Decreto Legislativo No. 8594
REPÚBLICA DE COSTA RICA
PLENARIO
AUTORIZACIÓN A LA MUNICIPALIDAD DE PÉREZ ZELEDÓN PARA QUE
DONE UNA FINCA A LA CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
PARA DESARROLLAR EL PROYECTO DE CONSTRUCCIÓN DE UN
EBAIS EN EL BARRIO LOMAS DE COCORÍ DE SAN ISIDRO
DE EL GENERAL, CANTÓN DE PÉREZ ZELEDÓN
DECRETO LEGISLATIVO N.º 8594
EXPEDIENTE N.º 16.093
SAN JOSÉ - COSTA RICA
8594
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
DECRETA:
AUTORIZACIÓN A LA MUNICIPALIDAD DE PÉREZ ZELEDÓN PARA QUE
DONE UNA FINCA A LA CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
PARA DESARROLLAR EL PROYECTO DE CONSTRUCCIÓN DE UN
EBAIS EN EL BARRIO LOMAS DE COCORÍ DE SAN ISIDRO
DE EL GENERAL, CANTÓN DE PÉREZ ZELEDÓN
ARTÍCULO 1.-
Autorízase a la Municipalidad de Pérez Zeledón, con cédula de persona
jurídica número tres - cero uno cuatro - cero cuatro dos - cero
cinco seis (N.º 3-014-042-056), para que done a la Caja Costarricense de
Seguro Social (CCSS), con cédula de persona jurídica número cuatro - cero
cero cero - cero cuatro dos uno cuatro siete (N.º 4-000-042147), la finca
inscrita a su nombre en el Registro Público Nacional, Sección Propiedad
Inmueble, partido de San José, bajo el Sistema de Folio Real matrícula
número trescientos cuatro mil seiscientos cuarenta y siete - cero cero cero
(N.º 304647-000), la cual se describe así: es terreno para construir,
ubicado en el distrito 1º, San Isidro de El General, del cantón de Pérez
Zeledón, provincia de San José. Dicha finca mide según el Registro
Público, mil cuatrocientos ochenta y cuatro metros con once decímetros
cuadrados (1484.11 metros cuadrados); sus linderos son: al norte, al este
y al oeste, Odilie Jiménez Cabezas, y al sur, calle pública, con un frente
a ella de cincuenta y tres metros con noventa centímetros, según el plano
catastrado número SJ - tres nueve uno cero cero cuatro - ocho cero (N.º SJ-
391004-80). La CCSS destinará esta finca a la construcción de un Ebais
para la comunidad de barrio Lomas de Cocorí de San Isidro de El General y
sitios aledaños.
ARTÍCULO 2.-
Comisiónase a la Notaría del Estado para que formalice la escritura
pública del traspaso correspondiente. Asimismo, se autoriza a la
Procuraduría General de la República para que corrija los defectos que
señale el Registro Nacional.
Rige a partir de su publicación.
ASAMBLEA LEGISLATIVA.- Aprobado a los catorce días del mes de agosto de dos
mil siete.
COMUNÍCASE AL PODER EJECUTIVO
Francisco Antonio Pacheco Fernández
PRESIDENTE
Xinia Nicolás Alvarado Guyon Massey Mora
PRIMERA SECRETARIA SEGUNDO SECRETARIO
mrr
Dado en la Presidencia de la República.- San José, a los
veintiocho días del mes de agosto del dos mil siete.
Ejecútese y publíquese
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ
Fernando Berrocal Soto
MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA
Sanción: 28-08-2007
Publicación: 28-09-2007 Gaceta: 187