Decreto Legislativo 8549
REPÚBLICA DE COSTA RICA
PLENARIO
AUTORIZACIÓN A LA MUNICIPALIDAD DE LOS CHILES PARA QUE
SEGREGUE UN LOTE DE SU PROPIEDAD Y LO DONE AL
MINISTERIO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA, PARA LA
CONSTRUCCIÓN DE LA OFICINA DE MIGRACIÓN
Y EXTRANJERÍA DE LOS CHILES
DECRETO LEGISLATIVO N.º 8549
EXPEDIENTE N.º 15.597
SAN JOSÉ - COSTA RICA
8549
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
DECRETA:
AUTORIZACIÓN A LA MUNICIPALIDAD DE LOS CHILES PARA QUE
SEGREGUE UN LOTE DE SU PROPIEDAD Y LO DONE AL
MINISTERIO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA, PARA LA
CONSTRUCCIÓN DE LA OFICINA DE MIGRACIÓN
Y EXTRANJERÍA DE LOS CHILES
ARTÍCULO 1.-
Autorízase a la Municipalidad de Los Chiles, cédula de persona
jurídica número tres-cero catorce-cero cuarenta y dos mil sesenta y ocho,
para que segregue un lote que es parte de la propiedad inscrita en el
Registro Público de la Propiedad Inmueble, partido de Alajuela, bajo el
Sistema de Folio Real matrícula número doscientos setenta y siete mil
ciento once-cero cero cero, y lo done en favor del Ministerio de
Gobernación y Policía, cédula de persona jurídica N.º 2-100-042004.
ARTÍCULO 2.-
El inmueble citado se describe así: su naturaleza es terreno para
vivienda; lote dos-trescientos cuarenta y cuatro, situado en el distrito
1º, Los Chiles; cantón XIV; provincia, Alajuela. Linda al norte con
Alfonso Lazo; al sur, con el Instituto de Desarrollo Agrario (IDA); al
este, con el Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG), y al oeste, con
el Río Frío. Mide diez mil seiscientos cuarenta y cinco metros con treinta
y seis decímetros cuadrados, según el plano A-cero nueve siete cero seis
cero uno-mil novecientos noventa y tres.
El lote por segregar se describe de la siguiente manera: su
naturaleza es terreno para construir; mide ciento cuarenta y tres metros
con ochenta y cinco decímetros, según el plano A-seis uno ocho dos cuatro
cuatro-dos mil. Linda al norte con calle pública de siete metros con
noventa centímetros; al sur, con la Municipalidad de Los Chiles; al este,
con calle pública con trece metros, y al oeste, con el MAG. El resto
reservado se describe así: mide diez mil quinientos un metros cuadrados
con cincuenta y un decímetros; linda al norte con el lote por segregar; al
sur, con el Río Frío; al este, con calle pública con un frente de trece
metros, y al oeste, con el MAG. Es un terreno destinado a vivienda dos-
trescientos cuarenta y cuatro.
Tanto el lote por segregar como el resto reservado están situados en
la provincia de Alajuela; distrito 1º, Los Chiles; cantón XIV, Los Chiles.
ARTÍCULO 3.-
El lote segregado se destinará a la construcción de las oficinas de
Migración y Extranjería, ubicadas en el cantón de Los Chiles; por tanto,
una vez efectuada la donación quedará afectado a ese dominio público.
Rige a partir de su publicación.
ASAMBLEA LEGISLATIVA.- Aprobado a los dieciocho días del mes de setiembre
de dos mil seis.
COMUNÍCASE AL PODER EJECUTIVO
Francisco Antonio Pacheco Fernández
PRESIDENTE
Clara Zomer Rezler Guyon Massey Mora
PRIMERA SECRETARIA SEGUNDO SECRETARIO
mrr
Dado en la Presidencia de la República.- San José, a los diecinueve
días del mes de octubre del dos mil seis.
Ejecútese y publíquese
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ
Fernando Berrocal Soto
MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA,
Y SEGURIDAD PÚBLICA
Sanción: 19-10-2006
Publicación: 08-11-2006 Gaceta: 214