Decreto Legislativo No. 8616
REPÚBLICA DE COSTA RICA
PLENARIO
AUTORIZACIÓN A LA MUNICIPALIDAD DE SANTO DOMINGO DE HEREDIA
PARA QUE DONE UN TERRENO A LA JUNTA DE EDUCACIÓN DE
LA ESCUELA LOURDES DE SANTO DOMINGO
DECRETO LEGISLATIVO N.º 8616
EXPEDIENTE N.º 15.956
SAN JOSÉ - COSTA RICA
8616
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
DECRETA:
AUTORIZACIÓN A LA MUNICIPALIDAD DE SANTO DOMINGO DE HEREDIA
PARA QUE DONE UN TERRENO A LA JUNTA DE EDUCACIÓN DE
LA ESCUELA LOURDES DE SANTO DOMINGO
ARTÍCULO 1.-
Autorízase a la Municipalidad de Santo Domingo de Heredia, cédula de
persona jurídica número tres - cero uno cuatro - cero cuatro dos cero nueve
siete (N.º 3-014-042097), para que done un lote de su propiedad, inscrito
en el Registro Público de la Propiedad Inmueble, finca número treinta y
tres mil ciento treinta y tres (N.º 33.133), que aparece en el folio
número quinientos noventa y nueve (N.º 599), tomo número mil seiscientos
noventa y ocho (N.º 1698), y asiento número seis (N.º 6), en favor de la
Junta de Educación de la Escuela Lourdes de Santo Domingo de Heredia,
cédula de persona jurídica número tres - cero cero ocho - cero ocho cuatro
uno ocho seis (N.º 3-008-084186).
ARTÍCULO 2.-
El inmueble citado se describe así: su naturaleza es terreno de
potrero, situado en el distrito 3º, San Miguel; cantón III, Santo Domingo;
provincia, Heredia. Linda al norte con la quebrada Tierra Blanca; al sur,
con camino público a San Isidro de Heredia; al este, con Ricardo Vargas
Zúñiga, y al oeste, con Albertino Alvarado Arce. Mide dos mil ochocientos
cuarenta y cuatro metros y cuatro decímetros cuadrados, según el plano
número H-cuatro cinco uno uno cinco tres-noventa y siete (N.º H-451153-97).
ARTÍCULO 3.-
El terreno se destinará, exclusivamente, a construir el edificio
escolar del caserío Las Quebradas, también llamado Lourdes de San Miguel
Norte, en el cantón de Santo Domingo, provincia de Heredia.
ARTÍCULO 4.-
La donación estará libre del pago de los derechos de inscripción. La
formalización estará a cargo de la Notaría del Estado.
Rige a partir de su publicación.
ASAMBLEA LEGISLATIVA.- Aprobado a los dieciséis días del mes de octubre de
dos mil siete.
COMUNÍCASE AL PODER EJECUTIVO
Francisco Antonio Pacheco Fernández
PRESIDENTE
Xinia Nicolás Alvarado Guyon Massey Mora
PRIMERA SECRETARIA SEGUNDO SECRETARIO
dr.-
Dado en la Presidencia de la República.- San José, a los doce días
del mes de noviembre del dos mil siete.
Ejecútese y publíquese
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ
Ana Eugenia Durán Salvatierra
MINISTRA DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA,
Y SEGURIDAD PÚBLICA A. I.
Sanción: 12-11-2007
Publicación: 23-11-2007 Gaceta: 226