Decreto Legislativo No. 8572

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ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA<br /> REPÚBLICA DE COSTA RICA<br /> PLENARIO<br /> AUTORIZACIÓN A LA JUNTA ADMINISTRATIVA DEL LICEO DE PARAÍSO<br /> PARA QUE SEGREGUE UN TERRENO DE SU PROPIEDAD Y LO<br /> DONE A LA UNIVERSIDAD DE COSTA RICA<br /> DECRETO LEGISLATIVO N.º 8572<br /> EXPEDIENTE N.º 15.047<br /> SAN JOSÉ - COSTA RICA<br /> 8572<br /> LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA<br /> DECRETA:<br /> AUTORIZACIÓN A LA JUNTA ADMINISTRATIVA DEL LICEO DE PARAÍSO<br /> PARA QUE SEGREGUE UN TERRENO DE SU PROPIEDAD Y LO<br /> DONE A LA UNIVERSIDAD DE COSTA RICA<br /> ARTÍCULO 1.-<br /> Autorízase a la Junta Administrativa del Liceo de Paraíso de Cartago,<br /> cédula de persona jurídica N.º 3-008-051725, para que segregue un terreno<br /> de la finca de su propiedad, con las siguientes características: partido<br /> de Cartago; está inscrita bajo el sistema de Folio Real matrícula N.º 40231-<br /> 000; su naturaleza es potrero y pastos; situada en el distrito 1º Paraíso;<br /> cantón II, Paraíso. Linda al norte con Juan José Irola y hermanos, calle<br /> en medio, Calixto Quirós, Raimundo Solano y sucesión de Ramón Zúñiga; al<br /> sur, parte con el lote segregado de la Municipalidad de Paraíso, camino<br /> viejo a Orosi en medio Presentación Fonseca, sucesión de Ramón Madrigal y<br /> Francisco Muller; al este, carretera a Orosi, sucesión de Ramón Morales,<br /> sucesión de Antonio Solano, Demetrio Coto y Macario Mata, y al oeste, en<br /> parte con el lote segregado de la Municipalidad de Paraíso, Juan José Irola<br /> y hermanos, camino viejo a Orosi en medio Presentación Fonseca, sucesión<br /> Madrigal Muller. Mide ciento noventa y seis mil seiscientos treinta y seis<br /> metros con sesenta y un decímetros cuadrados. El terreno por segregar se<br /> describe así: su naturaleza es potrero y pastos; está situado en el<br /> distrito 1º, Paraíso; cantón II, Paraíso; provincia, Cartago; linda al<br /> norte, el sur y el oeste con la Junta Administrativa del Liceo de Paraíso,<br /> y al este, con calle pública. Mide cuarenta mil metros cuadrados, según el<br /> plano C-doscientos treinta y siete mil quinientos setenta y cuatro-noventa<br /> y cinco. La propietaria del inmueble se reserva la propiedad del resto de<br /> la finca.<br /> Respecto del bien segregado, se autoriza a la Junta Administrativa<br /> del Liceo de Paraíso para que lo done a la Universidad de Costa Rica,<br /> cédula de persona jurídica N.º 4-000-042149, para que construya su recinto<br /> en Paraíso de Cartago.<br /> ARTÍCULO 2.-<br /> Corresponderá a la Notaría del Estado realizar la segregación y el<br /> traspaso correspondientes, así como cualquier otro acto notarial y<br /> registral necesario para la consecución de los objetivos de la presente<br /> Ley.<br /> Rige a partir de su publicación.<br /> ASAMBLEA LEGISLATIVA.- Aprobado a los cinco días del mes de febrero de dos<br /> mil siete.<br /> COMUNÍCASE AL PODER EJECUTIVO<br /> Francisco Antonio Pacheco Fernández<br /> PRESIDENTE<br /> Clara Zomer Rezler Guyon Massey Mora<br /> PRIMERA SECRETARIA SEGUNDO SECRETARIO<br /> daa.-<br /> Dado en la Presidencia de la República.- San José, a los veintidós días<br /> del mes de febrero del dos mil siete.<br /> Ejecútese y publíquese<br /> ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ<br /> Leonardo Garnier Rímolo<br /> MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA<br /> Sanción: 22-02-2007<br /> Publicación: 19-03-2007 Gaceta: 55