Decreto Legislativo No. 8516

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ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA<br /> REPÚBLICA DE COSTA RICA<br /> PLENARIO<br /> AUTORIZACIÓN AL INSTITUTO NACIONAL DE VIVIENDA Y URBANISMO PARA<br /> QUE SEGREGUE LOTES Y LOS DONE A VARIAS ENTIDADES PÚBLICAS<br /> Y PRIVADAS Y AUTORIZACIÓN A LA DIRECCIÓN GENERAL DE<br /> ASIGNACIONES FAMILIARES PARA QUE CONDONE LA<br /> DEUDA DEL INSTITUTO NACIONAL DE<br /> VIVIENDA Y URBANISMO<br /> DECRETO LEGISLATIVO N.º 8516<br /> EXPEDIENTE N.º 15.340<br /> SAN JOSÉ - COSTA RICA<br /> 8516<br /> LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA<br /> DECRETA:<br /> AUTORIZACIÓN AL INSTITUTO NACIONAL DE VIVIENDA Y URBANISMO PARA<br /> QUE SEGREGUE LOTES Y LOS DONE A VARIAS ENTIDADES PÚBLICAS<br /> Y PRIVADAS Y AUTORIZACIÓN A LA DIRECCIÓN GENERAL DE<br /> ASIGNACIONES FAMILIARES PARA QUE CONDONE LA<br /> DEUDA DEL INSTITUTO NACIONAL DE<br /> VIVIENDA Y URBANISMO<br /> ARTÍCULO 1.-<br /> Autorízase al Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo (INVU),<br /> cédula de persona jurídica N.º 4-000-042134-1, para que: Primero: done al<br /> Instituto Costarricense del Deporte y la Recreación, cédula de persona<br /> jurídica N.º 3-007-227851, un lote de su propiedad inscrito en el Registro<br /> Público, Sección Propiedad, partido de San José, bajo el Sistema de<br /> Folio Real matrícula N.º 165852-000, sito en el distrito 4º, San<br /> Rafael; cantón XV, Montes de Oca; provincia de San José. Dicho lote se<br /> describe así: lote con seis casas, beneficio de café y calle; linda al<br /> norte con la Sociedad Beneficiadora Irazú; al sur, con carretera a San<br /> Ramón de Tres Ríos; al este, con Carlos Volio, Clemente Rivera y otro, y al<br /> oeste, con Luis Escalante e hijos y otro. Mide doscientos dos mil<br /> seiscientos setenta y nueve metros con ochenta y cuatro decímetros<br /> cuadrados; todo de conformidad con el plano catastrado inscrito bajo el N.º<br /> SJ-1450-64. Segundo: done; a la Asociación Obras del Espíritu Santo,<br /> cédula de persona jurídica N.º 3-002-344562, el lote de su propiedad<br /> inscrito en el Registro Público, Sección Propiedad, partido de San José,<br /> bajo el Sistema de Folio Real matrícula N.º 184960-000, sito en el distrito<br /> 3º, Hospital; cantón I, San José; provincia de San José. Este lote se<br /> describe así: lote con edificio; linda al norte con las Temporalidades de<br /> la Arquidiócesis de San José; al sur, con calle pública; al este, con calle<br /> pública, y al oeste con Emna Pineda Erazo y otros; mide 1171 metros con 8<br /> decímetros cuadrados; todo de conformidad con el plano catastrado inscrito<br /> bajo el N.º SJ-915846-90. Este inmueble será destinado para la atención de<br /> niños en riesgo social.<br /> ARTÍCULO 2.-<br /> Autorízase al Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo (INVU),<br /> cédula de persona jurídica N.º 4-000-042134-1, para que de la finca de su<br /> propiedad inscrita en el Registro Público, Sección Propiedad, partido de<br /> Limón, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N.º 015138-000, segregue y<br /> done dos lotes, ambos sitos en el distrito 1º, Guácimo; cantón VI, Limón;<br /> provincia de Limón. Estos lotes se describen así: Primero: lote de<br /> montaña con una casa; linda al norte con calle pública; al sur, con<br /> carretera nacional; al este, con Jorge Rogares Machelle y al oeste, con<br /> calle pública. Mide 230502 metros con 25 decímetros cuadrados; todo de<br /> conformidad con el plano catastrado N.º L-859999-89. Segundo: lote de<br /> montaña cuyos linderos son al norte, calle pública; al sur, Hugo Oviedo<br /> Núñez; al este, Jorge Rogares Machelle, y al oeste, calle pública. Mide<br /> 278696 metros con 75 decímetros cuadrados; todo de conformidad con<br /> el plano catastrado N.º L-873950-90. Ambos lotes se donarán al<br /> Ministerio de Ambiente y Energía, cédula de persona jurídica N.º 2-100-<br /> 042014.<br /> ARTÍCULO 3.-<br /> Autorízase al Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo (INVU),<br /> cédula de persona jurídica N.º 4-000-042134-1, para que cambie el destino<br /> de un inmueble de su propiedad y lo done al Tribunal Supremo de Elecciones,<br /> cédula de persona jurídica N.º 2-400-042156. Dicho inmueble está inscrito<br /> en el Registro Público, Sección Propiedad, partido de Limón, bajo el<br /> Sistema de Folio Real matrícula N.º 105370-000, sito en el distrito 1º,<br /> Limón; cantón I, Limón; provincia de Limón, y se describe así: terreno<br /> para construir la sede regional; linda al norte con los lotes 689 y 397; al<br /> sur, con la avenida Barracuda; al este, con los lotes 309 y 301, y al<br /> oeste, con la calle Palmeras; mide un mil trescientos sesenta y cinco<br /> metros con noventa y seis decímetros cuadrados, según el plano<br /> catastrado número L-783670-2002.<br /> El inmueble por donar será destinado a la construcción de la sede<br /> regional del Tribunal Supremo de Elecciones en Limón.<br /> ARTÍCULO 4.-<br /> Autorízase al Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo (INVU),<br /> cédula de persona jurídica N.º 4-000-042134-1, para que, de la finca de su<br /> propiedad inscrita en el Registro Público, Sección Propiedad, partido de<br /> San José, bajo el Sistema de Folio Real matrícula N.º 147964A-000, segregue<br /> y done dos lotes, situados en el distrito 10º, Hatillo; cantón I, San José;<br /> provincia de San José. Dichos lotes se describen así: Primero: lote para<br /> construir, que linda al norte y el este, con calle pública; al sur, con la<br /> Junta Edificadora de la Iglesia, y al oeste, con el INVU. Mide 2542 metros<br /> con 39 decímetros cuadrados; todo de conformidad con el plano catastrado<br /> N.º SJ-636207-86. Se autoriza donar este lote a las Temporalidades de la<br /> Arquidiócesis de San José, cédula de persona jurídica N.º 3-010-045148.<br /> Segundo: lote con reserva, que linda al norte con Jorge Bolaños Quesada;<br /> al sur, con el río Tiribí y calle pública; al este, con lotes del INVU y<br /> calle pública, y al oeste, con el río Tiribí. Mide 7822 metros con 50<br /> decímetros cuadrados; todo de conformidad con el plano de catastro N.º SJ-<br /> 782921-88. Se autoriza donarlo al Ministerio de Ambiente y Energía, cédula<br /> de persona jurídica N.º 2-100-042014.<br /> ARTÍCULO 5.-<br /> Autorízase al Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo (INVU),<br /> cédula de persona jurídica N.º 4-000-042134-1, para que, de la finca de su<br /> propiedad inscrita en el Registro Público, Sección Propiedad, partido de<br /> Cartago, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N.º 107159-000, segregue<br /> y done tres lotes, todos sitos en el distrito 5º, San Francisco; cantón I,<br /> Cartago; provincia de Cartago. Dichos lotes se describen así: primero:<br /> lote con reserva, que linda al norte y el sur con calle pública; al este,<br /> con calle pública, William Vives Brenes, la Municipalidad de Cartago y<br /> otros, y al oeste, con calle pública; mide 41300 metros con 44 decímetros<br /> cuadrados, todo de conformidad con el plano catastrado N.º C-<br /> 874410-90. Segundo: lote con reserva, que linda al norte, con calle<br /> pública; al sur, con el río Agua Caliente; al este, con la Asociación de<br /> Desarrollo Específico Pro Pabellón para enfermos alcohólicos, y al oeste,<br /> con calle pública y el INVU. Mide 40897 metros con 32 decímetros cuadrados,<br /> todo de conformidad con el plano catastrado N.º C874409-90. Tercero: lote<br /> con reserva, que linda al norte con Playschool S.A.; al sur, con calle<br /> pública; al este, con calle pública, y al oeste, con calle pública. Mide<br /> 7573 metros con 83 decímetros cuadrados, todo de conformidad con el plano<br /> catastrado N.º C63305-92.<br /> Se autoriza al Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo para que<br /> done esos tres lotes al Museo Nacional de Costa Rica, cédula de persona<br /> jurídica N.º 3-007-07500. El Museo Nacional de Costa Rica destinará<br /> los tres lotes, que integran el Monumento Nacional Arqueológico Agua<br /> Caliente, a la conservación de patrimonio arqueológico, la investigación<br /> científica y la protección del ambiente; asimismo, con la participación de<br /> la comunidad, podrá desarrollar proyectos de ecoturismo que sean<br /> compatibles con la preservación de dicho patrimonio.<br /> ARTÍCULO 6.-<br /> Autorízase al Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo (INVU),<br /> cédula de persona jurídica N.º 4-000-042134-1, para que, de la finca de su<br /> propiedad inscrita en el Registro Público, partido de San José, bajo el<br /> Sistema de Folio Real matrícula N.º 190127-000, segregue y done dos lotes,<br /> ambos sitos en el distrito 11º, San Sebastián; cantón I, San José;<br /> provincia de San José. Dichos lotes se describen así: Primero: lote de<br /> potrero, que linda al norte con calle pública; al sur, con Enrique Calvo<br /> Méndez, el Centro de Nutrición de Lotes Mateo, la Municipalidad de San José<br /> y otros, y al este y el oeste, con calle pública. Mide 10997 metros con 68<br /> decímetros cuadrados; todo de conformidad con el plano de catastro N.º SJ<br /> 790623-88. Segundo: lote de potrero, que linda al norte con calle<br /> pública; al sur, con el INVU; al este, con calle pública, en parte con la<br /> Iglesia Misionera del Cordero de Dios y en parte con la reserva del INVU, y<br /> al oeste con río Tiribí y parte con Reynaldo Jiménez Jiménez. Mide<br /> 29634.38 metros con 68 decímetros cuadrados; todo de conformidad con el<br /> plano de catastro N.º SJ 966965-91. Se autoriza donar ambos lotes a la<br /> Municipalidad de San José, cédula de persona jurídica N.º 3-014-042058.<br /> ARTÍCULO 7.-<br /> Autorízase al Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo (INVU),<br /> cédula de persona jurídica N.º 4-000-042134-1, para que, de la finca de su<br /> propiedad inscrita en el Registro Público, Sección Propiedad, partido de<br /> San José, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N.º 078376-000, segregue<br /> y done dos lotes, todos sitos en el distrito 10º, Hatillo; cantón I, San<br /> José; provincia de San José. Estos lotes se describen así: Primero: lote<br /> con construcción y juegos infantiles, que linda al norte con calle pública;<br /> al sur, con dos alamedas y el INVU, y al este y el oeste con el INVU. Mide<br /> 786 metros con 68 decímetros cuadrados; todo de conformidad con el plano<br /> catastrado N.º SJ 142136-93. Se autoriza para que dicho lote sea<br /> desafectado del uso público y donado a la Asociación Roble Alto Pro-<br /> Bienestar del Niño, cédula de persona jurídica N.º 3-002-045068, la cual<br /> deberá destinarlo a obras de bienestar para los niños. Segundo: lote de la<br /> Unidad Sanitaria, que linda al norte con lote con casa del INVU; al sur y<br /> el oeste, con calle pública, y al este, con el INVU. Mide 344 metros con<br /> 54 decímetros cuadrados; todo de conformidad con el plano catastrado N.º SJ-<br /> 28975-76 y se autoriza para que sea donado al Ministerio de Salud Pública,<br /> cédula de persona jurídica N.º 2-100-042010.<br /> ARTÍCULO 8.-<br /> Autorízase al Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo (INVU),<br /> cédula de persona jurídica N.º 4-000-042134-1, para que, de la finca de su<br /> propiedad inscrita en el Registro Público, Sección Propiedad, partido de<br /> San José, bajo el Sistema de Folio Real matrícula N.º 155013-000, segregue<br /> un lote y lo done al Ministerio de Salud Pública, cédula de persona<br /> jurídica N.º 2-100-042010. Dicho lote se describe así: su naturaleza es de<br /> lote con una construcción; está situado en el distrito 3º, Daniel Flores;<br /> cantón XIX, Pérez Zeledón; provincia de San José; linda al norte con el<br /> Instituto Costarricense de Electricidad; al sur, con calle pública, y al<br /> este y el oeste con calle pública y el resto reservado del INVU. Mide 3577<br /> metros con 56 decímetros cuadrados; todo de conformidad con el plano<br /> catastrado N.º SJ 946896-91.<br /> ARTÍCULO 9.-<br /> Autorízase al Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo (INVU),<br /> cédula de persona jurídica N.º 4-000-042134-1, para que, de la finca de su<br /> propiedad inscrita en el Registro Público, Sección Propiedad, partido de<br /> San José, bajo el Sistema de Folio Real matrícula N.º 163865-000, segregue<br /> y done un lote, sito en el distrito 1º, Curridabat; cantón XVIII,<br /> Curridabat; provincia de San José. Dicho lote se describe así: lote con<br /> reserva con tubería pluvial; linda al norte con el INVU; al sur, con el<br /> INVU; al este, con La Bilbaína S.A., y al oeste, con calle pública. Mide<br /> 193 metros con 13 decímetros cuadrados; todo de conformidad con el plano<br /> catastrado N.º SJ-854400-89 y se autoriza donarlo al Instituto<br /> Costarricense de Acueductos y Alcantarillados, cédula de persona jurídica<br /> N.º 4-000-042138.<br /> ARTÍCULO 10.-<br /> Autorízase al Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo (INVU),<br /> cédula de persona jurídica N.º 4-000-042134-1, para que, de la finca de su<br /> propiedad inscrita en el Registro Público, Sección Propiedad, partido de<br /> Alajuela, bajo el Sistema de Folio Real matrícula N.º 33443-000, segregue y<br /> done un lote, sito en el distrito 1º, San Mateo; cantón IV, San Mateo;<br /> provincia de Alajuela. Dicho lote se describe así: su naturaleza es de<br /> lote para construir; linda al norte con el Asilo de Ancianos de San Mateo;<br /> al sur y el oeste, con calle pública, y al este con Marlen Elizondo Brenes.<br /> Mide 181 metros con 10 decímetros cuadrados; todo de conformidad con el<br /> plano catastrado N.º A-233728-93. Se autoriza donar este lote al Instituto<br /> Costarricense de Acueductos y Alcantarillados, cédula de persona jurídica<br /> N.º 4-000-042138.<br /> ARTÍCULO 11.-<br /> Autorízase al Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo (INVU),<br /> cédula de persona jurídica N.º 4-000-042134-1, para que, de la finca de su<br /> propiedad inscrita en el Registro Público, Sección Propiedad, partido de<br /> San José, bajo el Sistema de Folio Real matrícula N.º 83514-000, segregue y<br /> done un lote, sito en el distrito 10º, Hatillo; cantón I, San José;<br /> provincia de San José. Dicho lote se describe así: lote con salón comunal<br /> que linda al norte y el este con un lote del INVU; al sur, con calle<br /> pública, y al oeste, con lote del INVU. Mide 141 metros con 68 decímetros<br /> cuadrados; todo de conformidad con el plano catastrado N.º SJ-<br /> 437820-97. Se autoriza donar este lote a la Municipalidad de San José,<br /> cédula de persona jurídica N.º 3-014-042058.<br /> ARTÍCULO 12.-<br /> Autorízase al Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo (INVU),<br /> cédula de persona jurídica N.º 4-000-042134-1, para que, de la finca de su<br /> propiedad inscrita en el Registro Público, Sección Propiedad, partido de<br /> San José, bajo el Sistema de Folio Real matrícula N.º 082273-000, segregue<br /> y done un lote, sito en el distrito 1º, San Isidro; cantón XI, Vázquez de<br /> Coronado; provincia de San José. Este lote se describe así: su naturaleza<br /> es de lote con potrero; linda al norte con el resto de finca madre; al sur<br /> y el oeste, con calle pública, y al este, con la Municipalidad de Coronado.<br /> Mide 3968 metros con 97 decímetros cuadrados; todo de conformidad con el<br /> plano catastrado N.º SJ-23732-91. Se autoriza donar este lote a la<br /> Municipalidad de Vázquez de Coronado, cédula de persona jurídica N.º 3-014-<br /> 045149.<br /> ARTÍCULO 13.-<br /> Autorízase al Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo (INVU),<br /> cédula de persona jurídica N.º 4-000-042134-1, para que, de la finca de su<br /> propiedad inscrita en el Registro Público, Sección Propiedad, partido de<br /> San José, bajo el Sistema de Folio Real matrícula N.º 387181-000, segregue<br /> y done un lote sito en el distrito 5º, San Felipe; cantón X, Alajuelita;<br /> provincia de San José. Este lote se describe así: futura radial San José-<br /> Escazú; linda al norte con la urbanización Corina Rodríguez; al sur, con<br /> marginal sur calle pública y reserva del INVU; al este, con el río Tiribí,<br /> y al oeste, con calle pública. Mide 27870 metros con 70 decímetros<br /> cuadrados; todo de conformidad con el plano catastrado N.º SJ-472974-98.<br /> Se autoriza donar dicho lote al Ministerio de Obras Públicas y Transportes,<br /> cédula de persona jurídica N.º 2-100-042008.<br /> ARTÍCULO 14.-<br /> Autorízase al Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo (INVU),<br /> cédula de persona jurídica N.º 4-000-042134-1, para que, de la finca de su<br /> propiedad inscrita en el Registro Público, Sección Propiedad, partido de<br /> San José, bajo el Sistema de Folio Real matrícula N.º 211716-000, segregue<br /> y done un lote, sito en el distrito 5º, San Felipe; cantón X, Alajuelita;<br /> provincia de San José. Este lote se describe así: su naturaleza es de<br /> reserva con potrero; linda al norte con Ofelia Fernández Castro; al sur,<br /> con María y Ricardo Fernández Castro; al este, con el río Tiribí, y al<br /> oeste con el INVU área comunal. Mide 6227 metros con 21 decímetros<br /> cuadrados; todo de conformidad con el plano catastrado N.º SJ-852950-89.<br /> Se autoriza donar dicho lote a la Municipalidad de Alajuelita, cédula de<br /> persona jurídica N.º 3-014-042044.<br /> ARTÍCULO 15.-<br /> Autorízase al Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo (INVU),<br /> cédula de persona jurídica N.º 4-000-042134-1, para que, de la finca de su<br /> propiedad inscrita en el Registro Público, Sección Propiedad, partido de<br /> San José, bajo el Sistema de Folio Real matrícula N.º 264111-000,<br /> segregue, desafecte de uso público y done un lote, sito en el distrito 1º,<br /> Alajuelita; cantón X, Alajuelita; provincia de San José. Este lote se<br /> describe así: lote con iglesia; linda al norte y el este con calle pública;<br /> al sur, con área comunal del INVU, y al oeste con Amira Álvarez Vargas y<br /> calle pública. Mide 530 metros con 95 decímetros cuadrados; todo de<br /> conformidad con el plano catastrado N.º SJ-31285-92. Se autoriza donar<br /> este lote a las Temporalidades de la Arquidiócesis de San José, cédula de<br /> persona jurídica N.º 3-010-045148.<br /> ARTÍCULO 16.-<br /> Autorízase al Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo (INVU),<br /> cédula de persona jurídica N.º 4-000-042134-1, para que, de la finca de su<br /> propiedad inscrita en el Registro Público, Sección Propiedad, partido de<br /> Cartago, bajo el Sistema de Folio Real matrícula N.º 53397-000, segregue y<br /> done un lote sito en el distrito 4º, San Nicolás; cantón I, Cartago;<br /> provincia de Cartago. Este lote se describe así: su naturaleza es de área<br /> de reserva; linda al norte con área comunal del INVU, y al sur, el este y<br /> el oeste, con calle pública. Mide 2391 metros con 97 decímetros cuadrados;<br /> todo de conformidad con el plano catastrado N.º C-378949-80. Se autoriza<br /> donar este lote al Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados,<br /> cédula de persona jurídica N.º 4-000-042 138.<br /> ARTÍCULO 17.-<br /> Autorízase al Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo (INVU),<br /> cédula de persona jurídica N.º 4-000-042134-1, para que, de la finca de su<br /> propiedad inscrita en el Registro Público, Sección Propiedad, partido de<br /> Cartago, bajo el Sistema de Folio Real matrícula N.º 066734-000, segregue y<br /> done un lote sito en el distrito 1º, Turrialba; cantón V, Turrialba;<br /> provincia de Cartago. Este lote se describe así: su naturaleza es de lote<br /> con reserva y salón comunal; linda al norte con calle pública; al sur, con<br /> reserva del INVU; al este, con la Cámara de Cañeros de la Zona Atlántica, y<br /> al oeste, con calle pública. Mide 3854 metros con 18 decímetros cuadrados;<br /> todo de conformidad con el plano catastrado N.º C-869682-90. Se autoriza<br /> donar dicho lote a la Municipalidad de Turrialba, cédula de persona<br /> jurídica N.º 3-014-042088.<br /> ARTÍCULO 18.-<br /> Autorízase al Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo (INVU),<br /> cédula de persona jurídica N.º 4-000-042134-1, para que, de la finca de su<br /> propiedad inscrita en el Registro Público, Sección Propiedad, partido de<br /> Puntarenas, bajo el Sistema de Folio Real matrícula N.º 088462-000,<br /> segregue y done un lote sito en el distrito 8º, Barranca; cantón I,<br /> Puntarenas; provincia de Puntarenas. Este lote se describe así: su<br /> naturaleza es de lote de área comunal; linda al norte con calle pública; al<br /> sur, con la reserva del INVU y calle pública; al este, con calle pública, y<br /> al oeste con el INVU. Mide 238 metros con 37 decímetros cuadrados; todo de<br /> conformidad con el plano catastrado N.º P-859911-2003. Se autoriza donar<br /> dicho lote a la Municipalidad de Puntarenas, cédula de persona jurídica<br /> N.º 3-014-042120.<br /> ARTÍCULO 19.-<br /> Autorízase al Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo (INVU),<br /> cédula de persona jurídica N.º 4-000-042134-1, para que, de la finca de su<br /> propiedad inscrita en el Registro Público, Sección Propiedad, partido de<br /> San José, bajo el Sistema de Folio Real matrícula N.º 183516-000, segregue<br /> y done un lote sito en el distrito 10º, Hatillo; cantón I, San José;<br /> provincia de San José. Este lote se describe así: su naturaleza es de lote<br /> con casa; linda al norte con acera y zona verde; al sur, con el parque del<br /> INVU; al este, con lote del INVU, y al oeste, con parque del INVU. Mide<br /> 160 metros con 66 decímetros cuadrados; todo de conformidad con el plano<br /> catastrado N.º SJ-459848-97. Se autoriza donar dicho lote a la Caja<br /> Costarricense de Seguro Social, cédula de persona jurídica N.º 4-000-<br /> 042147.<br /> ARTÍCULO 20.-<br /> Autorízase al Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo (INVU),<br /> cédula de persona jurídica N.º 4-000-042134-1, para que, de la finca de su<br /> propiedad inscrita en el Registro Público, Sección Propiedad, partido de<br /> Cartago, bajo el Sistema de Folio Real matrícula N.º 57467-000, segregue y<br /> done un lote sito en el distrito 1º, Paraíso; cantón II, Paraíso; provincia<br /> de Cartago. Este lote se describe así: su naturaleza es de lote con<br /> reserva y casa; linda al norte y el este con Paraíso Industrial S.A.; al<br /> sur, con Paraíso Industrial S.A. y calle pública, y al oeste, con Paraíso<br /> Industrial S.A. Mide 2190 metros con 74 decímetros cuadrados; todo de<br /> conformidad con el plano catastrado N.º C-395326-80. Se autoriza donar<br /> dicho lote a la Asociación Damas Salesianas, cédula de persona jurídica<br /> N.º 3-002-095572. El inmueble deberá destinarse a impartir<br /> cursos y talleres de capacitación y aprendizaje para los pobladores de esa<br /> región.<br /> ARTÍCULO 21.-<br /> Autorízase al Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo (INVU),<br /> cédula de persona jurídica N.º 4-000-042134-1, para que, de la finca de su<br /> propiedad partido de Guanacaste, inscrita bajo el Sistema de Folio Real<br /> Matrícula N.º 5017735-000, segregue y done un lote sito en el distrito 1º,<br /> Hojancha; cantón XI, Hojancha; provincia de Guanacaste. Este lote se<br /> describe así: su naturaleza es de lote para construir, con reserva; linda<br /> al norte con el resto reservado del Instituto Nacional de Vivienda y<br /> Urbanismo; al sur, con el resto reservado del Instituto Nacional de<br /> Vivienda y Urbanismo; al este, con calle pública, y al oeste con el resto<br /> reservado del Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo. Mide<br /> cuatrocientos cincuenta metros cuadrados con un decímetro cuadrado; todo de<br /> conformidad con el plano catastrado número G-121376-93. Se autoriza donar<br /> dicho lote a la Asociación Cruz Roja Costarricense, cédula de persona<br /> jurídica N.º 3-002-045-433.<br /> ARTÍCULO 22.-<br /> Autorízase al Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo (INVU),<br /> cédula de persona jurídica N.º 4-000-042134-1, para que, de la finca de su<br /> propiedad partido de Guanacaste, inscrita bajo el Sistema de Folio Real<br /> matrícula N.º 5017735-000, segregue y done un lote sito en el distrito 1º,<br /> Hojancha; cantón XI, Hojancha; provincia de Guanacaste. Este lote se<br /> describe así: su naturaleza es de lote para construir, con reserva; linda<br /> al norte con el resto reservado del Instituto Nacional de Vivienda y<br /> Urbanismo; al sur, con calle pública; al oeste, con el resto reservado del<br /> Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo, y al este, con calle pública.<br /> Mide quinientos sesenta y tres metros cuadrados con sesenta y seis<br /> decímetros cuadrados; todo de conformidad con el plano catastrado número G-<br /> 121386-93. Se autoriza donar dicho lote al Ministerio de Seguridad Pública<br /> cédula de persona jurídica N.º 2-100-042011.<br /> ARTÍCULO 23.-<br /> Autorízase al Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo (INVU),<br /> cédula de persona jurídica N.º 4-000-042134-1, para que, de la finca de su<br /> propiedad inscrita en el Registro Público, Sección Propiedad, partido de<br /> Cartago, bajo el Sistema Folio Real matrícula N.º 107159-000, segregue y<br /> done un lote sito en el distrito 5º, San Francisco; cantón 1º, Cartago;<br /> provincia de Cartago. Este lote se describe así: es un lote para<br /> construir; linda al norte con el Ministerio de Educación Pública; al sur,<br /> con la Municipalidad de Cartago y el INVU; al este, con calle pública con<br /> 38.99 metros, y al oeste, con el INVU. Mide cinco mil metros cuadrados con<br /> un decímetro cuadrado; todo de conformidad con el plano catastrado N.º C-<br /> 903274-2004. Se autoriza donar dicho lote a la Asociación Cristiana Sinaí<br /> del Príncipe de Paz, cédula de persona jurídica 3-002-254521. El inmueble<br /> por donar deberá ser utilizado para la instalación de un comedor escolar y<br /> la construcción de instalaciones para atender niños en riesgo social.<br /> ARTÍCULO 24.-<br /> Autorízase al Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo (INVU),<br /> cédula de persona jurídica N.º 4-000-042134-1, para que, de la finca de su<br /> propiedad inscrita en el Registro Público, Sección Propiedad, partido de<br /> Limón, bajo el Sistema de Folio Real matrícula N.º 7011181C-000, segregue<br /> nueve lotes y los done al Ministerio de Educación, para adicionarlos al<br /> terreno que ocupa el Colegio Deportivo de Limón. Los nueve lotes, sitos en<br /> el distrito 1º, Limón; cantón I, Limón; provincia de Limón, se describen<br /> así: Primero: terreno para construir; linda al norte con calle pública y<br /> el INVU; al sur, con el lote N.º 2; al este, con el lote N.º 4, y al oeste,<br /> con calle pública; mide 336 metros con 37 decímetros cuadrados; todo de<br /> conformidad con el plano catastrado N.º L-425380-97. Segundo: terreno<br /> para construir; linda al norte con calle pública y el lote N.º 1; al sur,<br /> con el lote N.º 3; al este, con el lote N.º 4, y al oeste con calle<br /> pública; mide 379 metros con 23 decímetros cuadrados; todo de conformidad<br /> con el plano catastrado N.º L-425382-97. Tercero: terreno para construir;<br /> linda al norte con calle pública y el lote N.º 2; al sur, con calle<br /> pública; al este, con el lote N.º 4, y al oeste, con calle pública; mide<br /> 552 metros con 48 decímetros cuadrados; todo de conformidad con el plano<br /> catastrado N.º L-425384-97. Cuarto: terreno para construir; linda al<br /> norte con el INVU; al sur, con calle pública; al este, con el lote N.º 5 y<br /> al oeste con los lotes N.º 1, N.º 2 y N.º 3; mide 357 metros con 29<br /> decímetros cuadrados; todo de conformidad con el plano<br /> catastrado N.º L-425386-97. Quinto: terreno para construir que linda al<br /> norte con el INVU; al sur, con calle pública; al este, con el lote N.º 6, y<br /> al oeste, con el lote N.º 4; mide 297 metros con 32 decímetros cuadrados;<br /> todo de conformidad con el plano catastrado N.º L-425388-97. Sexto:<br /> terreno para construir que linda al norte con el INVU; al sur, con calle<br /> pública; al este, con el lote N.º 7, y al oeste, con el lote N.º 5; mide<br /> 255 metros con 32 decímetros cuadrados; todo de conformidad con el plano<br /> catastrado N.º L-421726-97. Sétimo: terreno para construir que linda al<br /> norte con el INVU; al sur, con calle pública; al este, con el lote N.º 8, y<br /> al oeste con el lote N.º 6; mide 234 metros con 13 decímetros cuadrados;<br /> todo de conformidad con el plano catastrado N.º L-421728-97. Octavo:<br /> terreno para construir que linda al norte con el INVU; al sur, con calle<br /> pública; al este, con el lote N.º 9, y al oeste, con el lote N.º 7; mide<br /> 266 metros cuadrados; todo de conformidad con el plano catastrado N.º L-<br /> 421730-97. Noveno: terreno para construir que linda al norte con el INVU;<br /> al sur, con calle pública; al este, con calle pública, y al oeste, con el<br /> lote N.º 8. Mide 449 metros con 37 decímetros cuadrados; todo de<br /> conformidad con el plano catastrado N.º L-421732-97.<br /> ARTÍCULO 25.-<br /> Autorízase a la Dirección de Asignaciones Familiares para que condone<br /> las obligaciones pendientes del INVU, hasta por el valor de cada uno de los<br /> terrenos segregados y donados en la presente Ley, según avalúos que<br /> realicen los peritos de la Dirección General de Tributación.<br /> ARTÍCULO 26.-<br /> Si algunas de las entidades aquí beneficiadas se disuelve o desaparece<br /> por cualquier motivo, el bien donado pasará a ser propiedad de la<br /> municipalidad del cantón donde está ubicado el inmueble.<br /> El mismo procedimiento se aplicará en caso de que el donatario cambie<br /> el destino del bien donado, sin autorización legislativa.<br /> ARTÍCULO 27.-<br /> Prohíbese, a las instituciones u organizaciones donatarias, vender o<br /> traspasar los terrenos donados mediante esta Ley, por un plazo de diez<br /> años, contados a partir de la inscripción del inmueble a su nombre, salvo<br /> cuando se trate de bienes que se afecten al uso público, en cuyo caso, por<br /> su naturaleza, no procederá enajenación alguna que no se autorice mediante<br /> ley de la República.<br /> ARTÍCULO 28.-<br /> La Notaría del Estado efectuará las escrituras correspondientes de<br /> segregación y donación, las cuales estarán exentas del pago de toda clase<br /> de derechos, toda clase de timbres salvo los municipales, especies<br /> fiscales, impuestos nacionales y honorarios.<br /> Rige a partir de su publicación.<br /> ASAMBLEA LEGISLATIVA.- San José, a los veintidós días del mes de mayo de<br /> dos mil seis.<br /> COMUNÍCASE AL PODER EJECUTIVO<br /> Francisco Antonio Pacheco Fernández<br /> PRESIDENTE<br /> Clara Zomer Rezler Guyón Massey Mora<br /> PRIMERA SECRETARIA SEGUNDO SECRETARIO<br /> San José. Firmado a las quince horas del treinta de mayo de dos mil seis.<br /> mrr.<br /> Dado en la Presidencia de la República.- San José, al primer día del<br /> mes de junio del dos mil seis.<br /> Ejecútese y publíquese<br /> ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ<br /> Fernando Zumbado Jiménez<br /> MINISTRO DE VIVIENDA Y ASENTAMIENTOS HUMANOS<br /> Sanción: 01-06-2006<br /> Publicación: 26-06-2006 Gaceta: 122