Ley 8135

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8135<br /> LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA<br /> DECRETA:<br /> AUTORIZACIÓN PARA SEGREGAR UN LOTE PROPIEDAD DEL ESTADO Y DONARLO A LA<br /> JUNTA ADMINISTRATIVA DEL COLEGIO<br /> ARTÍSTICO PROF. FELIPE PÉREZ PÉREZ,<br /> LIBERIA, GUANACASTE<br /> ARTÍCULO 1.- Autorízase al Estado para que reduzca la finca, inscrita<br /> bajo el sistema de folio real, matrícula<br /> Nº 098777, provincia de Guanacaste, en un área de 47.373,65m2. Esta área<br /> se ubica en las coordenadas 290800 norte y 380100 este, del distrito 1º,<br /> cantón I, provincia de Guanacaste y está destinada al Centro de<br /> Conservación Ambiental de Liberia.<br /> ARTÍCULO 2.- Desaféctase del uso del Centro de Conservación Ambiental<br /> de Liberia el área referida en el artículo anterior y se autoriza al<br /> Estado, cédula jurídica Nº 2-000-045522, para que, del inmueble inscrito en<br /> el sistema de folio real de Guanacaste, matrícula Nº 098777, ubicado en el<br /> distrito 1º, cantón I, que es terreno de potrero destinado al Centro de<br /> Conservación Ambiental de Liberia, plano catastrado<br /> Nº G- 0012187-1975, soporta una servidumbre de acueducto y de paso de<br /> Acueductos y Alcantarillados; mide 241.520,14 m2; colinda al norte con el<br /> río Liberia y con quebrada en medio de Pablo Rivas Espinoza; al sur, con<br /> Napoleón Baltodano Muñoz y Pablo Rivas Espinoza; al este, con Pablo Rivas<br /> Espinoza, y al oeste, con el río Liberia y cinco calles públicas cada una<br /> con un frente de 9 m, segregue un lote y lo done a la Junta Administrativa<br /> del Colegio Artístico Prof. Felipe Pérez Pérez, cédula jurídica Nº 3-008-<br /> 154848.<br /> El lote por segregar se describe así: sito en distrito 1º, cantón I,<br /> Liberia, provincia de Guanacaste, plano catastrado Nº G- 609398-2000, mide<br /> 47.373,65 m2; linda al norte con el río Liberia; al sur, con Pablo<br /> Baltodano Muñoz; al este, con el Estado en parte y con Pablo Rivas<br /> Espinoza, y al oeste, con el río Liberia. Dicho lote se destinará a la<br /> construcción de la infraestructura del citado Centro Educativo, para<br /> cumplir sus objetivos y desarrollar programas relacionados con la<br /> investigación y protección del medio ambiente.<br /> Rige a partir de su publicación.<br /> COMISIÓN LEGISLATIVA PLENA PRIMERA.- Aprobado el anterior proyecto el día<br /> veintinueve de agosto del año dos mil uno.<br /> Alex Sibaja Granados Marisol Clachar Rivas<br /> PRESIDENTE SECRETARIA<br /> ASAMBLEA LEGISLATIVA.- San José, a los doce días del mes de setiembre del<br /> año dos mil uno.<br /> COMUNÍCASE AL PODER EJECUTIVO<br /> Ovidio Pacheco Salazar<br /> PRESIDENTE<br /> Everardo Rodríguez Bastos Gerardo Medina Madriz<br /> SEGUNDO SECRETARIO PRIMER PROSECRETARIO<br /> daa.-