Ley De Pensiones A Los Galardonados Con El Premio Magón

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Esta normativa fue derogada por el artículo 41, de la Ley 7302, del 15 de<br /> julio de 1992.<br /> Nº 6984<br /> LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE COSTA RICA,<br /> DECRETA:<br /> Artículo 1º.- A toda persona galardonada con el Premio Magón, no protegida<br /> por ningún sistema de pensiones y carente de bienes inmuebles, salvo su<br /> casa de habitación, se le otorgará una pensión del Régimen no Contributivo<br /> de la Caja Costarricense de Seguro Social.<br /> Artículo 2º.- La pensión autorizada mediante esta Ley será de diez mil<br /> colones mensuales. Este monto se incrementará anualmente en el porcentaje<br /> que aumente el costo de la vida, según el índice que para tal efecto<br /> determine el Banco Central de Costa Rica.<br /> Artículo 3º.- Cuando falleciere la persona favorecida con esta pensión, el<br /> beneficio será traspasado a su cónyuge. En este caso también podrán<br /> disfrutar de la pensión los hijos menores de dieciocho años y los de<br /> cualquier edad que estén incapacitados para trabajar, según dictamen médico<br /> emanado de la Caja Costarricense de Seguro Social. Cuando sean dos o más<br /> los beneficiarios, el monto de la pensión se prorrateará de acuerdo con el<br /> número de ellos.<br /> Artículo 4º.- Rige a partir de su publicación.<br /> Comuníquese al Poder Ejecutivo<br /> Asamblea Legislativa.-- San José, a los veinte días del mes de marzo<br /> de mil novecientos ochenta y cinco.<br /> BERNAL JIMENEZ MONGE<br /> Presidente<br /> GUILLEMO VARGAS SANABRIA THELMA CURLING RODRIGEUZ<br /> Primer Secretario Segunda<br /> Secretaria.<br /> Presidencia de la República.- San José, a los diecisiete días del<br /> mes de abril de mil novecientos ochenta y cinco.<br /> Ejecútese y publíquese<br /> LUIS ALBERTO MONGE<br /> El Ministro de Hacienda El Ministro de Cultura,<br /> Juventud y PORFIRIO MORERA BATRES Deportes<br /> HERNAN GONZALEZ GUTIERREZ<br /> Publicado y entra a regir:16-5-85<br /> Actualizada por AJP el 20-12-99