Declaratoria De Benemeritazgo Para El Hospicio De Huérfanos De Cartago
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
DECRETA:
DECLARATORIA DE BENEMERITAZGO PARA EL
HOSPICIO DE HUÉRFANOS DE CARTAGO
ARTÍCULO ÚNICO.- Declárase Institución Benemérita de la Patria el Hospicio
de Huérfanos de Cartago.
Rige a partir de su publicación.
ASAMBLEA LEGISLATIVA.- San José, a los diecinueve días del mes de agosto
del año dos mil dos.
COMUNÍCASE AL PODER EJECUTIVO
Rolando Laclé Castro
PRESIDENTE
José Francisco Salas Ramos Lilliana Salas Salazar
PRIMER PROSECRETARIO SEGUNDA SECRETARIA
gdph.
Dado en la Presidencia de la República.- San José, a los veintidós
días del mes de agosto del dos mil dos.
Ejecútese y publíquese
ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA
Rina Contreras López
MINISTRA DE LA PRESIDENCIA
Sanción: 22-08-2002
Publicación: 05-09-2002 Gaceta: 170