 Dirección (incluidos el código postal y el país):
|Número(s) de teléfono: |Número(s) de |
|(con el prefijo) |telefacsímile: |
| |(con el prefijo) |
5.4 Márquese este recuadro si hay más de un titular y/o
solicitante afectado por el cambio; en tal caso, relaciónense en una
hoja adicional e indíquense, respecto de cada uno de ellos, los datos
mencionados en los puntos 5.1 ó 5.2 y 5.3.
5.5 Márquese este recuadro si el titular y/o el solicitante, o
uno de los titulares y/o solicitantes han cambiado los nombres y/o
direcciones sin pedir la inscripción de ese cambio, y adjúntese un
documento que pruebe que la persona que ha transferido la titularidad
y el titular y/o solicitante son la misma persona.
______________________________________________________________
6. Representante del titular y/o solicitante
6.1 Nombre y apellido:
6.2 Dirección (incluido el código postal y el país):
|Número (s) de teléfono: |Número (s) de |
|(con el prefijo) |telefacsímile: |
| |(con el prefijo) |
6.3 Número de serie del poder:**
_______________________________________________________________
7. Domicilio legal del titular y/o solicitante
_______________________________________________________________
8. Nuevo(s) titular(es)
8.1 Si el nuevo titular es una persona natural,
(a) su (s) apellido (s):*
(b) su (s) nombre (s):*
8.2 Si el nuevo titular es una persona jurídica, la designación
oficial completa de la entidad:
8.3 Dirección (incluidos el código postal y el país):
|Número (s) de teléfono: |Número (s) de |
|(con el prefijo) |telefacsímile: |
| |(con el prefijo) |
8.4 Estado de nacionalidad de la persona:
Estado de residencia de la persona:
Estado de establecimiento de la persona:**
8.5 Cuando el nuevo propietario sea una persona jurídica, indíquese
- la naturaleza jurídica de la persona jurídica:
- el Estado y, cuando proceda, la unidad territorial dentro
de ese Estado, en virtud de cuya legislación se haya organizado
la persona jurídica:
8.6 Márquese este recuadro si hay más de un nuevo titular; en
tal caso, relaciónense en una hoja adicional e indíquense, respecto
de cada uno de ellos, los datos mencionados en los puntos 8.1 ó 8.2,
8.3, 8.4 y 8.5.***
_______________________________________________________________
9. Representante del nuevo titular
9.1 El nuevo titular no está representado.
9.2 El nuevo titular está representado.
9.2.1 Identificación del representante
9.2.1.1 Nombre (s) y apellido (s):
9.2.1.2 Dirección (incluidos el código postal y el
país):
|Número (s) de teléfono: |Número (s) de |
|(con el prefijo) |telefacsímile: |
| |(con el prefijo) |
9.2.2 El poder ya obra en posesión de la Oficina. Número de
serie: ...................... *
9.2.3 Se adjunta el poder.
9.2.4 El poder se entregará en una fecha posterior.
9.2.5 No es necesario un poder.
_______________________________________________________________
10. Domicilio legal del nuevo titular**
_______________________________________________________________
11. Firma y sello
11.1 Nombre o de la persona natural que firma o cuyo sello se
utiliza:
11.2 Márquese el recuadro adecuado, según corresponda, si se firma o
se utiliza el sello por o en nombre del
11.2.1 titular y/o solicitante.
11.2.2 nuevo titular.
11.2.3 representante.
11.3 Fecha de la firma o del estampado del sello:
11.4 Firma o sello:
_______________________________________________________________
12. Tasa
12.1 Moneda e importe de la tasa pagada en relación con la presente
petición de inscripción de un cambio en la titularidad:
12.2 Método de pago:
_______________________________________________________________
13. Hojas adicionales y anexos
Márquese este recuadro si se adjuntan hojas adicionales y/o
anexos, e indíquese el número total de dichas hojas y/o anexos:
__________________________________________________________________
FORMULARIO INTERNACIONAL TIPO N.º 5
CERTIFICADO DE TRANSFERENCIA
respecto de registros
y/o solicitudes de registro de marcas
presentado en la Oficina de . . . . . .
| |
|Para uso de la oficina únicamente |
_______________________________________________________________
1. Certificación
El (los) cedente (s) y el (los) cesionario (s) abajo firmantes
certifican que la titularidad del (de los) registro (s) y/o de la (s)
solicitud (es) identificado (s) a continuación ha sido transferida por
contrato.
_______________________________________________________________
2. Registro (s) y/o solicitud (es) en cuestión
El presente certificado concierne la transferencia del (de los)
siguiente (s) registro (s) y/o solicitud (es):
2.1 Número (s) de registro:
2.2 Número (s) de solicitud:*
2.3 Si los espacios bajo 2.1 ó 2.2 no son suficientes, márquese
este recuadro y proporciónese la información en una hoja adicional.
_______________________________________________________________
3. Productos y/o servicios afectados por la transferencia
3.1 Márquese este recuadro si han sido afectados por la
transferencia todos los productos y/o servicios relacionados en la
(s) solicitud (es) y/o el (los) registro (s) mencionados en el punto
2.
3.2 Márquese este recuadro si el punto 2 menciona sólo una
solicitud o registro, y si sólo algunos de los productos y/o
servicios relacionados en esa solicitud o registro han sido afectados
por la transferencia, e indíquense los productos y/o servicios que
han sido afectados por la transferencia:
3.3 Márquese este recuadro cuando el punto 2 mencione más de
una solicitud o registro y si respecto de uno de ellos por lo menos
la transferencia no ha afectado a la totalidad de los productos y/o
servicios relacionados. En este caso, indíquese en una hoja
adicional, separadamente respecto de cada solicitud y/o registro, si
la transferencia afecta a todos los productos y/o servicios o sólo a
algunos de ellos. Respecto de cualquier solicitud o registro en que
sólo hayan sido afectados por la transferencia algunos de los
productos y/o servicios, háganse las indicaciones en la forma
indicada en el punto 3.2.
__________________________________________________________________
4. Cedente (s)
4.1 Si el cedente es una persona natural,
(a) su (s) apellido (s):*
(b) su (s) nombre (s):*
4.2 Si el cedente es una persona jurídica, la designación oficial
completa de la entidad:
4.3 Dirección (incluidos el código postal y el país):
|Número (s) de teléfono: |Número (s) de |
|(con el prefijo) |telefacsímile: |
| |(con el prefijo) |
4.4 Márquese este recuadro si hay más de un cedente; en tal
caso, relaciónense en una hoja adicional e indíquense, respecto de
cada uno de ellos, los datos mencionados en los puntos 4.1 o 4.2 y
4.3.
_______________________________________________________________
5. Cesionario (s)
5.1 Si el cesionario es una persona natural,
(a) su (s) apellido (s):*
(b) su (s) nombre (s): *
5.2 Si el cesionario es una persona jurídica, la designación oficial
completa de la entidad:
5.3 Dirección (incluidos el código postal y el país):
|Número (s) de teléfono: |Número (s) de |
|(con el prefijo) |telefacsímile: |
| |(con el prefijo) |
5.4 Márquese este recuadro si hay más de un cesionario; en tal
caso, relaciónense en una hoja adicional e indíquense, respecto de
cada uno de ellos, los datos mencionados en los puntos 5.1 ó 5.2 y
5.3.
_______________________________________________________________
6. Firmas o sellos
6.1 Firma (s) o sello (s) del (de los) cedente (s).
6.1.1 Nombre (s) y apellido (s) de la (s) persona (s) natural
(es) que firma(n) o cuyo (s) sello (s) se utiliza (n):
6.1.2 Fecha de la (s) firma (s) o del estampado del (de los)
sello(s):
6.1.3 Firma(s) o sello(s):
6.2 Firma (s) o sello (s) del (de los) cesionario (s).
6.2.1 Nombre (s) y apellido (s) de la (s) persona (s) natural
(es) que firma (n) o cuyo sello (s) se utiliza (n):
6.2.2 Fecha de la (s) firma (s) o del estampado del (de los)
sello (s):
6.2.3 Firma (s) o sello (s):
_______________________________________________________________
7. Hojas adicionales y anexos
Márquese este recuadro si se adjuntan hojas adicionales y/o
anexos, e indíquese el número total de dichas hojas y/o anexos:
_______________________________________________________________
FORMULARIO INTERNACIONAL TIPO N.º 6
DOCUMENTO DE TRANSFERENCIA
respecto de registro (s)
y/o solicitud(es) de registro de marcas
presentado en la Oficina de .......
| |
|Para uso de la oficina únicamente |
_______________________________________________________________
1. Declaración de transferencia
El (los) cedente (s) abajo firmante (s) transfieren (n) al (a los)
cesionario (s) abajo firmante (s) la titularidad del (de los) registro
(s) y/o de la (s) solicitud (es) que se identifica (n) a continuación.
_______________________________________________________________
2. Registro (s) y/o solicitud(es) en cuestión
El presente documento concierne la transferencia del(de los)
siguiente(s) registro (s) y/o solicitud (es):
2.1 Número (s) de registro:
2.2 Número (s) de solicitud:*
2.3 Si los espacios bajo 2.1 ó 2.2 no son suficientes, márquese
este recuadro y proporciónese la información en una hoja adicional.
_______________________________________________________________
3. Productos y/o servicios afectados por la transferencia
3.1 Márquese este recuadro si están afectados por la
transferencia todos los productos y/o servicios relacionados en la
(s) solicitud(es) y/o el (los) registro (s) mencionados en el punto
2.
3.2 Márquese este recuadro si el punto 2 menciona sólo una
solicitud o registro, y si sólo algunos de los productos y/o
servicios relacionados en esa solicitud o registro están afectados
por la transferencia, e indíquense los productos y/o servicios que
están afectados por la transferencia:
3.3 Márquese este recuadro cuando el punto 2 mencione más de
una solicitud o registro y si respecto de uno de ellos por lo menos
la transferencia no afecta a la totalidad de los productos y/o
servicios relacionados. En este caso, indíquese en una hoja
adicional, separadamente respecto de cada solicitud y/o registro, si
la transferencia afecta a todos los productos y/o servicios o sólo a
algunos de ellos. Respecto de cualquier solicitud y/o registro en
que sólo estén afectados por la transferencia algunos de los
productos y/o servicios, hágase la indicación en la forma indicada en
el punto 3.2.
_______________________________________________________________
4. Cedente (s)
4.1 Si el cedente es una persona natural,
a) su (s) apellido (s):*
b) su (s) nombre (s):*
4.2 Si el cedente es una persona jurídica, la designación oficial
completa de la entidad:
4.3 Dirección (incluidos el código postal y el país):
|Número (s) de teléfono: |Número (s) de |
|(con el prefijo) |telefacsímil: |
| |(con el prefijo) |
4.4 Márquese este recuadro si hay más de un cedente; en tal
caso, relaciónense en una hoja adicional e indíquense, respecto de
cada uno de ellos, los datos mencionados en los puntos 4.1 ó 4.2 y
4.3.
_______________________________________________________________
5. Cesionario (s)
5.1 Si el cesionario es una persona natural,
a) su (s) apellido (s):*
b) su (s) nombre (s):*
5.2 Si el cesionario es una persona jurídica, la designación oficial
completa de la entidad:
5.3 Dirección (incluidos el código postal y el país):
|Número(s) de teléfono: | Número(s) de |
|(con el prefijo) |telefacsímil: |
| |(con el prefijo) |
5.4 Márquese este recuadro si hay más de un cesionario; en tal
caso, relaciónense en una hoja adicional e indíquense, respecto de
cada uno de ellos, los datos mencionados en los puntos 5.1 ó 5.2 y
5.3.
_______________________________________________________________
6. Indicaciones adicionales (véase el Anexo al presente Formulario
(adjunto))
(el suministro de cualquiera de estas indicaciones es
facultativo a los fines de la inscripción del cambio en la
titularidad)
Márquese este recuadro si se utiliza el Anexo.
__________________________________________________________________
7. Firmas o sellos
7.1 Firma (s) o sello (s) del (de los) cedente (s).
7.1.1 Nombre (s) y apellido (s) de la (s) persona (s) natural
(es) que firma (n) o cuyo (s) sello (s) se utiliza (n):
7.1.2 Fecha de la (s) firma (s) o del estampado del (de los)
sello (s):
7.1.3 Firma (s) o sello (s):
7.2 Firma (s) o sello (s) del (de los) cesionario (s).
7.2.1 Nombre (s) y apellido (s) de la (s) persona (s) natural(es)
que firma (n) o cuyo(s) sello (s) se utiliza(n):
7.2.2 Fecha de la(s) firma(s) o del estampado del (de los)
sello(s):
7.2.3 Firma(s) o sello(s):
_______________________________________________________________
8. Hojas adicionales, documentos y anexos
Márquese este recuadro si se adjuntan hojas adicionales y/o
documentos, e indíquese el número total de dichas hojas y/o
documentos:
Márquese este recuadro si se adjunta un anexo e indíquense el
número de páginas del anexo y el número de hojas adicionales al
mismo:
__________________________________________________________________
Anexo al Formulario N.º 6
Indicaciones adicionales relativas
a un documento de transferencia (punto 6)
A. Transferencia de activo intangible o negocios
a) Márquese este recuadro cuando se haga la transferencia con
el activo intangible o los negocios pertinentes respecto de todos los
productos y/o servicios relacionados en la (s) solicitud (es) y/o
registro (s) mencionado (s) en el punto 2 del documento de
transferencia.
b) Márquese este recuadro cuando el punto 2 del documento de
transferencia mencione sólo una solicitud o registro y si la
transferencia se hace con el activo intangible o los negocios
pertinentes respecto de sólo algunos de los productos y/o servicios
relacionados en esa solicitud o registro, e indíquense los productos
y/o servicios respecto de los que se hace la transferencia con el
activo intangible o los negocios pertinentes:
c) Márquese este recuadro cuando el punto 2 del documento de
transferencia mencione más de una solicitud o registro y si respecto
de uno de ellos por lo menos se hace la transferencia con el activo
intangible o los negocios pertinentes respecto de menos de la
totalidad de los productos y/o servicios relacionados. En tal caso,
indíquese en una hoja adicional, separadamente respecto de cada
solicitud y/o registro, se hace la transferencia con el activo
intangible o los negocios pertinentes respecto de todos los productos
y/o servicios o sólo respecto de algunos de ellos. Por lo que se
refiere a cualquier solicitud o registro del que se hace la
transferencia con el activo intangible o los negocios pertinentes
respecto de sólo algunos de los productos y/o servicios, hágase la
indicación en la forma especificada en el punto b).
_______________________________________________________________
B. Transferencia de derechos resultantes del uso
Los derechos, derivados del uso de la marca, se transfieren respecto
de
a) todos los registros y/o solicitudes.
b) sólo el(los) registro (s) y/o la (s) solicitud (es)
siguiente (s):
C. Transferencia del derecho de demanda
El cesionario tendrá derecho a entablar demanda por infracciones
anteriores.
D. Remuneración
a) La transferencia se efectúa contra dinero recibido.
b) La transferencia se efectúa contra dinero recibido y otros
productos y valores.
c) El cedente reconoce haber recibido la remuneración
mencionada.
E. Fecha efectiva de la transferencia
a) La transferencia es efectiva a partir de la fecha de la
firma del presente documento de transferencia.
b) La transferencia es efectiva a partir de la fecha
siguiente:
FORMULARIO INTERNACIONAL TIPO N.º 7
PETICION DE CORRECCION DE ERRORES
en registro (s) y/o solicitud (es) de registro de marcas
presentada en la Oficina de ........
| |
|Para uso de la oficina únicamente |
| |
|Número de referencia del titular |
|y/o solicitante:* |
|Número de referencia del representante:* |
|:::::::::::: |
_______________________________________________________________
1. Petición de corrección
Por la presente se pide (n) la (s) corrección (es) identificada (s) en
la presente petición.
_______________________________________________________________
2. Registro (s) y/o solicitud (es) en cuestión
La presente petición concierne el (los) siguiente (s) registro (s) y/o
solicitud (es):
2.1 Número (s) de registro:
2.2 Número (s) de solicitud:**
2.3 Si los espacios bajo 2.1 ó 2.2 no son suficientes, márquese
este recuadro y proporciónese la información en una hoja adicional.
_______________________________________________________________
3. Titular (es) y/o solicitante (s)
3.1 Si el titular y/o solicitante es una persona natural,
a) su (s) apellido (s):*
b) su (s) nombre (s):*
3.2 Si el titular y/o solicitante es una persona jurídica, la
designación oficial completa de la entidad:
3.3 Dirección (incluidos el código postal y el país):
|Número(s) de teléfono: | Número(s) de |
|(con el prefijo) |telefacsímile: |
| |(con el prefijo) |
3.4 Márquese este recuadro si hay más de un titular y/o
solicitante; en tal caso, relaciónense en una hoja adicional e
indíquense, respecto de cada uno de ellos, los datos mencionados en
los puntos 3.1 ó 3.2 y 3.3.
_______________________________________________________________
4. Representante
4.1 Nombre (s) y apellido (s):
4.2 Dirección (incluidos el código postal y el país):
|Número(s) de teléfono: | Número(s) de |
|(con el prefijo) |telefacsímile: |
| |(con el prefijo) |
4.3 Número de serie del poder:**
______________________________________________________________
5. Domicilio legal
_______________________________________________________________
6. Indicación del (de los) error (es) y la (s) corrección (es)
6.1 Datos que han de corregirse:
Datos después de la corrección:
6.2 Márquese este recuadro si el espacio anterior es
insuficiente; en tal caso, indíquense en una hoja adicional los datos
que han de corregirse, así como los datos después de la corrección.
_______________________________________________________________
7. Firma o sello
7.1 Nombre de la persona natural que firma o cuyo sello se utiliza:
7.2 Márquese el recuadro adecuado, según corresponda, si se firma o
se utiliza el sello por o en nombre del
7.2.1 titular y/o solicitante.
7.2.2 representante.
7.3 Fecha de la firma o del estampado del sello:
7.4. Firma o sello:
_______________________________________________________________
8. Tasa
8.1 Moneda e importe de la tasa pagada en relación con la presente
petición de corrección:
8.2 Método de pago:
_______________________________________________________________
9. Hojas adicionales y anexos
Márquese este recuadro si se adjuntan hojas adicionales y/o
anexos e indíquese el número total de dichas hojas y/o anexos:
_______________________________________________________________
FORMULARIO INTERNACIONAL TIPO N.º 8
PETICION DE RENOVACION DE UN REGISTRO
presentada en la Oficina de .........
| |
|Para uso de la oficina únicamente |
| |
|Número de referencia del titular:* |
|Número de referencia del representante:* |
_____________________________________________________________
1. Indicación de que se pide una renovación
Por la presente se pide la renovación del registro identificado en la
presente petición.
_______________________________________________________________
2. Registro en cuestión
2.1 Número de registro:
2.2 Fecha de presentación de la solicitud que dio lugar al registro:
Fecha de registro:
_______________________________________________________________
3. Titular(es)
3.1 Si el titular es una persona natural,
a) su (s) apellido (s):*
b) su (s) nombre (s):*
3.2 Si el titular es una persona jurídica, la designación oficial
completa de la entidad:
3.3 Dirección (incluidos el código postal y el país):
|Número(s) de teléfono: | Número(s) de |
|(con el prefijo) |telefacsímile: |
| |(con el prefijo) |
| | |
3.4 Márquese este recuadro si hay más de un titular; en caso
afirmativo, relaciónense en una hoja adicional e indíquese, respecto
de cada uno de ellos, los datos mencionados en los puntos 3.1 ó 3.2 y
3.3.
_______________________________________________________________
4. Representante del titular
4.1 Nombre (s) y apellido (s):
4.2 Dirección (incluidos el código postal y el país):
Número (s) de teléfono: Número (s) de telefacsímil:
(con el prefijo) (con el prefijo)
4.3 Número de serie del poder:*
_______________________________________________________________
5. Domicilio legal del titular
6. Productos y/o servicios*
6.1 Se pide la renovación para todos los productos y/o
servicios cubiertos por el registro.
6.2 Se pide la renovación solamente para los siguientes
productos y/o servicios cubiertos por el registro:**
6.3 Se pide la renovación para todos los productos y/o
servicios cubiertos por el registro, excepto los siguientes:***
6.4 Márquese este recuadro si el espacio anterior es
insuficiente y utilícese una hoja adicional.
_______________________________________________________________
7. Persona que no sea el titular o el representante del titular, que
presenta esta petición de renovación
Importante: Una persona que no sea el titular o el representante del
titular podrá presentar una petición de renovación únicamente
cuando la Parte Contratante así lo permita. En consecuencia, el
presente punto no podrá ser completado si la Parte Contratante
cuya Oficina es la Oficina identificada en la primera página de
esta petición de renovación no permite que la petición de
renovación sea presentada por una persona que no sea el titular
o el representante del titular.
Márquese este recuadro si esta petición de renovación es
presentada por una persona que no sea el titular o el
representante del titular.
7.1 Si la persona es una persona natural,
a) su (s) apellido (s):
b) su (s) nombre (s):
7.2 Si la persona es una persona jurídica, la designación oficial
completa de la entidad:
7.3 Dirección (incluidos el código postal y el país):
Número (s) de teléfono: Número (s) de telefacsímile:
(con el prefijo) (con el prefijo)
__________________________________________________________________
8. Firma o sello
8.1 Nombre de la persona natural que firma o cuyo sello se utiliza:
8.2 Márquese el recuadro adecuado, según corresponda, si se firma o
se utiliza el sello por o en nombre del
8.2.1 titular.
8.2.2 representante del titular.
8.2.3 la persona mencionada en el punto 7.
8.3 Fecha de la firma o del estampado del sello:
8.4 Firma o sello:
_______________________________________________________________
9. Tasa
9.1 Moneda e importe de la tasa pagada en relación con la presente
petición de renovación:
9.2 Método de pago:
_________________________________________________________
10. Hojas adicionales
Márquese este recuadro si se adjuntan hojas adicionales e
indíquese el número total de dichas hojas:
_______________________________________________________________
Certifico que el texto que precede es una copia auténtica del Tratado sobre
el Derecho de Marcas y del Reglamento del Tratado sobre el Derecho de
Marcas, adoptados en Ginebra el 27 de octubre de 1994.
Certifico que el texto que precede es copia fiel del texto original en
español del Tratado sobre el Derecho de Marcas y del Reglamento del Tratado
sobre el Derecho de Marcas, adoptados en Ginebra el 27 de octubre de 1994.
Kamil Idris
Director General
Organización Mundial de la Propiedad Intelectual
29 de noviembre de 2005
Jorge Arturo Aguilar Castillo
Jefe de la Oficina Asesora de Tratados
Dirección General de Política Exterior
Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto
CERTIFICA:
Que las fotocopias que anteceden, numeradas de la uno a la ochenta y cinco,
las cuales llevan calzado el sello del Ministerio de Relaciones Exteriores
y Culto, son fieles de la certificación emitida por Kamil Idris, Director
General de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual, el día
veintinueve de noviembre de dos mil cinco, del texto original en español
del "Tratado sobre el Derecho de Marcas y del Reglamento del Tratado sobre
el Derecho de Marcas" adoptados en Ginebra, Suiza, el veintisiete de
octubre de mil novecientos noventa y cuatro. -------------------------------
----------------------------------------------------------------------------
-----
Se extiende la presente certificación, para los
efectos legales correspondientes, en la Oficina
Asesora de Tratados - Dirección General de
Política Exterior del Ministerio de
Relaciones
Exteriores y Culto, a los veintidós días del
mes
de noviembre del año dos mil siete. ------------
---"
Rige a partir de su publicación.
ASAMBLEA LEGISLATIVA.- Aprobado a los veintiún días del mes de abril de
dos mil ocho.
COMUNÍCASE AL PODER EJECUTIVO
Francisco Antonio Pacheco Fernández
PRESIDENTE
Xinia Nicolás Alvarado Guyon Massey Mora
PRIMERA SECRETARIA SEGUNDO SECRETARIO
dr.-
Dado en la Presidencia de la República.- San José, a los
veintinueve días del mes de abril de dos mil ocho.
Ejecútese y publíquese
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ
Bruno Stagno Ugarte
MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
Sanción: 29-04-2008
Publicación: 12-06-2008 Gaceta: 113
* En este espacio podrá indicarse el número de referencia asignado por el
solicitante y/o el número de referencia asignado por el representante a la
presente solicitud.
* El(los) nombre(s) y apellido(s) que se han de indicar bajo a) y b) son
ya sea los nombres y apellidos completos del solicitante o bien los nombres
habitualmente utilizados por el solicitante.
** "Establecimiento" significa un establecimiento industrial o comercial
real y efectivo.
*** Cuando se relacionen varios solicitantes en la hoja adicional con
direcciones diferentes y no haya representante, deberá subrayarse en la
hoja adicional la dirección a efectos de correspondencia.
* Debe dejarse en blanco si no se ha asignado, o si aún no se ha
asignado, un número de serie al poder, o si el solicitante o el
representante no conocen aún el número de serie.
** Se debe indicar un domicilio legal en el espacio disponible bajo el
título del punto 4 cuando el solicitante no tenga o, si hay más de un
solicitante, cuando ninguno de los solicitantes tenga una residencia o un
establecimiento industrial o comercial real y efectivo en el territorio de
la Parte Contratante cuya Oficina sea la Oficina nombrada en la primera
página de la presente solicitud, salvo cuando se indique un representante
local en el punto 3.
* Cuando la solicitud cuya prioridad se reivindica haya sido presentada en
una Oficina distinta de una Oficina nacional (p. ej., la OAPI, la Oficina
de Marcas del Benelux y la Oficina para la Armonización del Mercado
Interior (marcas y dibujos y modelos) se deberá indicar el nombre de esa
Oficina en lugar del nombre del país. En caso contrario, no deberá
indicarse el nombre de la Oficina sino el del país.
** Se entenderá por "copia certificada" una copia de la solicitud cuya
prioridad se reivindica, certificada como copia fiel del original por la
Oficina que hubiese recibido dicha solicitud.
* Debe rellenarse cuando el solicitante desea suministrar pruebas en virtud
del Artículo 6 quinquies A.1) del Convenio de París al presentar la
solicitud.
* Tal deseo no puede expresarse respecto de marcas que contengan o
consistan en elementos figurativos. Si, en opinión de la Oficina, contiene
tales elementos, la Oficina ignorará el deseo del solicitante y registrará
y publicará la marca tal como aparece en el recuadro.
** Si no se incluyen diferentes vistas de la marca en el recuadro previsto
en el punto 8, pero sí se adjuntan, márquese este recuadro e indíquese el
número de esas diferentes vistas.
*** Indíquese el número de reproducciones en blanco y negro y/o en color.
* Cuando los productos y/o servicios pertenezcan a más de una clase de la
Clasificación de Niza, deberán agruparse según las clases de esa
Clasificación. Deberá indicarse el número de cada clase, y los productos
y/o servicios pertenecientes a la misma clase deberán agruparse según la
indicación del número de esa clase. Cada grupo de productos o servicios
debe presentarse en el orden de las clases de la Clasificación de Niza.
Cuando todos los productos o servicios pertenezcan a una clase de la
Clasificación de Niza, se deberá indicar el número de esa clase.
** Este recuadro no debe marcarse si la Oficina no admite más de un idioma.
* Puede indicarse en este espacio el número de referencia asignado por la
persona que efectúa el nombramiento en este poder.
** Si la persona que efectúa el nombramiento es el solicitante (o uno de
los solicitantes), el nombre y el apellido que se han de indicar son los de
ese solicitante, como se indica en la (s) solicitud (es) a que se refiere
este poder. Si esa persona es el titular (o uno de los titulares), el
nombre y el apellido que se han de indicar son los de ese titular, tal como
figuran en el registro de marcas. Si esa persona es una persona interesada
distinta de un solicitante o de un titular, el nombre que se ha de indicar
es el nombre completo de esa persona o el nombre habitualmente utilizado
por esa persona.
* Complétese este punto si se presenta el poder a la Oficina junto con
la (s) solicitud (es).
** Cuando el número de una solicitud no haya sido emitido todavía o el
solicitante o su representante no lo conozcan, esa solicitud podrá ser
identificada si se suministra bien i) el número de solicitud provisional
(en su caso) otorgado por la Oficina, bien ii) una copia de la solicitud, o
bien iii) una reproducción de la marca, junto con una indicación de la
fecha en que, a conocimiento del solicitante o su representante, la Oficina
haya recibido la solicitud y el solicitante o su representante hayan
otorgado un número de identificación a la solicitud.
* En este espacio podrá indicarse el número de referencia asignado por
el titular y/o solicitante y/o el número de referencia asignado por el
representante a la presente petición.
** Cuando el número de una solicitud no haya sido emitido todavía o el
solicitante o su representante no lo conozcan, esa solicitud podrá ser
identificada si se suministra bien i) el número de solicitud provisional
(en su caso) otorgado por la Oficina, bien ii) una copia de la solicitud, o
bien iii) una reproducción de la marca, junto con una indicación de la
fecha en que, a conocimiento del solicitante o su representante, la Oficina
haya recibido la solicitud y el solicitante o su representante hayan
asignado un número de identificación a la solicitud.
* El (los) nombre (s) y apellido (s) que se han de indicar bajo a) y b)
son los que estaban indicados en la (s) solicitud (es) o los que están
inscritos en el (los) registro (s) a que se refiere la presente petición.
** Se debe dejar en blanco si no se ha asignado, o si aún no se ha
asignado, un número de serie al poder, o si el titular y/o el solicitante o
su representante no conocen aún el número de serie.
* Indíquese el (los) nombre (s) y apellido (s) y/o la (s) dirección
(es) después del cambio.
* En este espacio podrá indicarse el número de referencia asignado por
el titular y/o solicitante y/o el número de referencia asignado por el
representante a la presente petición.
** Cuando el número de una solicitud no haya sido emitido todavía o el
solicitante o su representante no lo conozcan, esa solicitud podrá ser
identificada si se suministra bien i) el número de solicitud provisional
(en su caso) otorgado por la Oficina, bien ii) una copia de la solicitud, o
bien iii) una reproducción de la marca, junto con una indicación de la
fecha en que, a conocimiento del solicitante o su representante, la Oficina
haya recibido la solicitud y el solicitante o su representante hayan
otorgado un número de identificación a la solicitud.
* El (los) nombre (s) y apellido (s) que se han de indicar bajo a) y b)
son los que estaban indicados en la (s) solicitud (es) o los que están
inscritos en el (los) registro (s) a que se refiere la presente petición.
** Se debe dejar en blanco si no se ha asignado, o si aún no se ha
asignado, un número de serie al poder, o si el titular y/o el solicitante o
el representante no conocen aún el número de serie.
* El (los) nombre (s) y apellido (s) que se han de indicar bajo a) y b)
son ya sea los nombres y apellidos completos del nuevo titular, o bien los
nombres habitualmente utilizados por el nuevo titular.
** "Establecimiento" significa un establecimiento industrial o comercial
real y efectivo.
*** Cuando se relacionen varios nuevos titulares en la hoja adicional con
diferentes direcciones y no haya representante, deberá subrayarse la
dirección a efectos de correspondencia en la hoja adicional.
* Se debe dejar en blanco si no se ha asignado, o si aún no se ha
asignado, un número de serie al poder, o si el nuevo titular o el
representante no conocen aún el número de serie.
** Se debe indicar un domicilio legal en el espacio disponible bajo el
título del punto 10 cuando el nuevo titular no tenga o, si hay más de un
nuevo titular, cuando ninguno de los nuevos titulares tenga una residencia
o un establecimiento industrial o comercial real y efectivo en el
territorio de la Parte Contratante cuya Oficina sea la Oficina nombrada en
la primera página de la presente petición, salvo cuando se indique un
representante en el punto 9.
* Cuando el número de una solicitud no haya sido emitido todavía o el
cedente o su representante no lo conozcan, esa solicitud podrá ser
identificada si se suministra bien i) el número de solicitud provisional
(en su caso) otorgado por la Oficina, bien ii) una copia de la solicitud, o
bien iii) una reproducción de la marca, junto con una indicación de la
fecha en que, a conocimiento del cedente o su representante, la Oficina
haya recibido la solicitud y el cedente o su representante hayan otorgado
un número de identificación o la solicitud.
* El (los) nombre (s) y apellido (s) que se han de indicar bajo a) y b)
son los que figuran en la (s) solicitud (es) o están inscritos en el (los)
registro( s) a que se refiere el presente certificado.
* El (los) nombre (s) y apellido (s) que se han de indicar bajo a) y b)
son ya sea el (los) nombre (s) y apellido (s) completos del cesionario, o
bien los nombres habitualmente utilizados por el cesionario.
* Cuando el número de una solicitud no haya sido emitido todavía o el
cedente o su representante no lo conozcan, esa solicitud podrá ser
identificada si se suministra bien i) el número de solicitud provisional
(en su caso) otorgado por la Oficina, bien ii) una copia de la solicitud, o
bien iii) una reproducción de la marca, junto con una indicación de la
fecha en que, a conocimiento del cedente o su representante, la Oficina
haya recibido la solicitud y el cedente o su representante hayan otorgado
un número de identificación o la solicitud.
* El (los) nombre (s) y apellido (s) que se han de indicar bajo a) y b) son
los que figuran en la (s) solicitud (es), o están inscritos en el (los)
registro (s), a que se refiere el presente documento.
* El (los) nombre (s) y apellido (s) que se han de indicar bajo a) y b) son
ya sea el (los) nombre (s) y apellido(s) completos del cesionario, o bien
los nombres habitualmente utilizados por el cesionario.
* En este espacio se podrá indicar el número de referencia asignado por el
titular y/o solicitante y/o el número de referencia asignado por el
representante a la presente petición.
** Cuando el número de una solicitud no haya sido emitido todavía o el
solicitante o su representante no lo conozcan, esa solicitud podrá ser
identificada si se suministra bien i) el número de solicitud provisional
(en su caso) otorgado por la Oficina, bien ii) una copia de la solicitud, o
bien iii) una reproducción de la marca, junto con una indicación de la
fecha en que, a conocimiento del solicitante o su representante, la Oficina
haya recibido la solicitud y el solicitante o su representante hayan
otorgado un número de identificación a la solicitud.
* El (los) nombre(s) y apellido(s) que se han de indicar bajo a) y b) son
los que figuraban en la (s) solicitud (es), o están inscritos en el
registro, a que se refiere la presente petición.
** Se debe dejar en blanco si no se ha asignado, o si aún no se ha
asignado, un número de serie al poder, o si el titular y/o solicitante o el
representante no conocen aún el número de serie.
* En este espacio se podrá indicar el número de referencia asignado por el
titular y/o el número de referencia asignado por el representante a la
presente petición de renovación.
* El (los) nombre(s) y apellido (s) que se han de indicar bajo a) y b) son
los que se han inscrito en el registro a que se refiere la presente
petición.
* Se debe dejar en blanco si no se ha asignado, o si aún no se ha asignado,
un número de serie al poder, o si el titular o el representante no conocen
aún el número de serie.
* Márquese únicamente uno de los recuadros 6.1, 6.2 ó 6.3.
** La lista de los productos y/o servicios para los que se pide la
renovación deberá presentarse tal como aparezca en el registro (agrupados
con arreglo a las clases de la Clasificación de Niza, empezando por indicar
el número de la clase pertinente y presentados en el orden de las clases de
esa Clasificación, cuando los productos o servicios pertenezcan a más de
una clase).
*** Los productos y/o servicios para los que no se pide la renovación,
cuando pertenezcan a más de una clase de Clasificación de Niza, deberán
agruparse con arreglo a las clases de dicha Clasificación, empezando por
indicar el número de la clase pertinente y presentarse en el orden de las
clases de dicha Clasificación.