Decreto Legislativo No. 8551
REPÚBLICA DE COSTA RICA
PLENARIO
AUTORIZACIÓN AL BANCO HIPOTECARIO DE LA VIVIENDA PARA QUE
DONE UN TERRENO DE SU PROPIEDAD AL MINISTERIO DE
EDUCACIÓN PÚBLICA PARA LA CONSTRUCCIÓN DE LA
PLANTA FÍSICA Y LAS ÁREAS RECREATIVAS DE UN
COLEGIO EN HIGUITO DE DESAMPARADOS
DECRETO LEGISLATIVO N.º 8551
EXPEDIENTE N.º 15.892
SAN JOSÉ - COSTA RICA
8551
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
DECRETA:
AUTORIZACIÓN AL BANCO HIPOTECARIO DE LA VIVIENDA PARA QUE
DONE UN TERRENO DE SU PROPIEDAD AL MINISTERIO DE
EDUCACIÓN PÚBLICA PARA LA CONSTRUCCIÓN DE LA
PLANTA FÍSICA Y LAS ÁREAS RECREATIVAS DE UN
COLEGIO EN HIGUITO DE DESAMPARADOS
ARTÍCULO ÚNICO.-
Autorízase al Banco Hipotecario de la Vivienda, cédula de persona
jurídica N.º 3-007-078890, para que done un terreno de su propiedad al
Ministerio de Educación Pública, cédula de persona jurídica N.º 2100042002.
Dicho inmueble se encuentra inscrito en el Registro Público de la
Propiedad, provincia de San José, bajo el Sistema de Folio Real matrícula
N.º 17909. Su naturaleza se describe así: terreno para construir, situado
en el distrito 2º, San Miguel; cantón III, Desamparados; provincia, San
José. Sus límites son: al norte, María E. Jiménez, Manuela Cordero y
otro; al sur, Manuel A. Delgado, quebrada Reyes y otro; al este, calle
pública de 207,98 m, y al oeste, quebrada Reyes y Miguel López. Mide
cincuenta y siete mil novecientos un metros con noventa y tres decímetros
cuadrados; todo de conformidad con el plano catastrado N.º
SJ-0655530-1986. El donatario será el encargado de actualizar el plano
catastrado, una vez aprobada la presente Ley.
El terreno donado se utilizará, única y exclusivamente, en la
construcción de la planta física y las áreas recreativas de un colegio en
Higuito de Desamparados. La inscripción en el Registro Público estará a
cargo de la Notaría del Estado, que quedará autorizada para que, de ser
necesario, realice las correcciones requeridas, de conformidad con las
diferencias que resulten entre el informe registral y el plano catastrado.
Rige a partir de su publicación.
ASAMBLEA LEGISLATIVA.- Aprobado a los dieciocho días del mes de setiembre
de dos mil seis.
COMUNÍCASE AL PODER EJECUTIVO
Francisco Antonio Pacheco Fernández
PRESIDENTE
Clara Zomer Rezler Guyon Massey Mora
PRIMERA SECRETARIA SEGUNDO SECRETARIO
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Dado en la Presidencia de la República.- San José, a los diecinueve días
del mes de octubre del dos mil seis.
Ejecútese y publíquese
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ
Rodrigo Arias Sánchez
MINISTRO DE LA PRESIDENCIA
Fernando Zumbado Jiménez
MINISTRO DE VIVIENDA Y ASENTAMIENTOS HUMANOS
Sanción: 19-10-2006
Publicación: 19-12-2006 Gaceta: 243