Nstrumentos De Ratificación De La Convención Interamericana Que Ampara  Los Derechos De Autor En Obras Literarias, Científicas Y Artísticas

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Nº 1221<br /> LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE COSTA RICA,<br /> DECRETA:<br /> Artículo 1º.- Se autoriza al Gobierno de la República, de acuerdo con<br /> el artículo 121, inciso 4) de la Constitución Política, para canjear los<br /> instrumentos de Ratificación de la Convención Interamericana que ampara<br /> los derechos de Autor en Obras Literarias, Científicas y Artísticas,<br /> firmado en Washington por el delegado de Costa Rica el veintidós de junio<br /> de 1946.<br /> Artículo 2º.- Esta Ley rige desde su publicación.<br /> Comuníquese al Poder Ejecutivo<br /> Dado en el Salón de Sesiones de la Asamblea Legislativa.- Palacio<br /> Nacional.- San José, a los siete días del mes de noviembre de mil<br /> novecientos cincuenta.<br /> Marcial Rodríguez C.,<br /> Presidente.<br /> Gonzalo Ortiz M.,<br /> Mario Fernández Alfaro,<br /> Segundo Secretario.<br /> Primer Prosecretario.<br /> Casa Presidencial.- San José, a los nueve días del mes de noviembre de<br /> mil novecientos cincuenta.<br /> Ejecútese<br /> OTILIO ULATE<br /> El Ministro de Relaciones Exteriores,<br /> Mario Echandi.<br /> ___________________________________<br /> Actualizada al: 13 de noviembre de 2000<br /> Sanción: 09 de noviembre de 1950<br /> Publicación: 14 de noviembre de 1950<br /> Rige: A partir de su publicación<br /> Actualizado por: SSB