Ley 8354

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ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA<br /> REPÚBLICA DE COSTA RICA<br /> DEPARTAMENTO DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS<br /> PROYECTO DE LEY<br /> DONACIÓN DE UN INMUEBLE DEL ESTADO A LA<br /> FEDERACIÓN COSTARRICENSE DE FÚTBOL<br /> VARIOS SEÑORES DIPUTADOS<br /> EXPEDIENTE Nº 15.182<br /> SAN JOSÉ - COSTA RICA<br /> PROYECTO DE LEY<br /> DONACIÓN DE UN INMUEBLE DEL ESTADO A LA<br /> FEDERACIÓN COSTARRICENSE DE FÚTBOL<br /> Expediente Nº 15.182<br /> ASAMBLEA LEGISLATIVA:<br /> En la actualidad la juventud costarricense se ve cada vez más<br /> expuesta a una serie de elementos negativos que les induce a grandes<br /> peligros físicos, morales y espirituales y que degeneran en individuos que<br /> a muy tempranas edades ya cuentan con experiencias delictivas y cuyo nivel<br /> educativo, cultural y académico es casi inexistente.<br /> Ante tales circunstancias, el deporte y la recreación constituyen una<br /> de las soluciones más efectivas que permiten motivar a la juventud a<br /> invertir su tiempo en actividades sanas que les inculquen principios<br /> morales sólidos, además de una disciplina física y académica que van<br /> indefectiblemente unidas y que generan en el individuo toda una visión<br /> integral de esfuerzo, dedicación y perseverancia respecto a su futuro y al<br /> mundo que lo rodea.<br /> Por otra parte, resulta innegable el hecho de que existen vínculos<br /> estrechos entre el deporte y el bienestar integral del ser humano, por lo<br /> que el apoyo al desarrollo, progreso y fortalecimiento de la práctica<br /> deportiva es vital para la disminución del impacto que males sociales como<br /> la drogadicción, la prostitución, el alcoholismo, entre otros, puedan<br /> generar en nuestra juventud.<br /> Por tales motivos, el Estado costarricense tiene la obligación y el<br /> deber ineludible de velar por que el deporte y la recreación se vean<br /> fortalecidos. Correspondiendo a tales obligaciones, jurídicamente se ha<br /> determinado que el deporte y la recreación son fines específicos que el<br /> Estado costarricense fomenta e incentiva, y que se encuentran dentro de sus<br /> prioridades e intereses primordiales, así se demuestra en la lectura del<br /> artículo 1 de la Ley Nº 7800, Creación del Instituto Costarricense del<br /> Deporte y la Recreación, que literalmente establece:<br /> "(...) El fin primordial del Instituto es la promoción, el apoyo y el<br /> estímulo de la práctica individual y colectiva del deporte y la<br /> recreación de los habitantes de la República, actividad considerada<br /> de interés público por estar comprometida la salud integral de la<br /> población (...)."<br /> En virtud de lo anterior, se puede afirmar categóricamente que el<br /> deporte y la recreación son factores de interés público del Estado<br /> costarricense, y que dentro de dichos elementos se encuentra el fútbol,<br /> deporte rey del país, que ocupa el primer lugar de popularidad sobrepasando<br /> todas las disciplinas deportivas existentes y practicadas en Costa Rica, y<br /> que inclusive se puede considerar que forma parte de la idiosincrasia misma<br /> del ser costarricense, por lo que cuenta con el mayor número de seguidores<br /> y practicantes en nuestro país.<br /> La Federación Costarricense de Fútbol (FEDEFÚTBOL) es una asociación<br /> de carácter privado, afiliada a la Federación Internacional de Fútbol<br /> Asociado (FIFA) y que se desempeña como única rectora del fútbol<br /> profesional y aficionado en Costa Rica, promoviendo, organizando y<br /> regulando su práctica en nuestro país.<br /> Por dicha razón ha sido declarada de utilidad pública para los<br /> intereses del Estado por el Gobierno de la República de Costa Rica mediante<br /> el Decreto Ejecutivo Nº 17159-J del 25 de agosto de 1986.<br /> La labor de la Federación Costarricense de Fútbol siempre se ha visto<br /> limitada por la inexistencia en el país de condiciones de infraestructura<br /> idóneas que faciliten la preparación de los futbolistas desde sus más<br /> tempranas edades. Dicha Institución no cuenta ni siquiera con canchas de<br /> fútbol propias que permitan el óptimo desarrollo de los procesos de<br /> selecciones nacionales. Los campos de juego en Costa Rica pertenecen a las<br /> municipalidades, a los consejos cantonales de deportes o bien a<br /> organizaciones privadas y clubes de fútbol, por lo que la Federación<br /> Costarricense de Fútbol constantemente tiene que supeditarse a los<br /> préstamos que de dichas canchas se hagan, e inclusive los entrenamientos de<br /> las selecciones nacionales se deben ajustar a tales circunstancias.<br /> Para el mejor cumplimiento de sus objetivos, la Federación<br /> Costarricense de Fútbol construirá el denominado "Complejo Deportivo<br /> FEDEFÚTBOL" que será un centro de excelencia con tecnología de punta,<br /> infraestructura innovadora y especialistas en las distintas áreas<br /> deportivas que estarán dedicados a la preparación de los jóvenes<br /> futbolistas, lo anterior con el fin de brindar a los jugadores nacionales<br /> la preparación integral bajo los criterios del alto rendimiento, para así<br /> garantizar una mayor probabilidad de competir exitosamente tanto en el<br /> ámbito nacional como en el internacional.<br /> El financiamiento de la construcción de dicho Complejo Deportivo<br /> proviene del programa de la FIFA denominado "Proyecto Goal" por medio del<br /> cual FIFA pone a disposición de federaciones de fútbol con necesidades<br /> específicas, partidas presupuestarias que solventarían tales necesidades,<br /> por lo que anualmente los interesados en beneficiarse con dicho proyecto<br /> concursan, presentando la explicación pormenorizada de sus principales<br /> necesidades además de un plan general que busque solventarlas. Las<br /> federaciones de fútbol que resulten ganadoras, son beneficiadas con la<br /> ayuda económica de la FIFA para solucionar la necesidad expuesta.<br /> En los meses de julio a setiembre de 2001, la Federación<br /> Costarricense de Fútbol participó en el concurso, específicamente<br /> solicitando a FIFA su ayuda en el área de infraestructura, para la creación<br /> de un complejo deportivo que permitiera desarrollar el fútbol en Costa Rica<br /> en forma integral, en todas sus disciplinas, ofreciendo a las ligas<br /> afiliadas a la FEDEFÚTBOL las condiciones y facilidades administrativas<br /> para su progreso y consolidando los procesos de selecciones nacionales<br /> proporcionándoles canchas, habitaciones, gimnasio, laboratorio médico,<br /> áreas propicias para la capacitación, congresos y seminarios que permitan<br /> actualizar conocimientos en diferentes campos técnicos, entre otros.<br /> Al cumplir la FEDEFÚTBOL con todos y cada uno de los requisitos<br /> solicitados por la Oficina de Desarrollo; oficialmente en octubre de 2001<br /> se comunicó que Costa Rica había sido beneficiada con el Proyecto Goal.<br /> De esta manera, la FEDEFÚTBOL obtuvo la ayuda financiera necesaria<br /> para la construcción de un complejo deportivo en el que se desarrollarán<br /> las siguientes obras:<br /> a) Canchas de fútbol con césped natural y artificial.<br /> b) Canchas para la práctica del fútbol playa.<br /> c) Áreas de calentamiento en césped natural y concreto.<br /> d) Un gimnasio para la práctica del fútbol sala.<br /> e) Camerinos que contarán con piscina cubierta y temperada,<br /> consultorio médico, área de masajes y lavandería.<br /> f) Complejo habitacional que consiste en habitaciones dobles con<br /> área de lavandería y área de esparcimiento.<br /> g) Área de comedor y cocina industrial.<br /> h) Edificio administrativo que albergará las oficinas de la<br /> FEDERACIÓN y de las ligas afiliadas a esta, que contará además con<br /> auditorios y salas de reuniones. i) Áreas verdes.<br /> j) Accesos pavimentados a cada una de las edificaciones ya<br /> descritas.<br /> k) Área de parqueo de vehículos.<br /> Una de las condiciones exigidas por la FIFA para efectuar el<br /> desembolso de la ayuda financiera otorgada, es que el terreno en el cual se<br /> construiría el complejo deportivo fuera proporcionado por el Estado<br /> costarricense, por lo que la Federación Costarricense de Fútbol procedió a<br /> firmar un convenio con el Consejo Nacional de Producción (CNP), a fin de<br /> construir sus instalaciones en un inmueble propiedad de dicha Institución<br /> autónoma, ubicado en San Rafael de Alajuela y que actualmente está siendo<br /> utilizado como centro de recreación de los empleados del CNP. Para lo<br /> anterior, la FEDEFÚTBOL acordó con la Junta Directiva del CNP y con los<br /> empleados de la Institución representados por su sindicato SINCONAPRO que<br /> el inmueble sería segregado en dos terrenos, uno de los cuales será<br /> utilizado para la construcción del complejo deportivo, mientras que en la<br /> porción restante del terreno la FEDEFÚTBOL construirá obras y mejoras en el<br /> centro de recreación para los empleados del CNP y les dará mantenimiento<br /> constante. Sin embargo, tal negociación no fue refrendada por la<br /> Contraloría General de la República quien remitió a las partes a acudir a<br /> una ley de la República que hiciera viable el negocio jurídico.<br /> Ante tal circunstancia tanto la Federación Costarricense de Fútbol<br /> como el Consejo Nacional de Producción han decidido presentar un proyecto<br /> de ley ante la Asamblea Legislativa que autorice al Consejo Nacional de<br /> Producción a donar a la FEDEFÚTBOL a porción del terreno en donde se<br /> construirá el complejo deportivo, comprometiéndose la FEDEFÚTBOL por su<br /> parte, a respetar y cumplir con las condiciones inicialmente pactadas y que<br /> se refieren a la construcción y mejoramiento del centro de recreación de<br /> los empleados del CNP y a su mantenimiento constante.<br /> Actualmente en el inmueble, el Consejo Nacional de Producción por<br /> razones propias de limitación del presupuesto, no ha desarrollado ningún<br /> tipo de centro de recreación apto para el esparcimiento de sus empleados,<br /> pues la mayor parte del inmueble a pesar de estar destinado para tal fin,<br /> se encuentra prácticamente abandonado, y las únicas edificaciones<br /> existentes requieren mejoras y remodelaciones urgentes además de un<br /> mantenimiento constante, elementos que el Consejo Nacional de Producción no<br /> está en condiciones de proporcionar.<br /> El Sindicato de Empleados SINCONAPRO impulsa activamente la<br /> realización del proyecto en las instalaciones propiedad del CNP, puesto que<br /> es la única vía por medio de la cual podrán contar con un centro de<br /> recreación apto para el esparcimiento y la recreación de los empleados de<br /> la Institución.<br /> La FEDEFÚTBOL no sólo mejorará, construirá obras y dará mantenimiento<br /> al centro de recreación de los empleados del CNP sino que además, permitirá<br /> que las obras que la FEDEFÚTBOL construirá en la porción del terreno que le<br /> corresponde (complejo deportivo), puedan ser utilizadas por los empleados<br /> del CNP, lo anterior con el fin de que se beneficien en la misma medida que<br /> las selecciones nacionales de la infraestructura deportiva de punta que se<br /> desarrollará en el lugar, para lo cual se establecerían normas de uso con<br /> el fin de preservar ante todo la armonía entre las partes.<br /> El detalle de las obras por construir y de las mejoras por realizar<br /> en el centro de recreación de los empleados del Consejo Nacional de<br /> Producción así como demás aspectos atinentes serán acordados a través de un<br /> convenio que suscribirán el Consejo Nacional de Producción y la Federación<br /> Costarricense de Fútbol.<br /> La totalidad de las obras por desarrollar, tanto en el Complejo<br /> Deportivo de la FEDEFÚTBOL como en el Centro de Recreación de los Empleados<br /> del CNP tendrán un costo total aproximado de $2.738.566.54, los cuales<br /> corresponden a la ayuda financiera otorgada por la FIFA y a los dineros<br /> destinados por las ligas afiliadas a la FEDEFÚTBOL para la construcción y<br /> desarrollo del proyecto en general, provenientes de los premios dados a la<br /> FEDEFÚTBOL por la participación de la Selección Mayor en el Campeonato<br /> Mundial Corea-Japón 2002, además de los aportes de empresas privadas como<br /> AMANCO de Costa Rica SA que se ha convertido en patrocinador del complejo<br /> deportivo con un aporte de $900.000 y de países amigos como la República de<br /> China en Taiwán quien aportará $50.000 para la construcción de una de las<br /> canchas de fútbol del complejo.<br /> LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA<br /> DECRETA:<br /> DONACIÓN DE UN INMUEBLE DEL ESTADO A LA<br /> FEDERACIÓN COSTARRICENSE DE FÚTBOL<br /> ARTÍCULO 1.- Autorízase al Consejo Nacional de Producción a donar a la<br /> Federación Costarricense de Fútbol, cédula jurídica Nº 3-002-056141, una<br /> porción de terreno que está registrado bajo el plano catastrado Nº A-821524-<br /> 2002 con una medida de siete hectáreas dos mil doscientos ochenta y siete<br /> metros con cinco decímetros cuadrados, lindante al norte, con el Río Burio,<br /> al sur, con resto reservado, al este, con Israel Delgado Herrera, resto<br /> reservado y calle pública, todos en parte y al oeste, con resto reservado y<br /> Río Burio, ambos en parte del inmueble inscrito en el Registro Público de<br /> la Propiedad, partido de Alajuela, Matrícula Folio Real Nº 122759-000, y<br /> que se describe así: terreno de café, potrero, galerones y bodegas, sito en<br /> San Rafael de Alajuela, distrito 8 del cantón I de la provincia de<br /> Alajuela, con una medida de ciento nueve mil ochocientos diecisiete metros<br /> con quince decímetros cuadrados y los siguientes linderos: al norte,<br /> Quebrada Seca; al sur Inversiones Ilenda SA; al este, calle pública radial<br /> San Antonio, y al oeste Inversiones Ilerda SA. La Federación dedicará en<br /> dicho terreno la construcción de un complejo deportivo.<br /> ARTÍCULO 2.- Autorízase a las instituciones del Estado a colaborar con<br /> recursos materiales, humanos y/o técnicos en la ejecución del proyecto de<br /> construcción del Complejo Deportivo de la Federación Costarricense de<br /> Fútbol.<br /> Rige a partir de su publicación.<br /> Olman Vargas Cubero Mario Redondo Poveda<br /> Rolando Laclé Castro Federico Malavassi Calvo<br /> José Francisco Salas Ramos Ricardo Toledo Carranza<br /> José Miguel Corrales Bolaños Luis A. Ramírez Ramírez<br /> Federico Vargas Ulloa Carlos Avendaño Calvo<br /> Edgar Mohs Villalta Luis Gerardo Villanueva<br /> Monge<br /> Lilliana Salas Salazar Miguel Huezo Arias<br /> Mario Calderón Castillo Gerardo González Esquivel<br /> DIPUTADOS<br /> 31 de marzo de 2003, gdph.<br /> NOTA: Este proyecto fue dispensado de todo trámite.