Decreto Legislativo 8546
REPÚBLICA DE COSTA RICA
PLENARIO
AUTORIZACIÓN A LA MUNICIPALIDAD DE UPALA PARA QUE DONE UN LOTE DE SU
PROPIEDAD A LA JUNTA DE EDUCACIÓN DE LA
ESCUELA DE LOS ÁNGELES DEL CANTÓN DE UPALA
DECRETO LEGISLATIVO N.º 8546
EXPEDIENTE N.º 15.283
SAN JOSÉ - COSTA RICA
8546
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
DECRETA:
AUTORIZACIÓN A LA MUNICIPALIDAD DE UPALA PARA QUE DONE UN LOTE DE SU
PROPIEDAD A LA JUNTA DE EDUCACIÓN DE LA
ESCUELA DE LOS ÁNGELES DEL CANTÓN DE UPALA
ARTÍCULO 1.-
Autorízase a la Municipalidad de Upala, cédula de persona jurídica
número tres-cero catorce-cero cuarenta y dos mil setenta y siete para que
desafecte del uso público, traspase y segregue, a título gratuito, un lote
que es parte de la propiedad, inscrito en el Registro Público de la
Propiedad Inmueble, partido de Alajuela, bajo el Sistema de Folio Real
matrícula número doscientos ocho mil setecientos sesenta - cero cero cero,
en favor de la Junta de Educación de la Escuela de Los Ángeles, cédula de
persona jurídica tres-cero cero ocho-doscientos diecinueve mil ciento
noventa y nueve.
El inmueble citado se describe así: se encuentra ubicado en el
distrito 1º, Upala; cantón XIII, Upala; provincia, Alajuela; es terreno
destinado a polideportivo; linda al norte con Rancho Los Ángeles; al sur,
con calle pública con ciento sesenta y ocho metros de frente; al este,
con Rancho Los Ángeles Upala Ltda., y al oeste, con Enriqueta Fletes
Álvarez; tiene una medida de sesenta y nueve mil novecientos tres metros
con veinticinco decímetros cuadrados, plano catastrado N.º A-0566978-1985.
El lote por segregar se describe de la siguiente manera: su naturaleza
es terreno para construir, mide nueve mil ochocientos cuarenta y ocho
metros con once decímetros cuadrados, según el plano número A- seiscientos
treinta y seis mil setecientos ochenta y uno-dos mil. Linda al norte con
calle pública de catorce metros; al sur, con resto reservado Municipalidad
de Upala; al este, con Rancho Los Ángeles Sociedad Anónima; al oeste, con
resto reservado Municipalidad de Upala. El resto reservado se describe
así: mide sesenta mil cincuenta y cinco metros con catorce decímetros;
linda al norte con calle pública de catorce metros; al sur, con calle
pública con ciento sesenta y ocho metros de frente; al este, con lote
segregado, y al oeste, con Enriqueta Fletes Álvarez; es un terreno para
polideportivo.
Tanto el lote por segregar como el resto reservado están situados en
la provincia de Alajuela, distrito 1º, Upala; cantón XIII, Upala.
ARTÍCULO 2.-
La Notaría del Estado será la encargada de confeccionar la respectiva
escritura de traspaso con segregación. Asimismo, se autoriza a la
Procuraduría General de la República para que corrija los defectos que
señale el Registro Nacional.
Rige a partir de su publicación.
ASAMBLEA LEGISLATIVA.- Aprobado a los catorce días del mes de setiembre de
dos mil seis.
COMUNÍCASE AL PODER EJECUTIVO
Francisco Antonio Pacheco Fernández
PRESIDENTE
Clara Zomer Rezler Guyon Massey Mora
PRIMERA SECRETARIA SEGUNDO SECRETARIO
daa.-
Dado en la Presidencia de la República.- San José, a los
diecinueve días del mes de octubre del dos mil seis.
Ejecútese y publíquese
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ
Fernando Berrocal Soto
MINISTRA DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA,
Y SEGURIDAD PÚBLICA
Sanción: 19-10-2006
Publicación: 08-11-2006 Gaceta: 214